JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
Resolución 519/2022
RESOL-2022-519-APN-SEDRONAR#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-115543287-APN-CGDS#JGM, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992
y sus modificatorias), los Decretos Nros. 101 del 16 de enero de 1985,
Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, Nº 51 del 10 de enero de 2020 y Nº
606 de fecha 20 de julio de 2020, la Decisión Administrativa N° 1865
del 14 de octubre de 2020, la Resolución SEDRONAR N° 266 del 26 de
junio de 2014, la Resolución N° RESOL-2022-191-APN-SEDRONAR#JGM del 25
de abril de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11 del Decreto de Necesidad de Urgencia Nº 7/19
transfiere de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA
NACIÓN ARGENTINA a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los créditos
presupuestarios, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes
a la fecha.
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprueba el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y,
asimismo, las misiones y funciones de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA y sus respectivas
Subsecretarías.
Que por el Decreto Nº 606/20 se sustituyeron, del ANEXO II -Objetivos-
aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios,
en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de
la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN
ARGENTINA y de sus dependientes Subsecretarías, por los obrantes en la
PLANILLA ANEXA (IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM) que forma parte
integrante del citado Decreto.
Que la Decisión Administrativa N° 1865/20 aprueba la estructura
organizativa del primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA.
Que, de acuerdo a la norma citada supra, es competencia de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE ATENCIÓN CRÍTICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS establecer una red de
los centros de internación, dispositivos ambulatorios y consultorios
externos en coordinación con el MINISTERIO DE SALUD y las áreas
correspondientes de la Administración Pública Nacional, Provincial y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con los lineamientos
establecidos por la Secretaría, definiendo los protocolos de
intervención dispuestos por la Ley de Salud Mental N° 26.657, así como
también, planificar e implementar un sistema de atención inmediata,
derivación y acompañamiento integral para las personas que atraviesen
situaciones de consumo problemático.
Que el inciso g) del artículo 1° del Decreto Nº 101/85 delega en los
señores Ministros, Secretarios ministeriales y Secretarios y Jefe de la
Casa Militar de la Presidencia de la Nación, la facultad para resolver
sobre los asuntos de su jurisdicción relativos a las contribuciones y
subsidios, incluidas becas, con cargo a las partidas presupuestarias
correspondientes a la administración central, cuentas especiales y
organismos descentralizados de su jurisdicción, con intervención del
Ministerio de Salud y Acción Social, cuando corresponda, de acuerdo con
la Ley N° 17.502 y sus modificatorias.
Que por la Resolución SEDRONAR N° 266/14 se aprobó el “PROGRAMA
INTEGRAL DE ATENCIÓN, ASISTENCIA E INTEGRACIÓN DE PERSONAS QUE
PRESENTAN UN CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS”.
Que en el marco de dicho Programa (ANEXO I de la Resolución SEDRONAR N°
266/14), se previó expresamente que una normativa posterior y
complementaria, aprobaría los aranceles máximos pagaderos a las
Entidades prestatarias de servicios asistenciales.
Que por la Resolución N° RESOL-2022-191-APN-SEDRONAR#JGM se aprobaron
los aranceles máximos, en concepto de los subsidios individuales
pagaderos a la Instituciones Prestadoras, en virtud de los servicios
brindados en el marco del “PROGRAMA INTEGRAL DE ATENCIÓN, ASISTENCIA E
INTEGRACIÓN DE PERSONAS QUE PRESENTAN UN CONSUMO PROBLEMÁTICO DE
SUSTANCIAS”, a partir del 1° de mayo de 2022.
Que desde la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN CRÍTICA, mediante el
Informe Técnico N° IF-2022-115771286-APN-DNAC#JGM, se ha sugerido
disponer un incremento escalonado, en DOS (2) etapas, respecto a los
aranceles máximos aprobados por la Resolución Nº
RESOL-2022-191-APN-SEDRONAR#JGM para cada Categoría y modalidad
prestacional prevista, conforme el detalle contenido en los ANEXOS I
(IF-2022-115771595-APN-DNAC#JGM) y II (IF-2022-115771446-APN-DNAC#JGM),
respectivamente.
Que, de acuerdo a los fundamentos expuestos por la citada Dirección
Nacional, y en virtud del tiempo transcurrido desde la última
actualización arancelaria y del incremento de los costos fijos y otras
variables que integran el presupuesto de las Instituciones Prestadoras
adheridas al “PROGRAMA INTEGRAL DE ATENCIÓN, ASISTENCIA E INTEGRACIÓN
DE PERSONAS QUE PRESENTAN UN CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS”, es
preciso disponer un nuevo aumento de los montos reconocidos en concepto
de los servicios prestados con el objetivo de fortalecer las acciones
que desarrollan y evitar una merma en la calidad de la prestación que
ofrecen.
Que, lo indicado precedentemente, también se enmarca en el objetivo de
posibilitar el adecuado financiamiento de las intervenciones que
realizan estos establecimientos, procurando una mejora integral en
términos de calidad prestacional, así como también, propender a la
profundización de las estrategias dispuestas por este Organismo en
torno a la asistencia en materia de los consumos problemáticos.
Que la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS
ha prestado conformidad con lo propiciado en el marco de las presentes.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado la
intervención de su competencia y ha informado la existencia de crédito
presupuestario suficiente para afrontar el gasto que demande la
presente medida.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DE LA SEDRONAR ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades atribuidas por el
inciso g) del artículo 1° del Decreto Nº 101/85 y por el ANEXO I de la
Resolución SEDRONAR N° 266/14.
Por ello,
LA SECRETARIA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjese sin efecto, a partir del 1° de octubre de 2022, la
Resolución N° RESOL-2022-191-APN-SEDRONAR#JGM de fecha 25 de abril de
2022.
ARTÍCULO 2°.- Apruébense los “ARANCELES MÁXIMOS DE PRESTACIONES POR
SUBSIDIOS INDIVIDUALES PREVISTOS EN EL PROGRAMA INTEGRAL DE ATENCIÓN,
ASISTENCIA E INTEGRACIÓN DE PERSONAS QUE PRESENTAN UN CONSUMO
PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS” que como ANEXO I
(IF-2022-115771595-APN-DNAC#JGM) forma parte de la presente Resolución,
los que regirán para el mes de octubre de 2022 y resultan de aplicación
al Programa regulado por el ANEXO I de la Resolución SEDRONAR N° 266/14.
ARTÍCULO 3°.- Apruébense los “ARANCELES MÁXIMOS DE PRESTACIONES POR
SUBSIDIOS INDIVIDUALES PREVISTOS EN EL PROGRAMA INTEGRAL DE ATENCIÓN,
ASISTENCIA E INTEGRACIÓN DE PERSONAS QUE PRESENTAN UN CONSUMO
PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS” que como ANEXO II
(IF-2022-115771446-APN-DNAC#JGM) forma parte de la presente Resolución,
los que regirán a partir del 1° de noviembre de 2022 y resultan de
aplicación al Programa regulado por el ANEXO I de la Resolución
SEDRONAR N° 266/14.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será
atendido con cargo a las partidas específicas para el correspondiente
año financiero.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriela Andrea Torres
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/11/2022 N° 88144/22 v. 01/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)