MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL
Resolución 49/2022
RESOL-2022-49-APN-SDC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 11/11/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-97824135- -APN-DGD#MC, el Decreto 50 de
fecha 19 de diciembre de 2019, la Resolución N° 1753 de fecha 14 de
octubre de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. N° 1753/22 (RESOL-2022-1753-APN-MC) se
aprobó la Tercera Convocatoria del “MANTA- Beca para el desarrollo
productivo artesanal”, su Reglamento de Bases y Condiciones
(IF-2022-97867174-APN-DNICUL#MC), que forma parte de la citada medida.
Que el mismo tiene como objeto promover el desarrollo productivo
artesanal e incentivar la actividad de manera sustentable, entendiendo
tareas y procedimientos en un marco amplio que abarcan desde las fases
de recolección u obtención de la materia prima hasta la
comercialización.
Que mediante el Artículo 2° de la Resolución M.C. N° 1753/22
(RESOL-2022-1753-APN-MC), se designa a la SECRETARÍA DE DESARROLLO
CULTURAL como autoridad de aplicación del presente programa.
Que en el punto 7.2 del Reglamento de Bases y Condiciones - ANEXO I
(IF-2022-97867174-APN-DNICUL#MC) -, se establece que la autoridad de
aplicación está facultada para designar a los miembros del comité
evaluador, el que se compondrá por UN (1) funcionario del MINISTERIO DE
CULTURA y DOS (2) representantes y/o especialistas, designados por la
autoridad de aplicación.
Que a tales fines, se han merituado los antecedentes de las Señoras
Patricia DREIDEMIE (D.N.I. N°20.185.580) y Adriana Lorena ANCHABA
(D.N.I. N°24.198.318), los que se encuentran agregados a las presentes
actuaciones, considerando que los mismos resultan idóneos para integrar
la representación externa. Y en representación de este Ministerio,
resulta conveniente integrar el Jurado con el Director Nacional de
Industrias Culturales el Señor Luis Manuel SANJURJO (D.N.I.
N°27.934.238).
Que los miembros de dicho comité evaluador deberán evaluar los
proyectos presentados y realizarán la selección final de los
beneficiarios de la Tercera Convocatoria del “MANTA- Beca para el
desarrollo productivo artesanal”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas por el Decreto N° 50/19 y su modificatorio, el
Artículo 2° de la Resolución M.C. N° 1753/22 (RESOL-2022-1753-APN-MC).
Por ello,
LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Señor Luis Manuel SANJURJO (D.N.I.
N°27.934.238) Director Nacional de Industrias Culturales, a la Señora
Patricia DREIDEMIE (D.N.I. N°20.185.580), y a la Señora Adriana Lorena
ANCHABA (D.N.I. N°24.198.318), como integrantes del comité evaluador
para la Tercera Convocatoria del “MANTA- Beca para el desarrollo
productivo artesanal”, de conformidad con lo dispuesto en el punto. 7.2
del Reglamento de Bases y Condiciones - ANEXO I
(IF-2022-97867174-APN-DNICUL#MC) aprobado por el artículo 1 de la
Resolución M.C. N° 1753/22 (RESOL-2022-1753-APN-MC).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maria Lucrecia Cardoso
e. 25/11/2022 N° 96297/22 v. 25/11/2022