COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 135/2022
Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-14682059-APN-DGD#MT, la Ley
26.727, el Decreto N° 1.759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 2017) y
las Resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N°. 149 de
fecha 19 de noviembre de 2020, 74 de fecha 2 de junio de 2022 y 93 de
fecha 15 de junio de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el Visto obra el tratamiento de las
remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la
actividad CULTIVO DE HONGOS COMESTIBLES, en el ámbito de las Provincias
de BUENOS AIRES Y LA PAMPA.
Que, en virtud de la negociación colectiva llevada a cabo en la
Comisión Asesora Regional N° 2 y en la Comisión Nacional de Trabajo
Agrario, se determinaron las mencionadas remuneraciones mínimas, las
cuales se formalizaron a través de las Resoluciones de la Comisión
Nacional de Trabajo Agrario N° 74/2022 N° 93/2022.
Que habiéndose advertido en la misma un error material involuntario en
los Anexos del mencionado acto administrativo, en cuanto al monto de
las remuneraciones fijadas en el mismo, corresponde proceder a su
rectificación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el inciso i) del artículo 89 de la Ley N° 26.727, por el
artículo 101 del Decreto N° 1.759/72 (t.o. 2017) y por la Resolución de
la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 149/2020.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Sustitúyanse los Anexos I, II, Ill, IV, V y VI de la
Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 93 de fecha 15
de junio de 2022, de conformidad con los que se consignan en los Anexos
I, II, Ill, IV, V y VI de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/09/2022 N° 72337/22 v. 14/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)