MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 2035/2022
RESOL-2022-2035-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2022
VISTO el Expediente EX-2022-125415450- -APN-UEPNISPYDLPT#MDS, las
Resoluciones N° RESOL-2020-121-APN#MDS, sus modificatorias y
complementarias y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios (T. O. por Decreto N° 438/92) y sus normas
modificatorias y complementarias, establece que compete a este
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al
Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo
inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción,
cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad
alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de
oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las
personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las
mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el
fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo
relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos y a la integración
socio urbana, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación
con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en
materia de su competencia.
Que adicionalmente, la citada norma establece como competencias
específicas de esta Cartera Ministerial, entre otras, la de ejecutar
los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados
conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL;
entender en la organización y operación de un sistema de información
social, con indicadores relevantes sobre los grupos poblacionales en
situaciones de vulnerabilidad, que permita una adecuada focalización
del conjunto de las políticas y programas sociales nacionales; entender
en la formulación de políticas tendientes al fortalecimiento del
desarrollo e implementación del paradigma de la Economía Social en todo
el territorio nacional; y entender en el diseño e implementación de
planes para la aplicación de los instrumentos metodológicos de la
Economía Social.
Que mediante el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus normas
modificatorias y complementarias, se establecieron los objetivos de la
SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,
entre los que se encuentran entender en el diseño, articulación y
evaluación de políticas para la promoción de la economía social,
promoviendo el desarrollo integral de los actores sociales, afianzando
y privilegiando el respeto a las identidades culturales regionales,
étnicas, sentimientos de pertenencia, y perspectiva de inclusión y
género; así como el de participar en el diseño, implementación y
promoción de políticas sociales y marcos regulatorios que fomenten la
inclusión social a través del trabajo mediante la generación de
mecanismos de producción para el auto sustento, la recuperación de
capacidades y mejora de la calidad de vida de las personas.
Que en el marco de lo manifestado, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
dictó la Resolución Nº RESOL-2020-121-APN-MDS, por la cual se creó el
PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL
–”POTENCIAR TRABAJO” con el objeto de contribuir al mejoramiento de la
empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas, a
través de la terminalidad educativa, la formación laboral, la
certificación de competencias, así como también la creación, promoción
y fortalecimiento de unidades productivas gestionadas por personas
físicas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y
económica, con la finalidad de promover su inclusión social plena y
mejoramiento progresivo de ingresos con vistas a alcanzar la autonomía
económica.
Que, asimismo, a través del artículo 2º de la Resolución citada en el
considerando precedente, se aprobaron los lineamientos generales y
acciones del mencionado Programa y por el Artículo 5º se delegó en el
titular de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL, la autoridad de aplicación
del Programa.
Que por Resolución Nº RESOL-2021-1625-APN-MDS se creó la Unidad
Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA NACIONAL
DE INCLUSIÓN SOCIO PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL - POTENCIAR TRABAJO”
en el ámbito de la Secretaría de Economía Social.
Que dicha Unidad Ejecutora Especial Temporaria encuentra entre sus
funciones proponer a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL la aprobación de
instructivos operativos o actos procedimentales que resulten necesarios
para mejorar el funcionamiento de los circuitos de tramitación de los
expedientes a través de los cuales se celebran los convenios con las
Unidades de Gestión y las Unidades de Gestión Asociadas; y supervisar y
evaluar el avance y consolidación de la ejecución del Programa, entre
otras.
Que dicha norma introdujo distintas modificaciones a las resoluciones
RESOL-2020-121-APN-MDS y RESOL-2020-385-APN-MDS entre las que se
estableció como única autoridad de aplicación del Programa a la
SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL.
Que por Resolución N° RESOL-2021-1868-APN-MDS se aprobaron los
“LINEAMIENTOS GENERALES Y OPERATIVOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN
SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, unificando las
normas rectoras del Programa, con el objeto de facilitar su aplicación
tanto a los operadores del Programa como a sus destinatarios.
Que producto de la experiencia en la ejecución del Programa resulta
necesario incorporar nuevos mecanismos de relevamiento de las
condiciones socio-laborales y tareas que llevan a cabo los titulares en
el marco del Programa a través de dispositivos que coadyuven a la
inclusión y abordajes de distintas problemáticas con la incorporación
de tecnología y disponibilidades técnicas que garanticen y comprendan
la realidad compleja actual que conlleven documentación digital,
desarrollos informáticos, informes profesionales digitalizados y/o
remotos, aplicaciones, herramientas de georreferenciación y nuevos
mecanismos de identificación, entre otras medidas.
Que, conforme lo establecido en el Decreto Nº 728 del 3 de noviembre de
2022, el Gobierno Nacional entiende que la cobertura de las necesidades
de los sectores vulnerables a través de los incentivos necesarios para
la formalización de las relaciones laborales es un mecanismo para
superar dicha vulnerabilidad.
Que las medidas adoptadas mediante el Decreto conforman un elemento que
contribuye a la conformación de un marco coherente de políticas que
promuevan la formalización del trabajo y una más efectiva coordinación
entre las políticas activas de empleo y la seguridad social.
Que a fin de efectivizar las políticas señaladas y en virtud de lo
expuesto resulta menester dar inicio a un PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTIÓN,
COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS del PROGRAMA NACIONAL DE
INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL –”POTENCIAR TRABAJO”, que
tendrá carácter obligatorio para todos los titulares que participan del
mismo.
Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD EJECUTORA DEL
PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL -
POTENCIAR TRABAJO” propicia el dictado de la presente medida.
Que la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL ha tomado debida intervención.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha intervenido en el marco
de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha intervenido en el
marco de su competencia.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de
Ministerios y sus modificatorias y complementarias y el Decreto N° 689
del 12 de octubre de 2022.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y
ACTUALIZACIÓN DE DATOS del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN
SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, que como ANEXO
I identificado como IF-2022-125442453-APN-UEPNISPYDLPT#MDS, forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2°.- Apruébense los términos y condiciones complementarios que
como ANEXO II identificado como IF-2022-125435744-APN-UEPNISPYDLPT#MDS,
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 3º.- Hágase saber que el procedimiento aprobado por el
artículo 1° se extenderá entre el 22 de noviembre de 2022 y el 6 de
enero de 2023 y que su cumplimiento será de carácter de obligatorio
para todos los titulares del Programa siendo un requisito ineludible
para la permanencia en el mismo.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 6/2023
del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación B.O. 05/01/2023 se
prorroga hasta el próximo día 15 de enero de 2023 inclusive, el plazo
previsto para que los/as titulares del PROGRAMA
NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR
TRABAJO”, procedan a cumplimentar debidamente el PROCEDIMIENTO DE
AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS, creado por la
presente Resolución, y de conformidad a lo previsto en los ANEXOS I
y II –que forman parte de la misma
(IF-2022-125442453-APN-UEPNISPYDLPT#MDS e
IF-2022-125435744-APN-UEPNISPYDLPT#MDS, respectivamente))
ARTÍCULO 4°.- Facúltese a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL para dictar
las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la
aplicación del presente acto.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.
Victoria Tolosa Paz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/11/2022 N° 96670/22 v. 25/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
I
PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTION, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACION DE DATOS del
PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL
“POTENCIAR TRABAJO”
I.- Descripción
La actualización de datos es un procedimiento personal y obligatorio
que se llevará a cabo entre los días 22 de noviembre de 2022 y el 6 de
enero de 2023 para todas las personas que integran el PROGRAMA NACIONAL
DE INCLUSIÓN SOCIOPRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL -“POTENCIAR TRABAJO”.
II.- Objetivos
A través de una Aplicación de Autogestión Titulares del Programa
Potenciar Trabajo, el procedimiento pretende alcanzar los siguientes
objetivos:
Objetivos generales:
1. Desarrollar una canal de comunicación y de actualización de datos de
los titulares del Programa Potenciar trabajo dentro el entorno de la
App Mi Argentina
Objetivos específicos:
1. Validar la identidad de todos los titulares del programa mediante
validación de datos filiatorios y verificación antropométrica por medio
de la app Mi Argentina
2. Actualizar y ampliar la información nominal disponible sobre los
titulares del programa ya identificados en la app Mi argentina a los
efectos de promover mayor transparencia en la gestión y adecuar las
acciones del programa en términos de los saberes previos y aspiraciones
laborales de los Titulares.
La totalidad de la información a solicitarse a los titulares se
encuentra digitalmente embebida en el presente Anexo.
III.- Resultado del procedimiento
Las y los titulares que cumplan con la actualización de datos
autogestionado:
a. Continuarán percibiendo el Salario Social Complementario;
b. Seguirán vinculados con una Unidad de Gestión o de Certificación
determinada; o
c. En caso de manifestar no estar vinculado a ninguna, podrán ser
asignados a una Unidad de Gestión o de Certificación para el
cumplimiento de las corresponsabilidades previstas en el Programa, de
acuerdo a las actividades que el entrevistado proponga desarrollar.
Aquellos titulares del Programa que no actualicen sus datos en los
plazos y modalidad dispuesta, quedarán sujetos al procedimiento que
para incumplimientos de las corresponsabilidades prevén los
LINEAMIENTOS GENERALES Y OPERATIVOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN
SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO" aprobados.
ANEXO
II
Términos y condiciones
Los término y condiciones de la presente Resolución correspondiente al
PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS del
PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL
“POTENCIAR TRABAJO”, regirán la relación con el o la titular del
Programa.
Política de Privacidad y Datos
personales.
La utilización de la plataforma digital que el Ministerio de Desarrollo
Social de la Nación pone a disposición requiere que el/la Titular del
del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL
“POTENCIAR TRABAJO”, brinde ciertos datos de carácter personal
(entendiéndose por "datos personales" a la información de cualquier
tipo referida a los titulares, que permita su identificación -ya sea de
manera directa o indirecta), en tal sentido, si el Titular del Programa
no proporciona tales datos no podrá acceder al PROCEDIMIENTO DE
AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS
El Titular del Programa afirma que toda información que entrega al
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación tiene carácter de
declaración jurada. Al respecto, el Titular del Programa se compromete
a brindar la información en forma exacta, debiendo mantener la misma
actualizada en todo momento. Asimismo, el Ministerio de Desarrollo
Social de la Nación podrá monitorear el tráfico de los Titular del
Programas y su actividad en la plataforma a utilizarse.
El Titular del Programa presenta su consentimiento expreso y libre para
que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación identifique y
registre a través de la plataforma u aplicación su geolocalización con
el fin de conocer su ubicación física.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación podrá verificar los
datos personales y/o información suministrada a través de entidades
públicas y cualquier otro mecanismo. El Titular del Programa consiente
expresamente a colaborar con cualquier forma de validación de identidad
exigida por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. En
particular, el Titular del del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN
SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, presta su
consentimiento para (i) que los datos personales contenidos en su
Documento Nacional de Identidad, los que incluyen sus datos biométricos
de huella dactilar y de reconocimiento facial, sean verificados a
través de su confronte con la base de datos del Registro Nacional de
las Personas ("RENAPER"), (ii) el intercambio de información con las
entidades y jurisdicciones que componen el Estado Nacional, incluida la
AFIP y el BCRA (iii) para que el Ministerio verifique su comportamiento
crediticio, historial financiero de adquisición o cancelación de
productos y/o deudas, adquisición de divisas y forma de utilización de
la cuenta BNA+. El/la Titular presta conformidad y autoriza al
Ministerio a recabar en forma directa resúmenes de cuenta e información
de entidades bancarias, no bancarias y plataformas, que permitan
evaluar la forma de gasto de conformidad con lo establecido en los
artículos 33 y 35 ley 25345 sobre confidencialidad e intercambio de
información y su incorporación al SINTyS.
Todos los datos personales de los Titulares del Programa serán
utilizados por el Ministerio de conformidad con la ley 25345 citada y
la ley 25326, artículo 5 inciso 2 b) en el marco de su competencia, en
particular a los efectos de (i) que el o la beneficiaria pueda utilizar
la App, su Cuenta y acceder al beneficio; (ii) prevenir actividades
ilícitas como lavado de dinero, evasión de impuestos y fraudes; (iii)
tomar decisiones en cuanto a otorgamientos, mantenimiento o cese de
beneficios solicitados; (iv) analizar forma de utilización de la cuenta
BNA+, conductas de los y las beneficiarias, a los fines de mejorar las
asignaciones de recursos y calidad del gasto, crear campañas
personalizadas; y de (v) enviar información o mensajes por e-mail sobre
los beneficios y /o comunicar, publicitar u ofrecer productos y/o
servicios promovidos por el Estado Nacional, sus afiliadas, y/o
terceros con quien el Estado Nacional mantenga relaciones a fin de
implementar políticas públicas. Sin perjuicio de ello, en cualquier
momento el o la beneficiaria podrá oponerse a la recepción de dichas
comunicaciones a fin de recibir solo las comunicaciones de su interés o
ninguna.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación alojará los datos
personales de los y las Titulares del del PROGRAMA NACIONAL DE
INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, en
servidores conforme autorice la normativa vigente y en el ámbito del
SINTyS.
A los efectos del cumplimiento de los Servicios y/o de las finalidades
detalladas en esta sección, los datos personales de los Titular del
Programa serán incorporados al SINTyS y solo podrán se intercambiados
bajo las condiciones de confidencialidad y seguridad, dentro de la
competencia del requirente conforme ley.
En cumplimiento con lo establecido por la Resolución 14/2018 de la
Agencia de Acceso a la Información Pública, se informa a los Titulares
del del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO
LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, que "La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene
la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan
quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las
normas vigentes en materia de protección de datos personales."
El/la Titular del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y
DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, presta su consentimiento expreso
para que sus datos personales sean recolectados, almacenados y
procesados conforme se establece en este documento.