ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
Resolución Sintetizada 51/2022
El Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha
dictado en el expediente electrónico EX-2022-00021128- -ERAS-SEJ#ERAS
la Resolución ERAS Nº 51 de fecha 19/10/22
(RESFC-2022-51-E-ERAS-SEJ#ERAS) por la cual se acepta una encomienda de
la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente del MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS, transcribiéndose a continuación los artículos:
“ARTÍCULO 1º.- Acéptase la encomienda formulada a este ENTE REGULADOR
DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) por los artículos 8º, 10º y 12°de la
Resolución Nº 183/2022 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente
del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS en orden a la creación, administración
y control de los registros de MANTENIMIENTO DE SUBSIDIOS y de RENUNCIA
AL SUBSIDIO.
ARTÍCULO 2º.- Créase en el ámbito de este ENTE REGULADOR DE AGUA Y
SANEAMIENTO (ERAS) el REGISTRO DE MANTENIMIENTO DE SUBSIDIOS, a efectos
de la conformación del padrón de beneficiarios y beneficiarias del
régimen de subsidios, respecto de los usuarios y las usuarias de la
categoría residencial cuyos inmuebles se localizan en áreas de
coeficientes zonales 3,50; 3,10, 2,75; 2,40; 2,20; 2,00, 1,80; 1,60,
que soliciten el mantenimiento del subsidio de Estado Nacional.
ARTÍCULO 3º:- Créase en el ámbito de este ENTE REGULADOR DE AGUA Y
SANEAMIENTO (ERAS) el REGISTRO DE RENUNCIA AL SUBSIDIO que estará
conformado por aquellos usuarios y usuarias que alcanzados o alcanzadas
por el subsidio del Estado Nacional establecido en los artículos 2°, 3°
y 4° de la Resolución SOP N° 183/22 pretendan renunciar al mismo.
ARTÍCULO 4°.- Las declaraciones juradas presentadas por las personas
usuarias a efectos de inscribirse en el REGISTRO DE MANTENIMIENTO DE
SUBSIDIOS de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución
conformarán la base de datos de los registros dispuestos por la
Resolución SOP N° 183/2022, y estarán disponibles en formato digital en
el sitio web https://argentina.gob.ar para asegurar su despliegue
seguro, ágil y gratuito, conforme así se establece en la mencionada
Resolución SOP Nº 183/2022.
Las declaraciones juradas serán accesibles desde dispositivos móviles,
computadores personales, como así también en las oficinas de atención
al público de AySA.
El formulario de Declaración Jurada, podrá ser modificado a fin de
optimizar la información que se requiere para el mejor funcionamiento
del sistema.
Las notificaciones serán válidas en el domicilio electrónico denunciado
por los usuarios y usuarias en sus Declaraciones Juradas.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que en la implementación de los Registros se
observe lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales Nº
25.326 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 6°.- Autorízase al señor Presidente del Organismo a suscribir
convenios, aprobar procedimientos y todo aquello que resulte necesario
para llevar a cabo lo dispuesto en la Resolución SOP 183/2022, y en la
presente.
ARTÍCULO 7º.- Las tareas inherentes a las encomiendas aceptadas serán
oportunamente asignadas a los distintos estamentos de este ENTE
REGULADOR por la Presidencia de este Organismo.
ARTÍCULO 8°.- Regístrese, tomen conocimiento las Gerencias y
Departamentos, la Defensora del Usuario de este Ente Regulador;
comuníquese a la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA, a la
AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA), a AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS
SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), a la COMISIÓN ASESORA y a la SINDICATURA DE
USUARIOS DEL ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTO OFICIAL para su publicación extractada
y, cumplido, archívese.”
Firmas: Lic. Walter A. MENDEZ - Presidente.
Ing. Eduardo A. BLANCO - Director.
Aprobada por Acta de Directorio Nº 6/22.
Walter Méndez, Presidente.
e. 24/10/2022 N° 85202/22 v. 24/10/2022