ANEXO I
"SEGUNDO
PLAN NACIONAL DE ACCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN N° 1325/2000 DEL CONSEJO DE SEGURIDAD
DE LAS NACIONES UNIDAS Y SUBSIGUIENTES"
Tabla de Contenido
I. Introducción.
II. Política Exterior Argentina en materia de "Mujer, Paz y Seguridad"
III. Segundo Plan Nacional de Acción
1. Metodología.
2. Principios del Segundo Plan Nacional de Acción.
a. Visión integral de la paz y carácter inclusivo.
b. Importancia de la protección y defensa de los derechos de las mujeres en toda su diversidad.
c. Enfoque interseccional.
d. Importancia de la prevención de los conflictos a través de la diplomacia preventiva y la mediación internacional.
e. Nuevos desafíos a la paz y seguridad internacionales: ciberseguridad y cambio climático.
f. Vinculación de la Agenda sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad con Objetivos de Desarrollo Sostenible.
g. Importancia de la participación e inclusión de la sociedad civil y la academia.
h. Sistema de coordinación, monitoreo y evaluación fortalecido.
3. Objetivos. Acciones según ámbito de aplicación y Organismos responsables.
4. Normativa Base.
5. Plazo de Vigencia.
6. Presupuesto.
7. Coordinación, Monitoreo, Seguimiento y Evaluación
Segundo
Plan Nacional de Acción de la República Argentina para la
Implementación de la Resolución N° 1325 (2000) del Consejo de Seguridad
de las Naciones Unidas y subsiguientes
I. Introducción
Reconociendo la necesidad de garantizar la protección de las mujeres en
situaciones de conflicto armado y la importancia de incrementar su
participación en todas las iniciativas de paz y seguridad, el CONSEJO
DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS adoptó la Resolución N° 1325
(2000). Este hecho constituyó un acontecimiento histórico al crear el
primer instrumento de derecho internacional que se ocupa de los temas
de paz y seguridad desde la perspectiva específica de los derechos de
las mujeres.
La citada Resolución reconoce la importancia de incorporar la
perspectiva de género y la participación equitativa de las mujeres en
todas las iniciativas de paz y seguridad. Asimismo, demanda acciones
específicas a la Secretaría General de las Naciones Unidas, a las
partes en conflicto y a los Estados Miembros para lograr:
• El aumento de la representación de las mujeres en niveles de toma de decisión en la prevención;
• La protección y atención a necesidades específicas de mujeres y niñas en el marco del conflicto;
• La inclusión de la perspectiva de género en procesos de Desarme, Desmovilización y Reintegración (DDR)
y
• El apoyo a las iniciativas de paz de las mujeres.
Para complementar los contenidos de la Resolución N° 1325 de 2000, el
Consejo de Seguridad emitió posteriormente las Resoluciones Nros. 1820
de 2008, 1888 de 2009, 1889 de 2009, 1960 de 2010, 2106 de 2013, 2122
de 2013, 2242 de 2015, 2331 de 2016, 2467 de 2019, 2493 de 2019 y 2532
y 2538 de 2020.
A VEINTE (20) años de la adopción de la Resolución N° 1325 de 2000, a
nivel mundial se observan en los últimos años avances en su
implementación como la estrategia de género de la Comisión de
Consolidación de la Paz en 2016[1], la estrategia para todo el sistema
de las Naciones Unidas sobre la paridad de género y la estrategia de
paridad de género para el personal uniformado 2018-2028 del
Departamento de Operaciones de Paz[2], la "Orientación sobre género y
estrategias de mediación inclusivas"[3], la "Política sobre las Mujeres
y la Paz y la Seguridad"[4] y el lanzamiento de la iniciativa "Acción
para el Mantenimiento de la Paz".
No obstante, en situaciones de conflicto armado las mujeres continúan
sufriendo sus efectos de forma directa o indirecta, son víctimas de
violencia sexual, de violaciones a sus derechos humanos e infracciones
al Derecho Internacional Humanitario (DIH) por parte de todos los
actores de los conflictos armados y enfrentan riesgos específicos por
su condición de género. Tal es el caso del aumento de la violencia
hacia las defensoras de los derechos humanos, las constructoras de la
paz, las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, queer e
intersexuales.
A pesar de que muchas de las víctimas de los conflictos armados son
mujeres y niñas, estas continúan siendo excluidas de los acuerdos y
negociaciones de paz y aún no participan de forma equitativa en los
espacios de decisión política, estando por ello subrepresentadas, sus
situaciones invisibilizadas y sus intereses y necesidades ignoradas.
Aunque las mujeres desempeñan una función importante en la prevención y
solución de conflictos y en el mantenimiento de la paz, siguen estando
insuficientemente representadas en los niveles de adopción de
decisiones.
En su último informe al Consejo de Seguridad, el Secretario General de
las Naciones Unidas [5] destacó esta situación y la importancia de la
promoción de las mujeres en lugares de toma de decisión en los procesos
de paz, considerando los bajos porcentajes de participación como
negociadoras, mediadoras y signatarias de los principales procesos de
paz en todo el mundo.
Por otra parte, en mayo del año 2020, solo el CINCO COMA CUATRO POR
CIENTO (5,4 %) del Personal Militar de las Naciones Unidas y el QUINCE
COMA UNO POR CIENTO (15,1 %) del Personal Policial eran mujeres.
Asimismo, si bien la representación de las mujeres en los parlamentos
nacionales se ha incrementado, pasando del TRECE COMA UNO POR CIENTO
(13,1 %) en el año 2000 al VEINTICUATRO COMO NUEVE POR CIENTO (24,9 %)
en el año 2020 en promedio a nivel mundial; lejos se está aún del cupo
del TREINTA POR CIENTO (30 %) y más lejos aún de lograr la paridad.
En adición al contexto internacional general descripto, el presente
Plan fue elaborado considerando los efectos de la propagación del virus
COVID-19 a nivel internacional, regional y nacional. La perspectiva de
género es clave para una comprensión adecuada del impacto diferencial
que tuvo y tiene la pandemia en mujeres y niñas.
Debido a la crisis provocada por el COVID-19, el 23 de marzo de 2020,
el Secretario General de las Naciones Unidas hizo un llamamiento para
un alto el fuego global y el cese inmediato de las hostilidades en
"todos los rincones del mundo" con el fin de posibilitar abrir
corredores de paz, seguridad y asistencia humanitaria. Es por ello que
la Agenda sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad cobra una inusual
prioridad y vigencia. Hoy más que nunca debemos trabajar en pos de
promover el papel de las mujeres como agentes de cambio, como
constructoras de la paz y ocupando cargos de liderazgo en todos los
procesos de paz, así como velar por el respeto de los derechos humanos
de las mujeres y niñas en toda su diversidad en zonas de conflicto y
posconflicto, en situaciones de desastres socionaturales y sanitarios,
haciendo especial hincapié en contextos de refugiados y desplazamiento
interno.
Este panorama exige tomar urgentes, específicas y coordinadas acciones
para lograr una mayor inclusión de las mujeres en esos contextos,
evitar un mayor deterioro de sus condiciones de vida y lograr su acceso
efectivo a la salud y derechos sexuales y reproductivos, a la justicia
y a la toma de decisiones en materia de paz y seguridad, tal como lo
contemplan la Resolución del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES
UNIDAS N° 1325 (2000) y sus Resoluciones complementarias, los Objetivos
de Desarrollo del Milenio, la Declaración y Plataforma de Acción de
Beijing y la Acción para el Mantenimiento de la Paz que la Argentina
respalda.
Para la REPÚBLICA ARGENTINA el logro de la igualdad y equidad entre
géneros constituye una Política de Estado, con particular énfasis a
partir de diciembre de 2019, con la creación del Ministerio de las
Mujeres, Géneros y Diversidad, seguida del establecimiento del Gabinete
Nacional para la Transversalización de las Políticas de Género y la
priorización de las políticas públicas nacionales tendientes a eliminar
las desigualdades para las mujeres y diversidades, a través del
desarrollo de distintos Planes y Programas Nacionales.
Al conjunto de estas políticas y planes que se han desarrollado en
nuestro país se suma un importante avance normativo a nivel nacional en
materia de igualdad de género en el último lustro como la Ley N° 27.499
más conocida como "Ley Micaela" y más recientemente la Ley N° 27.610 de
Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y la Ley N° 27.611 de
Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la
Primera Infancia (Ley de los 1000 días) que implicaron un fundamental
avance en los derechos de las mujeres a decidir sobre su vida y
autonomía física.
La REPÚBLICA ARGENTINA a través del Decreto N° 1895/15 lanzó su "Primer
Plan Nacional de Acción para la Implementación de la Resolución N°
1325/2000 del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS que
contemplaba la consecución de CUATRO (4) objetivos vinculados con el
logro de una mayor participación de las mujeres en las misiones de
mantenimiento de la paz y misiones de asistencia humanitaria, el
empoderamiento político de las mujeres en los ámbitos de defensa y
seguridad, la transversalización de la perspectiva de género en todas
las actividades de construcción de la paz y la protección y defensa de
los derechos de las mujeres y las niñas en conflictos armados y
posconflicto.
Considerando el contexto internacional y nacional actual, se observó
que resultaba necesaria la actualización de ese Primer Plan Nacional de
Acción para adaptarlo a las nuevas realidades y necesidades existentes
tanto a nivel externo como interno. Por considerarlos vigentes, se
mantuvieron los objetivos generales planteados toda vez que requieren
de acciones adicionales para alcanzarlos.
II. Política Exterior Argentina en materia de Mujer, Paz y Seguridad
El Estado argentino asume como pilares de su política exterior el
multilateralismo y la vocación de liderazgo regional en pos de la paz y
la seguridad internacional. Por esta razón, desde el año 1958 ha
participado en misiones de mantenimiento de la paz y ha abogado por la
protección de la población civil en zonas de conflicto.
Asimismo, su vocación por el multilateralismo humanitario ha dado lugar
a la COMISIÓN CASCOS BLANCOS, organismo del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Comercio Internacional y Culto encargado del diseño y la
ejecución de la asistencia humanitaria, la atención de las emergencias,
la gestión integral del riesgo de desastres y la contribución al
desarrollo sostenible del país a nivel internacional. Elabora e
implementa las estrategias sobre estas temáticas, fomentando la
incorporación de perspectivas que ayuden a reconocer y superar las
diferencias y situaciones de discriminación e inequidad en las
comunidades vulnerables destinatarias de la asistencia argentina, con
especial énfasis en las cuestiones de género. La COMISIÓN CASCOS
BLANCOS está conformada por voluntarias y voluntarios que participan en
escenarios de desastres socionaturales y crisis socioeconómicas donde
realizan una labor de asistencia humanitaria. Esta iniciativa fue
presentada y adoptada por la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS en
el año 1994 y por la ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS en el año
1995, con gran reconocimiento internacional por la labor desarrollada
hasta el presente.
Para la REPÚBLICA ARGENTINA, la implementación del conjunto de las
Resoluciones del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS en materia
de "Mujer, Paz y Seguridad" no solo reviste la mayor importancia en su
política exterior, sino que se enmarca en los compromisos asumidos a
través de diversos instrumentos internacionales de protección de los
derechos humanos de las mujeres, varios de los cuales cuentan con
jerarquía constitucional, como la CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE
TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER (CEDAW) de 1979,
aprobada por la Ley N° 23.179.
Es por ello que otro lineamiento de política exterior argentina es
trabajar en pos del fortalecimiento de la participación de las mujeres
en todos los niveles de adopción de decisiones en materia de paz y
seguridad internacionales.
En materia de violencia sexual en conflictos armados, se sostiene la
tolerancia cero frente a estos actos. En efecto, el Estado Argentino ha
apoyado todas las Resoluciones tendientes a combatir la violencia
sexual en conflictos desde la citada Resolución N° 1325/2000 como
también sus complementarias específicas. En este sentido, Argentina
condena de manera categórica los actos de violencia sexual, apoya todos
los esfuerzos encaminados a impedirlos y promueve la rendición de
cuentas y el castigo a los responsables.
Adicionalmente, el Estado argentino ha alentado la labor de la
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) tendiente a acelerar la
implementación de la Agenda sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, a
través de su participación y representación en el Sistema de Naciones
Unidas y ha promovido la difusión y aplicación de la Resolución N°
1325/2000 y las subsiguientes Resoluciones en distintas instancias
nacionales, regionales e internacionales a través de su activa
participación en diversas iniciativas y foros.
La REPÚBLICA ARGENTINA integra el "Grupo de Amigos sobre Mujer, Paz y
Seguridad" de Naciones Unidas, el cual se ha focalizado en lograr
resultados concretos y mensurables para la implementación de las
Resoluciones del Consejo de Seguridad en la materia, es parte de la
Iniciativa "Elsie" liderada por Canadá tendiente a aumentar el número
de mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz de las
Naciones Unidas y participa de la "Red de Puntos Focales sobre Mujer,
Paz y Seguridad del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas".
Finalmente, nuestro país adhirió al "Compromiso de Hanói", documento
producto de la Conferencia Internacional sobre "Mujer, Paz y Seguridad"
celebrada del 7 al 9 de diciembre de 2020, en Hanói, REPÚBLICA
SOCIALISTA DE VIETNAM, en el marco del Vigésimo Aniversario de la
adopción de la Resolución N° 1325/2000.
En el contexto regional, la REPÚBLICA ARGENTINA ha promovido la
inclusión de la temática sobre las mujeres, la paz y la seguridad en la
agenda de la Reunión de las Ministras y Altas Autoridades de la Mujer
del MERCOSUR (RMAAM), con el fin de acordar acciones conjuntas entre
los Estados Miembros en esta materia, como así también en las
Conferencias Regionales sobre la Mujer de América Latina y el Caribe de
la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones
Unidas (CEPAL).
En este marco, el Estado argentino es parte de los Consensos Regionales
de Quito (2007), de Brasilia (2011) y de Santo Domingo (2013), de la
Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional
de Género en el Marco del Desarrollo Sostenible hacia 2030 (2016) y del
Compromiso de Santiago (2020), instrumentos que constituyen un
compromiso regional entre los gobiernos de América Latina y el Caribe
para asegurar la autonomía física, económica y en la toma de decisiones
de las mujeres. En particular, en el Compromiso de Santiago se ha
acordado "Impulsar medidas para asegurar la participación plena y
efectiva de las mujeres en todos los niveles y en todas las etapas de
los procesos de paz y las iniciativas de mediación como establecen la
Resolución N° 1325/2000 del Consejo de Seguridad y las demás
Resoluciones relativas a la Agenda sobre las Mujeres, la Paz y la
Seguridad.
Recientemente, nuestro país impulsó la creación de la "RED REGIONAL DE
MEDIADORAS DEL CONO SUR", que fue lanzada el 26 de marzo de 2022 en
Buenos Aires y está integrada por los países del Cono Sur que presentan
o están en miras de establecer planes nacionales de acción para la
implementación de la Resolución N° 1325/2000.
III. Segundo Plan Nacional de Acción
1.
Metodología.
En el año 2015, la REPÚBLICA ARGENTINA a través del Decreto N° 1895
aprobó su primer Plan Nacional de Acción para la Implementación de la
Resolución del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS N° 1325/00.
Al haberse cumplido su plazo de vigencia y coincidiendo con el 20°
Aniversario de la adopción de la citada Resolución N° 1325/2000, el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
organismo responsable del seguimiento y evaluación de la implementación
del Plan, en consonancia con la priorización de la agenda de género a
nivel nacional, inició en el mes de abril de 2020, desde la Dirección
de la Mujer y Asuntos de Género, el proceso de evaluación del primer
Plan con vistas a la elaboración del segundo, dando un nuevo impulso y
priorización a la Agenda sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad.
El proceso de evaluación implicó, en primer lugar, la elaboración de
informes por parte de todos los Ministerios y Organismos involucrados
respecto a la implementación de las acciones asignadas conforme a sus
competencias específicas. En segundo lugar, se convocó a los puntos
focales designados a participar, en el mes de julio de 2020, del
"Primer Diálogo Interministerial para la Evaluación del Plan Nacional
de Acción para la Implementación de la Resolución N° 1325/2000".
El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
a partir de los insumos remitidos por los Ministerios y Organismos
involucrados y del informe sobre capacidades instaladas en materia de
género elaborado por la RED DE SEGURIDAD Y DEFENSA DE AMÉRICA LATINA
(RESDAL), elaboró un informe de evaluación de la implementación del
Primer Plan Nacional incluyendo en este recomendaciones para la
elaboración del Segundo Plan Nacional de Acción.
El proceso de elaboración del Segundo Plan Nacional comprendió la
generación de instancias de trabajo con los puntos focales de los
Ministerios y Organismos nacionales con el objetivo de confirmar,
actualizar, modificar o bien generar nuevos compromisos teniendo en
cuenta los actuales condicionantes a la paz y la seguridad
internacional, el escenario de la pandemia y la pospandemia, el papel
actual de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en la Argentina y el
contexto internacional y nacional vigentes y las actualizaciones
normativas a nivel interno e internacional producidas en el último
lustro.
Estas instancias de trabajo incluyeron, por un lado, reuniones de
trabajo con cada Ministerio para relevar necesidades e inquietudes,
instancias de capacitación y sensibilización como la asistencia a un
seminario virtual organizado por ONU MUJERES, en septiembre de 2020,
relativo a las tendencias mundiales en torno a la elaboración de planes
nacionales de acción en Latinoamérica y el Caribe, y por otro, la
convocatoria en octubre de 2020 al "Segundo Diálogo Interministerial
para la Elaboración del Segundo Plan Nacional de Acción para la
implementación de la Resolución N° 1325/2000". En dicho marco, se contó
con la participación de un experto internacional en planes nacionales
de acción que se refirió concretamente al caso argentino y a las
distintas inquietudes presentadas por los organismos nacionales de cara
a la confección del Segundo Plan Nacional de Acción, y se presentaron
las recomendaciones del informe de evaluación elaborado.
En este proceso abierto, inclusivo y transparente se contó, asimismo,
con la participación de representantes de la sociedad civil y del
sector académico que fueron invitados e invitadas a realizar
comentarios, sugerencias y propuestas para la elaboración del Segundo
Plan Nacional de Acción y a participar del Segundo Diálogo
Interministerial.
Asimismo, durante el proceso de elaboración se contó con la
colaboración de ONU MUJERES y otros Estados afines en la materia con
quienes se intercambiaron experiencias y buenas prácticas en la
elaboración de Planes Nacionales de Acción como con Noruega, Brasil,
Chile, Paraguay, Uruguay y México. De igual modo, se contó con el
acompañamiento de Canadá durante el Primer Diálogo Interministerial y
su apoyo a la RESDAL para la confección de su informe de capacidades
instaladas.
En el contexto señalado y conforme la visión integral de la paz del
Estado argentino, la elaboración del Segundo Plan contó con la
participación de los siguientes Ministerios y organismos nacionales que
forman parte integrante del Plan:
• MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
• MINISTERIO DE DEFENSA
• MINISTERIO DE SEGURIDAD
• MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
• MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
• MINISTERIO DEL INTERIOR
• MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
• MINISTERIO DE SALUD
• MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
• JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
• Oficina de la Mujer de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
Con el fin de garantizar la rendición de cuentas en lo que se refiere
al cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en
este Segundo Plan Nacional de Acción, se han establecido una serie de
indicadores y metas para cada Acción propuesta que permitirán medir los
avances en la implementación del Plan durante un período de CUATRO (4)
años establecido para su aplicación. Dichos indicadores fueron
confeccionados y consensuados por los Ministerios participantes en la
elaboración del Segundo Plan Nacional y constan en el ANEXO II.
2. Principios del Segundo Plan Nacional de Acción
Este Segundo Plan Nacional de Acción tiene como antecedente necesario
el Primer Plan Nacional de Acción creado a través del Decreto N°
1895/15, ratificando todo el plexo normativo que le sirve de base y que
es fundamento del presente, y contiene los esfuerzos del Estado
argentino para el período 2021-2025 con el fin de implementar la Agenda
sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, conforme a los principios o
ejes estructurantes que a continuación se detallan:
a. Visión integral de la paz y carácter inclusivo
La REPÚBLICA ARGENTINA posee una visión integral de la paz que se
materializa en la participación de numerosas agencias gubernamentales
más allá de las directamente relacionadas con la paz y seguridad
internacionales. En efecto, se tuvo en cuenta para su elaboración las
políticas y programas de diversos ámbitos que pudieran contribuir a la
construcción de la paz en el posconflicto y por esa razón fueron
convocados los MINISTERIOS DE EDUCACIÓN, de SALUD, de JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, de TRABAJO, del INTERIOR, de ECONOMÍA, de MUJERES,
GÉNEROS Y DIVERSIDAD, de DESARROLLO SOCIAL, de AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Oficina de la
Mujer de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
La REPÚBLICA ARGENTINA entiende que el espíritu de la Resolución del
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas N° 1325/2000 se vincula con
la convicción y demostrada experiencia de que no se puede
transversalizar la perspectiva de género en las operaciones de paz ni
llevar a cabo acciones de cooperación con perspectiva de género en
países en situación de posconflicto, si efectivamente no se ha
implementado con anterioridad una política transversal en temas de
género a nivel nacional. Es así que el Segundo Plan Nacional de Acción
prevé, por cada objetivo, acciones en los ámbitos nacional, regional e
internacional involucrando a numerosas agencias estatales en su
ejecución y dando prioridad a la transversalización de la perspectiva
de género en todo el quehacer nacional y al empoderamiento de las
mujeres al interior de cada organismo gubernamental y, en este sentido,
numerosas acciones fueron diseñadas para lograr tales propósitos.
b. Importancia de la protección y defensa de los derechos de las mujeres en toda su diversidad
Este Segundo Plan Nacional de Acción se sustenta en la comprensión, por
parte de los actores involucrados en su formulación, de la relación
indisociable que existe entre los derechos humanos de las mujeres, su
participación y la paz y seguridad, y por lo tanto asume como prioridad
proteger y defender los derechos humanos de las mujeres y niñas en toda
su diversidad y personas LGBTIQ+ y el aumento de la participación
política de las mujeres en todos los asuntos relacionados con la paz y
la seguridad en los ámbitos nacional, regional e internacional.
En este contexto cobra relevancia la protección de las mujeres
defensoras de los derechos humanos, las mujeres constructoras de la paz
y las mujeres refugiadas, las migrantes y solicitantes de asilo y la
justicia transicional. Es por ello que en este Segundo Plan Nacional de
Acción se han contemplado estas situaciones y se han incorporado más
acciones. Asimismo, se han reforzado las acciones existentes en el
Primer Plan Nacional de Acción tendientes a garantizar el acceso a la
justicia de las víctimas de violencia por motivos de género y de
violencia sexual y la rendición de cuentas de los perpetradores. Otro
aspecto complementario que se ha abordado es la promoción de una mayor
participación de los niños y los varones en la prevención de conflictos
para contribuir a reducir la brecha de género y en la lucha contra las
violencias por motivos de género, incluida la violencia sexual
relacionada con los conflictos.
Por último, este Segundo Plan Nacional de Acción contempla la
importancia del acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva
para las mujeres en países en conflicto y posconflicto armado,
especialmente en situaciones de violencia sexual.
c. Enfoque interseccional
Se introduce en el Segundo Plan Nacional de Acción, de manera
transversal, un enfoque interseccional sobre la violencia y la
seguridad, sensible a la superposición de género y otras categorías de
identidad como raza, clase y orientación sexual y las particularidades
de los escenarios locales, regionales e internacionales, haciendo
hincapié en la situación de las mujeres rurales, afrodescendientes,
indígenas, migrantes, desplazadas y a las diversidades.
d. Importancia de la prevención de los conflictos a través de la diplomacia preventiva y la mediación internacional
La REPÚBLICA ARGENTINA observa que persisten obstáculos a la plena
participación de las mujeres en la prevención y resolución de
conflictos a nivel internacional, así como una escasa presencia de
estas en los niveles altos de la mediación internacional.
A pesar de esta realidad, existen numerosos estudios que indican que
las mujeres pueden aportar diferentes experiencias y perspectivas a la
mesa de negociación y que una paz duradera se alcanza cuando las
mujeres participan directamente en estos procesos de paz. Asimismo,
existe evidencia que demuestra que cuando las mujeres intervienen como
mediadoras, los acuerdos de paz que se concluyen tienden a incluir más
disposiciones con perspectiva de género.
En esta línea, el actual Secretario General de las Naciones Unidas,
António GUTERRES, llama a los Estados a desarrollar una visión
preventiva de los conflictos, impulsando a la mediación internacional
como método para la resolución de conflictos con medidas concretas como
es la creación de la Junta Consultiva de Alto Nivel sobre Mediación. En
este sentido, considera la tendencia de creación de redes regionales de
mujeres mediadoras como una acción positiva y apoya estos esfuerzos
destacando la importancia de garantizar las sinergias y la colaboración
entre estas redes para promover el aprendizaje mutuo, el intercambio de
información, la sostenibilidad y el uso de los conocimientos
especializados y los recursos que proporcionan.
En este ámbito, hasta el 26 de marzo del corriente año se registraban
CINCO (5) redes regionales de mujeres mediadoras en todo el mundo [6] y
en los márgenes de la 74° ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS se
constituyó la Alianza Global de Redes Regionales de Mujeres Mediadoras
conformada por estas CINCO (5) redes existentes.
Cabe tener presente que en el actual contexto de pandemia son las
mujeres las que se encuentran en la primera línea de respuesta ante
situaciones de conflicto y tensiones sociales, adquiriendo relevancia
el trabajo que desempeñan desde sus comunidades contribuyendo a
construir o reconstruir el tejido social, a prevenir el conflicto a
través del diálogo y la mediación o, dada una situación de conflicto,
contribuir al logro de la paz a través de las herramientas de la
mediación con perspectiva de género.
Desde este punto de vista, la REPÚBLICA ARGENTINA identifica a la
prevención de conflictos a través de la mediación con perspectiva de
género como una herramienta eficaz para abordar la emergencia de
conflictos con características nuevas a que asistimos en la región de
América Latina y el Caribe.
En esta línea, durante el año 2020, en el Vigésimo Aniversario de la
citada Resolución N° 1325/2000, la REPÚBLICA ARGENTINA propuso a Chile,
Brasil, Paraguay y Uruguay -países que han establecido planes
nacionales de acción para la implementación de la Resolución N°
1325/2000- la conformación de una "Red Regional de Mediadoras del Cono
Sur", partiendo de su experiencia exitosa a nivel nacional de creación
de la Red Federal de Mediadoras con Perspectiva de Género.
La propuesta mencionada fue ampliamente aceptada por los países vecinos
convocados y durante los últimos meses del año 2020 fue negociada su
Acta constitutiva. Dicha Red Regional de Mediadoras del Cono Sur fue
finalmente lanzada el 26 de marzo de 2021, en el marco de la
celebración del 30° aniversario de la constitución del MERCOSUR, en la
ciudad de Buenos Aires por el entonces Ministro de Relaciones
Exteriores, Comercio Internacional y Culto ante la presencia de los
Embajadores de los otros países.
Dados estos antecedentes y el trabajo que desarrolló nuestro país en
este ámbito, la prevención de conflictos a través de la diplomacia
preventiva y la mediación internacional constituye un principio y eje
central de este Segundo Plan Nacional de Acción, y se han introducido
numerosas acciones tendientes a apuntalar y profundizar esta línea de
trabajo que se viene desarrollando durante estos últimos años.
e. Nuevos desafíos a la paz y seguridad internacionales: ciberseguridad y cambio climático
A partir del año 2018, y con el trabajo que se lleva adelante en el
Sistema de las Naciones Unidas que la REPÚBLICA ARGENTINA acompaña, ha
adquirido mayor visibilidad la relevancia del desarrollo de un régimen
de comportamiento responsable de los Estados en el ciberespacio que
posibilite la previsibilidad, estabilidad, seguridad y resiliencia en
dicho ámbito, así como prevenir y evitar conflictos que puedan poner en
riesgo la paz y la seguridad internacionales. En este sentido, cabe
señalar la importancia que adquiere la ciberdiplomacia, entendida como
el uso de las herramientas y mentalidad de la diplomacia para resolver
o administrar los problemas en el ciberespacio, como así también la
incorporación de la perspectiva de género para la ciberseguridad en el
contexto de la seguridad internacional.
Cada vez resulta más evidente que la ciberseguridad es una cuestión que
impacta en todas las personas, las organizaciones y los Estados. Sin
embargo, por desigualdades estructurales e históricas, aún las mujeres
se encuentran subrepresentadas en el campo de la ciberseguridad, así
como en los debates y espacios de toma de decisión con relación a la
ciberseguridad y ciberdefensa en el ámbito internacional.
En adición, las mujeres enfrentan diferentes amenazas en el contexto de
la seguridad cibernética y pueden contribuir con sus visiones y
prioridades a las discusiones. Existen brechas de participación de
género en los foros de seguridad cibernética, internacionales y
regionales, y resulta necesario entender las causas y consecuencias de
tales deficiencias y desarrollar acciones para abordarlas.
Argentina sostiene, en el ámbito del Grupo de Trabajo de Composición
Abierta de las Naciones Unidas (GTCA) sobre el avance de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en el contexto
de la seguridad internacional, la importancia de incorporar la
perspectiva de género en todas las temáticas que integran el mandato
del Grupo. En este sentido promueve, junto con países de la región y
otros Estados, la incorporación de perspectiva de género en el análisis
de las amenazas, las respuestas, la creación de capacidad, las medidas
de confianza mutua y la ciberdiplomacia.
En este contexto, se incorpora en este Segundo Plan Nacional de Acción
la ciberseguridad, atento su creciente relevancia para los temas de paz
y seguridad internacionales y la manifiesta subrepresentación de las
mujeres en dicho campo. Se busca reconocer y promover el rol de las
mujeres, no solo desde su condición de potenciales víctimas de las
amenazas en el ciberespacio, sino como activas agentes de cambio que
mucho pueden aportar en el combate a las ciberamenazas, en la promoción
de la ciberseguridad y en el logro de acuerdos internacionales que
posibiliten mantener un ciberespacio seguro, estable, resiliente y
pacífico. En este sentido, y reconociendo la valiosa oportunidad para
profundizar el conocimiento sobre la participación de las mujeres en
los ámbitos de ciberseguridad, ciberdefensa y ciberdiplomacia, este
Segundo Plan Nacional de Acción incluyó acciones concretas para abordar
la brecha de género en dichos ámbitos.
Otro fenómeno que influye de forma decisiva en la escena internacional
es el cambio climático y sus consecuencias diferenciadas sobre las
mujeres y niñas. El cambio climático constituye un desafío emergente
para la paz y la seguridad internacionales. Los desastres naturales
desplazan TRES (3) veces más personas que los conflictos. La
salinización del agua y los cultivos pone en peligro la seguridad
alimentaria. Es creciente su impacto en la salud pública. Las
crecientes tensiones sobre los recursos y los desplazamientos de
población afectan a numerosos países y lo hacen en mayor proporción
sobre mujeres y niñas en toda su diversidad.
Es por ello que este Segundo Plan Nacional de Acción contempla acciones
relativas a la vinculación entre cambio climático y las cuestiones de
género. Dichas cuestiones son abordadas a nivel nacional en el marco
del GABINETE NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO creado por la Ley N° 27.520.
El presente Plan incorpora acciones tendientes a promover la agenda de
cambio climático y su relación con el género en los foros
internacionales y regionales donde Argentina participa, promover el
estudio de los impactos diferenciados en mujeres y niñas generados por
el cambio climático y generar políticas con perspectiva de género para
hacer frente a estos nuevos desafíos, así como fortalecer los vínculos
con la sociedad civil.
f. Vinculación de la Agenda sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad con Objetivos de Desarrollo Sostenible
El Segundo Plan Nacional de Acción responde, asimismo, a la Agenda 2030
y contribuye al mandato de crear sociedades más justas, inclusivas y
pacíficas, y al de "no dejar a nadie atrás en la agenda de desarrollo
sostenible". La paz es más duradera y resiliente cuando diversas
mujeres participan de su construcción.
La exclusión, la injusticia, la desigualdad y la proliferación de armas
constituyen las causas fundamentales y estructurales de los conflictos
y la inestabilidad de los procesos de paz. Es por ello que se es
fundamental para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
e implementar la Agenda sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad
garantizar el desarme, los derechos políticos de las mujeres, los
sistemas económicos equitativos y el estado de derecho, así como
atender a cuestiones emergentes, tales como el cambio climático, en las
que el liderazgo de las mujeres y la perspectiva de género son
esenciales.
Para ello es necesario una interrelación entre ambas agendas, haciendo
especial hincapié en la relación entre el ODS N° 16 sobre sociedades
pacíficas e inclusivas, justicia e instituciones firmes y el ODS N° 5
sobre igualdad de género y las metas de la Agenda sobre las Mujeres, la
Paz y la Seguridad.
Un aspecto innovador a resaltar del presente Plan en relación con los
ODS, en especial al Objetivo N° 16 y su relación con la prevención de
la violencia basada en género y la protección de los derechos humanos
de todas las mujeres y niñas es la inclusión de una acción que propicia
la incorporación de la variable de género en el análisis de las
solicitudes de licencias de exportación que así lo requieran, conforme
el artículo 7.4 del Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) aprobado
por la Ley N° 26.971.
g. Importancia de la participación e inclusión de la sociedad civil y la academia
La participación de las Organizaciones de la sociedad civil y centros
académicos es fundamental para el avance en la Agenda de las Mujeres,
la Paz y la Seguridad. La REPÚBLICA ARGENTINA se comprometió a trabajar
en consulta con la sociedad civil y la academia desde la elaboración
del Primer Plan Nacional de Acción, es por ello que para el presente
Plan se las participó en el proceso de elaboración y se las incluye en
el proceso de evaluación y monitoreo e implementación del mismo.
Las recomendaciones de la sociedad civil y centros académicos serán
tenidas en cuenta para la revisión del Plan, así como se atenderán
eventuales informes que pudieran presentar en relación con el
seguimiento de los objetivos alcanzados.
En este sentido, se contempla realizar consultas con las organizaciones
y centros que se consideren pertinentes con el fin de analizar temas de
índole técnico en relación con la implementación del Plan.
h. Sistema de coordinación, monitoreo y evaluación fortalecido
A partir de las lecciones aprendidas del Primer Plan Nacional y de las
recomendaciones del informe de Evaluación sobre la Implementación del
Primer Plan Nacional elaborado en el año 2020, se observó la necesidad
de delinear un sistema de coordinación, monitoreo y evaluación robusto
con asignación clara de responsabilidades, la creación de un mecanismo
de monitoreo fortalecido, metas definidas, indicadores mensurables y
plazos específicos para las actividades centrales, como así también una
periodicidad de información definida previamente y brindada
regularmente por los puntos focales de los organismos que forman parte
de este Plan.
3. Objetivos: Acciones según ámbito de aplicación y Organismos responsables
El Segundo Plan Nacional de Acción tiene los siguientes objetivos:
1. Incrementar la presencia de mujeres en las misiones de paz y de
asistencia humanitaria y su participación en sus órganos de toma de
decisión.
2. Incrementar la participación política de las mujeres en toda su
diversidad en materia de paz y seguridad, en los procesos de
negociación de paz, con especial énfasis en la mediación, el manejo de
conflictos y posconflicto y en los espacios de toma de decisiones en
cada uno de sus ámbitos.
3. Promover la transversalización de la perspectiva de género en todas
las actividades de construcción de la paz, incluyendo las actividades
para el desarme, la desmovilización, la reintegración y la asistencia
humanitaria.
4. Proteger los derechos humanos de las mujeres y niñas en toda su
diversidad y personas LGBTIQ+ en países en conflicto, posconflicto
(incluyendo campos de personas refugiadas y en situación de
desplazamiento) y en situaciones adversas producto de pandemia y
pospandemia, la pobreza y el hambre, especialmente frente a la
violencia basada en género y violencia sexual, promoviendo un ambiente
de seguridad y bienestar.
Su marco de implementación lo constituyen:
1. Instituciones y organismos nacionales emplazados dentro del territorio nacional a través de sus correspondientes Ministerios.
2. Instituciones y organismos regionales e internacionales de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte.
3. Participación de la REPÚBLICA ARGENTINA como país contribuyente de
tropas, policías y de personal humanitario a las misiones de paz y de
asistencia humanitaria de las NACIONES UNIDAS.
Las acciones que asumen los Ministerios y organismos nacionales, junto
con los indicadores y metas para cada acción, se encuentran detallados
en el ANEXO II.
4. Normativa Base
El presente Plan tiene como antecedente que le sirve de base todo el
plexo normativo mencionado en el Primer Plan relativo a los tratados
internacionales ratificados por el Estado argentino, como así también
la legislación nacional vigente.
Asimismo, incorpora el importante avance legislativo en materia de
género producido en el período 2015-2020 que también lo sustenta:
• Ley N° 26.485 - Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que
Desarrolla sus Relaciones Interpersonales.
• Ley N° 27.210 Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género - Creación.
• Ley N° 27.234 Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género - Objetivos.
• Ley N° 27.363 Código Civil y Comercial- Modificación. Privación de la responsabilidad parental al femicida.
• Ley N° 27.372 - Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas
de Delitos - Disposiciones Generales. Creación del Centro de Asistencia
a las Víctimas de Delitos -CENAVID-.
• Ley N° 27.410 Declaraciones Oficiales - Concientización sobre la Violencia de Género.
• Ley N° 27.412 Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política
- Código Electoral Nacional y Leyes Nros. 26.571 y 23.298- Modificación.
• Ley N° 27.452 Régimen de Reparación Económica para las niñas, niños y adolescentes - Disposiciones Generales.
• Ley N° 27.499 - Ley Micaela- Capacitación Obligatoria en la Temática de Género y Violencia contra las Mujeres.
• Ley N° 27.501 Modificación de la Ley de Protección Integral para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres -
Incorpora como modalidad de violencia a la mujer al acoso callejero.
• Ley N° 27.533 Ley de Protección Integral a las Mujeres - Modificación. (Erradicación de la violencia política).
• Ley N° 27.610 Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo - Disposiciones.
• Ley N° 27.611 Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia.
• Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7/19 (Creación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad).
• Decreto N° 680/20 Disposiciones para la Transversalización de las Políticas de Género.
También tiene presente las políticas públicas nacionales en materia de
género, entre las que se destacan el lanzamiento de los siguientes
Planes Nacionales de Acción:
• Decreto N° 574/16 Aprueba el Plan Nacional de Primera Infancia.
• Plan Nacional de Prevención del Embarazo No Intencional en la Adolescencia (Plan ENIA) 2017 - 2019.
• Plan Nacional 2018-2020 contra la Trata y Explotación de Personas.
• Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos (PIOD) 2018 - 2020.
• Plan Nacional de Seguridad para la Reducción de Femicidios 2019 - 2023.
• Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género (2020-2022).
• Decreto N° 734/20 "Programa de Apoyo y Acompañamiento a Personas en
Situación de Riesgo por Violencia por Motivos de Género (ACOMPAÑAR)".
5. Plazo de Vigencia
El presente Plan Nacional de Acción tiene un plazo de vigencia de CUATRO (4) años, rigiendo para el período 2021-2025.
6. Presupuesto
Cada organismo participante deberá llevar a cabo las actividades
contempladas en el presente plan con sus propios recursos humanos y
financieros; por lo que se requerirá programar en su presupuesto anual
los recursos financieros necesarios para las actividades que le
correspondan de acuerdo con los objetivos y acciones del Plan a las que
se hayan comprometido.
En este mismo sentido, el Estado argentino realizará el seguimiento y
evaluación de los recursos presupuestarios ejecutados para la
implementación del presente Plan, en el marco de la iniciativa de
elaborar presupuestos sensibles al género.
7. Coordinación, Monitoreo, Seguimiento y Evaluación
El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
es responsable de la implementación en Argentina de la Agenda
Internacional sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad y de asegurar
que la implementación en todo el gobierno esté alineada con las
prioridades de política exterior del país.
Los organismos integrantes del Segundo Plan Nacional de Acción son
responsables de cumplir con las acciones con las cuales se
comprometieron y de reportar periódicamente su cumplimiento.
Los organismos participantes en el Segundo Plan Nacional de Acción
designarán un punto focal para la implementación del presente Plan en
el ámbito de sus especificas competencias e informarán los datos de
contacto a la Coordinación dentro de los TRES (3) meses de la entrada
en vigencia del presente Plan. Dichos puntos focales conformarán un
Grupo de Trabajo.
El Grupo de Trabajo se establecerá dentro de los primeros SEIS (6)
meses del lanzamiento de este Segundo Plan Nacional de Acción y
celebrará al menos una sesión anual de carácter plenario. También
podrán celebrarse sesiones ad hoc con los Ministerios implicados para
tratar temas específicos relacionados con la implementación del Plan.
Las sesiones plenarias y ad hoc serán convocadas por la Coordinación.
Las organizaciones de la sociedad civil con competencia en la temática
participarán de las sesiones plenarias y serán convocadas por la
Coordinación.
En el primer trimestre de cada año los organismos comprometidos con la
implementación del presente Plan remitirán a la Coordinación un informe
de progreso de la implementación de las acciones del Plan con las que
se han comprometido de acuerdo a los indicadores y metas que figuran en
el ANEXO II.
Si alguna meta fuera superada podrán proponer metas nuevas con sus
respectivos indicadores. Caso contrario, si las metas no hubieran sido
alcanzadas se identificarán y abordarán las barreras.
La Coordinación será la encargada de compilar un informe final sobre la
base de los informes de cada organismo interviniente con el fin de
informar al Grupo de Trabajo de Puntos Focales y a los foros
internacionales en el marco de las reuniones pertinentes.
A los DOS (2) años desde el inicio de la implementación del presente
Plan se elaborará un Informe de Evaluación de Medio Término. Asimismo,
en dicha ocasión se celebrarán unas Jornadas de Trabajo abiertas a
todas las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con la
temática con el fin de recoger sus inquietudes y sugerencias para la
segunda etapa de implementación del Plan.
Al final del período de vigencia del presente Plan se realizará un
Informe de Evaluación Final que dará cuenta de los desafíos pendientes
para cada uno de los objetivos planteados, así como de los progresos y
buenas prácticas alcanzadas. Para los Informes de Evaluación de Medio
Término y Final se valorará la pertinencia de contar con el apoyo de
instituciones externas nacionales y/o internacionales para asesorar en
su evaluación. El Informe de Evaluación Final se publicará en la página
oficial del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO-
[1] S/2019/800, Punto 8.
[2] S/2019/800, Punto 8.
[3] S/2019/800, Punto 13.
[4] S/2019/800, Punto 27.
[5] S/2020/946 punto 7
[6] La Red Regional de Mujeres Mediadoras Nórdicas[6], la Red de
Mujeres Mediadoras del Commonwealth, la Red de Mujeres Africanas en
Prevención y Mediación de Conflictos -FemWise-Africa, la Red de Mujeres
Mediadoras del Mediterráneo y la Red de Mujeres Mediadoras Árabes.