MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD
Disposición 39/2022
DI-2022-39-APN-SES#MS
Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2022
VISTO el Expediente EX-2020-87238802- -APN-SSGA#MS, el Decreto 640/2020
del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR
destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata
de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener,
Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en
Argentina”, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y
sus modificatorias), el Decreto 945 del 17 de noviembre de 2017, el
Decreto Nº 223/2021 del 28 de marzo de 2021, la Resolución N°
RESOL-2020-2216-APN-MS del 30 de noviembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la Comparación de
Precios para la contratación del Servicio de Mailing para el Programa
REMEDIAR – DNMYTS, ello en el marco del “Proyecto de Respuesta
Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para
Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios
de Salud en Argentina”, Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual
se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para
la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco
Interamericano de Desarrollo - GN-2349-15 (mayo de 2019).
Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato
de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del
“Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes
el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de
septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).
Que el artículo 6 del citado Decreto designó como Organismo Ejecutor
del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, al MINISTERIO DE SALUD,
a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE
ACCESO A LA SALUD, quienes serán responsables de la conducción técnica
del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO de la actual SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado
Ministerio, quien será responsable de la gestión administrativa, de
adquisiciones y financiera.
Que por Decreto N° 223/2021, con el objeto de optimizar la gestión del
MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa
estableciéndose los objetivos hasta nivel de Subsecretarías, creándose
la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que por Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR
NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el
Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su
Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de
Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN
SALUD o quien en el futuro detente la función.
Que mediante Nota NO-2020-71378780-APN-DNMYTS#MS de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA se encuentra la
solicitud de contratación debidamente formulada para la contratación
del servicio de mailing de cincuenta mil (50.000) envíos mensuales por
un (1) año para capacitaciones virtuales, reportes de las campañas y
otras actividades, estimando que el presupuesto para dicha contratación
asciende a la suma de PESOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO
($ 71.988.-), lo que contó con el aval de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA
SALUD.
Que por Nota NO-2021-01949580-APN-SSGA#MS la entonces SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA, actual SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,
prestó su conformidad para llevar adelante la presente contratación con
cargo BID-5032/OCAR, siguiendo las Políticas de Adquisiciones emitida
por el BID aplicables a la Emergencia COVID-19 para las Licitaciones
Internacionales Limitadas.
Que, en consecuencia, fue confeccionado el Pliego de Documentos de
Licitación, incorporado a las presentes actuaciones como
PLIEG-2021-42092971-APN-DGPFE#MS.
Que con fecha 12 de mayo de 2021 se procedió a la apertura de ofertas,
obteniéndose 2 ofertas correspondientes a las firmas Sueños Digitales y
Republica Hosting, labrándose en consecuencia el Acta de Apertura de
Ofertas IF-2021- 89152671-APN-DGPFE#MS.
Que en función de no haberse recibido el mínimo de ofertas requeridas
en la cláusula 3.6 de las Políticas para la Adquisición de Bienes y
Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15
(Mayo de 2019), se procedió a realizar una segunda convocatoria.
Que con fecha 8 de septiembre de 2021 se procedió a la apertura de
ofertas, obteniéndose 1 oferta correspondiente a la firma Gadik SRL,
labrándose en consecuencia el Acta de Apertura de Ofertas
IF-2021-84268238-APN-DGPFE#MS.
Que, nuevamente, en función de no haberse recibido el mínimo de ofertas
requeridas en la cláusula 3.6 de las Políticas para la Adquisición de
Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo
GN-2349-15 (Mayo de 2019), se procedió a realizar una tercera
convocatoria.
Que con fecha 5 de noviembre de 2021 se procedió a la apertura de
ofertas, obteniéndose 1 oferta correspondiente a la firma Gadik SRL,
labrándose en consecuencia el Acta de Apertura de Ofertas
IF-2021-107127923-APNDGPFE#MS.
Que, en función de los resultados obtenidos, la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA informó que habiéndose realizado
tres llamados para la mencionada contratación no resultando ninguno
positivo, no se continuará con el proceso que tramita mediante los
presentes actuados.
Que, en ese sentido, corresponde dejar sin efecto el presente
procedimiento por haber cesado la necesidad que lo impulsó, y por no
haberse obtenido las ofertas necesarias para llevar adelante la
contratación.
Que el respectivo Proceso de Contratación, se llevó a cabo de acuerdo a
lo establecido en los procedimientos previstos en las “Políticas para
la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco
Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 (marzo 2019)”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el
Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto 945/2017, Decreto No
174/21, Decreto Nº 223/2021 y la Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS.
Por ello:
EL SEÑOR SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR
NACIONAL DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL
MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU
EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE
PRÉSTAMO BID 5032/OCAR
DISPONE
ARTICULO 1°.- Apruébase lo actuado en la Comparación de Precios para la
contratación del Servicio de Mailing para el Programa REMEDIAR –
DNMYTS, en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud
Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y
Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”
(Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de
conformidad a lo establecido en las Políticas para la Adquisición de
Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo -
GN-2349-15 (mayo de 2019).
ARTICULO 2º.– Déjase sin efecto el presente procedimiento de
contratación, en función de los considerandos vertidos en la presente
medida.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victor Alberto Urbani
e. 08/09/2022 N° 70431/22 v. 08/09/2022