MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1576/2022

RESOL-2022-1576-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-94674949- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución Nº 211 de fecha 26 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que el Programa “FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA”, creado por intermedio de la Resolución M.C. Nº 211/16, es una propuesta de capacitación para gestoras y gestores culturales públicos, que prioriza la cooperación, la reflexión y el intercambio con organismos provinciales y municipales. Estos objetivos, asociados a la formación cultural, tienden al fortalecimiento de las capacidades técnicas de sus trabajadores y trabajadoras, y contribuyen con la profesionalización de los/as agentes que se desempeñan en los diversos niveles de la administración pública de todo el país, en materia cultural.

Que, en ese marco, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, ha decidido convocar a los/as egresados/as de las diferentes ediciones del citado Programa, para participar del ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES CULTURALES PÚBLICOS, y del CONGRESO NACIONAL DE GESTIÓN CULTURAL, que tendrán lugar en el mes de noviembre del corriente año.

Que lo previamente mencionado se enmarca dentro de los lineamientos del MINISTERIO DE CULTURA en materia de formación cultural, abordada como un proceso de reflexión, investigación y producción de conocimiento, mediante el intercambio colaborativo e interdisciplinario implementado en todo el territorio nacional.

Que, a tal efecto, se ha elaborado el Reglamento Técnico de Bases y Condiciones de la Convocatoria para la presentación de los postulantes, que deberán contar con el aval de autoridad competente del organismo donde desarrollan sus tareas, para participar del presente certamen que otorgará traslados y alojamientos con ese fin.

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias se encuentra el de “(…) Entender en la formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas (…)”; “(…) Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural.(…)”; “(…) Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes (…)” y “(…) Producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos (…)”, entre otros relacionados.

Que de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL tiene entre sus objetivos los de “(…) Entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas, así como a favorecer la integración y acceso de todos los sectores la producción y consumo de bienes y servicios culturales. (...)”; “(…) Impulsar programas y acciones que tienen por objeto fomentar el desarrollo de proyectos culturales, populares y comunitarios capaces de promover la recuperación del entramado social y el pleno ejercicio de los derechos culturales (…)”, entre otros relacionados.

Que, en virtud de lo expuesto, se considera oportuno realizar la Convocatoria de egresados/as del Programa “FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA” para participar del “ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES DE LA CULTURA PÚBLICA” y del “CONGRESO NACIONAL DE GESTIÓN CULTURAL”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Convocatoria del Programa “FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA” para la participación en el “ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES DE LA CULTURA PÚBLICA” y el “CONGRESO NACIONAL DE GESTIÓN CULTURAL”, de conformidad con el Reglamento Técnico de Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2022-99643585-APN-DNFC#MC) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL será la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento Técnico de Bases y Condiciones aprobado en el artículo precedente, y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/09/2022 N° 75450/22 v. 21/09/2022


(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO I

REGLAMENTO TÉCNICO DE BASES Y CONDICIONES

"ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES DE LA CULTURA PÚBLICA Y CONGRESO NACIONAL

DE GESTIÓN CULTURAL"

ÍNDICE

1.- MARCO GENERAL

2.- DESTINATARIOS

3.- FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN

4.- FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA: TRASLADOS Y ALOJAMIENTO. 5- EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

6.- PROPIEDAD INTELECTUAL

7.- DATOS REQUERIDOS Y DOCUMENTACIÓN DE POSTULACIÓN.

8. DECLARACIÓN JURADA

9. INCUMPLIMIENTOS

1.- MARCO GENERAL

El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, invita a todos/as los/as egresados del Programa de Formación en Gestión Cultural Pública (GCP), cohortes 2017, 2018, 2020, 2021 y primer semestre de 2022, a participar de la presente convocatoria, que otorgará pasajes y alojamiento para asistir al ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES DE LA CULTURA PÚBLICA (organizado por el MINISTERIO DE CULTURA el día 3° de noviembre de 2022 en las instalaciones del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO NÉSTOR CARLOS KIRCHNER) y al CONGRESO NACIONAL DE GESTIÓN CULTURAL, (co-organizado por el MINISTERIO DE CULTURA, el INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y la RED ARGENTINA DE GESTIÓN CULTURAL, en su segunda y tercera jornada, los días 4° y 5° de noviembre de 2022)

La presente convocatoria se enmarca dentro de los lineamientos del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN en materia de formación cultural, abordada como un proceso de reflexión, investigación y producción de conocimiento, mediante el intercambio colaborativo e interdisciplinario implementado en todo el territorio nacional. La perspectiva de género, la accesibilidad, la interseccionalidad y la concepción federal y territorial de sus acciones, son ejes transversales y centrales en la formación de las y los destinatarias/os de las políticas públicas del área.

Fomentar la construcción de redes, el fortalecimiento de las instituciones de educación formal y no formal, el desarrollo de encuentros, residencias, seminarios y toda actividad que estimule la circulación de saberes y permita imaginar nuevos modos de formarse en cultura, generando vínculos institucionales y territoriales, los cuales son objetivos permanentes del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

En ese marco, el Programa de Formación en Gestión Cultural Pública (GCP) es una propuesta de capacitación para gestoras y gestores culturales públicos, que prioriza la cooperación, la reflexión y el intercambio con organismos provinciales y municipales. Estos objetivos asociados a la formación cultural, tienden al fortalecimiento de las capacidades técnicas de sus trabajadores y trabajadoras, y contribuyen con la profesionalización de los trabajadores/as culturales en los diversos niveles de la administración pública de todo el país, en materia cultural.

Los destinatarios de GCP son trabajadores/as de la cultura (gestores/as, productores/as, programadores/as, promotores/as, etc.) que pertenecen a algún nivel de la administración pública (nacional, provincial, municipal y universitaria). Atravesando durante el año su sexta cohorte, el programa cuenta hoy con más de 1200 egresados y egresadas certificados/as, en todo el país.

Una de las premisas de GCP, es la jerarquización de los/as gestores culturales públicos a través de intercambios profesionales y políticos para poner en valor el rol de la tarea que desarrollan como agentes realizadores de políticas públicas, más allá de su función administrativa.

Al mismo tiempo promover la vinculación profesional entre los gestores/as públicos de región es un objetivo permanente de GCP, y en esa línea se lleva adelante el encuentro federal mencionado en el primer párrafo de este apartado, previendo además la participación adicional de los/as gestores/as en el congreso allí consignado.

2. DESTINATARIOS/AS

La convocatoria se encuentra dirigida a trabajadores/as de la cultura (gestores/as, productores/as, programadores/as, promotores/as, etc.) que pertenezcan a algún nivel de la administración pública (nacional, provincial, municipal y universitaria) y que sean egresados/as del Programa de Formación en Gestión Cultural Pública (GCP), cohortes finalizadas en 2017, 2018, 2020, 2021 y primer semestre de 2022.

La convocatoria está dirigida exclusivamente a personas humanas, que, en su carácter de gestores/as culturales, deberán aplicar con el aval de la institución pública en la que desarrollan labores.

Adicionalmente, deberán presentar una carta de intención, de carácter motivacional, que será evaluada en relación con el aval presentado, considerando la importancia de la participación del postulante en el Encuentro Federal de Gestores Culturales Públicos, y en el Congreso Nacional de Gestión Cultural, en el marco de las tareas que desarrolla y su contribución al cumplimiento de los objetivos, lineamientos y acciones de su organismo. Todos/as los/as postulantes deberán ser mayores de edad, de nacionalidad argentina y/o extranjeros/as con residencia acreditada en el país.

No podrán aplicar a la presente convocatoria personas humanas vinculadas al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN bajo cualquier modalidad de relación contractual o empleo público.

3.- FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN

3.1. La inscripción a la presente convocatoria dará comienzo el día hábil inmediato posterior a la publicación del presente reglamento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, y se extenderá durante quince (15) días corridos.

3.2. De resultar necesario, para garantizar la amplitud y pluralidad de la convocatoria, la autoridad de aplicación podrá prorrogar el plazo aludido, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.

3.3. La inscripción se realizará a través de la plataforma https://www.somos.cultura.gob.ar/.

3.4. Para postularse a la convocatoria ENCUENTRO FEDERAL DE GESTORES DE LA CULTURA PÚBLICA será necesario inscribirse previamente en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA creado por Resolución N°130/2021 del Ministerio de Cultura de la Nación. La información general sobre el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA se encuentra en el siguiente link: https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/registro-federal-de-cultura.pdf .

3.5. Todos los datos que los/as postulantes incluyan en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA y como en el formulario de inscripción de la presente convocatoria, tendrán carácter de declaración jurada.

3.6. Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a través de la plataforma de inscripción y al correo electrónico declarado por los/as postulantes en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA, siendo responsabilidad de cada usuario, mantenerlo actualizado para recibir las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria.

3.7. La guía de documentos, así como las preguntas específicas que orientarán a quienes se postulen para completar la información relativa a cada proyecto, estará disponible en las diferentes etapas de la inscripción en línea.

3.8. Sin perjuicio de lo anterior, en el apartado 7) del presente Reglamento, se mencionan los documentos y los campos de datos esenciales que serán requeridos en la plataforma digital

4. FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA: ALOJAMIENTO Y TRASLADO

El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, cubrirá los traslados y el alojamiento para todos/as los/as postulantes seleccionados asignando las órdenes de servicio de manera directa. El cupo de vacantes a otorgar será de ciento cincuenta (150). En ningún caso se transferirán sumas dinerarias con dicho objeto. Quienes sean seleccionados deberán brindar toda la información personal y la documentación que les sea requerida por el MINISTERIO, para atender la referida cobertura. Los traslados serán cubiertos únicamente desde las terminales terrestres o aeroportuarias que el MINISTERIO determine en la provincia de origen de los participantes, hasta las terminales terrestres o aeroportuarias más cercanas a la sede física de las actividades objeto de la convocatoria, con idéntico criterio al regreso.

No se cubrirán gastos asociados al traslado desde los domicilios de los/as postulantes a dichas terminales, así como tampoco traslados internos, o viáticos de ninguna naturaleza durante la estadía en Buenos Aires. Los alojamientos serán los designados por el MINISTERIO, con una extensión no mayor a tres (3) noches, con media pensión. El tipo de habitación puede ser Individual o Doble. No se cubrirán otros gastos de alimentación.

5. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

Todas las postulaciones que cumplan con los requisitos de admisibilidad formal establecidos en el presente reglamento, serán evaluadas por un jurado de tres (3) integrantes conformado por: un (1) representante del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, con rango no inferior a DIRECTOR, y dos (2) gestores/as culturales con experiencia, trayectoria y probada idoneidad en el ámbito de la Gestión Cultural Pública.

El referido órgano evaluador, considerando la carta aval, la carta motivacional, y la documentación requerida, valorará:

a) La experiencia y el recorrido profesional del/la postulante en el ámbito de la Gestión Cultural Pública.

b) Las tareas y/o funciones a cargo del postulante en el ámbito del organismo público donde presta funciones.

c) La importancia y pertinencia de la participación del/la postulante en el Encuentro Federal de Gestores de la Cultura Pública, así como en el

Congreso Nacional de Gestión Cultural, para fortalecer la vinculación e interacción con sus pares, en relación con su propio proceso formativo, y evaluando la contribución que representa para las tareas que desarrolla en su organismo de origen.

d) Proporcionalidad razonable en materia de género y distribución federal de la ayuda otorgada.

La decisión del jurado estará fundamentada y a tal efecto se labrará el acta pertinente. Las valoraciones técnicas y conceptuales efectuadas por dicho cuerpo no serán revisadas.

El jurado podrá, adicionalmente, seleccionar un máximo de treinta (30) postulaciones en carácter de "suplentes", estableciendo un orden de mérito entre ellas, cuyos titulares serán convocados/as, por su orden, cuando alguno/a de los/as beneficiarios/as titulares declinase la aceptación del beneficio, o no se encontrase en condiciones de percibirlo, por cualquier motivo legal o reglamentario.

La designación nominal de los miembros del jurado, así como la aprobación del acta de selección será efectuada por la Autoridad de Aplicación de la convocatoria, y anunciada oportunamente en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación. Adicionalmente, se notificará a los/as seleccionados/as en el correo electrónico constituido.

6. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN.

Los/as beneficiarios/as autorizan al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a generar el registro audiovisual de las actividades en las que participen en el marco del Encuentro Federal de Gestores de la Cultura Pública y Congreso Nacional de Gestión Cultural.

En ese marco, el MINISTERIO podrá reproducir el registro generando copias en cualquier soporte idóneo a tal efecto, y adicionalmente, efectuar actos de comunicación pública del material a través de cualquier entorno o plataforma comunicacional, analógica o digital, incluida la facultad de alojar el registro en un servidor de internet, su comunicación mediante portales, sitios web, plataforma digitales, o redes sociales de carácter institucional.

La autorización conferida se otorga sin límites temporales y territoriales de ninguna naturaleza y posee carácter no exclusivo. La autorización se hace extensiva a cualquier trabajo, ponencia, intervención oral, u otras participaciones que, eventualmente, los participantes tengan a cargo en el ámbito de los mencionados encuentros.

Por último, los/as beneficiarios/as autorizan el uso de su imagen personal con el objeto de divulgar los resultados de la convocatoria o cualquier otro evento de difusión institucional relacionado.

7. DATOS REQUERIDOS Y DOCUMENTACIÓN DE POSTULACIÓN La plataforma de inscripción requerirá

-Fotografía legible del DNI (frente y dorso).

-Curriculum Vitae del/la postulante circunscripto al ámbito de la Gestión Cultural.

-Carta de intención motivacional de una (1) carilla como máximo, explicitando las tareas que desarrolla en su organismo de origen, el rol que ocupa, equipos a cargo en caso de tenerlos, importancia que le asigna a su participación en los eventos que son objeto de la convocatoria e importancia en su labor diaria de la interacción/articulación con sus pares de otros organismos en todo el país.

-Carta Aval Institucional suscrita por el funcionario/a inmediato superior o máxima autoridad del organismo público donde presta funciones el postulante, señalando la importancia de la participación, desde el punto de vista de la institución.

-Certificado Egreso del programa GCP, correspondiente a una de las siguientes cohortes: 2017, 2018, 2020, 2021, o primer semestre 2022; escaneado en formato PDF o digital.

NOTA: La documentación alojada en la plataforma será considerada como válida, debiendo el postulante validar dicha autenticidad mediante la declaración jurada detallada en el apartado 8) de este reglamento.

8. DECLARACIÓN JURADA

Los/as postulantes deberán leer y aceptar, en la plataforma digital de inscripción, la siguiente declaración jurada:

En mi carácter de gestor/a egresado/a del PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA, de conformidad con los datos personales consignados en el formulario de inscripción, declaro que he leído, comprendo, y acepto en todos sus términos el reglamento de bases y condiciones, y para el caso de resultar seleccionado/a, hago constar expresamente que:

1) Comprendo y acepto lo expresado en su totalidad en el punto 4) FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA: TRASLADO Y ALOJAMIENTO".

2) Participaré activamente, de acuerdo con la agenda de trabajo prevista, en el Encuentro Federal que tendrá lugar el día jueves 3° de noviembre en el Centro Cultural Kirchner (CCK), y del Congreso Nacional de Gestión Cultural, jornadas del 4° y 5° de noviembre (sede UNDAV, o la que en definitiva aloje al referido congreso)

3) Comprendo y acepto que el beneficio otorgado no puede ser transferido a otras personas.

5) Cooperaré con el equipo operativo a cargo de la convocatoria, en las acciones de seguimiento orientadas a contribuir con el desarrollo adecuado de la selección, aportando la información adicional que fuese requerida durante su implementación.

6) La información aportada por intermedio de la carta motivacional y mi Carta Aval Institucional resultan veraces y auténticas, y en caso de ser requerido efectuare las aclaraciones o aportaré la documentación complementaria que sea requerida sobre el particular. .

7) En caso de incurrir en cualquier incumplimiento con relación a los compromisos aquí asumidos, será de aplicación lo estipulado en el apartado 9) del reglamento de bases y condiciones.

9. INCUMPLIMIENTOS

Cuando la autoridad de aplicación tome conocimiento sobre el incumplimiento de cualquier obligación derivada del presente reglamento y/o del instrumento de compromiso suscripto por los postulantes, se intimará a los mismos para su inmediata regularización. Dicha intimación se hará llegar al correo electrónico constituido en el proceso de inscripción. De no regularizarse la situación planteada, se conformarán actuaciones que serán giradas a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, junto al informe pertinente, para evaluar los niveles de responsabilidad implicados y arbitrar las acciones que se estimen conducentes. En virtud de los niveles de responsabilidad establecidos, podrían no otorgarse los beneficios objeto de la selección, y/o exigirse la devolución de las sumas erogadas por el organizador para afrontarlos. Adicionalmente, los/as infractores/as podrían quedar inhabilitados para percibir futuros apoyos, en el marco de otros programas a cargo del MINISTERIO DE CULTURA.