MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución 443/2022
RESOL-2022-443-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-56619320- -APN-DGAYF#MAD, la
Ley de Ministerios N.º 22.520 (T.O. Decreto N.° 438 del 20 de marzo de
1992), sus modificatorias y complementarias, la Ley General de Ambiente
N° 25.675, el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la
Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales
en América Latina y el Caribe, Ley N° 27.566; la Ley para la
implementación de la Educación Ambiental Integral N° 27.621, el Decreto
N° 50 del 20 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión
Administrativa N° 262 del 28 de febrero de 2020, la Decisión
Administrativa N° 928 del 19 de septiembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley General del Ambiente N° 25.675, entre sus objetivos
establece fomentar la participación social en los procesos de toma de
decisión, promover cambios en los valores y conductas sociales que
posibiliten el desarrollo sustentable, a través de una educación
ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal.
Que el Acuerdo de Escazú Ley N° 27.566, busca garantizar el acceso a la
información, la participación pública en los procesos de toma de
decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales,
así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la
cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona,
de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un ambiente sano y
a su desarrollo sostenible.
Que la Ley para la Implementación de la Educación Ambiental Integral N°
27.621 define a la Educación Ambiental Integral (EAI) como un proceso
educativo permanente con contenidos temáticos específicos y
transversales, que tiene como propósito general la formación de una
conciencia ambiental.
Que con el objetivo de promover la educación ambiental integral y
observando el cumplimiento de la legislación ambiental, se promueve la
creación del Programa “Educación Ambiental de Puertas Abiertas”, en
adelante “PROGRAMA”.
Que el desarrollo del PROGRAMA consistirá en una jornada educativa para
escuelas, universidades y organizaciones de la sociedad civil, esta
jornada se podrá realizar en sus respectivos establecimientos o en la
sede del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.
Que los destinatarios del mencionado PROGRAMA serán niñas, niños y
adolescentes, grupos escolares, alumnos universitarios y docentes, los
conocimientos en la temática ambiental se impartirán a través de la
participación en diversas actividades que se determinarán de acuerdo al
grado o nivel educativo en que se encuentre cada grupo.
Que, la Dirección Nacional de Educación Ambiental y Participación
Ciudadana, dependiente de la Subsecretaria Interjurisdiccional e
Interinstitucional, será la responsable de llevar adelante la
implementación y ejecución del citado PROGRAMA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención de su competencia.
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas
en la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) modificada
mediante el Decreto N.° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y del
Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello:
El MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Créase el PROGRAMA “Educación Ambiental de Puertas
Abiertas” en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL
Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA de la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E
INTERINSTITUCIONAL.
ARTÍCULO 2º.- Apruébense los lineamientos generales y acciones del
PROGRAMA “Educación Ambiental de Puertas Abiertas”, que como ANEXO I
(IF-2022-71780631-APN-DNEAYPC#MAD) forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Apruébese el modelo de “DECLARACIÓN JURADA PARA
AUTORIDADES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y ORGANIZACIONES QUE PARTICIPAN
EN EL PROGRAMA ‘EDUCACIÓN AMBIENTAL DE PUERTAS ABIERTAS’ MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE”, que como ANEXO II
(IF-2022-93124391-APN-DNEAYPC#MAD) forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Apruébese el modelo de “AUTORIZACIÓN PADRE/MADRE/TUTOR O
ENCARGADO PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA ‘EDUCACIÓN AMBIENTAL DE
PUERTAS ABIERTAS’ MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE”, que
como ANEXO III (IF-2022-93126353- APN-DNEAYPC#MAD), forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5°. Los gastos que demanden la presente medida se atenderán
con cargo a las partidas presupuestarias del ejercicio 2022, a través
de la Fuente de Financiamiento 11 “Tesoro Nacional”, Unidad Ejecutora
317, Programa 62, correspondiente a la SUBSECRETARÍA
INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Cabandie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/10/2022 N° 84472/22 v. 20/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Programa "Educación Ambiental de Puertas Abiertas"
ANEXO I - LINEAMIENTOS
1) FUNDAMENTACIÓN
El Programa "Educación Ambiental de Puertas Abiertas", se desarrollará
en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nacional 27.621
para la Implementación de la Educación Ambiental Integral al Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y las misiones y
funciones de la Dirección Nacional de Educación Ambiental y
Participación Ciudadana definidas en los decretos de su creación.
2) OBJETIVO GENERAL
El objeto de este programa es fortalecer la educación ambiental en los
diversos niveles educativos ya sea primarios, secundarios o superiores,
así como de las organizaciones de la sociedad civil a través de visitas
a sus sedes como con encuentros didácticos en la sede del Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, en la inteligencia de
divulgar las principales problemáticas ambientales.
3) OBJETIVOS ESPECÍFICOS
a) Que los/as alumnos/as del nivel primario, secundario y superior y
los niños, niñas y jóvenes de las organizaciones de la sociedad civil
comprendan la importancia de las problemáticas ambientales y el rol de
la participación ciudadana.
b) Generar instancias de debate y reflexión, entre niñas, niños,
adolescentes y adultos y adultas de niveles educativos superiores y a
las organizaciones de la sociedad civil, que inviten a concientizar y
abordar las problemáticas de forma colectiva.
4) DESTINATARIOS
El presente programa está orientado a instituciones educativas de nivel
primario, a partir de 4°grado, de nivel secundario y superior de todo
el país y a organizaciones de la sociedad civil.
5) IMPLEMENTACIÓN
La modalidad de trabajo consistirá en la realización de encuentros de
dos horas de duración por comitiva, en los espacios de las
instituciones educativas, o de las organizaciones de la sociedad civil,
así como en el salón Dr. Néstor Carlos Kirchner sito en la planta baja
de la sede del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la
Nación.
Durante los encuentros se realizarán diversas actividades pedagógicas,
según el nivel educativo de los niños, niñas, adolescentes o personas
adultas orientadas a brindar una capacitación en conceptos ambientales
generales, cambio climático y biodiversidad. Los temas abordados y las
actividades desarrolladas se adaptarán a los niveles de formación de
los grupos que concurran al Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible de la Nación.
6) DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
El desarrollo de las acciones establecidas en el Programa queda a
criterio y disponibilidad del Ministerio de Ambiente que puede
variarlas conforme lo considere necesario y serán de manera presencial
necesariamente.
7) INSCRIPCIÓN
Para participar del Programa los establecimientos educativos deberán
inscribirse accediendo al formulario de inscripción del sitio web del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación. Allí
deberán completar los datos de la Institución Educativa (Nombre,
dirección, comuna/municipio, teléfono, nombre del directivo, correo
electrónico institucional), los datos del/la docente responsable y
adultos que asistan junto al curso, y los datos de los/as alumnos/as.
Con posterioridad de la asistencia al Programa, se le enviará al equipo
docente una encuesta de satisfacción, con el fin de conocer sus
opiniones y sugerencias, y de esta manera aplicar una mejora continua
del programa. Se mantendrá un canal de comunicación y vínculo con la
institución educativa.
8) DIFUSIÓN
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, a
través de los canales habituales del organismo como lo son su página
web y sus redes sociales oficiales y aquellos que considere, dará a
conocer el Programa para invitar a las instituciones que deseen
inscribirse.
IF-2022-93126353-APN-DNEAYPC#MAD