ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 687/2022
RESFC-2022-687-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2022
VISTO el Expediente EX-2022-92976774-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Ley Nº 22.351, la Decisión
Administrativa Nº 1.422/2016 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
las Resoluciones Nros. 410/2016 del Directorio de esta ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES y 303/2022 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1422/2016, se aprobó la
estructura de primer nivel operativa para esta ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES.
Que mediante la Resolución del Directorio Nº 410/2016 se aprobó la
estructura de segundo nivel operativo, mediante la cual se facultó a la
Dirección Nacional de Uso Público a tratar los lineamientos necesarios
para fomentar la visitación, elaborar y desarrollar herramientas para
dicho fin en múltiples soportes.
Que la mencionada Dirección Nacional es quien mantiene la articulación
institucional con la CÁMARA ARGENTINA DE CONCESIONARIOS DE PARQUES
NACIONALES, conformada en 2021, y la cual agrupa a varias
concesionarias que operan en jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES.
Que la CÁMARA ARGENTINA DE CONCESIONARIOS DE PARQUES NACIONALES tiene
entre sus principales objetivos el de trabajar en conjunto con la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES en aspectos generales que redunden
en una mejor experiencia para los turistas que visiten las áreas
protegidas nacionales.
Que el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES DE LA NACIÓN, mediante la
Resolución N° 303/2022, amplió el PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA
DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES “PREVIAJE EDICIÓN 2022”, con miras a
promover el turismo nacional y el consumo de servicios turísticos
durante todo el mes de noviembre y parte de octubre y diciembre del año
en curso.
Que el MINISTERIO DE ECONOMÍA, el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, LA
CÁMARA ARGENTINA DE TURISMO y otras entidades han suscrito un acuerdo
de precios para el sector hotelero en el marco de la vigencia de la
tercera edición del programa, el cual sería positivo sea replicado en
otros rubros y sectores.
Que, a fin de proteger los derechos de los usuarios y consumidores de
servicios turísticos, conforme lo normado por el Artículo 42 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, resulta conveniente suscribir un acuerdo de
precios con la CÁMARA DE CONCESIONARIOS para la comercialización de
servicios y excursiones turísticas en las áreas protegidas nacionales
que permita asegurar el éxito del PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA
DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES “PREVIAJE EDICIÓN 2022” y continuar
con el crecimiento y la generación de empleo en el sector turístico.
Que en el marco de la mesa de trabajo entre esta ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES y la CÁMARA ARGENTINA DE CONCESIONARIOS DE PARQUES
NACIONALES se consensuó la suscripción de un ACTA ACUERDO SOBRE TARIFAS
INAMOVIBLES DE CONCESIONARIAS EN PARQUES NACIONALES, contenida en el
documento IF-2022-101479865-APN-DNUP#APNAC.
Que las firmas concesionarias pertenecientes a la CÁMARA ARGENTINA DE
CONCESIONARIOS DE PARQUES NACIONALES han informado oportunamente las
tarifas que no sufrirán modificaciones durante la vigencia del PROGRAMA
DE INCENTIVOS A LA PREVENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES
“PREVIAJE EDICIÓN 2022”, las cuales se encuentran detalladas en el
Anexo IF-2022-103811003-APN-DNUP#APNAC.
Que dicha acta acuerdo es un entendimiento que será suscrito con las
firmas pertenecientes a la CÁMARA antes mencionada, por lo cual las
firmas concesionarias que no se encuentran en la misma, podrán
adherirse a la presente medida, realizando la presentación del
FORMULARIO DE ADHESIÓN VOLUNTARIO contenido en el Anexo
IF-2022-101432546-APN-DNUP#APNAC.
Que, debido a su competencia, corresponde encomendar a la Dirección
Nacional de Uso Público la tarea de llevar adelante el PROCEDIMIENTO DE
ENVÍO DEL FORMULARIO DE ADHESIÓN, estipulado en el Anexo
IF-2022-93652030-APN-DNUP#APNAC.
Que la Dirección Nacional de Uso Público y la Dirección General de
Asuntos Jurídicos, han tomado la intervención de su competencia. Que la
presente se dicta de acuerdo con las facultades y funciones conferidas
por el Artículo 23, inciso f) y w), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el ACTA ACUERDO SOBRE TARIFAS MÁXIMAS DE
CONCESIONARIAS EN PARQUES NACIONALES contenida en el documento
IF-2022-101479865-APN-DNUP#APNAC, a ser firmada entre la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES y la CÁMARA ARGENTINA DE CONCESIONARIOS DE
PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase indistintamente al Presidente Directorio de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES a suscribir el Acta acuerdo,
mencionada en el Artículo precedente, por parte de esta Administración.
ARTÍCULO 3º.- Establécese que las tarifas contenidas en el Anexo
IF-2022-103811003-APN-DNUP#APNAC, se mantendrán sin modificaciones de
acuerdo con lo establecido en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Apruébese el modelo de FORMULARIO DE ADHESIÓN VOLUNTARIO,
contenido en el Anexo IF-2022-101432546- APN-DNUP#APNAC, de acuerdo con
los establecido con los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 5º.-Apruébese el PROCEDIMIENTO DE ENVÍO DEL FORMULARIO DE
ADHESIÓN contenido en el Anexo IF-2022- 93652030-APN-DNUP#APNAC.
ARTÍCULO 6º.- Encomiéndase a la Dirección Nacional de Uso Público a
llevar adelante y formalizar el procedimiento aprobado en el Artículo
precedente.
ARTÍCULO 7º.- Establécese que, a través del Departamento de Mesa
General de Entradas, Salidas y Notificaciones, se proceda a publicar la
presente Resolución por el término de UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Cumplido, gírense las actuaciones a la
Dirección Nacional de Uso Público para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Francisco Luis Gonzalez Taboas - Carlos Corvalan - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/10/2022 N° 80762/22 v. 06/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)