MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
Resolución 724/2022
RESOL-2022-724-APN-MMGYD
Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2022
VISTO el Expediente EX-2022-114164216- -APN-CGD#MMGYD, el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019
modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus
modificatorias, la Resolución MMGyD N° 566/22, y,
CONSIDERANDO:
Que desde la vuelta de la democracia en nuestro país se realizan, de
forma ininterrumpida encuentros de mujeres, con el objetivo de debatir,
construir su agenda política y organizarse para conquistar derechos.
Que hace al menos 35 años que estos Encuentros se llevan a cabo una vez
al año en distintas ciudades de nuestro país y donde se propone un
intercambio que permite fortalecer las redes territoriales y a quienes
participan construyendo estrategias frente a las desigualdades de
género que las atraviesan cotidianamente.
Que de esos espacios de debate han surgido instancias de coordinación
del movimiento feminista tales como la Campaña Nacional por el Derecho
al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, pioneras en plantear la necesidad
de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en nuestro país y
protagonistas de la conquista de la Ley N° 27.610.
Que una de las demandas históricas de los Encuentros ha sido la
creación de espacios institucionales que permitan crear políticas
públicas en materia de género y diversidad, siendo el MINISTERIO DE LAS
MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD (en adelante, MMGYD) fruto de esas
demandas.
Que la Ley N° 23.515 de Divorcio Vincular (1987), la Ley N° 24.012 de
Cupo Femenino (1991), la Ley N° 25.673 de creación del Programa
Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (2002), la Ley N°
26.150 de Educación Sexual Integral (2006), la Ley N° 26.485 de
Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia
contra las mujeres (2009), y varias otras legislaciones en materia de
género y diversidad fueron gestadas gracias a los debates producidos en
esos Encuentros.
Que en el año 2020 debido a la emergencia sanitaria ocasionada por el
virus COVID19 no pudo realizarse el 35° Encuentro y por eso este año se
ha retomado su organización para poder darle continuidad a estos
eventos hacia adelante.
Que en el 34° Encuentro realizado en la ciudad de La Plata en el año
2019 se eligió sede del 35° Encuentro a la ciudad de San Luis, en la
provincia de San Luis.
Que se ha confirmado la realización, en la ciudad de San Luis, del 35°
Encuentro Nacional de Mujeres convocado para el 19, 20 y 21 de
noviembre del 2022.
Que, atendiendo a los compromisos asumidos, este Ministerio tiene un
particular y concreto interés en reconocer la importancia que tiene
este tipo de espacios de debate para el movimiento feminista y de la
diversidad.
Que, por su parte, mediante la Resolución N° 566/2022 de este
Ministerio, se creó el “Programa para el fortalecimiento de la
participación social y ciudadana en materia de género y diversidad” el
cual contempla el apoyo económico para promover la participación
federal de las organizaciones sociales y de la sociedad civil en
actividades que hayan sido declaradas de interés por el MMGyD y que por
lo tanto resulten espacios de importancia social y colectiva en materia
de promoción de los derechos de las mujeres y LGBTI+.
Que en la mencionada Resolución se establecen los lineamientos
generales, requisitos de elegibilidad, el procedimiento administrativo,
modelo de nota para solicitar el apoyo económico y la declaración
jurada a firmar por las organizaciones sociales solicitantes.
Que, para que las organizaciones sociales puedan postular al
otorgamiento de un apoyo económico es necesario que la actividad y/o
encuentro sea declarada de interés por parte del MMGYD (cfr. Anexo III
del PROGRAMA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y
CIUDADANA EN MATERIA DE GÉNERO Y DIVERSIDAD”
(IF-2022-74422552-APN-UGA#MMGYD) mediante una Resolución donde se
determinarán los rubros a financiar, las fechas de inscripción al
Programa y los plazos para la ejecución a los efectos de la rendición
de cuentas.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ambas dependientes de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE LAS MUJERES,
GÉNEROS Y DIVERSIDAD han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en los
artículos 23 ter, apartado 7 °, y 4, inciso b), punto 6 de la Ley de
Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase de interés el 35° Encuentro Nacional de
Mujeres, a celebrarse en la ciudad de San Luis, convocado para el 19,
20 y 21 de noviembre del 2022.
ARTÍCULO 2º.- Determínase que el/los apoyos otorgados a las
organizaciones con personería jurídica podrán ser destinados a los
rubros detallados a continuación: a) traslados terrestres dentro del
territorio argentino para garantizar la asistencia de integrantes de la
organización social a las actividades, eventos o encuentros referidos;
y b) insumos de comunicación, difusión y/o folletería vinculados
exclusivamente con la organización y participación de la organización
social en las actividades, eventos o encuentros referidos.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que se podrán presentar solicitudes de apoyo
económico, conforme lo establecido en el Anexo II “Requisitos de
Elegibilidad del PROGRAMA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN
SOCIAL Y CIUDADANA EN MATERIA DE GÉNERO Y DIVERSIDAD”
(IF-2022-68676368-APN-UGA#MMGYD) hasta el día 4 de noviembre de 2022 a
las 12:00 horas; y deberán ser dirigidas, por correo electrónico, a
meys@mingeneros.gob.ar
ARTÍCULO 4°.- Establécese que el plazo de ejecución comenzará a
computarse a partir del día hábil siguiente a la notificación del acto
administrativo que otorga el apoyo económico.
ARTÍCULO 5°.- Establécese que la fecha límite para la ejecución del
gasto será hasta DIEZ (10) días hábiles posteriores a la finalización
de la actividad para la cual se solicitó el apoyo económico.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ximena Ayelén Mazzina Guiñazú
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/10/2022 N° 87443/22 v. 28/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Anexo II
Requisitos de Elegibilidad del Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad.
CRITERIOS GENERALES.
Las organizaciones sociales y de la sociedad civil que deseen solicitar apoyo económico en el marco del
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad,
deberán enviar la documentación detallada en este Anexo a la casilla
del correo electrónico de la Mesa de Entradas y Salidas del MMGyD:
meys@mingeneros.gob.ar
Toda la información referida al
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad se encuentra disponible en la Página Web del MMGyD: www.argentina.gob.ar/generos
Por último, cabe destacar que este documento debe ser leído en conjunto con los siguientes Anexos:
• Anexo I: Lineamientos generales del
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad.
• Anexo III: Procedimiento Administrativo del
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad.
• Anexo IV: Términos y condiciones del
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad.
• Anexo V: Nota de Solicitud del
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad.
• Anexo VI: Declaración Jurada del
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad.
EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES.
El ingreso al
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad
resulta incompatible y excluyente para aquellas organizaciones sociales
que cuenten con rendiciones de cuentas de subsidios otorgados en el
ámbito del MMGyD, en situación de mora, y así también para las que sean
destinatarias de un Programa Nacional que otorgue un apoyo económico
por el mismo concepto y con igual fin.
A efectos de verificar las incompatibilidades detalladas, las
destinatarias deberán completar y suscribir una Declaración Jurada
(Anexo VI).
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.
A continuación, se detalla la
documentación que deberán presentar aquellas organizaciones sociales y
de la sociedad civil interesadas en solicitar el apoyo del
Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad.
La documentación presentada será evaluada por el/las área/s
sustantiva/s del MMGyD responsable/s del Programa, en función de la
temática de cada actividad y/o encuentro y del perfil de la
organización solicitante. Asimismo, el MMGyD se reserva la facultad de
solicitar cualquier otra documentación que considere pertinente a los
efectos de la implementación del Programa.
Las organizaciones sociales y de la sociedad civil que soliciten apoyo
económico en el marco del Programa, deberán enviar la documentación
detallada en el Anexo II “Requisitos de Elegibilidad” a la casilla del
correo electrónico de la Mesa de Entradas y Salidas del MMGyD:
meys@mingeneros.gob.ar
a. LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Y DE LA SOCIEDAD CIVIL CON PERSONERÍA JURÍDICA DEBERÁN PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
I.
Constancia de Personería Jurídica: Resolución
de otorgamiento de la personería jurídica/Constancia de inscripción
ante el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI)/Instituto
Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), etc.
II.
Acta Constitutiva y Estatuto actualizado, según corresponda.
III.
Acta de designación de autoridades vigente.
IV.
DNI de las personas facultadas para representar a la organización solicitante (frente y dorso) Ej. Presidente/a, secretario/a, tesorero/a u otro/a.
V.
Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
VI.
Nota de solicitud de subsidio (Anexo V) firmada por la/las/los responsables legales de la organización según estatuto.
VII.
Declaración jurada del programa (Anexo VI) firmada por la/las/los responsables legales de la organización según estatuto.
VIII.
Términos y condiciones del Programa para el Fortalecimiento de la Participación Social y Ciudadana en Materia de Género y Diversidad (Anexo IV), firmada por la/las/los responsables legales de la organización según estatuto.
Si la organización cuenta con número de ente incluido en el Padrón
Único de Entes del Sistema Integrado de Información Financiera
(E-SIDIF) deberá informarlo. En caso de no contar con número de ente
deberá enviar:
I.
Formulario de Alta de Entes firmado por la autoridad que ejerce la representación legal de la organización, en caso de corresponder.
II.
Formulario Original de Autorización de “Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional” firmado por los/as titulares de cuenta, con certificación de las firmas por el banco, en caso de corresponder.
Certificación de cuenta bancaria donde consten todos los datos de la cuenta (
número
de cuenta, CBU, CUITdel titular de la cuenta, nombre del titular,
denominación de la cuenta, banco, nombre de la sucursal, número de
sucursal y domicilio), con firma y sello de empleado/a bancario/a.
IF-2022-68676368-APN-UGA#MMGYD