AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 1595/2022
RESOL-2022-1595-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2022
VISTO el EX-2022-91857130-APN-UEP#AND, las Leyes Nros. 24.452 y 25.730
sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 698 de fecha 5 de
septiembre de 2017 y sus modificatorios, N° 882 de fecha 23 de
diciembre de 2021 y Nº 187 del 17 de abril de 2022 y la Resoluciones
AND N° 192 de fecha 3 de marzo de 2022 y Nº 677 de fecha 12 de mayo de
2022 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante las Leyes N° 24.452 y N° 25.730 se estableció que los
fondos que recaude el Banco Central de la República Argentina en virtud
de las multas previstas en las citadas normas, serán destinados para la
aplicación de los programas y proyectos a favor de las personas con
discapacidad.
Que por Decreto N° 698/17 y sus modificatorios se creó la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, siendo
continuadora de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de
Personas con Discapacidad.
Que mediante Decreto 187/22 se creó el FONDO NACIONAL PARA LA INCLUSIÓN
SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (FONADIS), que será destinado
al financiamiento de Programas y Proyectos a favor de las personas con
discapacidad, y se transfirieron los fondos del ex FONDO NACIONAL PARA
LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (creado por Decreto N°
1277/03) al referido FONADIS.
Que, por otra parte, el mentado Decreto estableció como objetivos de la
Unidad Ejecutora de Proyectos, entre otros, los de implementar las
decisiones del CONSEJO DE ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD y gestionar administrativa y operativamente, según la
normativa vigente, las actuaciones que permitan la ejecución del
mencionado Fondo según los programas aprobados por el referido Consejo.
Que por Resolución AND N° 192/22 se aprobó el Programa de Apoyos Técnicos para Personas con Discapacidad.
Que por conducto de la Resolución AND N° 677/22 se aprobaron los
“LINEAMIENTOS GENERALES OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS DE PROGRAMAS DEL
FONDO NACIONAL PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
(FONADIS)” (Anexo I), los cuales contienen la reglamentación para la
solicitud, trámite y otorgamiento de subsidios referidos al citado
Fondo Nacional.
Que según el registro del Certificado Único de Discapacidad (CUD), hay
284 (doscientos ochenta y cuatro) niñas y niños con edad escolar (entre
5 y 8 años) con discapacidad visual certificada.
Que no es menor soslayar que estas edades se corresponden al último año
del nivel inicial y primer ciclo de nivel primario, donde se inicia el
proceso de aprendizaje de la escritura y la lectura Braille, a través
de la Máquina de escribir en Braille.
Que la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD tomando en consideración los
costos de estos bienes y sus especificaciones técnicas busca asegurar
el acceso y la igualdad de oportunidades de aprendizaje de todas y
todos los niños con discapacidad visual en el inicio del proceso de
lecto-escritura.
Que atento a ello, resulta necesario establecer una convocatoria
especial en el marco del Programa de Apoyos Técnicos para Personas con
Discapacidad para un grupo poblacional específico, conforme las
condiciones establecidas en el ANEXO I (IF-2022-91861869-APN-UEP#AND),
entre los días 5 de septiembre y 5 de octubre del corriente año para
presentar la solicitud durante el presente ejercicio presupuestario.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 698/17, Nº 868/17 y Nº 935/20.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la Convocatoria Especial en el marco del
PROGRAMA DE APOYOS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD aprobado por
Resolución AND Nro 192/2022.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1930/2022
de la Agencia Nacional de Discapacidad B.O. 24/10/2022 se amplia el
plazo del llamado a Convocatoria Especial en el PROGRAMA DE APOYOS PARA
LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD establecido por la presente Resolución.
Por el art. 2° de la norma de referencia se establece como nuevo
período de presentación de las solicitudes entre el 24 de octubre y el
18 de noviembre del corriente año)
ARTÍCULO 2°.- Establézcase como período de presentación de las
solicitudes entre el 5 de septiembre y el 5 de octubre del corriente
año, la que se realizará según las consideraciones establecidas en el
ANEXO I de la presente (IF-2022-91861869-APN-UEP#AND)
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Fernando Gaston Galarraga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/09/2022 N° 69313/22 v. 05/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)