MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL
Resolución 120/2022
RESOL-2022-120-APN-SGC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-08419776- -APN-DGD#MC, las Resoluciones
Nº 150 de fecha 17 de febrero de 2022, Nº 1014 de fecha 29 de junio de
2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución M.C. Nº 1014/22 (RESOL-2022-1014-APN-MC)
se aprobó la Primera Convocatoria Nacional “FOMENTO A FIESTAS Y
CELEBRACIONES TRADICIONALISTAS Y CRIOLLISTAS” y la Primera Convocatoria
Nacional “FORMALIZACIÓN DE AGRUPACIONES TRADICIONALISTAS Y CRIOLLISTAS”
en el marco del Programa “CULTURAS GAUCHAS”, de conformidad con sus
Reglamentos de Bases y Condiciones (IF-2022-64005987-APN-SGC#MC) e
(IF-2022-64006056-APN-SGC#MC), respectivamente.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la
Resolución M.C. Nº 150/22 (RESOL-2022-150-APN-MC), que creó el
programa; la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, será la autoridad de
aplicación e interpretación del programa, y se encuentra facultada para
dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten
necesarias para su implementación, con intervención de las áreas
técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que, específicamente, y de acuerdo a lo establecido en el punto 4) in
fine, de los reglamentos de las convocatorias previamente mencionadas,
la autoridad de aplicación convalidará la designación nominal de los
integrantes de los jurados, respetando las representaciones
establecidas, y aprobará la selección efectuada por estos últimos,
mediante el dictado del acto administrativo pertinente.
Que, con fecha 21 de septiembre de 2022 se reunió el jurado de la
convocatoria “FOMENTO A FIESTAS Y CELEBRACIONES TRADICIONALISTAS y
CRIOLLISTAS” integrado en los términos de la Resolución M.C. Nº 1014/22
(RESOL-2022-1014-APN-MC) y ha efectuado la selección correspondiente,
según detalle incorporado en Acta Jurados FOMENTO A FIESTAS Y
CELEBRACIONES TRADICIONALISTAS CRIOLLISTAS - Programa “CULTURAS
GAUCHAS”, ANEXO (IF-2022-104398985-APN-SGC#MC), que forma parte
integrante de la presente medida.
Que, con fecha 20 de septiembre de 2022 se reunió el jurado de la
convocatoria “”FORMALIZACIÓN DE AGRUPACIONES TRADICIONALISTAS Y
CRIOLLISTAS” integrado en los términos de la Resolución M.C. Nº 1014/22
(RESOL-2022-1014-APN-MC) y ha efectuado la selección correspondiente,
según detalle incorporado en el Acta Jurados “FORMALIZACIÓN DE
AGRUPACIONES TRADICIONALISTAS Y CRIOLLISTAS” - Programa “CULTURAS
GAUCHAS”, ANEXO (IF-2022-104399234-APN-SGC#MC), que forma parte
integrante de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las disposiciones
del Decreto Nº 50/19 y su modificatorio y las facultades otorgadas por
la Resolución M.C. Nº 150/22.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convalidar la conformación nominal de los Jurados
correspondiente a la Primera Convocatoria Nacional de “FOMENTO A
FIESTAS Y CELEBRACIONES TRADICIONALISTAS Y CRIOLLISTAS” y la Primera
Convocatoria Nacional de “FORMALIZACIÓN DE AGRUPACIONES
TRADICIONALISTAS Y CRIOLLISTAS” en el marco del Programa “CULTURAS
GAUCHAS”, integrado por los Miembros que rubrican las Actas que como
ANEXO (IF-2022-104399234-APN-SGC#MC) y ANEXO
(IF-2022-104398985-APN-SGC#MC), respectivamente, forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar la nómina de proyectos seleccionados por los
jurados, de acuerdo con el detalle consignado en las Actas citadas en
el artículo precedente ANEXO (IF-2022-104399234-APN-SGC#MC) y ANEXO
(IF-2022-104398985-APN-SGC#MC).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Federico Prieto
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/10/2022 N° 82802/22 v. 17/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)