MINISTERIO
DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE COMERCIO
Resolución 26/2022
RESOL-2022-26-APN-SC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-104463818- -APN-DGD#MDP y la Resolución
N° 523 de fecha 5 de julio del 2017 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución N° 523 de fecha 5 de julio de 2017 de la
SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus
modificaciones, se estableció un régimen de tramitación de Licencias
Automáticas y No Automáticas de Importación para las mercaderías
comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura
Común del MERCOSUR (N.C.M) con destinación de importación definitiva
para consumo.
Que, del mismo modo, se determinó que las posiciones arancelarias de la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) individualizadas en el Anexos
II de la citada resolución, estarán sujetas a la tramitación de
Licencias de Importación de tipo “No Automáticas”.
Que la instrumentación de un Sistema de Licencias de Importación, en
tanto provee de información estadística en niveles generales y
particulares que permite identificar comportamientos disruptivos del
comercio exterior, resulta una herramienta clave para la gestión de la
política comercial externa con miras al desarrollo productivo nacional
y acorde al contexto actual de las relaciones comerciales
internacionales.
Que se ha identificado una serie de bienes respecto a los cuales, en
función de la actual coyuntura económica, resulta indispensable evaluar
sus respectivos flujos comerciales por lo que resulta aconsejable
modificar la Resolución N° 523/17 de la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus
modificaciones.
Que, a partir del análisis de la actual situación económica y
productiva, se estima que existen innumerables Licencias para la
Importación que no representan necesidad ni urgencia para su ingreso al
país.
Que sin resultar taxativa su enumeración, resulta pertinente señalar
que elementos como hidrolavadoras, palos de golf, skies y patines de
hielo, son algunas de las licencias que ameritan el cambio propiciado
en la presente resolución.
Que esta nueva regulación apunta a fortalecer las operaciones de
importación que requieren los sectores productivos para sostener y/o
aumentar los niveles de producción y de empleo.
Que a fin de instrumentar las modificaciones mencionadas y evitar la
dispersión normativa de su tratamiento, resulta conveniente sustituir
íntegramente el Anexo II de la Resolución N° 523/17 de la SECRETARÍA DE
COMERCIO y sus modificaciones.
Que, a fin de facilitar la interpretación y aplicación de la normativa,
corresponde derogar expresamente el Anexo XV de la Resolución N° 523/17
de la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus modificaciones, dado que el
contenido del mismo se encuentra actualmente reflejado en su Anexo III,
a partir de la Resolución Nº 1 de fecha 24 de agosto de 2022 de la
SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente resolución se dicta en función de lo dispuesto por la
Ley N° 24.425 y por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 523 de fecha
5 de julio de 2017 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN y sus modificaciones, por el Anexo que como
IF-2022-105294674-APN-DIMP#MDP forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°.- Derógase el Anexo XV de la Resolución N° 523/17 de la
SECRETARÍA DE COMERCIO y sus modificaciones.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día
siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Matias Raúl Tombolini
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/10/2022 N° 79872/22 v. 04/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO