MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución Conjunta 6/2022
RESFC-2022-6-APN-MJ
Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-109896932- -APN-DCYF#SPF, la Ley
Orgánica del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Nº 17.236 (según texto Ley
Nº 20.416), la Resolución de Firma Conjunta del MINISTERIO DE ECONOMÍA
y del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº RESFC-2022-4-APN-MJ
del 29 de junio de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por aplicación del Decreto N° DECTO-2019-586-APN-PTE del 22 de
agosto de 2019, la Resolución N° RESOL-2019-607-APN-MJ del 27 de agosto
de 2019 y por la Resolución Conjunta citada en el Visto de la presente,
se fijó una nueva escala salarial para el Personal del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL.
Que teniendo en consideración las exigencias del servicio y los
cometidos propios de la Institución Penitenciaria, con la finalidad de
garantizar la implementación de una justa y equitativa escala
retributiva del personal penitenciario, resulta necesario dejar sin
efecto los aumentos fijados por los artículos 3° y 4° de la Resolución
Conjunta Nº RESFC-2022-4-APN-MJ, con el objeto de establecer una nueva
y actualizada escala de haberes para el citado personal.
Que a través del incremento de la retribución que se otorga con la
presente medida, se mantiene una adecuada jerarquización con relación a
la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta
ejecución de las actividades del personal del SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL.
Que en tal entendimiento resulta procedente fijar los importes del
“Haber Mensual”, las compensaciones, suplementos particulares, Régimen
de Viáticos, complemento particular y los correspondientes a los
conceptos “Resarcimiento de Gastos” y “Reintegro de Gastos de Sepelio”,
modificando así las escalas salariales vigentes.
Que han tomado la intervención que les compete la COMISIÓN TÉCNICA
ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el
artículo 4º, inciso b), apartado 12 de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus
modificaciones) y, el artículo 3°, inciso h), apartado I) del Decreto
N° 101/85 y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
Y
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Déjanse sin efecto los artículos 3° y 4° de la Resolución
Conjunta Nº RESFC-2022-4-APN-MJ del 29 de junio de 2022 y sus
respectivos Anexos.
ARTÍCULO 2º.- Fíjanse, a partir del 1º de noviembre de 2022 y a partir
del 1º de enero de 2023, respectivamente el Haber Mensual, los importes
correspondientes a las compensaciones por “Fijación de Domicilio”,
“Variabilidad de Vivienda”, “Título Académico”, el suplemento
particular por “Zona Sur”, el Régimen de Viáticos, el complemento
particular “Función Ejecutiva” y los importes correspondientes a
“Resarcimiento de Gastos” y “Reintegro de Gastos de Sepelio” para el
personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, conforme los importes que
para los distintos grados y jerarquías se detallan en el Anexo que
forma parte de la presente Resolución (IF-2022-109896589-APN-DCYF#SPF).
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por
la presente medida será atendido con los créditos que se asignen a la
Jurisdicción 40 – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
Subjurisdicción 02 - Servicio Penitenciario Federal, del Presupuesto
General de la Administración Nacional.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sergio Tomás Massa - Martín Ignacio Soria
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta no se publica/n.
e. 31/10/2022 N° 88065/22 v. 31/10/2022