MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
Resolución 440/2022
RESOL-2022-440-APN-MTYD
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2022
VISTO el EX-2022-62823153- -APN-DDE#MTYD, las Leyes Nros. 22.520 (t.o.
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y 27.591, sus modificatorias y
complementarias, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de
2008, sus modificatorios y complementarios, 1.035 de fecha 8 de
noviembre de 2018 y sus modificatorios, y 50 de fecha 19 de diciembre
de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.591, prorrogada por Decreto N° 882 de fecha 23 de
diciembre de 2021, estableció el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2022.
Que por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP).
Que con el fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las distintas
Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública
Nacional, por Decreto N° 1.035 de fecha 8 de noviembre de 2018 y sus
modificatorios, se facultó a los Ministros, Secretarios de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos
ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a
prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran
dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, se procedió a adecuar la organización ministerial del
PODER EJECUTIVO NACIONAL, estableciéndose entre ellos el MINISTERIO DE
TURISMO Y DEPORTES.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
a este Ministerio.
Que por el Artículo 6° del decreto citado en el considerando
precedente, se estableció que hasta tanto se concluya con la
reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes a nivel inferior a Subsecretaría.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones
transitorias pertenecientes a distintas dependencias del MINISTERIO DE
TURISMO Y DEPORTES, atento a no haberse podido dar cumplimiento a los
procesos de selección establecidos.
Que los cargos deben ser cubiertos conforme el proceso de selección
vigente en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SIN.E.P.), homologado por el
Decreto Nº 2.098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de
Recursos Humanos, ambas de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, tomaron intervención.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, y los Decretos Nros. 1.035 de fecha 8 de noviembre de
2018 y sus modificatorios y 21 de fecha 10 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por prorrogadas, a partir de la fecha que en cada
caso se indica y por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las
designaciones transitorias que se detallan en el
IF-2022-93619231-APN-DGRRHH#MTYD que como Anexo forma parte integrante
de la presente medida, en los cargos y niveles que allí se consignan,
pertenecientes a distintas dependencias del MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES, autorizándose en los casos que resulta aplicable, el pago de
la Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.)
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
conforme lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto N° 1.035 del 8 de
noviembre de 2018 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 53 – MINISTERIO DE
TURISMO Y DEPORTES.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Matías Lammens
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/09/2022 N° 71156/22 v. 12/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)