ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 437/2022
Resolución RESOL-2022-437-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1790
Expediente EX-2021-53916316- -APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 21 de SEPTIEMBRE de 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de emisión del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la obra de Ampliación del Sistema
de Transporte Existente solicitado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA REGIÓN NOROESTE
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a instancias de la EMPRESA DE
DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE SALTA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESA S.A.),
consistente en la habilitación de un punto de conexión de 13,2 kV en la
Estación Transformadora (ET) 132/33/13,2 kV Joaquín V. González.
2.- Publicar la solicitud mencionada en el artículo 1 de esta
Resolución, mediante un AVISO en el portal de Internet del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y solicitar a la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por el lapso de
CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos
en un diario de amplia difusión del lugar en donde la obra se va a
realizar o pueda afectar eléctricamente, en el que deberá consignarse
que se otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos,
computados a partir del día siguiente a la última publicación
efectuada, para que quién considere que la obra pueda afectarlo, en
cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses
económicos, plantee su oposición fundada, por escrito, ante el ENRE.
3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas que
sean comunes a distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública
para analizar dichas oposiciones, y permitir al solicitante contestar
las mismas y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos señalados en el
artículo 2 de esta Resolución sin que se registre la presentación de
oposición fundada en los términos referidos, en atención a los informes
técnicos favorables obrantes en este Expediente, el ENRE procederá a
emitir un acto administrativo otorgando el Certificado de Conveniencia
y Necesidad Pública para la Ampliación referida en el artículo 1 del
presente acto.
5.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de
Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE
N° 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y sus complementarias- deberá
incorporar, en el primer informe de avance que presente luego de
finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas,
y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de
mediciones de los campos electromagnéticos (CEM), que permitan
verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución
de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (ex SE) N° 77 de fecha 12 de marzo de
1998, en el perímetro de la E.T. Joaquín V. González.
6.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. y, en su caso, a EDESA S.A., que las
instalaciones involucradas deberán cumplir los requerimientos de la
normativa vigente en materia de seguridad pública establecidos en la
Resolución ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización
de instalaciones eléctricas), la Resolución ENRE N° 163 de fecha 29 de
mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras) y la Resolución ENRE N° 620
de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del
Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas).
7.- Notifíquese a TRANSNOA S.A., a EDESA S.A., y a CAMMESA.
8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto por DOS (2) días
consecutivos, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
Archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello-.
Andrea Laura Erdini, Secretaria Privada, Secretaría de Directorio.
e. 23/09/2022 N° 76129/22 v. 26/09/2022