PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 880/2022
DECAD-2022-880-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-93171271-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 del 23
de diciembre de 2021, los Decretos Nros. 88 del 22 de febrero de 2022 y
331 del 16 de junio de 2022 y las Decisiones Administrativas Nros. 4
del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de enero de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario incrementar los créditos presupuestarios de
distintas Jurisdicciones a efectos de asegurar la atención de las
remuneraciones, atento el impacto de las mejoras dispuestas por
diversas normas legales durante el presente año.
Que con el objeto de atender necesidades de funcionamiento de la
BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, de la DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL
PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACIÓN y de la PROCURACIÓN
PENITENCIARIA DE LA NACIÓN, organismos actuantes en el ámbito del PODER
LEGISLATIVO NACIONAL, corresponde incrementar su crédito vigente.
Que es menester modificar el presupuesto de la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el fin de incorporar recursos para
financiar gastos que hacen al normal desenvolvimiento de la entidad.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL
DE DISCAPACIDAD (ANDIS), organismo descentralizado actuante en el
ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el
fin de atender la cobertura médica de los pensionados no contributivos
y las pensionadas no contributivas y el pago del subsidio
extraordinario para los beneficiarios y las beneficiarias de pensiones
no contributivas dispuesto por el Decreto N° 532 del 24 de agosto de
2022.
Que es necesario reforzar, a través de compensaciones de crédito dentro
del presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los siguientes
préstamos: “Programa de Apoyo a la Convocatoria de Proyectos para el
Desarrollo Armónico con Equilibrio Territorial” (FONPLATA ARG 51/2021),
“Programa para el Desarrollo de la Red Federal de Fibra Óptica
(REFEFO)” (BID N° 5364/OC-AR) y “Proyecto de Inclusión Digital e
Innovación de los Servicios Públicos en Argentina” (BIRF 9224-AR).
Que corresponde ampliar el presupuesto de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y
COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el
traspaso UN (1) agente proveniente del MINISTERIO DEL INTERIOR, según
lo establecido en la Decisión Administrativa N° 1278 del 29 de
diciembre de 2021.
Que la transferencia del cargo citado precedentemente se financia con una reducción del presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que a efectos de asegurar la continuidad de las acciones de los
siguientes programas: “Programa Comunidades Terapéuticas”, “Programa de
Subsidios a las Casas de Atención y Acompañamiento Comunitario” (CAACs)
y “Programa de Subsidios a las Casas Comunitarias Convivenciales” se
refuerzan los créditos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE
DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que corresponde ampliar y adecuar el presupuesto de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para
atender gastos de funcionamiento.
Que es oportuno incorporar en el presupuesto del ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES (ENACOM), organismo descentralizado actuante en el
ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, recursos remanentes de
ejercicios anteriores para financiar el Fondo de Fomento Concursable
para Medios de Comunicación Audiovisual (FOMECA).
Que es menester ampliar el presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por la incorporación de
mayores recursos para financiar el equipamiento del INSTITUTO ANTÁRTICO
ARGENTINO, las reuniones con la COMUNIDAD DE ESTADOS LATINOAMERICANOS Y
CARIBEÑOS (CELAC), los gastos fijos y de capital de las
representaciones Argentinas en el exterior, el Plan Anual Antártico,
los gastos de capital de la sede central y la Fundación Argentina para
la Promoción de Inversiones y Comercio Internacional.
Que, asimismo, se contempla la incorporación de remanentes de
Transferencias Externas provenientes de la venta por subasta pública N°
31/17 de inmuebles sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para ser
destinados a las refacciones de la Residencia Oficial en la REPÚBLICA
FEDERAL DE ALEMANIA.
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la AGENCIA
NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC), organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
producto de las transferencias de cargos provenientes del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE SALUD,
dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 216 del 23 de
febrero de 2022, 266 del 10 de marzo de 2022, 267 del 10 de marzo de
2022 y 360 del 31 de marzo de 2022.
Que el gasto que demanda la atención de las citadas transferencias de
cargos se financia mediante la reducción de los créditos vigentes del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE
SALUD.
Que es necesario adecuar los créditos vigentes del MINISTERIO DE
SEGURIDAD con la finalidad de atender la adquisición de bienes de
capital correspondientes al “Programa Federal de Colaboración y
Asistencia para la Seguridad”; la atención centralizada de gastos de
combustible, de los seguros de automotor y de navegación, de la
adquisición de chalecos antibalas y de municiones, de la puesta en
funcionamiento de helicópteros para las Fuerzas Policiales y de
Seguridad, de la adquisición de un sistema de reconocimiento facial y
de otros bienes de capital destinados a las Fuerzas Policiales y de
Seguridad; de afrontar gastos salariales de la citada cartera, mediante
la compensación de créditos con la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, organismo
desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD y
cumplimentar el Convenio Específico de Colaboración suscripto con el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, con el fin de fortalecer la totalidad del
Sistema de Formación Profesional, Especialización y Capacitación de los
y las integrantes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad.
Que el gasto que demanda el Convenio citado en el considerando
precedente se financia mediante la reducción de créditos del MINISTERIO
DE EDUCACIÓN.
Que es preciso reforzar los créditos vigentes de la POLICÍA FEDERAL
ARGENTINA a efectos de atender gastos salariales provenientes de la
prestación del servicio de policía adicional al ex-MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y al MINISTERIO DE SALUD.
Que el refuerzo de créditos citado en el considerando precedente se
financia mediante la reducción de créditos correspondientes al
ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y al MINISTERIO DE
SALUD.
Que es menester incrementar los créditos vigentes de la PREFECTURA
NAVAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, con la finalidad de atender insuficiencias
salariales y afrontar la prestación de servicios de policía adicional y
gastos de capital.
Que el incremento de créditos citado en el considerando precedente se
financia mediante la incorporación de recursos remanentes de ejercicios
anteriores y la cesión de créditos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que es preciso adecuar el presupuesto vigente de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de afrontar el pago de las
becas correspondientes a los y las aspirantes a oficiales e incorporar
recursos remanentes de ejercicios anteriores destinados a la atención
de gastos de funcionamiento.
Que con el fin de sostener los gastos de funcionamiento, sistemas y
operaciones de las Fuerzas Armadas, se amplía el presupuesto del
MINISTERIO DE DEFENSA.
Que, asimismo, resulta conveniente compensar créditos dentro la jurisdicción para el mismo fin.
Que dicha compensación implica cambios de finalidad del gasto.
Que corresponde ampliar el presupuesto del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA
FUERZA AÉREA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE DEFENSA, con el fin de incorporar créditos provenientes
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por la
devolución del pago del servicio de adiestramiento de vuelo para los
pilotos afectados al helicóptero Sikorsky S-70A, matrícula H-01 de la
Flota Aérea Presidencial.
Que resulta necesario ampliar el presupuesto del SERVICIO METEOROLÓGICO
NACIONAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la
SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA
DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, por el traspaso de UN (1) agente
proveniente del MINISTERIO DE DEFENSA, de acuerdo con lo establecido en
la Decisión Administrativa N° 450 del 4 de mayo de 2022.
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL
DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), organismo descentralizado actuante en el
ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el
objeto de atender los gastos correspondientes a los proyectos de
Construcción del Reactor de Baja Potencia CAREM 25 y de Construcción
del Reactor Multipropósito RA-10.
Que es necesario ampliar el presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMÍA por
la transferencia de UNA (1) agente, dispuesta mediante la Decisión
Administrativa N° 99 del 1° de febrero de 2022, financiada por una
reducción de créditos por igual importe en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que, asimismo, se incrementa el presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMÍA
por la transferencia de UN (1) agente, dispuesta por la Decisión
Administrativa N° 43 del 21 de enero de 2022, financiada con una
reducción de créditos por igual importe en la PROCURACIÓN DEL TESORO DE
LA NACIÓN, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que, asimismo, es menester modificar el presupuesto de la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para atender gastos
relacionados con su normal funcionamiento y equipamiento.
Que la modificación mencionada en el considerando precedente se
financia con un aumento en el cálculo de los recursos propios que
percibe.
Que resulta oportuno modificar el presupuesto vigente del ex-MINISTERIO
DE DESARROLLO PRODUCTIVO, aumentando las transferencias corrientes en
compensación con las transferencias de capital para atender las
necesidades correspondientes a los siguientes programas de la
SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO: “Programa Nodos de la Economía
del Conocimiento” y “Programa Soluciona II”.
Que es menester ampliar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado actuante en el
ámbito del ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el fin de
atender transferencias a su Sistema de Centros de Investigación del
INTI, con el objeto de continuar con el desarrollo de los programas de
gestión de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO en conjunto con
el citado organismo.
Que para atender la ampliación mencionada en el considerando precedente
se reducen las transferencias de capital en el presupuesto vigente del
ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que en el artículo 6° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el
artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en
los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, sustituido
por el Decreto N° 88 del 22 de febrero de 2022, se establecen
excepciones a la limitación a aprobar incrementos de cargos y horas de
cátedra.
Que, en tal sentido, es necesario incrementar la cantidad de cargos del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL.
Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES), organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, en detrimento de las Aplicaciones Financieras, con el objeto
de afrontar gastos de funcionamiento y la asistencia financiera al
sector cooperativo y mutual para la promoción de la economía social.
Que resulta menester ampliar el presupuesto vigente del ex-MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA con el objeto de atender los
servicios técnicos y profesionales.
Que tal ampliación se financia con el incremento del cálculo de los
recursos con afectación específica por la subasta pública de vehículos
oficiales pertenecientes al citado ex-Ministerio.
Que corresponde incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), organismo descentralizado actuante en la
órbita del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el
objeto de atender gastos en materia de personal y de funcionamiento.
Que dicho incremento se financia con el aumento del cálculo de los recursos propios.
Que corresponde ampliar el presupuesto del MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES para atender los gastos de la Comisión Nacional Antidopaje de
acuerdo a lo estipulado en el anteúltimo párrafo del artículo 81 de la
Ley N° 26.912 y sus modificaciones.
Que es preciso adecuar los créditos vigentes del MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS con el objeto de atender transferencias a provincias
destinadas a obras de saneamiento, de mejoramiento urbano, de
pavimentación e iluminación urbana, de infraestructura hídrica y
educativa; gastos de auditoría externa, de contratos de consultores o
consultoras de servicios, de gastos de funcionamiento y de la
transferencia de UN (1) agente proveniente del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
dispuesta mediante la Decisión Administrativa N° 1095 del 8 de
noviembre de 2021.
Que la transferencia citada precedentemente se financia mediante la reducción de créditos del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de garantizar las
erogaciones vinculadas a la construcción de obras de infraestructura
vial.
Que resulta menester adecuar los créditos vigentes del ENTE NACIONAL DE
OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA
HÍDRICA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con la finalidad de afrontar
gastos salariales, gastos de consultarías de proyectos de inversión y
transferencias a municipios para financiar consultorías de evaluación
de proyectos de inversión.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la COMISIÓN
NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA, organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, con el objeto de afrontar
gastos que hacen al normal funcionamiento del citado organismo.
Que el incremento mencionado en el considerando precedente se financia
con una mayor estimación en el cálculo de los recursos propios.
Que resulta oportuno incrementar en el presupuesto del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN UN (1) cargo y las asignaciones para
gastos en personal cedidas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, en cumplimiento de la Decisión Administrativa N° 46
del 24 de enero de 2022 mediante la cual se transfiere UN (1) agente de
planta permanente a la órbita de la cartera mencionada en primer
término.
Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con relación a los créditos
destinados al “Programa REPRO II”.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, en detrimento de las aplicaciones financieras, a efectos de
afrontar gastos que hacen al normal funcionamiento del citado organismo.
Que es menester reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD
con el propósito de atender la adquisición de vacunas e insumos en el
contexto de la Pandemia ocasionada por el COVID-19.
Que el refuerzo mencionado precedentemente se financia con la
incorporación de recursos provenientes de la Ley Nº 27.605 de Aporte
Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la
Pandemia, que creó un aporte extraordinario obligatorio vinculado a los
patrimonios de las personas humanas, con carácter de emergencia y por
única vez, para ayudar a morigerar los efectos de dicha pandemia.
Que, asimismo, se incrementa el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD con
el fin de atender erogaciones relacionadas con el “Programa Nacional de
Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y la Seguridad
(FESCAS)”, creado mediante la Resolución N° 978 del 12 de mayo de 2022
del MINISTERIO DE SALUD .
Que, por otra parte, en el MINISTERIO DE SALUD se incorporan recursos
provenientes de una donación de la organización VITAL STRATEGIES, que
financiarán créditos relacionados con actividades del “Programa
Nacional de Control del Tabaco”.
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del HOSPITAL
NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA
LAURA BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE
CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, producto de la transferencia
de UNA (1) agente proveniente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, dispuesta mediante la Decisión Administrativa N° 41
del 21 de enero de 2022.
Que corresponde modificar dentro del presupuesto del MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE los créditos financiados con
transferencias externas y sus respectivos recursos para ajustarlos a
las necesidades reales.
Que es menester incorporar mayores recursos en el presupuesto de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, para financiar la
actualización de las jubilaciones y pensiones, en virtud de lo
estipulado por la Ley N° 23.794, la que establece la movilidad de los
haberes de retiros y pensiones de acuerdo a las remuneraciones del
personal en actividad.
Que es preciso adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, producto de las transferencias de cargos
provenientes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 908 del 10 de
septiembre de 2021, 942 del 29 de septiembre de 2021 y 40 del 21 de
enero de 2022.
Que, asimismo, resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con el fin de atender acciones del
“Programa Nacional de Inclusión Socio - Productiva y Desarrollo Local -
POTENCIAR TRABAJO”.
Que se efectúan compensaciones de créditos presupuestarios en la
mencionada cartera, reduciendo erogaciones de capital e incrementando
las corrientes, para atender acciones en el marco de distintos
programas a su cargo.
Que resulta necesario reforzar las Ayudas Sociales a Personas en el
presupuesto del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
vinculadas al “Programa de Apoyo y Acompañamiento a Personas en
Situación de Riesgo por Violencia por Motivos de Género” (ACOMPAÑAR),
para la asistencia integral de personas en situación de violencia por
motivos de género.
Que es menester modificar el Presupuesto vigente de la Jurisdicción 90
- SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA para posibilitar la atención de los
servicios financieros de la deuda pública correspondientes a comisiones
del presente ejercicio.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO,
destinados a las Empresas CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA (CORASA), empresa del Sector Público Nacional actuante
en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, YACIMIENTOS
CARBONÍFEROS DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON
TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS, ente del Sector Público
Nacional actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL
ESTADO (RTA), empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA (NASA), empresa del Sector Público Nacional actuante
en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE (TANDANOR), ente del Sector Público
Nacional actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, al ENTE
REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) y a la AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), entes del Sector Público Nacional actuantes
en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que atendiendo el ritmo de ejecución registrado a la fecha, y con el
objeto de efectuar una adecuada administración de los créditos
vigentes, se efectúan reasignaciones presupuestarias entre la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el ex-MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, el ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA y la Jurisdicción 91- OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.
Que en el artículo 15 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera
y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus
modificatorias se prevé que “cuando en los presupuestos de las
jurisdicciones y entidades públicas se incluyan créditos para contratar
obras o adquirir bienes y servicios, cuyo plazo de ejecución exceda al
ejercicio financiero, se deberá incluir en los mismos información sobre
los recursos invertidos en años anteriores, los que se invertirán en el
futuro y sobre el monto total del gasto, así como los respectivos
cronogramas de ejecución física. La aprobación de los presupuestos que
contengan esta información, por parte de la autoridad competente,
implicará la autorización expresa para contratar las obras y/o adquirir
los bienes y servicios hasta por su monto total, de acuerdo con las
modalidades de contratación vigentes”.
Que en el artículo 11 de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el
artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en
los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, se faculta
al Jefe de Gabinete de Ministros a incorporar la contratación de obras
o adquisición de bienes y servicios en la medida en que ellas se
financien con cargo a las facultades previstas en los artículos 8º y 9º
de la citada ley.
Que, en ese marco, es menester autorizar la contratación plurianual de
ciertas obras de inversión y adquisición de bienes y servicios con
incidencia en ejercicios futuros, modificando las planillas anexas al
artículo 11 de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el
artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en
los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de
los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la
reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecida
mediante el Decreto N° 451 del 3 de agosto de 2022 se realizan con
cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorias, por el artículo 24 de la Ley Nº 11.672, Complementaria
Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y por los artículos 6°, 8°, 9° y
11 de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2021, vigente en los términos del Decreto N°
882/21.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional vigente para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle
obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-93241147-APN-SSP#MEC) al
presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional vigente para el Ejercicio 2022 en lo que corresponde a los
cargos, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS
(IF-2022-93241072-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Incorpórase en las Planillas Anexas al artículo 11 de la
Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del Decreto N°
882 del 23 de diciembre de 2021, la contratación de las obras y bienes
con incidencia en ejercicios futuros, de acuerdo con el detalle obrante
en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-93240927-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - E/E Alexis Raúl Guerrera
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/09/2022 N° 71430/22 v. 09/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)