MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución 515/2022
RESOL-2022-515-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-79324212 -APN-DGAYF#MAD, la Ley de
Ministerios N.º 22.520 (T.O. Decreto N.° 438 del 20 de marzo de 1992),
sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 25.675 General de
Ambiente, Ley N° 27.621 para la Implementación de la Educación
Ambiental Integral, el Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019, el
Decreto N° 50 del 20 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la
Decisión Administrativa N° 928 del 20 de septiembre de 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley General del Ambiente N° 25.675 dispone que la educación
ambiental constituye el instrumento básico para generar en los
ciudadanos, valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con
un ambiente equilibrado, propendan a la preservación de los recursos
naturales y su utilización sostenible, y mejoren la calidad de vida de
la población.
Que la Ley de Educación Ambiental Integral N° 27.621 entre sus
principios determina que el ejercicio ciudadano del derecho a un
ambiente sano: debe ser abordada desde un enfoque de derechos, promover
el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo
humano y productivo de las presentes y futuras generaciones, en
relación con la vida, las comunidades y los territorios.
Que resulta necesario en virtud de lo precitado otorgar un rol
participativo a la comunidad, para desarrollar conciencia sobre el
cuidado al ambiente y a la vez permita lograr difusión sobre las
prácticas y valores de cada una de las regiones que componen nuestro
país.
Que entre las misiones y funciones de la Dirección Nacional de
Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la SUBSECRETARÍA
INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL se encuentra la de, acompañar
y promover la elaboración y ejecución de propuestas y acciones
ambientales participativas en relación a la educación ambiental, las
problemáticas ambientales y sus consecuencias para el desarrollo
sostenible.
Que, para lograr ese propósito, la Dirección Nacional de Educación
Ambiental y Participación Ciudadana propone llevar adelante un Concurso
Nacional, denominado “Cultura Ambiental”, cuya finalidad es afianzar y
promover la temática ambiental y la cultura que se genera alrededor de
ella, así como fomentar principios y valores de cuidado de nuestra casa
común.
Que el mencionado Concurso pretende promover tales objetivos a través
de la convocatoria a un Concurso Nacional de Poesía, Microrrelatos y
videos de temática ambiental realizados o producidos por las niñas,
niños, adolescentes y jóvenes de nuestro País.
Que para lograr un reconocimiento adecuado a todos los participantes
del Concurso es menester conformar una Comisión de Evaluación que
estará conformado por profesionales idóneos y con conocimientos en la
temática ambiental.
Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el
Decreto N° 882/21 de prórroga de la Ley N° 27.591 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y por la
Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de 2022
(DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto resulta competente en virtud de las facultades
conferidas conforme la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) sus modificatorias y complementarias, el Decreto N°
7 del 10 de diciembre de 2019 y Decreto N° 50 del 20 de diciembre de
2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Apruébase la convocatoria para la realización del
CONCURSO NACIONAL “CULTURA AMBIENTAL”, con el objetivo de afianzar y
promover la temática ambiental y la cultura que se genera alrededor de
ella, así como fomentar principios y valores de cuidado de nuestra casa
común.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase las Bases y Condiciones del CONCURSO NACIONAL
“CULTURA AMBIENTAL”, que como ANEXO I
(IF-2022-113219320-APN-DNEAYPC#MAD) forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el modelo de AUTORIZACIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN
DE MENORES EN EL CONCURSO NACIONAL “CULTURA AMBIENTAL”, que como ANEXO
II (IF-2022-79527500-APN-DNEAYPC#MAD), forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Los gastos que demande la presente medida se atenderán
con cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio
correspondiente al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Cabandie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/11/2022 N° 96309/22 v. 25/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)