Disposición 672/2022
DI-2022-672-APN-DNL#MT
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2022
VISTO el EX-2022-55022379- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la
RESOL-2022-1373-APN-ST#MT, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 4 del RE-2022-55021710-APN-DGD#MT del
EX-2022-55022379- -APN-DGD#MT obran las escalas salariales que integran
el acuerdo homologado por la Resolución citada en el Visto y registrado
bajo el Nº 2440/22, celebrado por la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA
INDUSTRIA LECHERA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y el CENTRO DE LA INDUSTRIA
LECHERA y la ASOCIACIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS LÁCTEAS, en el
marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 2/88, conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en la referida Resolución se ordenó evaluar la procedencia de
establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de
corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del
Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que en cumplimiento de lo ordenado se emitió el informe técnico
IF-2022-79901704-APN-DNRYRT#MT, al cual se remite en orden a la
brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de
remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.
Que la presente se dicta en cumplimiento de lo establecido en el
segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº
20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición
DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución
RESOL-2021-301-APN-MT.
Por ello,
EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
derivado del acuerdo homologado por la RESOL-2022-1373-APN-ST#MT y
registrado bajo el Nº 2440/22, conforme a lo detallado en el archivo
embebido que, como ANEXO DI-2022-79902434-APN-DNRYRT#MT forma parte
integrante de la presente.
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Disposición N° 991/2022 de
la Dirección de Normativa Laboral B.O. 06/12/2022 se deja sin efecto
el importe del promedio de las remuneraciones con fecha de entrada
vigencia el 1° diciembre de 2022, 1° de enero, 1° de febrero y 1° de
marzo de 2023, y de los topes indemnizatorios resultantes de los
mismos, indicadosen el DI-2022-79902434-APN-DNRYRT#MT que como ANEXO
integra la presente Disposición, correspondientes al Acuerdo N°
2440/22)
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaría de Gestión Administrativa para la intervención
correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registre el
importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante y proceda a la guarda correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge Pablo Titiro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/10/2022 N° 69292/22 v. 13/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)