ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5260/2022
RESOG-2022-5260-E-AFIP-AFIP - Régimen
de Importación y Exportación por Prestadores de Servicios Postales
PSP/Courier. Resolución General N° 4.450 y su modificatoria. Su
modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-01667424- -AFIP-DICEOA#DGADUA del registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 2.436 (ANA) del 16 de julio de 1996 y sus
modificatorias y complementarias, aprueba las normas relativas a la
importación y exportación de mercaderías por parte de empresas
habilitadas como Prestadores de Servicios Postales/Courier.
Que la Resolución General N° 4.450 y su modificatoria, determina los
lineamientos operativos aplicables a los envíos que ingresen a través
del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales
PSP/Courier, destinados a personas humanas o jurídicas.
Que, como consecuencia del fortalecimiento de acciones de control y
fiscalización ejecutadas en los distintos regímenes de importación,
entre ellos el Régimen de Importación por Prestadores de Servicios
Postales PSP/Courier, se detectaron irregularidades las cuales
derivaron en denuncias infraccionales y/o penales, según el caso,
circunstancia que evidencia la necesidad de adoptar medidas tendientes
al debido resguardo de la renta fiscal.
Que, dentro del escenario económico actual y a fin de evitar la
desnaturalización del régimen en trato, deviene necesario la
actualización de los valores FOB vigentes para las mercaderías de los
artículos 1º y 7º de la Resolución General Nº 4.450 y su modificatoria.
Que esta medida se adopta por razones de oportunidad, mérito y conveniencia en materia de política económica.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Técnico Legal Aduanera, Recaudación, Sistemas y Telecomunicaciones y
Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
artículo 7º del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 4.450 y su modificatoria, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustituir el artículo 1° por el siguiente texto:
“ARTÍCULO 1°.- Establecer los lineamientos operativos aplicables a los
envíos que ingresen a través del Régimen de Importación por Prestadores
de Servicios Postales PSP/Courier, destinados a personas humanas o
jurídicas, conformados por hasta TRES (3) unidades de la misma especie
y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío
sea de hasta CINCUENTA KILOGRAMOS (50 kg) y el valor FOB de las
mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los DÓLARES
ESTADOUNIDENSES UN MIL (U$S 1.000.-) por vuelo.”.
b) Sustituir el artículo 7° por el siguiente:
“ARTÍCULO 7°.- Establecer que los Prestadores de Servicios Postales
PSP/Courier podrán efectuar la solicitud de importación o de
exportación para consumo en forma simplificada, conforme lo dispuesto
por la Resolución N° 2.436/96 (ANA), sus modificatorias y
complementarias, siempre que:
a) El valor FOB de las mercaderías a exportarse no exceda los DÓLARES
ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S 3.000.-) para cada remitente del envío.
b) El valor FOB de las mercaderías a importarse, consignadas a un mismo
destinatario, no excedan los DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL (U$S
1.000.-) por vuelo y el peso total del envío sea de hasta CINCUENTA
KILOGRAMOS (50 kg).”.
ARTÍCULO 2º.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el
Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.
Carlos Daniel Castagneto
e. 23/09/2022 N° 75995/22 v. 23/09/2022