ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 630/2022
RESOL-2022-630-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-71001561- -APN-ANAC#MTR, el Decreto Nº
1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, las Resoluciones de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N°730-E de fecha 26 de
septiembre de 2017, N°7-E de fecha 11 de enero de 2018, N° 81-E de
fecha 22 de marzo de 2021 y N° 237 de fecha 12 de mayo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el CENTRO DE INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN
(CIPE) dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
(ANAC) brinda cursos a la comunidad aeronáutica relacionados con
diversas temáticas vinculadas con la Aviación Civil, en el país y en la
región, teniendo vasta trayectoria en el dictado de cursos relacionados
con la Actividad Aeronáutica, con una infraestructura acorde a las
exigencias impuestas por la normativa nacional e internacional.
Que mediante la Resolución ANAC N° 730–E de fecha 26 de septiembre de
2017 se aprobó la actualización del cuadro arancelario, correspondiente
a las distintas capacitaciones llevadas adelante en el CIPE.
Que mediante la Resolución ANAC N° 237-E de fecha 12 de mayo de 2022 se
modificó el cuadro arancelario del CIPE de esta Administración Nacional.
Que la oferta académica se incrementó conforme a requerimientos del
mercado y se rediseñaron y actualizaron cursos, a solicitud de la
demanda de la comunidad aeronáutica.
Que se incorporan cursos de la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE TRANSPORTE
AÉREO (IATA) como parte de la firma de un convenio entre esta
Administración Nacional y la mencionada Asociación.
Que es necesaria una modificación para generar nuevos códigos y
reajuste de aranceles para los cursos dictados en el citado Centro de
Instrucción.
Que esta Administración Nacional tiene entre sus objetivos el fomento
de la Aviación Civil, y para llevar a cabo los mismos resulta necesario
aprobar los nuevos cursos, códigos y valores arancelarios
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ANAC ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el Anexo GDE IF-2022-43323703-APN-CIPE#ANAC
aprobado por la Resolución de la ADMINISTRACIÓ NACIONAL DE AVIACION
CIVIL N° 237-E de fecha 12 de mayo de 2022 y apruébense los cursos y
valores arancelarios de los cursos dictados por el CENTRO DE
INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN (CIPE) de esta
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) de acuerdo al Anexo
GDE IF-2022-75512433-APN-CIPE#ANAC que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese y difúndase mediante la página “web” institucional del Organismo.
ARTÍCULO 3°.- Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, y cumplido archívese.
Paola Tamburelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web de la ANAC.
e. 04/11/2022 N° 89386/22 v. 04/11/2022