MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1714/2022
RESOL-2022-1714-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2022
VISTO el EX-2022-50070914- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o.1.976), y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 2/3 del IF-2022-50076971-APN-DGD#MT del expediente
de referencia, obra el acuerdo suscripto entre la ASOCIACIÓN BANCARIA
(SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por la parte sindical, y el BANCO
CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, cuya
homologación las partes solicitan conforme a lo dispuesto por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho instrumento las partes pactan otorgar un beneficio
“Plan de Salud” con las vigencias y detalles previstos en el texto.
Que asimismo, es dable aclarar que el mencionado acuerdo se suscribe en
el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75 y en virtud del
compromiso asumido por las partes por el acuerdo N° 1651/21 que fuera
oportunamente homologado por la RESOL-2021-1439-APN-ST#MT.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo se circunscribe a la
estricta correspondencia entre la parte empleadora firmante y la
entidad sindical signataria emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por la parte
sindical, y el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte
empleadora, obrante en las páginas 2/3 del IF-2022-50076971-APN-DGD#MT
del EX-2022-50070914-APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del
instrumento homologado por el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado de esta Resolución, las partes
deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la
Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/11/2022 N° 80800/22 v. 03/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)