INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 4361/2022

RESFC-2022-4361-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2022

VISTO, el Expediente identificado como EX-2022-88561216- -APN-DPE#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337, Decreto Nro. 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que a tal fin, tiene como misión principal el concurrir a la promoción de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su desarrollo.

Que la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN es un organismo nacional descentralizado con autarquía administrativa y funcional, actuante en la órbita del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, que tiene por función promover la investigación científica, la generación de conocimiento y la innovación productiva de la Argentina, para mejorar su perfil productivo y la calidad de vida de la población, siendo uno de sus objetivos el reconocimiento por parte de los sectores científico, tecnológico, educativo y productivo, y por la sociedad, como una institución accesible, eficaz y eficiente en el cumplimiento de su misión.

Que mediante Resolución N° 2429/2021, el Directorio del INAES aprobó la celebración de un convenio de colaboración con la citada Agencia con el objeto de establecer un marco de actuación para la colaboración y el desarrollo de actividades conjuntas.

Que el convenio referido ut supra quedó perfeccionado a través del documento “CONVE-2021-116928756-APN-ANPIDTYI#MCT”, suscripto por ambas partes, INAES y Agencia I+D+i, en fecha 1 de diciembre de 2021.

Que mediante Resolución N° 282/2022, la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN abrió la convocatoria a la presentación de proyectos para la adjudicación de Aportes No Reembolsables Cooperativas (ANR Cooperativas 2022), a través de la Dirección Nacional del Fondo Tecnológico Argentino dependiente de la AGENCIA I+D+i, destinados al financiamiento parcial de proyectos cuya finalidad sea el desarrollo tecnológico en el marco del PROGRAMA DE INNOVACIÓN FEDERAL (AR-L1330) del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO.

Que, asimismo, la Resolución mencionada cuenta con dos Anexos (Anexo I IF-2022-51728785-APN-DEPT#ANPIDTYI y Anexo II IF-2021-68470434-APN-DEPT#ANPIDTYI), en los que se establecen las condiciones generales para la implementación de “ANR Cooperativas 2022” y el rol y responsabilidad que cada institución interviniente tendrá en el proceso.

Que, en virtud de ello, y atento el carácter de las entidades destinatarias, se requiere la articulación de acciones entre este Instituto como organismo que ejerce el control público y superintendencia de cooperativas y mutuales, la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, el Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), y la Subsecretaría de Políticas en Ciencia Tecnología e Innovación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Que en consecuencia, mediante Resolución Nº 3941/2022 del Directorio de este organismo se aprobó el procedimiento interno para la tramitación de las solicitudes de asistencias económicas en el marco de la mencionada línea de financiamiento.

Que habiendo advertido inconsistencias en la redacción del Anexo identificado con el IF-2022-90410905-APN-DPE#INAES de la citada Resolución, es que se propone dejar sin efecto el dictado de dicho acto administrativo y emitir uno nuevo a efectos de evitar confusiones en la aplicación del procedimiento.

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 inciso d) de la Ley N.° 19.549, el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que es materia de su competencia.

Por ello, en atención a lo dispuesto por la Ley Nº 20.337 y los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución N° 3941/2022 INAES por los motivos expuestos en los considerando.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el procedimiento administrativo interno del INAES para la tramitación de solicitudes de asistencias económicas en el marco de la presentación de Proyectos de Innovación Tecnológica para la adjudicación de Aportes No Reembolsables “ANR Cooperativas 2022” creado por Resolución N.° 282/22 de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, que como Anexo identificado con el IF-2022-94876801-APN-DPE#INAES forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.

Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Alexandre Roig

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/09/2022 N° 76664/22 v. 26/09/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)




ANEXO I - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO INTERNO INAES - ANR COOPERATIVAS 2022 -AGENCIA I+D+I

1.- OBJETO

La convocatoria a la presentación de proyectos para la adjudicación de Aportes No Reembolsables Cooperativas (ANR Cooperativas 2022) de la AGENCIA I+D+I tiene como objetivo financiar parcialmente proyectos cuya finalidad sea el desarrollo tecnológico realizado por Cooperativas. De esta manera, se pretende estimular la capacidad de tales entidades asociativas en diferentes sectores, para ofrecer productos novedosos al mercado.

Para el logro de estos objetivos será valorada la articulación de los impulsos emprendedores de las cooperativas con la capacidad de transferencia y de prestación de servicios de las instituciones científico-tecnológicas de todo el país.

2.- MODALIDADES Y PROCEDIMIENTO

2.1.- MODALIDAD- Evaluación de Idea Proyecto (IP) INAES.

2.1.1.- INGRESO DE LA SOLICITUD - Creación del expediente vía TAD:

Para considerar un proyecto a ser evaluado por el FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR), las entidades solicitantes deberán contar con la aprobación previa de la Idea Proyecto (IP) del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) que se verá reflejada en un informe que el organismo elevará a la AGENCIA I+D+I con los resultados de la evaluación.

Las cooperativas que cumplan con los requisitos establecidos en el punto 3 del ANEXO IF-2022-51728785-APN-DEPT#ANPIDTYI de condiciones de Aportes No Reembolsables Cooperativas (ANR Cooperativas 2022), aprobado por Resolución N° 282/2022 de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, deberán presentar la solicitud a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) en: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5173, seleccionando las siguientes opciones:

Trámite: "Presentación Ciudadana ante el Poder Ejecutivo"

Motivo de la Presentación: ANR Cooperativas 2022 y el NÚMERO DE MATRÍCULA.

Dependencia donde presentará la solicitud: "Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social".

Otra documentación: Se solicitará adjuntar Formulario para la presentación de Idea Proyecto. ANR COOPERATIVAS- MODALIDAD 1 y Constancia de Inscripción en AFIP de la entidad.

2.1.2.- EVALUACIÓN Y ADMISIBILIDAD DE IDEA PROYECTO:

Una vez iniciado el expediente via TAD, la MESA GENERAL DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO remitirá las actuaciones al buzón de la DIRECCIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS, donde el equipo técnico procederá a realizar la evaluación de la Idea Proyecto (IP), emitirá la consulta en la página web del INAES para obtener el Certificado de Vigencia de Matrícula y requerirá mediante MEMO a la COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN COOPERATIVA la siguiente documentación:

• Estatuto vigente de la entidad solicitante con todas las modificaciones existentes al día de la presentación.

• Acta de designación de autoridades con la distribución de cargos vigente.

A su vez, la citada Dirección realizará la evaluación de la idea proyecto presentada conforme a lo establecido en el punto 2.2- Modalidad 1 del ANEXO IF-2022-51728785-APN-DEPT#ANPIDTYI de condiciones de ANR Cooperativas 2022, aprobado por Resolución N° 282/2022 de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación.

2.1.3.- DOCUMENTACIÓN A EVALUAR:

La documentación requerida para la complementación en la evaluación de la IP (Idea Proyecto) es la siguiente:

• Formulario de presentación de IP con firma de Presidente/a, Secretario/a y Tesorero/a de la Cooperativa o del Consejero Titular si se trata de una entidad integrada por menos de seis asociados en los términos del artículo 3.° de la Resolución N.° 1000/2021.

• Certificado de Vigencia de Matrícula.

• Constancia de inscripción en AFIP.

• Copia del Estatuto vigente, con todas las modificaciones existentes al día de la presentación, debidamente inscripto ante el INAES.

• Acta de designación de autoridades con la distribución de cargos vigente o Poder en caso de firmar el Apoderado de la cooperativa que lo acredite como tal.

Si el Formulario de presentación de Idea Proyecto (IP) estuviese incompleto o la entidad solicitante debiera regularizar documentación ante el INAES, serán notificadas a tales efectos vía TAD y tendrán un plazo de 10 (DIEZ) días hábiles desde la notificación para realizar la subsanación.

Dicho plazo ordinario podrá prorrogarse por 5 (CINCO) días hábiles a pedido de la entidad solicitante vía TAD. Si la entidad no pudiera regularizar el trámite durante el periodo de prórroga, las actuaciones deberán ser archivadas.

En caso de dudas o consultas, las cooperativas podrán acudir a la casilla de correo electrónico dpe@inaes.gob.ar.

2.1.4.- RESULTADOS DE EVALUACIÓN :

Analizadas las condiciones de admisibilidad, la DIRECCIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS, elevará un informe con los resultados de la evaluación, indicando si las IP presentadas se encuentran APROBADAS o DESAPROBADAS a la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, para la prosecución del trámite. A su vez, este resultado será notificado vía TAD a la entidad solicitante.

2.1.5.- PRESENTACIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE GESTIÓN DE PROYECTOS:

Las entidades solicitantes que obtengan la aprobación de IP, serán notificadas por la DIRECCIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS vía TAD para proceder con la presentación de los proyectos mediante el Sistema de Gestión de Proyectos (SGP) conforme a lo establecido en el punto 5 del ANEXO IF-2022-51728785-APN-DEPT#ANPIDTYI de condiciones de ANR Cooperativas 2022, aprobado por Resolución N° 282/2022 de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN.

2.2.- MODALIDAD 2- Evaluación de Idea Proyecto (IP) MINCyT

Para considerar un proyecto a ser evaluado por el FONTAR, las entidades solicitantes, deberán contar con la aprobación previa de una Idea Proyecto (IP) en el marco de los llamados realizados por parte de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS EN CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Para proceder a su evaluación, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS EN CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, deberá remitir mediante MEMO a la DIRECCIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS del INAES, el listado de las cooperativas que realizaron la presentación de Idea Proyecto (IP) bajo esta modalidad.

El equipo técnico de la DIRECCIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS procederá a realizar la consulta en la página web del INAES para obtener el Certificado de Vigencia de Matrícula y requerirá mediante MEMO a la COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN COOPERATIVA la siguiente documentación:

• Estatuto vigente de la entidad solicitante con todas las modificaciones existentes al día de la presentación.

• Acta de designación de autoridades con la distribución de cargos vigente.

Una vez recibida dicha documentación, será remitida a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN mediante MEMO, conteniendo como archivos embebidos la documentación requerida.