ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS S.E.
Resolución 180/2022
RESOL-2022-180-APN-AGP#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-93762805-APN-MEG#AGP iniciado en la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° RESOL-2021-136-APN-AGP#MTR del 9 de septiembre de
2021 se aprobó el llamado a Licitación Pública 13/2021 para la
contratación de las tareas de “DRAGADO DE MANTENIMIENTO DE LA VÍA
NAVEGABLE TRONCAL” y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
las Especificaciones Técnicas contenidas en el documento identificado
como PLIEG-2021-84407303-APN-GIYP#AGP; autorizando en ese mismo acto la
Contratación Directa por urgencia con la firma COMPAÑÍA SUDAMERICANA DE
DRAGADOS S.A. por los trabajos de “DRAGADO DE MANTENIMIENTO DE LA VÍA
NAVEGABLE TRONCAL”.
Que, a través de la Resolución N° RESOL-2022-38-APN-AGP#MTR de fecha 18
de marzo de 2022 se dejó sin efecto la referida Licitación Pública
13/2021, ordenando confeccionar un nuevo pliego para proceder a
efectuar un nuevo llamado a licitación.
Que, asimismo, el MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACION mediante
Resolución N° RESOL-2022-515-APN-MTR prorrogó en los términos del
inciso a) del artículo 3° del Decreto N° 427 del 30 de junio de 2021,
el Contrato de Concesión suscripto con esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE
PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (IF-2021-82156590-APN-MTR), de fecha 2 de
septiembre de 2021, relativo a la operación para el mantenimiento del
sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y el
correspondiente control hidrológico de la Vía Navegable Troncal desde
el 11 de septiembre de 2022, fecha de vencimiento del plazo actual,
hasta la toma de servicio por parte de quien o quienes resultaren
adjudicatarios de la licitación encomendada por el Decreto N° 949 del
26 de noviembre de 2020.
Que, bajo la coordinación de la GERENCIA GENERAL, distintas áreas de
esta Sociedad del Estado han confeccionado el anteproyecto de Pliego de
Bases y Condiciones para la Licitación del Dragado de la Vía Navegable
Troncal identificado como IF-2022-96026369-APN-GG#AGP.
Que la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO mediante Nota N°
NO-2022-97371691-APN-GIYP#AGP ha remitido la justificación del
presupuesto oficial por un valor promedio en DOLARES ESTADOUNIDENSES
SEIS CON 53/100 (USD 6,53) por metro cúbico de dragado, y por un total
de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES (USD
179.000.000) más IVA.
Que el plazo contractual que se propone es de cuatrocientos diez (410)
días corridos desde la firma del Acta de Iniciación, con la posibilidad
de prorrogarlo hasta la toma de servicio por parte de quien o quienes
resultaren adjudicatarios de la Licitación encomendada en el artículo 1
del Decreto 949/2020, con un límite máximo de doce (12) meses.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS mediante Dictamen N°
IF-2022-COMPLETAR-APN-GAJU#AGP, recomendó habilitar un espacio
institucional para la expresión de opiniones y propuestas, con la
finalidad de permitir una efectiva participación de los interesados en
el proceso de formación del documento en trato, con carácter previo a
su aprobación.
Que, en atención a la naturaleza de norma administrativa de alcance
general que ha de revestir el pliego de bases y condiciones en ciernes,
se estima conveniente implementar la aplicación analógica del
Procedimiento para la Elaboración Participativa de Normas aprobado como
Anexo V por el Decreto N° 1172 de Acceso a la Información Pública de
fecha 3 de diciembre de 2003.
Que la presente medida se adopta en ejercicio de las atribuciones
establecidas en los artículos 2° y 3° de la Ley 23.696, el Estatuto
Social de AGPSE, aprobado por Decreto 1456 de fecha 4 de septiembre de
1987, el Decreto 501 de fecha 29 de mayo de 2020,
Por ello,
EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Declárase abierto el Procedimiento Participativo a los
efectos de la elaboración del Pliego de Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas para las tareas de “DRAGADO DE LA VÍA
NAVEGABLE TRONCAL”, cuyo proyecto identificado como
IF-2022-96026369-APN-GG#AGP se adjunta como Anexo I integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase a la GERENCIA GENERAL de esta ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO como Autoridad Responsable con
facultades para:
a) Dirigir el procedimiento que se declara abierto por el artículo 1°
de la presente Resolución, y adoptar todas las medidas expeditivas e
inmediatas tendientes a garantizar el respeto de los principios de
igualdad, publicidad, informalidad y gratuidad.
b) Publicar la presente resolución y sus Anexos por el término de dos
(2) días en el Boletín Oficial de la República Argentina, y por el
término de quince (15) días en el sitio web
https://www.argentina.gob.ar/transporte/administracion-general-puertos-se/via-navegable-troncal/transparencia,
a los efectos de invitar a los interesados a expresar opiniones y
propuestas sobre el proyecto referido en el artículo 1°.
c) Iniciar un Expediente en el sistema GDE, al cual se agregarán las
copias de las publicaciones, las opiniones y propuestas recibidas de
conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la presente
Resolución, y las constancias de cada una de las etapas del
procedimiento que se instruye. Dicho expediente estará a disposición de
los interesados para su consulta, y se otorgará vista a cualquier
persona que así lo solicite.
d) Habilitar y consignar en el sitio web
https://www.argentina.gob.ar/transporte/administracion-general-puertos-se/via-navegable-troncal/transparencia
una casilla de correo electrónico y una dirección postal a efectos de
recibir comentarios informales, que no se incorporarán al expediente
que refiere el inciso b) del presente artículo;
c) Garantizar un plazo de QUINCE (15) días para la presentación de
opiniones y propuestas a partir del día hábil siguiente a la
finalización de las publicaciones encomendadas por el inciso b).
ARTICULO 3°. Los interesados en acompañar opiniones y propuestas, deberán:
a. Confeccionar un formulario, con la siguiente información mínima: 1.
NOMBRE Y APELLIDO. 2. DNI. 3. FECHA Y LUGAR DE NACIMIENTO. 4.
NACIONALIDAD. 5. DOMICILIO. 6. TELEFONO DE CONTACTO. 7. DIRECCION DE
CORREO ELECTRONICO. 8. CARÁCTER EN QUE SE PRESENTA 9. CONTENIDO DE LA
OPINION Y/O PROPUESTA 10. DETALLE DE LA DOCUMENTACION ACOMPAÑADA. En
caso de actuar como representante de Persona Jurídica, indicar los
siguientes datos de su representada: 1. DENOMINACION / RAZON SOCIAL. 2.
DOMICILIO. 3. INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA PERSONERIA INVOCADA
b. En defecto del inciso anterior, completar el formulario que se
encuentra disponible a tales efectos en el siguiente enlace
https://www.argentina.gob.ar/transporte/administracion-general-puertos-se/via-navegable-troncal/transparencia,
y que como Anexo II (IF-2022-99792873-APN-SG#AGP) forma parte de la
presente;
c. Enviar el formulario a la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD
DEL ESTADO a través del sistema de Trámite a Distancia (TAD), eligiendo
la opción “Presentación ciudadana ante el poder ejecutivo”, en atención
a que se encuentra implementado el Sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE).
Las presentaciones que no se ajusten a lo establecido en el presente
artículo, no serán consideradas en el procedimiento que refiere el
artículo 1° de la presente resolución.
ARTICULO 4°.- Las observaciones, opiniones y/o sugerencias que se
formulen en el procedimiento que regula la presente resolución no
tendrán carácter vinculante.
Se receptarán exclusivamente aquellos aportes que se consideren
convenientes y conducentes, en la medida en que exista un criterio
expreso y concordante de las áreas técnicas intervinientes de esta
ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Por la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA de la GERENCIA GENERAL,
comuníquese a todas las dependencias de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE
PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y publíquese según lo indicado en el
artículo 2°.
José Carlos Mario Beni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/11/2022 N° 89493/22 v. 07/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)