SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 1596/2022
RESOL-2022-1596-APN-SSS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2022
VISTO el expediente Nº EX-2022-102695580-APN-SSS#MS, las Leyes Nº
23.660, Nº 23.661, los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de
1996, y Nº 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que en fecha 20 de septiembre de 2022 esta SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD suscribió con la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE JUSTICIA
CONSTITUCIONAL el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL.
Que el convenio tiene como objeto la realización de actividades de
cooperación, complementación e intercambio académico y científico entre
las partes.
Que la competencia, facultades y atribuciones de esta SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD emana de las Leyes y Decretos citados en el VISTO
y en ese marco reglamentario se encuentra facultada para entender en la
celebración de convenios de colaboración y/o capacitación con otras
entidades, instituciones u organismos, en tanto se relacionen con el
funcionamiento y/o desarrollo de los objetivos específicos del
Organismo.
Que en mérito a los expuesto, corresponde el dictado del presente acto a los fines de formalizar la aprobación del Convenio.
Que las Gerencias de Gestión Estratégica, de Asuntos Jurídicos y la
Gerencia General han tomado la intervención de sus respectivas
competencias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones
conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996;
Nº 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 307 de fecha 7 de mayo de
2021.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
entre la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD DE LA NACIÓN y la
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE JUSTICIA CONSTITUCIONAL, suscripto con fecha 20
de septiembre de 2022, que como Anexo IF-2022-102719113-APN-SSS#MS,
forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archívese.
Daniel Alejandro Lopez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/10/2022 N° 82865/22 v. 17/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)