MINISTERIO DEL INTERIOR
Resolución 127/2022
RESOL-2022-127-APN-MI
Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2022
VISTO los Expedientes Nros. EX-2022-67989813- -APN-DGDYL#MI, original
EXP-S02:0010893/2018 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley
N° 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus
modificatorias, la Disposición N° 50 de fecha 16 de mayo de 2019 de la
Dirección Nacional Electoral, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el anteproyecto de
demarcación de circuitos electorales elaborado por el Juzgado Federal
con Competencia Electoral de la Provincia de BUENOS AIRES y remitido
por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en el marco del Expediente “S” 8/2019
caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito
BUENOS AIRES s/anteproyecto de división de circuitos electorales Nros.
768, 770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar)”.
Que se ha puesto en conocimiento de la propuesta en trámite a todos los
partidos políticos reconocidos en el distrito pertinente.
Que la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL resolvió, en fecha 25 de febrero de
2018, aprobar el anteproyecto de división de circuitos electorales
Nros. 768, 770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar), distrito BUENOS
AIRES.
Que mediante la Disposición N° 50/19 de la Dirección Nacional Electoral
se ordenó la publicación en el Boletín Oficial de la República
Argentina, por el plazo de DOS (2) días, del Informe Técnico N°
IF-2019-36403909-APN-DEYCE#MI elaborado por la Dirección de Estadística
y Cartografía Electoral, dependiente de la Dirección Nacional Electoral
de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS de este Ministerio del Estado
Nacional, encontrándose cumplido lo ordenado en el inciso 2, del
artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945
(t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus
modificatorias, en cuanto se refiere a la publicación del respectivo
informe técnico.
Que, de conformidad con lo establecido en la referida norma, y
encontrándose agotado el plazo VEINTE (20) días de publicado el Informe
Técnico sin que se hayan verificado observaciones a la propuesta en
trámite, corresponde aprobar la de división de circuitos electorales
Nros. 768, 770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar), distrito BUENOS
AIRES.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por
la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983)
y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la división de circuitos electorales Nros. 768,
770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar), distrito BUENOS AIRES,
elaborada por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la
Provincia de BUENOS AIRES y remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
en el marco del Expediente “S” 13/2019 caratulado “Registro Nacional de
Divisiones Electorales s/distrito BUENOS AIRES s/anteproyecto de
división de circuitos electorales Nros. 768, 770, 770A, 771 y 772
(partido de Pilar)”.
ARTÍCULO 2º.- Procédase a la actualización de la información
cartográfica pertinente por medio de la Dirección de Estadística y
Cartografía Electoral, dependiente de la Dirección Nacional Electoral
de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS de este Ministerio.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eduardo Enrique de Pedro
e. 15/09/2022 N° 73162/22 v. 15/09/2022