ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 654/2022
RESFC-2022-654-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2022
VISTO el Expediente EX-2022-44391593-APN-DGA#APNAC, la Ley Nº 22.351,
los Decretos Nros. 453 de fecha 24 de marzo de 1994 y 537 de fecha 1º
de agosto 2019, y las Resoluciones Nros. 259/2017 de la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES y 225/2017 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° del citado Decreto N° 453/1994 se creó la
categoría de Reserva Natural Silvestre (R.N.S.) y se dispuso que las
mismas serán aquellas áreas que se encuentren en el dominio del ESTADO
NACIONAL “(...) de extensión considerable, que conserven inalterada o
muy poco modificada la cualidad silvestre de su ambiente natural y cuya
contribución a la conservación de la diversidad biológica sea
particularmente significativa en virtud de contener representaciones
válidas de uno o más ecosistemas, poblaciones animales o vegetales
valiosas a dicho fin (...)”.
Que según el “Relevamiento rápido y tareas de Control y Fiscalización
en la Reserva Natural Yvyporá”, obrante en el documento
IF-2022-47882848-APN-PNI#APNAC, el área tiene un alto valor ecológico y
se presenta como un espacio con remanente de bosque en una zona
estratégica que propicia la conservación de la biodiversidad.
Que la FUNDACIÓN VIDA SILVESTRE ARGENTINA donó, con cargo y a favor del
ESTADO NACIONAL –ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, DOS (2) lotes
bajo la categoría de una Reserva Natural, ubicados en el Municipio
Comandante Andresito, Departamento General Manuel Belgrano, provincia
de Misiones, con una superficie total de SETENTA Y OCHO hectáreas (78
has.), según surge en el documento IF-2017-11251980-APN-DD#APNAC.
Que a través del dictado de la Resolución del Directorio N° 259/2017 la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES aceptó la donación con cargo
anteriormente mencionada.
Que, asimismo, por medio de la Resolución del Presidente y
Vicepresidente N° 225/2017 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DEL ESTADO, se resolvió aceptar la donación descripta precedentemente y
asignar los inmuebles en uso a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que a través del Decreto Nº 537/2019 se creó la Reserva Alto Iguazú
(R.A.I.), y se estipuló articularla funcionalmente al Parque Nacional
Iguazú.
Que esto implicó que la RAI queda a cargo de la Intendencia del Parque
Nacional Iguazú y que se rige bajo el Plan de Gestión de la mencionada
Área Protegida, aprobado en 2018 mediante la Resolución del Directorio
Nº76/2018, obrante como documentación IF-2017-27701120-APN-DNC#APNAC.
Que de acuerdo a las Directrices de Zonificación de la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES, aprobadas mediante la Resolución del Directorio
N° 74/2002, se establece que las Unidades de Conservación que no
cuenten con el Plan de Manejo aprobado, deberán elaborar una
Zonificación Preliminar a fin de contar con pautas orientativas para
manejar los espacios de la unidad.
Que, con motivo de ello y sujeto al cargo, se desarrolló en
coordinación con la FUNDACIÓN VIDA SILVESTRE ARGENTINA un documento de
gestión articulado con el Plan de Gestión del Parque Nacional Iguazú y
que describe la zonificación preliminar del área con detalle de usos,
actividades permitidas, y superficies relativas, en línea con la
Directrices para la Zonificación de Áreas Protegidas aprobadas por la
Resolución mencionada en el Considerando precedente, obrante como
documento IF-2022-78328105-APN-DTC#APNAC.
Que las Direcciones Nacionales de Conservación, de Operaciones y de Uso
Público, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Intendencia del
Parque Nacional Iguazú han tomado las intervenciones que les competen.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos k) y w), de la Ley N°22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 °.- Apruébase la Zonificación Preliminar de la Reserva
Natural Silvestre “Alto Iguazú”, obrante como documento
IF-2022-78328105-APN-DTC#APNAC.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase a la Intendencia del Parque Nacional Iguazú
incluir esta zonificación preliminar en el proceso de evaluación
periódica del Plan de Gestión del Área Protegida y realizar un diseño
comunicacional de la zonificación preliminar para su posterior
inclusión en el Plan de Gestión del Área Protegida.
ARTÍCULO 3 °.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se publique la presente por un día
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Carlos Corvalan - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/09/2022 N° 77024/22 v. 27/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)