MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
Resolución 470/2022
RESOL-2022-470-APN-MTYD
Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-95261002-APN-DDE#MTYD, la Ley de
Ministerios Nº 22.520, (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorios, la Ley Complementaria Permanente
de Presupuesto Nº 11.672 (texto ordenado 2014) y sus modificatorias, el
Decreto Nº 167 del 2 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 incorporó a la Ley
Complementaria del Presupuesto Nº 11.672 y sus modificatorias, la
facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear unidades ejecutoras
especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos
de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la
estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que
correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración
que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de
presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.
Que, asimismo, por el artículo 1º del Decreto Nº 167/18 se facultó a
los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS
ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley Nº
27.431 y a designar a sus titulares, previa intervención de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que compete a este MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES entender en la
determinación de las políticas de Deportes en el ámbito Nacional y
establecer políticas activas de promoción, desarrollo y fomento del
deporte social de acuerdo con criterios de inclusión, promoción de
derechos, y con una perspectiva federal e igualitaria.
Que resulta menester promover la integración de los/las habitantes del
país en los procesos de desarrollo, impulsando su participación en
actividades de intervención territorial para prácticas deportivas, con
miras de avanzar hacia una sociedad más justa e igualitaria, e impulsar
actividades de interés común para el desarrollo y fortalecimiento del
deporte social en todo el territorio nacional.
Que, en ese marco, se considera necesario crear el PROGRAMA FEDERAL DE
FORTALECIMIENTO DEPORTIVO, en el ámbito de este MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES, que tendrá como objetivo principal el desarrollo, promoción y
fomento del deporte social con una perspectiva social y federal, así
como dinamizar las políticas públicas de acción territorial del
Ministerio en dicha materia.
Que a los fines de dar cumplimiento a las mencionadas competencias
asignadas a esta Jurisdicción y a efectos de satisfacer las necesidades
de gestión se considera oportuna la creación de la “UNIDAD EJECUTORA
ESPECIAL TEMPORARIA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO” en el ámbito
de este MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, la que tendrá por objeto la
implementación del citado Programa.
Que la mencionada Unidad quedará disuelta a los DOS (2) años de la
entrada en vigencia de la presente medida, en los términos de lo
dispuesto por la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672
y sus modificatorias.
Que la Sra. María Macarena SANCHEZ JEANNEY (D.N.I. Nº 36.001.321),
reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir
eficientemente con las responsabilidades y funciones de Titular de la
Unidad Ejecutora que se crea.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL
DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les
corresponde.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones
conferidas por el artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios Nº 22.520
(texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, el
artículo 1º del Decreto Nº 167/18, y el Decreto Nº 21 de fecha 10 de
diciembre de 2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase el PROGRAMA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO
en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, que tendrá por
objeto el desarrollo y fomento del deporte social con perspectiva
federal, con la finalidad de dinamizar las políticas públicas de acción
territorial del Ministerio en dicha materia, favoreciendo el desarrollo
de las prácticas deportivas en todo el territorio nacional a través de
estrategias de promoción a nivel provincial, municipal y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, impulsando el fortalecimiento de actividades
territoriales vinculadas con el deporte social.
ARTÍCULO 2º.- Créase la “UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA FEDERAL
DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO” en el ámbito de este MINISTERIO DE
TURISMO Y DEPORTES, la cual tendrá como objetivos:
a. Promover, en el marco de su competencia, la interacción con las
Provincias, Municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el
fortalecimiento de las políticas de promoción, desarrollo y fomento del
deporte social, de acuerdo con criterios de inclusión e igualdad a
nivel federal.
b. Generar las condiciones necesarias para acrecentar el alcance
territorial de las políticas públicas para el desarrollo del deporte
social a nivel comunitario, con una perspectiva federal.
c. Articular acciones con la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA
Y COMPETENCIAS NACIONALES de la SECRETARÍA DE DEPORTES destinadas a la
promoción de programas tendientes a fortalecer las prácticas deportivas
comunitarias y recreativas vinculadas al deporte social a nivel federal.
d. Promover la inclusión de todos y todas los y las habitantes del país
a fin de fomentar la igualdad de oportunidades a través del deporte,
mediante su participación en los dispositivos territoriales que se
dispongan.
e. Implementar acciones federales tendientes a fortalecer los vínculos
entre el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES con la comunidad, así como
también con los organismos provinciales, municipales, y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES competentes, para la implementación y difusión
de los programas deportivos, en el marco de su competencia.
f. Planificar e implementar, en el ámbito de su competencia, programas
y proyectos tendientes al fomento de los valores deportivos a través de
la coordinación de exhibiciones, jornadas recreativas y capacitaciones
para deportistas y entrenadores/as comunitarios.
g. Implementar, en el marco de su competencia, acciones tendientes a
fortalecer los vínculos entre la comunidad, los organismos municipales
y las instituciones comunitarias deportivas del territorio nacional.
h. Articular con las áreas competentes de la Jurisdicción el
desarrollo, organización y difusión de líneas de acción destinadas a
las prácticas de deportes electrónicos a nivel federal.
ARTÍCULO 3º.- La “UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA FEDERAL DE
FORTALECIMIENTO DEPORTIVO” estará a cargo de un/a funcionario/a fuera
de nivel con rango y jerarquía de Subsecretario/a.
ARTÍCULO 4º.- La Unidad Ejecutora creada por el Artículo 2º de la
presente medida quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en
vigencia de la presente medida, o una vez cumplido el objetivo para el
cual fue creada si se realiza con anterioridad.
ARTÍCULO 5º.- Desígnase en el cargo de Titular de la “UNIDAD EJECUTORA
ESPECIAL TEMPORARIA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO” a la Sra.
María Macarena SANCHEZ JEANNEY (D.N.I. N° 36.001.321).
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la
Jurisdicción 53 – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
ARTÍCULO 7º.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Matías Lammens
e. 26/09/2022 N° 76321/22 v. 26/09/2022