MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1576/2022
RESOL-2022-1576-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-94674949- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, la Resolución Nº 211 de fecha 26 de mayo de 2016 del
MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que el Programa “FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA”, creado por
intermedio de la Resolución M.C. Nº 211/16, es una propuesta de
capacitación para gestoras y gestores culturales públicos, que prioriza
la cooperación, la reflexión y el intercambio con organismos
provinciales y municipales. Estos objetivos, asociados a la formación
cultural, tienden al fortalecimiento de las capacidades técnicas de sus
trabajadores y trabajadoras, y contribuyen con la profesionalización de
los/as agentes que se desempeñan en los diversos niveles de la
administración pública de todo el país, en materia cultural.
Que, en ese marco, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, dependiente de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, ha decidido convocar a los/as
egresados/as de las diferentes ediciones del citado Programa, para
participar del ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES CULTURALES PÚBLICOS, y del
CONGRESO NACIONAL DE GESTIÓN CULTURAL, que tendrán lugar en el mes de
noviembre del corriente año.
Que lo previamente mencionado se enmarca dentro de los lineamientos del
MINISTERIO DE CULTURA en materia de formación cultural, abordada como
un proceso de reflexión, investigación y producción de conocimiento,
mediante el intercambio colaborativo e interdisciplinario implementado
en todo el territorio nacional.
Que, a tal efecto, se ha elaborado el Reglamento Técnico de Bases y
Condiciones de la Convocatoria para la presentación de los postulantes,
que deberán contar con el aval de autoridad competente del organismo
donde desarrollan sus tareas, para participar del presente certamen que
otorgará traslados y alojamientos con ese fin.
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificatorias se encuentra el de “(…) Entender en la
formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de
la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en
todas sus formas (…)”; “(…) Ejecutar políticas públicas tendientes a
reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes
expresiones que conforman la identidad nacional y ampliar la
participación y organización popular garantizando el acceso igualitario
a bienes y medios de producción cultural.(…)”; “(…) Intervenir en el
ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación
de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales,
espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e
internacionales, con criterio federal y en coordinación con los
organismos competentes (…)” y “(…) Producir y promover contenidos
relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a
público de todas las edades, en todo el país y con criterios
inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos (…)”,
entre otros relacionados.
Que de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 50/19 y sus
modificatorios, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL tiene entre sus
objetivos los de “(…) Entender en la planificación y ejecución de
políticas públicas destinadas al reconocimiento y fortalecimiento de la
diversidad cultural en todas sus formas, así como a favorecer la
integración y acceso de todos los sectores la producción y consumo de
bienes y servicios culturales. (...)”; “(…) Impulsar programas y
acciones que tienen por objeto fomentar el desarrollo de proyectos
culturales, populares y comunitarios capaces de promover la
recuperación del entramado social y el pleno ejercicio de los derechos
culturales (…)”, entre otros relacionados.
Que, en virtud de lo expuesto, se considera oportuno realizar la
Convocatoria de egresados/as del Programa “FORMACIÓN EN GESTIÓN
CULTURAL PÚBLICA” para participar del “ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES DE
LA CULTURA PÚBLICA” y del “CONGRESO NACIONAL DE GESTIÓN CULTURAL”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y el Decreto Nº
1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Convocatoria del Programa “FORMACIÓN EN
GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA” para la participación en el “ENCUENTRO
FEDERAL DE GESTORES DE LA CULTURA PÚBLICA” y el “CONGRESO NACIONAL DE
GESTIÓN CULTURAL”, de conformidad con el Reglamento Técnico de Bases y
Condiciones que como ANEXO I (IF-2022-99643585-APN-DNFC#MC) forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- La SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL será la autoridad de
aplicación e interpretación del Reglamento Técnico de Bases y
Condiciones aprobado en el artículo precedente, y se encuentra
facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o
interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con
intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/09/2022 N° 75450/22 v. 21/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
REGLAMENTO TÉCNICO DE BASES Y CONDICIONES
"ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES DE LA CULTURA PÚBLICA Y CONGRESO NACIONAL
DE GESTIÓN CULTURAL"
ÍNDICE
1.- MARCO GENERAL
2.- DESTINATARIOS
3.- FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN
4.- FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA: TRASLADOS Y ALOJAMIENTO. 5- EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
6.- PROPIEDAD INTELECTUAL
7.- DATOS REQUERIDOS Y DOCUMENTACIÓN DE POSTULACIÓN.
8. DECLARACIÓN JURADA
9. INCUMPLIMIENTOS
1.- MARCO GENERAL
El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
CULTURAL, invita a todos/as los/as egresados del Programa de Formación
en Gestión Cultural Pública (GCP), cohortes 2017, 2018, 2020, 2021 y
primer semestre de 2022, a participar de la presente convocatoria, que
otorgará pasajes y alojamiento para asistir al ENCUENTRO FEDERAL DE
GESTORES DE LA CULTURA PÚBLICA (organizado por el MINISTERIO DE CULTURA
el día 3° de noviembre de 2022 en las instalaciones del CENTRO CULTURAL
DEL BICENTENARIO NÉSTOR CARLOS KIRCHNER) y al CONGRESO NACIONAL DE
GESTIÓN CULTURAL, (co-organizado por el MINISTERIO DE CULTURA, el
INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y la RED ARGENTINA
DE GESTIÓN CULTURAL, en su segunda y tercera jornada, los días 4° y 5°
de noviembre de 2022)
La presente convocatoria se enmarca dentro de los lineamientos del
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN en materia de formación cultural,
abordada como un proceso de reflexión, investigación y producción de
conocimiento, mediante el intercambio colaborativo e interdisciplinario
implementado en todo el territorio nacional. La perspectiva de género,
la accesibilidad, la interseccionalidad y la concepción federal y
territorial de sus acciones, son ejes transversales y centrales en la
formación de las y los destinatarias/os de las políticas públicas del
área.
Fomentar la construcción de redes, el fortalecimiento de las
instituciones de educación formal y no formal, el desarrollo de
encuentros, residencias, seminarios y toda actividad que estimule la
circulación de saberes y permita imaginar nuevos modos de formarse en
cultura, generando vínculos institucionales y territoriales, los cuales
son objetivos permanentes del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.
En ese marco, el Programa de Formación en Gestión Cultural Pública
(GCP) es una propuesta de capacitación para gestoras y gestores
culturales públicos, que prioriza la cooperación, la reflexión y el
intercambio con organismos provinciales y municipales. Estos objetivos
asociados a la formación cultural, tienden al fortalecimiento de las
capacidades técnicas de sus trabajadores y trabajadoras, y contribuyen
con la profesionalización de los trabajadores/as culturales en los
diversos niveles de la administración pública de todo el país, en
materia cultural.
Los destinatarios de GCP son trabajadores/as de la cultura
(gestores/as, productores/as, programadores/as, promotores/as, etc.)
que pertenecen a algún nivel de la administración pública (nacional,
provincial, municipal y universitaria). Atravesando durante el año su
sexta cohorte, el programa cuenta hoy con más de 1200 egresados y
egresadas certificados/as, en todo el país.
Una de las premisas de GCP, es la jerarquización de los/as gestores
culturales públicos a través de intercambios profesionales y políticos
para poner en valor el rol de la tarea que desarrollan como agentes
realizadores de políticas públicas, más allá de su función
administrativa.
Al mismo tiempo promover la vinculación profesional entre los
gestores/as públicos de región es un objetivo permanente de GCP, y en
esa línea se lleva adelante el encuentro federal mencionado en el
primer párrafo de este apartado, previendo además la participación
adicional de los/as gestores/as en el congreso allí consignado.
2. DESTINATARIOS/AS
La convocatoria se encuentra dirigida a trabajadores/as de la cultura
(gestores/as, productores/as, programadores/as, promotores/as, etc.)
que pertenezcan a algún nivel de la administración pública (nacional,
provincial, municipal y universitaria) y que sean egresados/as del
Programa de Formación en Gestión Cultural Pública (GCP), cohortes
finalizadas en 2017, 2018, 2020, 2021 y primer semestre de 2022.
La convocatoria está dirigida exclusivamente a personas humanas, que,
en su carácter de gestores/as culturales, deberán aplicar con el aval
de la institución pública en la que desarrollan labores.
Adicionalmente, deberán presentar una carta de intención, de carácter
motivacional, que será evaluada en relación con el aval presentado,
considerando la importancia de la participación del postulante en el
Encuentro Federal de Gestores Culturales Públicos, y en el Congreso
Nacional de Gestión Cultural, en el marco de las tareas que desarrolla
y su contribución al cumplimiento de los objetivos, lineamientos y
acciones de su organismo. Todos/as los/as postulantes deberán ser
mayores de edad, de nacionalidad argentina y/o extranjeros/as con
residencia acreditada en el país.
No podrán aplicar a la presente convocatoria personas humanas
vinculadas al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN bajo cualquier
modalidad de relación contractual o empleo público.
3.- FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN
3.1. La inscripción a la presente convocatoria dará comienzo el día
hábil inmediato posterior a la publicación del presente reglamento en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, y se extenderá durante
quince (15) días corridos.
3.2. De resultar necesario, para garantizar la amplitud y pluralidad de
la convocatoria, la autoridad de aplicación podrá prorrogar el plazo
aludido, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.
3.3. La inscripción se realizará a través de la plataforma https://www.somos.cultura.gob.ar/.
3.4. Para postularse a la convocatoria ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES DE
LA CULTURA PÚBLICA será necesario inscribirse previamente en el
REGISTRO FEDERAL DE CULTURA creado por Resolución N°130/2021 del
Ministerio de Cultura de la Nación. La información general sobre el
REGISTRO FEDERAL DE CULTURA se encuentra en el siguiente link:
https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/registro-federal-de-cultura.pdf
.
3.5. Todos los datos que los/as postulantes incluyan en el REGISTRO
FEDERAL DE CULTURA y como en el formulario de inscripción de la
presente convocatoria, tendrán carácter de declaración jurada.
3.6. Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a
través de la plataforma de inscripción y al correo electrónico
declarado por los/as postulantes en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA,
siendo responsabilidad de cada usuario, mantenerlo actualizado para
recibir las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria.
3.7. La guía de documentos, así como las preguntas específicas que
orientarán a quienes se postulen para completar la información relativa
a cada proyecto, estará disponible en las diferentes etapas de la
inscripción en línea.
3.8. Sin perjuicio de lo anterior, en el apartado 7) del presente
Reglamento, se mencionan los documentos y los campos de datos
esenciales que serán requeridos en la plataforma digital
4. FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA: ALOJAMIENTO Y TRASLADO
El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, cubrirá los traslados y el
alojamiento para todos/as los/as postulantes seleccionados asignando
las órdenes de servicio de manera directa. El cupo de vacantes a
otorgar será de ciento cincuenta (150). En ningún caso se transferirán
sumas dinerarias con dicho objeto. Quienes sean seleccionados deberán
brindar toda la información personal y la documentación que les sea
requerida por el MINISTERIO, para atender la referida cobertura. Los
traslados serán cubiertos únicamente desde las terminales terrestres o
aeroportuarias que el MINISTERIO determine en la provincia de origen de
los participantes, hasta las terminales terrestres o aeroportuarias más
cercanas a la sede física de las actividades objeto de la convocatoria,
con idéntico criterio al regreso.
No se cubrirán gastos asociados al traslado desde los domicilios de
los/as postulantes a dichas terminales, así como tampoco traslados
internos, o viáticos de ninguna naturaleza durante la estadía en Buenos
Aires. Los alojamientos serán los designados por el MINISTERIO, con una
extensión no mayor a tres (3) noches, con media pensión. El tipo de
habitación puede ser Individual o Doble. No se cubrirán otros gastos de
alimentación.
5. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Todas las postulaciones que cumplan con los requisitos de admisibilidad
formal establecidos en el presente reglamento, serán evaluadas por un
jurado de tres (3) integrantes conformado por: un (1) representante del
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, con rango no inferior a DIRECTOR, y
dos (2) gestores/as culturales con experiencia, trayectoria y probada
idoneidad en el ámbito de la Gestión Cultural Pública.
El referido órgano evaluador, considerando la carta aval, la carta motivacional, y la documentación requerida, valorará:
a) La experiencia y el recorrido profesional del/la postulante en el ámbito de la Gestión Cultural Pública.
b) Las tareas y/o funciones a cargo del postulante en el ámbito del organismo público donde presta funciones.
c) La importancia y pertinencia de la participación del/la postulante
en el Encuentro Federal de Gestores de la Cultura Pública, así como en
el
Congreso Nacional de Gestión Cultural, para fortalecer la vinculación e
interacción con sus pares, en relación con su propio proceso formativo,
y evaluando la contribución que representa para las tareas que
desarrolla en su organismo de origen.
d) Proporcionalidad razonable en materia de género y distribución federal de la ayuda otorgada.
La decisión del jurado estará fundamentada y a tal efecto se labrará el
acta pertinente. Las valoraciones técnicas y conceptuales efectuadas
por dicho cuerpo no serán revisadas.
El jurado podrá, adicionalmente, seleccionar un máximo de treinta (30)
postulaciones en carácter de "suplentes", estableciendo un orden de
mérito entre ellas, cuyos titulares serán convocados/as, por su orden,
cuando alguno/a de los/as beneficiarios/as titulares declinase la
aceptación del beneficio, o no se encontrase en condiciones de
percibirlo, por cualquier motivo legal o reglamentario.
La designación nominal de los miembros del jurado, así como la
aprobación del acta de selección será efectuada por la Autoridad de
Aplicación de la convocatoria, y anunciada oportunamente en la página
web del Ministerio de Cultura de la Nación. Adicionalmente, se
notificará a los/as seleccionados/as en el correo electrónico
constituido.
6. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN.
Los/as beneficiarios/as autorizan al MINISTERIO DE CULTURA DE LA
NACIÓN, a generar el registro audiovisual de las actividades en las que
participen en el marco del Encuentro Federal de Gestores de la Cultura
Pública y Congreso Nacional de Gestión Cultural.
En ese marco, el MINISTERIO podrá reproducir el registro generando
copias en cualquier soporte idóneo a tal efecto, y adicionalmente,
efectuar actos de comunicación pública del material a través de
cualquier entorno o plataforma comunicacional, analógica o digital,
incluida la facultad de alojar el registro en un servidor de internet,
su comunicación mediante portales, sitios web, plataforma digitales, o
redes sociales de carácter institucional.
La autorización conferida se otorga sin límites temporales y
territoriales de ninguna naturaleza y posee carácter no exclusivo. La
autorización se hace extensiva a cualquier trabajo, ponencia,
intervención oral, u otras participaciones que, eventualmente, los
participantes tengan a cargo en el ámbito de los mencionados encuentros.
Por último, los/as beneficiarios/as autorizan el uso de su imagen
personal con el objeto de divulgar los resultados de la convocatoria o
cualquier otro evento de difusión institucional relacionado.
7. DATOS REQUERIDOS Y DOCUMENTACIÓN DE POSTULACIÓN La plataforma de inscripción requerirá
-Fotografía legible del DNI (frente y dorso).
-Curriculum Vitae del/la postulante circunscripto al ámbito de la Gestión Cultural.
-Carta de intención motivacional de una (1) carilla como máximo,
explicitando las tareas que desarrolla en su organismo de origen, el
rol que ocupa, equipos a cargo en caso de tenerlos, importancia que le
asigna a su participación en los eventos que son objeto de la
convocatoria e importancia en su labor diaria de la
interacción/articulación con sus pares de otros organismos en todo el
país.
-Carta Aval Institucional suscrita por el funcionario/a inmediato
superior o máxima autoridad del organismo público donde presta
funciones el postulante, señalando la importancia de la participación,
desde el punto de vista de la institución.
-Certificado Egreso del programa GCP, correspondiente a una de las
siguientes cohortes: 2017, 2018, 2020, 2021, o primer semestre 2022;
escaneado en formato PDF o digital.
NOTA: La documentación alojada
en la plataforma será considerada como válida, debiendo el postulante
validar dicha autenticidad mediante la declaración jurada detallada en
el apartado 8) de este reglamento.
8. DECLARACIÓN JURADA
Los/as postulantes deberán leer y aceptar, en la plataforma digital de inscripción, la siguiente declaración jurada:
En mi carácter de gestor/a egresado/a del PROGRAMA DE FORMACIÓN EN
GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA, de conformidad con los datos personales
consignados en el formulario de inscripción, declaro que he leído,
comprendo, y acepto en todos sus términos el reglamento de bases y
condiciones, y para el caso de resultar seleccionado/a, hago constar
expresamente que:
1) Comprendo y acepto lo expresado en su totalidad en el punto 4) FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA: TRASLADO Y ALOJAMIENTO".
2) Participaré activamente, de acuerdo con la agenda de trabajo
prevista, en el Encuentro Federal que tendrá lugar el día jueves 3° de
noviembre en el Centro Cultural Kirchner (CCK), y del Congreso Nacional
de Gestión Cultural, jornadas del 4° y 5° de noviembre (sede UNDAV, o
la que en definitiva aloje al referido congreso)
3) Comprendo y acepto que el beneficio otorgado no puede ser transferido a otras personas.
5) Cooperaré con el equipo operativo a cargo de la convocatoria, en las
acciones de seguimiento orientadas a contribuir con el desarrollo
adecuado de la selección, aportando la información adicional que fuese
requerida durante su implementación.
6) La información aportada por intermedio de la carta motivacional y mi
Carta Aval Institucional resultan veraces y auténticas, y en caso de
ser requerido efectuare las aclaraciones o aportaré la documentación
complementaria que sea requerida sobre el particular. .
7) En caso de incurrir en cualquier incumplimiento con relación a los
compromisos aquí asumidos, será de aplicación lo estipulado en el
apartado 9) del reglamento de bases y condiciones.
9. INCUMPLIMIENTOS
Cuando la autoridad de aplicación tome conocimiento sobre el
incumplimiento de cualquier obligación derivada del presente reglamento
y/o del instrumento de compromiso suscripto por los postulantes, se
intimará a los mismos para su inmediata regularización. Dicha
intimación se hará llegar al correo electrónico constituido en el
proceso de inscripción. De no regularizarse la situación planteada, se
conformarán actuaciones que serán giradas a la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, junto al informe
pertinente, para evaluar los niveles de responsabilidad implicados y
arbitrar las acciones que se estimen conducentes. En virtud de los
niveles de responsabilidad establecidos, podrían no otorgarse los
beneficios objeto de la selección, y/o exigirse la devolución de las
sumas erogadas por el organizador para afrontarlos. Adicionalmente,
los/as infractores/as podrían quedar inhabilitados para percibir
futuros apoyos, en el marco de otros programas a cargo del MINISTERIO
DE CULTURA.