AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 1661/2022
RESOL-2022-1661-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2022
VISTO el Expediente N ° EX-2022-21673848-APN-DE#AND, las Leyes Nros.
22.431, 26.378; los Decretos Nros. 1172 del 3 de diciembre del 2003, y
698 del 5 de septiembre de 2017 y su modificatorio, y las Resoluciones
Nros. 249 del 14 de marzo de 2022, 455 del 7 de abril de 2022 y 719 del
23 de mayo de 2022 de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución AND N° 249/22, se determinó el
inicio de una convocatoria abierta, participativa, plural y federal,
desde el 21 de marzo de 2022 y hasta el 25 de mayo de 2022, para la
recepción de aportes, opiniones, e informaciones por parte de la
sociedad civil, personas con discapacidad y sus familias,
organizaciones de y para personas con discapacidad, organismos públicos
cuyas competencias funcionales se vinculen con la temática, Sindicatos,
Universidades, y de todos los sectores clave, en relación al proceso de
reemplazo de la Ley N° 22.431.
Que por el artículo 2° de la Resolución citada en el considerando
precedente se instruyó a la Dirección Nacional para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad de esta Agencia, a fin de que arbitre las
acciones tendientes a dar inicio al proceso de participación ciudadana
bajo el formato de Audiencias Públicas, conforme lo determinado en el
Decreto N° 1172/03.
Que, con posterioridad, mediante la Resolución AND N° 455/22, se amplió
el plazo determinado en el artículo 1° de la Resolución AND N°249/22 y
se convocó a Audiencias Públicas, de conformidad a lo establecido por
el artículo 16 del Anexo I del Decreto 1172/03, en el marco de la
consulta federal impulsada por la ANDIS, con el objeto de promover una
efectiva participación ciudadana y debatir de forma transparente y
pública las distintas opiniones, propuestas, experiencias,
conocimientos e informaciones existentes sobre la necesidad de impulsar
la Nueva Ley marco en Discapacidad en la República Argentina.
Que por su parte la Resolución AND N° 719/22 amplio el plazo de
convocatoria a Audiencias Públicas determinado por el artículo 1° de la
Resolución N° 455/22.
Que el ciclo de Audiencias Públicas se implementó tomando como base una
ciudad por región -Patagonia, Centro, Noroeste, Noreste, Cuyo y Área
Metropolitana de Buenos Aires-, garantizando, de este modo, una real
participación federal. Las mismas se desarrollaron en modalidad
presencial, virtual y también bimodal para asegurar una concurrencia
acorde al tenor de la instancia propuesta por la ANDIS.
Que las Audiencias Públicas llevadas adelante contaron con diversas
estrategias de accesibilidad: asesores e intérpretes de Lengua de Señas
Argentina, subtitulado en vivo transmitido tanto para los concurrentes
en el recinto como por los espectadores de la transmisión en línea vía
canal de YouTube, espacios distendidos, puntos accesibles para asesoría
sobre estrategias de accesibilidad propuestas de manera situada,
disponibilidad de pictogramas anticipatorios del proceso de audiencia a
disposición en dichos puntos, entre otras estrategias y recursos de
apoyo al acceso de todas y todos a la audiencia como dispositivo.
Que, lo mencionado en el considerando precedente, permitió garantizar
el acceso y participación de todas las personas interesadas en el
proceso en igualdad de condiciones.
Que esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD propuso desde el comienzo de
la Consulta Federal que la construcción de la Nueva Ley de Discapacidad
debía contener, indefectiblemente, la voz de quienes serán sus
destinatarios y destinatarias, reivindicando así el espíritu del cambio
de paradigma sobre la discapacidad que la Convención sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad le aportó al mundo y que la Argentina
quiere y debe consolidar: “Nada sobre nosotros sin nosotros”.
Que en cumplimiento del procedimiento determinado por el Anexo I del
Decreto N° 1172/03, la Dirección Nacional para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad elaboró el documento denominado “Informe
Final Audiencias Públicas - Resolución AND N° 249/22”, consignado como
IF- 2022-96826329-APN-DNIPD#AND y sus Anexos I
IF-2022-97193847-APN[1]DNIPD#AND, II IF-2022-97196422-APN-DNIPD#AND,
III IF-2022-97198817-APN-DNIPD#AND y IV
IF[1]2022-95862475-APN-DNIPD#AND.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los
Decretos N° 698/2017 y sus normas modificatorias, y 935/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Informe Final, que identificado como IF-
2022-96826329-APN-DNIPD#AND, y sus Anexos I.- Convocatorias a
Audiencias Públicas IF-2022-97193847-APN-DNIPD#AND, II.- Orden del día
de las Audiencias Públicas y actas de cierre,
IF-2022-97196422-APN-DNIPD#AND, III.- Personas que participaron en
calidad de oradores presenciales y/o virtuales, y aquellas que, estando
inscriptas, no se presentaron, y quienes expusieron bajo autorización
expresa de la Presidencia de la Audiencia
IF-2022-97198817-APN-DNIPD#AND, IV.- Versiones Taquigráficas IF- 2022-
95862475-APN-DNIPD#AND, que forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Hágase saber que todas las opiniones y aportes serán
contemplados con el objetivo de analizar su incorporación en el texto
del proyecto de la Nueva Ley.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Nacional para la Inclusión de
las Personas con Discapacidad, para que por su intermedio se elabore un
informe integral que recepte el devenir de toda la Consulta Federal
impulsada por esta Agencia Nacional de Discapacidad, que tuvo lugar
desde el 21 de marzo de 2022 y hasta el 15 de junio del corriente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial; y oportunamente archívese.
Fernando Gaston Galarraga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/09/2022 N° 73655/22 v. 16/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)