TEATRO NACIONAL CERVANTES
Resolución 844/2022
RESOL-2022-844-APN-TNC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-57378760- APN-TNC#MC del Registro del
TEATRO NACIONAL CERVANTES, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEP PÚBLICO (SINEP), homologado
por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios,
los Decretos N° 415 de fecha 30 de junio de 2021, y N° 103 de fecha 2
de marzo de 2022; y la Resolución Nº 53 de la Secretaría de Gestión y
Empleo Público del 22 de marzo de 2022 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo Nº 33 del Decreto 2098/08 establece que “ Para el
ingreso a la carrera establecida en el presente Convenio, para la
promoción a un nivel escalafonario superior y para la titularidad del
ejercicio de las funciones de jefatura, será de aplicación el régimen
de Selección que el Estado empleador establezca, de conformidad con lo
establecido en el Capítulo III del Título VI del Convenio Colectivo de
Trabajo General, previa consulta a las entidades sindicales signatarias
del presente mediante la Co.P.I.C., según lo acordado en el Artículo 60
del referido Convenio, y las particularidades prescriptas en el
presente Convenio. De la misma manera se procederá con el régimen de
valoración de méritos del personal involucrado en la promoción de Tramo
y de cambio de Agrupamiento, de conformidad con los artículos 30 y 32
del presente. En el régimen de Selección deberá preverse el mecanismo
para instrumentar la aplicación de la Ley N° 22.431 y sus
modificatorias, conforme lo establecido por el artículo 57 del citado
Convenio Colectivo de Trabajo General”.
Que mediante el Decreto N° 415 de fecha 30 de junio de 2021 se homologó
el Acta suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial
con fecha 26 de mayo de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público,
por la cual se acordó, como clausula tercera, elaborar una Propuesta de
Régimen de Valoración por Evaluación y Merito para la Promoción de
Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y
sus modificatorios, por parte del Estado Empleador previa consulta a
las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de
Interpretación y Carrera.
Que mediante el Decreto N° 103 de fecha 2 de marzo de 2022 se homologó
el Acta suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial
con fecha 26 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo
Público, por la cual se acordó, como clausula tercera, sustituir la
cláusula tercera del acta acuerdo de dicha comisión negociadora que
había sido homologada por Decreto N° 415/21.
Que habiéndose expedido la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera mediante Acta N° 172 de fecha 18 de febrero de 2022, por
Resolución N° 53/2022 de fecha 22 de marzo de 2022 de la Secretaria de
Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la
Nación, se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para
la Promoción de Nivel para el Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público.
Que el artículo 2° del citado régimen establece que la unidad a cargo
de las acciones de personal u organismo descentralizado comunicará en
un plazo no mayor a veinte días hábiles computados a partir de la
entrada en vigencia del régimen a la Dirección de Presupuesto y
Evaluación de Gastos en Personal de la Oficina Nacional de Presupuesto
del Ministerio de Economía, la información de la totalidad del personal
que se encuentre en condiciones de ascender de Nivel Escalafonario,
indicando cantidad de cargos por nivel.
Que el artículo 4° dispone a su turno que “El titular de la
Jurisdicción u organismo descentralizado dispondrá el inicio del
Proceso de Valoración por Evaluación y Merito para la promoción de
nivel, designará a los miembros integrantes del Comité de Valoración,
designará al Secretario Técnico Administrativo del Comité y aprobará el
cronograma del proceso en el mismo acto administrativo”.
Que por su parte el artículo 5° establece que el Comité de Valoración
se integrará con un miembro en representación del máximo responsable de
Unidad a cargo de las acciones de Personal de la Jurisdicción o entidad
descentralizada donde se dispuso el inicio del proceso de Valoración
por Evaluación y Merito para la Promoción del Nivel; un miembro en
representación de la Secretaría de Gestión y Empleo Público dependiente
de la Jefatura de Gabinete de Ministros; y un miembro en representación
del titular de la Jurisdicción o entidad descentralizada; y que cada
representante contará con un alterno que podrá intervenir
indistintamente.
Que mediante NO-2022-38956007-APN-CRRHH#TNC se ha dado cumplimiento a
la comunicación prevista en el artículo 2° del Régimen de Valoración
para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de
Empleo Público”.
Que se encuentran incorporadas al expediente de referencia los
documentos NO-2022-58990776-APN-DGYDCP#JGM e
IF-2022-88479619-APN-CRRHH#TNC por los cuales la Secretaría de Gestión
y Empleo Público y el responsable máximo de las acciones de personal
del TEATRO NACIONAL CERVANTES han designado y propuesto respectivamente
a los miembros para que en su representación intervengan en el Proceso
de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema
Nacional de Empleo Público del personal de este organismo, cuyos
curriculums también se encuentran incorporados al expediente.
Que se encuentran vinculados al expediente los Curriculum vitae de
quienes en este acto se designan como representantes ante el Comité de
Valoración en representación del titular del TEATRO NACIONAL CERVANTES.
Que la Coordinación de Recursos Humanos del TEATRO NACIONAL CERVATES ha
elaborado una propuesta de cronograma del Proceso de Valoración de
Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema
Nacional de Empleo Público la que se encuentra vinculada al expediente,
como IF-2022-88674474-APN-CRRHH#TNC.
Que, en consecuencia, corresponde disponer el inicio del Proceso de
Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema
Nacional de Empleo Público del personal del TEATRO NACIONAL CERVANTES;
aprobar el cronograma del proceso y designar al Comité de Valoración
que intervendrá en el mismo.
Que ha tomado la intervención de su competencia la COORDINACION DE ASUNTOS JURÍDICOS del TEATRO NACIONAL CERVANTES.
Que la suscripta es competente para el dictado del presente acto en
virtud de lo dispuesto por el artículo 7º incisos f) y h) del Decreto
Nº 318/96.
Por ello,
LA DIRECTORA DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dase por iniciado el Proceso de Valoración para la
Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo
Público del personal de planta permanente del TEATRO NACIONAL CERVANTES.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase integrantes del Comité de Valoración titulares
y alternos y como Secretario Técnico titular y alterno a los expertos
consignados en el IF-2022-88479619-APN-CRRHH#TNC, que como Anexo I
integra la presente.
ARTÍCULO 3º.-Apruebase el cronograma del Proceso de Valoración para la
Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo
Público detallado en el IF-2022-88674474-APN-CRRHH#TNC, que como Anexo
II integra la presente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Gladis Lilian Contreras
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/10/2022 N° 82074/22 v. 14/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)