MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
Resolución 2/2022
RESOL-2022-2-APN-SECPT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2022
VISTO el expediente EX-2022-109259416-APN-DGD#MTR, la Ley N° 27.132, el
Decreto N° 194 de fecha 18 de abril de 2022, la Resolución N° 300 del
30 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 4
del 19 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 4 del 29 de
abril de 2021 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 8 del 19 de noviembre de
2021 de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, el expediente EX-2020-71488620-APN-SECPT#MTR,
el expediente EX-2020-73808973- APN-DGD#MTR, el expediente
EX-2022-53232918-APN-DGD#MTR, el expediente
EX-2022-65668039-APN-DGD#MTR, el expediente
EX-2022-51272309-APN-DGD#MTR, el Memorándum de Entendimiento
IF-2022-91695615-APN-SECPT#MTR entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE y
ARGENTINE GCC BUSINESS PLATFORM S.A. y el expediente
EX-2022-89279935-APN-DGD#MTR, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 27.132 establece como uno de los principios de la
política ferroviaria nacional la interconexión de los sistemas
ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte
(artículo 2°, inciso c).
Que la Resolución N° 300/2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE aprobó el
“Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado
(PARAR)” con el objeto de diseñar y desarrollar puntos de asistencia en
ruta en todo el territorio nacional con criterio orgánico e integrador,
a través de una red nacional que brinde servicios al autotransporte
registrado en cualquier región del país, que facilite el cumplimiento
de las exigencias del descanso y la apoyatura a la actividad de
suministro y abastecimiento, y que se articule con los principales
centros generadores y atractores de viajes, de transferencia de cargas
y nodos logísticos, de forma tal de complementar las medidas de
carácter regulatorio con aquellas otras de desarrollo infraestructural
que hagan posible la verdadera jerarquización de los servicios de
transporte productivo, logística y fortalecimiento de las cadenas de
valor (artículo 1°).
Que el Anexo I de la citada resolución contempla dentro de la tipología
de nodos a desarrollar la Interfase Logística, “que constituye una base
especializada de servicios complementarios a la carga y la actividad
económica en espacios de más de 10 hectáreas para el movimiento y
estacionamiento de más de 200 camiones. La instalación de un Punto de
Asistencia en dichos espacios permite descongestionar las rutas,
reducir las esperas/demoras de los transportistas en las terminales o
puertos y generar mejores condiciones de trabajo para los
transportistas”.
Que la Resolución N° 8/2021 de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN
INTERJURISDICCIONAL aprueba los lineamientos conceptuales para el
desarrollo del “Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte
Registrado (PARAR)” creado por el artículo 1° de la Resolución N°
300/2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y en su Anexo
(IF-2021-112705030-APN-SAI#MTR) describe los Puntos de Asistencia de
Interfase Logística como aquellos “ubicados cerca de centros atractores
de carga (como pueden ser puertos, fábricas, polos industriales o
grandes ciudades), en cuyo caso la localización dependerá más de la
eventual articulación con dichos centros que de la cercanía a una ruta;
y su tipología atenderá, además de las funciones de asistencia comunes
al Programa, a su utilización como puerto seco, antepuerto, centro de
ruptura de cargas y/o centro de transferencia”.
Que del décimo octavo considerando del Decreto N° 194/2022 surge que
todas las medidas llevadas a cabo por las áreas con competencia
sustantiva (en materia de transporte automotor de cargas) deben ser
apoyadas con las herramientas financieras surgidas de los recursos
fiscales que provee el propio sector, y dar así cumplimiento a lo
dispuesto por la normativa antes citada.
Que la Resolución N° 4/2020 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
TRANSPORTE creó el CONSEJO FEDERAL CONSULTIVO DE LOGÍSTICA MULTIMODAL
(COFED), con el objeto de colaborar en el diseño de una política
estratégica nacional en aras de promover un ecosistema de logística
multimodal, con miras a incrementar la producción nacional, la carga y
servicios anexos, la generación de fuentes de trabajo y la eficiencia
en todos los nodos logísticos vinculados al comercio interno y la
política exportadora nacional; con la misión primordial de incentivar
la inversión pública y privada en los nodos logísticos exportadores
(artículo 1°).
Que la Resolución N° 4/2021 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
TRANSPORTE aprobó el Acta Número Dos del CONSEJO FEDERAL CONSULTIVO DE
LOGÍSTICA MULTIMODAL (COFED) del 15 de abril de 2021
(IF-2021-35119182-APN-DL#MTR), en cuyo Anexo II se propuso la
“regionalización y plan de implementación de estaciones centralizadoras
de cargas, articuladas con el movimiento portuario y que concentren
todas las actividades regulatorias, de coordinación y asistencia al
transporte terrestre, reduciendo las ventanas de los turnos de acceso
al puerto”, así como la “implementación de puertos secos en el
interior” (punto 3) y la “complementación camión-tren-barcaza-puerto, a
través de la contenerización de las cargas y la integración de los
modos en un mismo esquema operacional” (punto 7).
Que el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre el MINISTERIO DE
TRANSPORTE y la PROVINCIA DE SALTA (CONVE-2020-83331426-APN-DGD#MTR) y
su Enmienda (CONVE-2021-68741920-APNDGD#MTR) sientan las bases para la
implementación del Nodo Logístico Intermodal y Puerto Seco de General
Güemes, con la distribución de tareas entre las diversas áreas
competentes, la gobernanza ulterior del predio, el proyecto ejecutivo y
el cronograma de acciones, de resulta de las cuales, y con la
participación activa de esta SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
en todo el proceso de planeamiento, dicho nodo se encuentra en pleno
proceso de construcción, con importantes avances registrados a la fecha.
Que en ese marco la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE ha
celebrado un Acta Acuerdo (CONVE-2022-67607826-APN-DGD#MTR) con la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PROVINCIA DE SALTA para el desarrollo de
las estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos,
tendientes a la implementación de un Nodo Logístico Intermodal en la
localidad de Olacapato, de la referida provincia.
Que el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el MINISTERIO DE
TRANSPORTE y la PROVINCIA DE CATAMARCA
(CONVE-2022-55631350-APN-DGD#MTR) tiene por objeto brindar asistencia
técnica, a través de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, a la
provincia en el desarrollo de estrategias, programas, proyectos y otros
objetivos afines a ellos, tendientes a la implementación de un Nodo
Logístico Intermodal y Puerto Seco en la ciudad de Recreo, de la
referida provincia.
Que el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el MINISTERIO DE
TRANSPORTE y la PROVINCIA DE TUCUMÁN (CONVE-2020-81063359-APN-DGD#MTR)
tiene por objeto brindar asistencia técnica, a través de la SECRETARÍA
DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, a la provincia en el desarrollo de
estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos,
tendientes a la implementación de un Nodo Logístico Intermodal y Puerto
Seco en la comuna de Cevil Pozo, de la referida provincia.
Que el Acta Acuerdo suscripta entre la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
TRANSPORTE y la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA, PROVINCIA DE RÍO NEGRO
(CONVE-2022-83816146- APNDGD#MTR), tiene por objeto el de brindar
asistencia técnica al municipio para el diseño y desarrollo de un Punto
de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado conjuntamente con la
implementación de un Centro de Transferencia de Cargas, ambos en la
misma localidad.
Que el Acta Acuerdo de Cooperación suscripta entre la SECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE y el MUNICIPIO DE SAN RAFAEL, PROVINCIA DE
MENDOZA (CONVE-2022-73799587- APN-DGD#MTR), tiene por objeto el de
brindar asistencia técnica al municipio para el desarrollo de las
estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos,
tendientes a la implementación de un Nodo Logístico en la referida
ciudad.
Que en el Convenio de Cooperación e Intercambio de Información
suscripto por el MINISTERIO DE TRANSPORTE y por la empresa YPF S.A.
(CONVE-2022-96553640-APN-DGD#MTR), se expresa que “dentro de los
objetivos de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE se encuentran
confeccionar una red de infraestructura de servicios al transporte con
capilaridad territorial nacional articulada con los principales centros
generadores y atractores, de transferencia de cargas y nodos logísticos
en el marco del Plan Nacional de Transporte, garantizando el acceso a
una red nacional de servicios de asistencia y seguridad a las unidades
de transporte de cargas” (punto f).
Que asimismo esta SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE viene
trabajando en la asistencia a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA
S.A. para el desarrollo de diversos Nodos Logísticos Intermodales en
las porciones de la red ferroviaria a su cargo, de entre las que se
destaca la inauguración y puesta en marcha, en el mes de junio del
corriente año, del Nodo Logístico situado en la localidad de SAN
FRANCISCO, PROVINCIA DE CÓRDOBA, con un perfil intermodal que articula
las operaciones del transporte automotor con las del transporte
ferroviario para conducir la producción a los puertos oceánicos para su
exportación, y donde la empresa ARGENTINE GCC BUSINESS PLATFORM S.A.
desarrolla tareas de procesamiento industrial y de contenerización de
productos regionales en un hinterland de 200 kilómetros a la redonda.
Que dicha exitosa experiencia ha dado lugar a la celebración del
Memorándum de Entendimiento, suscripto el 17 de agosto de 2022 por el
titular del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el titular de la SECRETARÍA
DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE y por la citada empresa logística
(IF-2022-91695615- APNSECPT#MTR), que establece la conformación de un
Equipo de Trabajo integrado por la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
TRANSPORTE a través de su DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN ESTRATÉGICA
DE PROGRAMAS DEL TRANSPORTE y de su DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, CARGAS Y LOGÍSTICA, conjuntamente con
representantes de la empresa (Cláusula Segunda), para analizar,
elaborar y definir la implementación del PLAN MAESTRO NACIONAL DE NODOS
LOGÍSTICOS INDUSTRIALES en el marco del CONVENIO MARCO INTERMINISTERIAL
SOBRE EL PROYECTO INTEGRAL DE EXPORTACIÓN DE DISTINTAS CADENAS DE
EXPORTACIÓN firmado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el
MINISTERIO DE TRANSPORTE, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA y la FUNDACIÓN ARGENTINA PARA LA PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y
COMERCIO INTERNACIONAL.
Que resulta necesario, a la luz de los plexos normativos y
convencionales vigentes y considerados en la presente, integrar todas
las acciones de diseño, planificación y proyección que, en materia de
implementación de Nodos Logísticos Intermodales y Puertos Secos viene
desarrollando esta SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE en un
único Equipo de Trabajo, con miras a optimizar su desempeño y dotar a
sus acciones de un criterio holístico e integrador que beneficie la
perspectiva sistémica orientada hacia el intermodalismo y la eficiencia
productiva y exportadora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE PASAJEROS,
CARGAS Y LOGÍSTICA de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN
DE TRANSPORTE de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, la
DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN ESTRATÉGICA DE PROGRAMAS DEL
TRANSPORTE y por su DIRECCIÓN DE ESTRATEGIAS DE TRANSPORTE DE CARGAS Y
LOGÍSTICA, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
TRANSPORTE, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
otorgadas por el Decreto N° 50/2019 y su modificatorio N° 335/2021.
Por ello,
EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1°.- Confórmese el Equipo de Trabajo para la Planificación de
Nodos Logísticos Intermodales y Puertos Secos (NODOS), el cual estará
integrado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE
PASAJEROS, CARGAS Y LOGÍSTICA de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y
COORDINACIÓN DE TRANSPORTE de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE
TRANSPORTE, por la DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN ESTRATÉGICA DE
PROGRAMAS DEL TRANSPORTE y por su DIRECCIÓN DE ESTRATEGIAS DE
TRANSPORTE DE CARGAS Y LOGÍSTICA, ambas dependientes de la SECRETARÍA
DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE.
Artículo 2°.- Invítese a la empresa ARGENTINE GCC BUSINESS PLATFORM
S.A. a designar, en el plazo de CINCO (5) días de notificada la
presente medida, un representante en el Equipo de Trabajo NODOS
conformado por el artículo precedente, en el marco de lo dispuesto por
el artículo 2° del Memorándum de Entendimiento
IF-2022-91695615-APN-SECPT#MTR.
Artículo 3°.- Invítese a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., a
la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS S.E., y al ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, a designar cada una, en el plazo de
CINCO (5) días de notificada la presente medida, un representante en el
Equipo de Trabajo NODOS conformado por el artículo 1° de la presente
resolución. Oportunamente podrá ampliarse la invitación a otros
organismos y/o entidades en función de los objetivos del Equipo de
Trabajo NODOS.
Artículo 4°.- Una vez designados los representantes aludidos en los
artículos 2° y 3° de la presente resolución, el Equipo de Trabajo NODOS
procederá al análisis de todos los proyectos de Nodos Logísticos
Intermodales y Puertos Secos en desarrollo, de los que están en estudio
y de los que resultaren convenientes, y sugerirá los cursos de acción y
medidas conducentes a la implementación célere y eficaz de un sistema
logístico integrado que potencie el perfil exportador argentino, los
que quedarán plasmados en un PLAN MAESTRO NACIONAL DE NODOS LOGÍSTICOS
Y PUERTOS SECOS, que formará parte del Plan Nacional de Transporte.
Artículo 5°.- Establécese que lo dispuesto en la presente resolución no
implica erogación presupuestaria alguna para el Estado Nacional.
Artículo 6°.- Comuníquese a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS S.E.,
a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., al ORGANISMO REGULADOR
DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS y a la empresa ARGENTINE GCC
BUSINESS PLATFORM S.A.
Artículo 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gastón Emanuel Jaques
e. 14/11/2022 N° 92702/22 v. 14/11/2022