OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS
Decreto 594/2022
DCTO-2022-594-APN-PTE - Desígnase Interventor.
Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2022
VISTO el Expediente N° EX-2020-53134754-APN-SSS#MS, las Leyes Nros.
23.660 y sus modificatorias, 23.661 y sus modificatorias, los Decretos
Nros. 576 del 1º de abril de 1993 y sus modificatorios y 264 del 20 de
abril de 2021 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 127 del 18 de
enero de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto Nº 264/21 se intervino, por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD
COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS - O.S.P.S.I.P.
(R.N.O.S. N° 1-1970-8) y se designó al contador público nacional
Ricardo Ernesto BELLAGIO en el cargo de Interventor, con las facultades
de administración y ejecución que el Estatuto del Agente del Seguro de
Salud le otorga al Consejo Directivo.
Que el artículo 1° de la norma citada precedentemente faculta al
MINISTERIO DE SALUD a prorrogar el plazo de la intervención, de
considerarlo necesario para la consecución de los objetivos planteados.
Que, en tal sentido, el mencionado Ministerio dictó la Resolución Nº
127/22, por la cual se prorrogó –por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días, la Intervención de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD
COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS - O.S.P.S.I.P.
(R.N.O.S. N° 1-1970-8), dispuesta por el Decreto Nº 264/21 y se
ratificó en el cargo de Interventor al contador público nacional
Ricardo Ernesto BELLAGIO.
Que toda vez que las circunstancias que dieron lugar a la Intervención
de la mencionada Obra Social se encuentran vigentes, la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, en el marco de las
facultades que le otorga el inciso 3° del artículo 27 de la Ley N°
23.660, ha propuesto al PODER EJECUTIVO NACIONAL la designación del
doctor Sigifredo Jorge BANEGAS en el cargo de Interventor del citado
Agente del Seguro de Salud, con el fin de dar continuidad al proceso
iniciado.
Que han tomado intervención los servicios de asesoramiento jurídico competentes.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el cese, a partir de la fecha del presente, del
contador público nacional Ricardo Ernesto BELLAGIO (D.N.I. N°
14.441.307) en el cargo de Interventor de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL
DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS –
O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), en el que fuera designado por el
Decreto N° 264/21.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir de la fecha del presente, al doctor
Sigifredo Jorge BANEGAS (D.N.I. Nº 4.444.570) en el cargo de
Interventor de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL,
INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS – O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N°
1-1970-8), con las facultades de administración y ejecución que el
Estatuto del Agente del Seguro de Salud le otorga al Consejo Directivo.
ARTÍCULO 3°.- El Interventor deberá elevar a la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SALUD, un informe mensual de su gestión, con el detalle
de la situación institucional de la entidad y su evolución
administrativa y prestacional.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Carla Vizzotti
e. 15/09/2022 N° 73391/22 v. 15/09/2022