HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”
Resolución 441/2022
RESOL-2022-441-APN-D#HNRESMYA
Ciudad de Buenos Aires, 19/09/2022
VISTO el Expediente EX-2021-16309084- -APN-DAD#HNRESMYA del registro de
esta institución y la Resolución N° RESOL-2021-131-APN-D#HNRESMYA de
fecha 17 de marzo de 2021; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2021-131-APN-D#HNRESMYA se
formalizó la creación del “Programa de Fortalecimiento Asistencial” y
se aprobó su reglamento.
Que el mismo tiene por finalidad la restitución y ampliación de
derechos de las personas con padecimiento subjetivo que realizan
tratamiento en el Hospital, mediante estrategias que promuevan la
autonomía y la integración social, así como también facilitar la
accesibilidad al tratamiento y la inclusión socio-comunitaria.
Que dicho programa se compone de tres proyectos que contemplan el
otorgamiento de un apoyo económico directo para cumplimentar los
objetivos que persiguen: I) Proyecto de Terminalidad Educativa y
Pasantías Laborales que pretende propiciar la integración social a
partir de dos componentes, el educativo y el laboral; II ) Proyecto
Accesibilidad al Tratamiento Ambulatorio que persiguen el propósito de
facilitar el acceso a la atención ambulatoria a partir de garantizar la
asistencia al tratamiento de los pacientes que no puedan afrontar los
gastos de traslado; y III) Proyecto de Estrategias Integrales, con el
objetivo de contribuir en la generación de condiciones materiales
mínimas para las personas que requieran atención en salud mental.
Que mediante Anexo II de la Resolución mencionada se consignaron los
montos de las ayudas económicas para cada proyecto basadas en lo
establecido como referencia en el Reglamento que aprobara dicha
Resolución.
Que mediante documento NO-2022-86067814-APN-D#HNRESMYA el Servicio de
Externación propicia que se actualicen los montos mencionados,
emitiendo además el documento N° IF-2022-95895098-APN-D#HNRESMYA con
los nuevos montos.
Que la Dirección de Administración, mediante documento N°
IF-2022-98029891-APN-DAD#HNRESMYA indica que existen fondos para
afrontar la medida propiciada.
Que en ese sentido, se hace necesario proceder a la modificación del
Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2021-131-APN-D#HNRESMYA, que
aprobara los montos de las ayudas económicas.
Que el Servicio de Externación, la Dirección de Administración y la Coordinación de Asuntos Jurídicos han tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley Nº 20.332 (modificada por la Ley Nº 27.267) y los Decretos N°
837/2021 y N°859/2021.
Por ello,
LA INTERVENTORA GENERAL DEL HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Modificar los montos consignados en el Anexo II de la
Resolución N° RESOL-2021-131-APN-D#HNRESMYA, por los montos que surgen
del Anexo I, documento N° IF-2022-95895098-APN-D#HNRESMYA, que forman
parte de la presente medida y por los argumentos expuestos en el
Considerando.
ARTÍCULO 2°. – Comunicar al Servicio de Externación, a la Dirección de
Administración, a la Coordinación de Asuntos Jurídicos. Publicar, dar a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívar.
Beatriz Yolanda Ramona Baldelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/09/2022 N° 75127/22 v. 22/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
En función de los valores de
referencia establecidos en el punto 7.8 del Proyecto de Terminalidad
Educativa y Pasantías Laborales, 6.7 del Proyecto Accesibilidad a los
tratamientos ambulatorios y 6.7 del Proyecto Estrategias Esenciales que
componen el reglamento del Programa Fortalecimiento Asistencial, se
actualiza el monto en pesos a pagar en cada una de las líneas de apoyo
económico.
Los mismos se calculan en base a los datos publicados por Ministerio de
Trasporte de la Nación sobre las Tarifas de transporte público de AMBA;
y a la Resolución 6/2022 del Consejo Nacional De Empleo, La
Productividad Y El Salario Mínimo Vital Y Móvil.
El mismo se adjunta como archivo embebido del presente documento.