AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

Resolución 414/2022

RESOL-2022-414-APN-DANPIDTYI#ANPIDTYI

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2022

VISTO el Expediente EX-2022-119493148- -APN-ANPIDTYI#MCT, los Decretos N° 157 del 14 de febrero de 2020 y N° 713 del 27 de octubre de 2022 que aprobó el Contrato de Préstamo BIRF N° 9434 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO; y

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto N° 713/22 aprobó el Contrato de Préstamo BIRF N° 9434 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (USD 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Innovación para el Crecimiento Inteligente”.

Que, a su vez, el mencionado decreto designó al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, a través de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, como Organismo Ejecutor del “Programa de Innovación para el Crecimiento Inteligente”.

Que el objetivo general del Programa de Innovación para el Crecimiento Inteligente consiste en aumentar el crecimiento sostenible impulsado por la innovación mediante el fortalecimiento del sistema nacional de innovación y la facilitación del acceso al capital.

Que en el Artículo V “ENTRADA EN VIGENCIA; TERMINACIÓN” del Contrato de Préstamo BIRF N° 9434 establece como Condiciones Adicionales de Efectividad (b) que el Manual Operativo, en forma y contenido satisfactorios para el Banco, haya sido adoptado por el Prestatario, a través de la Agencia.

Que el inciso “c” de la Sección I del Anexo II del Contrato de Préstamo BIRF N° 9434 establece los contenidos mínimos que el Reglamento Operativo deberá contener.

Que, en ese sentido, las Direcciones Nacionales de los Fondos Tecnológico Argentino y Argentino Sectorial, elaboraron junto con la Dirección General de Financiamiento Externo y Local, la Dirección Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción y la Dirección General de Asuntos Jurídicos el Reglamento Operativo.

Que, posteriormente, fueron remitidas en consulta al Banco y este no realizó observaciones al mismo.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN, la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL TECNOLÓGICO ARGENTINO, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Decreto Nº 157 del 14 de febrero de 2020.

Que, por su parte, la presente decisión fue adoptada en reunión ordinaria del Directorio de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN del 11 de noviembre de 2022.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Reglamento Operativo del PROGRAMA DE INNOVACIÓN PARA EL CRECIMIENTO INTELIGENTE, enmarcado en el Contrato de Préstamo BIRF N° 9434, que como IF-2022-122911303-APN-DNDYEIP#ANPIDTYI forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fernando Ernesto Peirano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/11/2022 N° 96646/22 v. 28/11/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

REGLAMENTO OPERATIVO DEL “PROGRAMA DE INNOVACIÓN PARA EL CRECIMIENTO INTELIGENTE”

PRESTAMO BIRF Nº 9434-AR



REGLAMENTO OPERATIVO

Fecha de no Objeción 04/11/2022







PRIMERA PARTE - ASPECTOS GENERALES DEL PROGRAMA

INTRODUCCIÓN

Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (Agencia I+D+i) ha diseñado el PROGRAMA DE INNOVACIÓN PARA EL CRECIMIENTO INTELIGENTE con el objetivo de en aumentar el crecimiento sostenible impulsado por la innovación mediante el fortalecimiento del sistema nacional de innovación y la facilitación del acceso al capital.

El Organismo Ejecutor del Programa será la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (Agencia I+D+i) que lo ejecutará con la participación de universidades e institutos de investigación, sector privado e inversores de capital de riesgo con incumbencia en la ejecución de los distintos componentes, tal como se describe más adelante.

La Agencia I+D+i será la responsable de la coordinación general del proyecto y de la implementación de todas las actividades del proyecto.

DEFINICIONES

AFMF Asistencia Financiera a la Mejor Fortuna

AGN Auditoría General de la Nación

AGENCIA I+D+i Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación

BCRA Banco Central de la República Argentina

BIRF Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento

CECYR Coordinación de Evaluación de Calidad y Reportes

COMITÉ DE DIRECCIÓN Integrado por la Agencia I+D+i y los participantes privados, es el encargado de elaborar la estrategia general del Fondo y supervisar al Comité de Inversión.

COMITÉ DE INVERSIÓN Estará integrado al menos por tres miembros y será el ámbito de discusión y análisis de los proyectos de inversión

COMITÉ DIRECTIVO DEL PROYECTO Compuesto por los miembros del Directorio de la Agencia I+D+i y tendrá a cargo orientación estratégica y supervisión del Programa y las adjudicaciones de proyectos una vez obtenida la No Objeción del Banco, cuando corresponda COMITÉS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS Compuesto por miembros destacados del ambiente científico y tecnológico y colaborará con los Directores del FONTAR y el FONARSEC en todas las cuestiones relacionadas con la selección y ejecución de los proyectos financiados en el marco del Programa

CTI Ciencia Tecnología e Innovación

DGAJ Dirección General de Asuntos Jurídicos

DIGFEL Dirección General de Financiamiento Externo y Local

DNDyEIP Dirección Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción

EBT Empresa de Base Tecnológica

EAS Estándares Ambientales y Sociales

FINANCIAMIENTO Inversión realizada o a realizar en una empresa de base tecnológica. FONTAR Fondo Tecnológico Argentino

FONARSEC Fondo Argentino Sectorial

I+D+i Investigación, Desarrollo e Innovación

I+D Investigación y Desarrollo

LIQUIDACIÓN FINAL: Balance de cierre del Fondo con determinación de los resultados obtenidos y la devolución de los fondos remanentes, confeccionado por el Comité de Inversión LPI Licitación Pública Internacional

LPN Licitación Pública Nacional

MAS Marco Ambiental y Social

MINCYT Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

MGAS Marco de Gestión Ambiental y Social

PCAS Plan de Compromiso Ambiental y Social

PEDIDO DE PROPUESTAS Formato de Documentación Licitatoria del BIRF para servicios de Consultoría

PGMO Procedimientos de Gestión de Mano de Obra

PI Propiedad Intelectual

PPPI Plan de Participación de Partes Interesadas

PNPPI Plan Nacional de Participación de Población Indígena

SBC Selección basada en calidad

SBCC Selección basada en calidad y costo

SBMC Selección basada en el menos costo

SCC Selección basada en calificaciones de consultores

SD Selección Directa

UGSA Unidad de Gestión Socio Ambiental

UPI Unidad de Promoción Institucional

USI Unidad de Sistemas Informáticos

DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROGRAMA

I.1 Objetivos

El objetivo general del Programa consiste en aumentar el crecimiento sostenible impulsado por la innovación mediante el fortalecimiento del sistema nacional de innovación y la facilitación del acceso al capital.

Los objetivos específicos son:

i) Apoyar a consorcios de conocimiento, iniciativas de emprendimiento basadas en tecnología, y a las PyMEs para aumentar la transferencia tecnológica y su contribución al crecimiento económico.

ii) Promover la creación y/o el fortalecimiento de empresas con base tecnológica y la iniciativa productiva a nivel de empresa, red- y/o sector, mediante la participación del sector privado y la captación de financiamiento adicional.

iii) Fortalecer el Marco Institucional y las Acciones de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (I+D+i) para promover la acumulación de capital de conocimiento, aumentar las capacidades productivas, mejorar los procesos para llevar productos verdes al mercado, y generar crecimiento impulsado por la innovación y creación de empleo.

Los sectores y tecnologías donde se prevé concentrar el apoyo de esta operación están vinculados con la salud pública, el complejo agroalimentario, la producción verde, la energía, y la transformación digital, u otros que se deriven de la naturaleza del desarrollo tecnológico necesario para aplicar un enfoque problema-solución. En ese marco, tendrán especial consideración las cuestiones ligadas a la mitigación y/o adaptación al cambio climático, y a la perspectiva de género.

I.2 Costos y financiamiento del Programa

El costo total del Programa será financiado por el BIRF y asciende a la suma de dólares 200 millones.

Los componentes del Programa, y sus respectivos costos estimados en Millones de US$, se muestran en el siguiente cuadro:


I.3 Proyectos y actividades a ser financiadas

Asignación de los fondos del préstamo

El préstamo otorgado asciende a un total de 200 millones de dólares. El siguiente cuadro muestra las categorías de gastos que serán financiados, la asignación de fondos del préstamo a cada una de ellas, y el porcentaje de financiamiento para cada categoría.


Financiamiento retroactivo

El banco reembolsará gastos efectuados hasta un año antes de la firma del convenio de préstamo y posteriores a la fecha de identificación del Programa cuyo monto total no podrá exceder del 20% del monto del Préstamo.

I.4 Procesos y procedimientos de administración

La Unidad Ejecutora estará conducida por la DIGFEL, con la asistencia de dos coordinadores y demás personal administrativo y profesional.

El circuito comenzará con el trabajo de programación y planificación de la ejecución de cada subcomponente dentro de los respectivos componentes. La DIGFEL actuará enlace permanente entre la Agencia I+D+i y el Banco en las cuestiones referidas a este Programa y coordinará la ejecución de los subcomponentes.

La Coordinación de Adquisiciones estará a cargo del Coordinador de Gestión y Monitoreo de Programas y Proyectos que elaborará los documentos requeridos para llevar a cabo las actividades de adquisiciones y las contrataciones del Programa y gestionará su tramitación.

La Unidad Ejecutora será la encargada de supervisar las adquisiciones y contrataciones de cada subcomponente, evaluar su avance y resultado y prestar conformidad, cuando corresponda, a los servicios prestados, bienes adquiridos y servicios realizados. También propondrá las acciones a tomarse para resolver los eventuales conflictos contractuales que pudieran surgir, aprobarán los cambios en la metodología de ejecución de servicios, cuando corresponda y organizarán y mantendrán archivos con información técnica sobre todos los subcomponentes del Programa.

La Coordinación de Administración y Financiamiento Externo elaborará y procesará, a través de la Tesorería, los pagos correspondientes a la ejecución del Programa y los registrará en el sistema contable Emerix y en el sistema UEPEX.

Esta Coordinación será la encargada de elaborar y procesar las solicitudes de desembolsos de los fondos del financiamiento del Banco, de administrar la Cuenta Especial Designada, de preparar los reportes e informes al Banco Mundial y de administrar el presupuesto general del Programa.

El Programa tiene su propia actividad presupuestaria denominada “Innovación para el Crecimiento Inteligente (BIRF N° 9434)”, del Programa 44, SAF 173, de la Agencia I+D+i. Como en el resto de la Administración Pública, la Agencia recibe trimestralmente, a través del eSIDIF, información de las cuotas de Fuente 11 y Fuente 22. La ejecución presupuestaria se informa a través del Sistema UEPEX que impacta en forma directa en el eSIDIF

El Programa dispone de un Sistema de Contabilidad que: (a) registra fehacientemente todas las operaciones relacionadas con las inversiones que se realicen y (b) proporciona suficiente información financiera para administrar y monitorear sus actividades.

El Sistema de Contabilidad principal es el Sistema Emerix que permite el control de la cartera, la contabilización de las operaciones, las justificaciones al Banco y la confección de los Estados Financieros. Complementariamente se utiliza el sistema UEPEX para el seguimiento de la ejecución presupuestaria. En la actualidad la Agencia se encuentra desarrollando un Sistema Integrado de Gestión denominado “Agencia Digital” que prevé la integración de ambos sistemas de registro.

El método contable será el de contabilidad de caja o percibido.

Serán de aplicación las Normas Internacionales de Contabilidad emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), en cuanto correspondan.

Los registros contables de las operaciones se expresarán en pesos argentinos (ARS)., aunque el sistema es bimonetario de modo de disponer de cuentas y Estados Financieros expresados en USD.

Los Estados Financieros del Programa y los Informes de Control Financiero se confeccionarán en dólares estadounidenses; a tal fin se convertirán a dicha moneda los pagos que se realicen por el Prestatario al Tipo de Cambio de la fecha de extracción de fondos de la Cuenta Designada en dólares. Para la conversión a moneda del Préstamo se utilizará el tipo de cambio de la pesificación desde la Cuenta Designada en USD a la cuenta operativa en pesos. El criterio utilizado para los tipos de cambio a utilizar es el PEPS (primero entrado primero salido).

Los documentos de soporte de las registraciones contables se mantendrán por lo menos durante 5 años desde que el Banco haya recibido el informe de auditoría correspondiente al ejercicio fiscal en el que se efectuó el último desembolso de la cuenta del Préstamo o transferencia de la Cuenta Designada; sin perjuicio de lo que dispongan las normas locales.

El Plan de Cuentas mínimo del Programa se detalla en el ANEXO VI del presente Reglamento Operativo. La Agencia I+D+i podrá introducir las modificaciones necesarias para que el mismo refleje adecuadamente la ejecución del Programa.

I.5 Gestión Financiera

A continuación, se describen los aspectos principales de Gestión Financiera del Programa.

- Equipo responsable de gestión financiera: estructura, perfiles y funciones.


- Arreglos de control interno y descripción de la separación de funciones.

La Gestión Financiera es responsabilidad de la Dirección General de Financiamiento Externo y Local. Su organización está basada en la segregación de funciones, orientada a evitar que una misma persona tenga acceso a dos o más responsabilidades dentro del sistema, de tal forma que pueda realizar acciones o transacciones que lleven a la consumación de un fraude.

- Descripción del Sistema contable

El Sistema Emerix reproduce la segregación de funciones establecida como norma de control interno ya que tiene dos módulos separados e independientes: Gestión y Administración.

El módulo de Gestión es manejado por personal destinado al control de las Rendiciones de Cuentas de los proyectos y las autorizaciones de desembolsos. El sector de Administración, a cargo de personal diferente al de Gestión, realiza el manejo de los fondos, los pagos, las conciliaciones bancarias, la contabilidad financiera y presupuestaria y las justificaciones al Banco. Entre sus tareas también se incluye la confección de los Estados Financieros y la atención a la Auditoría Externa.

- Condiciones de desembolsos para la categoría 2 según el PAD y el Convenio de Préstamo y arreglos de ejecución financiera y evaluación de capacidades de los administradores de fondos.

Los fondos de la categoría 2 se realizarán en forma separada a las reposiciones del Fondo Rotatorio.

Los administradores de fondos seleccionados firmarán un Acuerdo de Asociación que especificará el tamaño de la inversión del proyecto como un gasto elegible del proyecto. Estos administradores de fondos seleccionados identificarán las inversiones y el retiro según el tamaño del fondo a medida que se realicen estas inversiones, según lo acordado en el Acuerdo de Asociación.

El Banco podrá realizar desembolsos directos a las entidades de Venture Capital que resulten elegibles para la Agencia y el Banco, en las condiciones que establezcan las convocatorias destinadas a su selección.

- Mecanismos / metodología de seguimiento de los anticipos financieros de ANRs y descripción de los criterios de registro contable de los ANRs.

En el presente ROP se describen los mecanismos de desembolso y seguimiento de cada uno de los instrumentos financiados por el Banco en el marco del Programa.

En todos los casos el registro contable de cada uno de los instrumentos promocionales se realizará en cuentas contables específicas. El mecanismo de registro se realizará bajo el principio de lo percibido.

- Descripción de herramientas de planificación financiera (POA), proyección de desembolsos, etc.

En la actualidad se encuentra en desarrollo el proyecto Agencia Digital que contiene un módulo específico de planificación. La planificación se está realizando a través de ese módulo complementado con instrumentos de gestión financiera tradicionales hasta tanto el sistema descripto se encuentre plenamente operativo.

I.6 Auditoría Externa

La auditoría externa de los estados financieros del Programa será realizada por la Auditoría General de la Nación (AGN)., Las normas de auditoría aplicables deberán dar cumplimiento a las normas de auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI)”.

Los estados financieros auditados del programa del Programa deberán ser anuales, debiendo presentarse al Banco el informe correspondiente de auditoría dentro de los seis meses después del cierre de cada ejercicio económico. El ejercicio económico coincidirá con el año calendario. La práctica profesional de auditoría se realizará de conformidad con estándares de calidad de trabajo consistentemente aplicados.

La auditoría de los estados financieros del Programa deberá incluir una opinión de auditoría sobre los siguientes temas, sin que esta enumeración sea taxativa:

■ Estados Financieros del Programa: Ingresos-Egresos por categoría y Estado de Usos de Fondos por Componente.

■ Estado de la Cuenta Designada.

■ Estado de Solicitudes de Desembolsos

■ Ambiente de Control Interno

La Agencia I+D+i deberá entregar al Banco cualquier otra información sobre la auditoría de los estados contables y sobre los auditores, que el Banco razonablemente solicite, en particular se requiere opinión sobre el ambiente de control interno del Programa.

La no presentación en tiempo y forma al Banco de los informes de auditoría, por causas imputables a los ejecutores del Programa, podrá implicar la suspensión de los desembolsos de fondos.

ORGANIZACIÓN GENERAL PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA

I.7 La Agencia I+D+i

La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación es un organismo nacional descentralizado con autarquía administrativa y funcional, actuante en la órbita del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Su objetivo es promover la investigación científica, la generación de conocimiento y la innovación productiva de la Argentina, para mejorar su perfil productivo y la calidad de vida de la población.

La Agencia I+D+i diseña e implementa instrumentos de promoción orientados en distintas temáticas, sectores y beneficiarios, a través de tres Fondos de financiamiento:

• Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCYT)

• Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR)

• Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC)

Visión

Que la Agencia I+D+i sea reconocida por los sectores científico, tecnológico, educativo y productivo, y por la sociedad, como una institución accesible, eficaz y eficiente en el cumplimiento de su misión.

Misión

Promover la investigación científica y tecnológica y la innovación para la generación de conocimiento y la mejora de los sistemas productivos y de servicios, por medio del financiamiento de proyectos que satisfagan condiciones específicas de calidad y pertinencia y de otras acciones de estímulo conducentes a tal fin.

Recursos

La Agencia I+D+i dispone de fondos del Tesoro Nacional, de préstamos de Organismos Multilaterales de Crédito, del recupero del financiamiento reembolsable y provenientes de convenios de cooperación con organismos o instituciones nacionales e internacionales.

La Agencia I+D+i es la responsable de la administración del Fondo de Promoción y Fomento de la Investigación Tecnológica, creado por la Ley N° 23.877.

I.8 Estructura de la Agencia I+D+i

La Agencia I+D+i es conducida por un Directorio y un Presidente que deciden sobre su organización y planeamiento estratégico, así como sobre las líneas de financiamiento, la asignación de recursos, y los criterios y procedimientos de evaluación.

El Presidente de la Agencia I+D+i es asistido por la Dirección Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción (DNDyEIP), la Dirección General de Financiamiento Externo y Local (DIGFEL), la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ), la Coordinación de Evaluación de Calidad y Reportes (CECYR) y las unidades de Promoción Institucional (UPI), de Gestión Socio-Ambiental (UGSA), de Sistemas Informáticos (USI), de Becas (UBEC), de Instrumentos Orientados (UIO), de Servicios y Acciones Especiales (USAE), de Nuevas Iniciativas (UNI) y de Control de Gestión (UCG).

ORGANIGRAMA DE LA AGENCIA I+D+i


A continuación, se detallan las acciones y responsabilidades del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR) y el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC), a cargo de los aspectos técnicos del Programa; de la Dirección General de Proyectos con Financiamiento Externo y Local (DIGFEL) a cargo de los aspectos fiduciarios del Programa; de la Dirección Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción (DNDyEIP); la Coordinación de Evaluación de Calidad y Reportes (CECYR); la Unidad de Gestión Socio Ambiental de la Agencia (UGSA) a cargo de los aspectos ambientales y sociales del Programa.

DIRECCION NACIONAL FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Financiar proyectos que tiendan, a través de la innovación tecnológica, a mejorar la competitividad de las empresas argentinas en todas las industrias, incluyendo la industria del software, en el marco de los planes, programas y prioridades establecidos para el sector, en el ámbito de su competencia.

ACCIONES:

1. Promover la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación y de aquellos que aumenten la inversión y fortalezcan los procesos de innovación asociativos, en los que participen el sector privado y el público a través de empresas e instituciones científicas y tecnológicas, respectivamente.

2. Promover la creación y/o mejora de centros de desarrollo tecnológico y servicios que generen masa crítica en actividades de transferencia, investigación y desarrollo y servicios técnicos de alto valor agregado, orientada a la producción y con amplio alcance territorial.

3. Asesorar y asistir técnicamente a los posibles beneficiarios de los proyectos, en el marco de las líneas de financiamiento del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR).

4. Intervenir, en el marco de su competencia, la evaluación técnica, económica y financiera de las solicitudes de financiamiento.

5. Promover la realización de proyectos de modernización e innovación tecnológica en el sector de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones a través de la aplicación de instrumentos de financiamiento dirigidos a emprendimientos y Pymes del sector del software y servicios informáticos, Centros de Investigación, Universidades y estudiantes universitarios.

6. Asistir al Presidente del Organismo en la promoción de actividades de fortalecimiento de producción de software a nivel nacional, en el marco de su competencia.

7. Generar herramientas que potencien el crecimiento del mercado local posibilitando a su vez, el anclaje territorial.

8. Establecer los criterios de admisión de las solicitudes de financiamiento presentadas en torno a los instrumentos promocionales que administra, como así también intervenir en el ámbito de su competencia específica, en los reclamos administrativos que éstos generen.

9. Difundir los objetivos del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR) en ámbitos académicos, educativos y empresariales, entre otros.

DIRECCION NACIONAL FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Financiar proyectos asociativos público-privados, con el objetivo de desarrollar capacidades de gestión y transferencia científico-tecnológicas en sectores estratégicos de alto impacto y promover el desarrollo de empresas de base tecnológica intensivas en conocimiento.

ACCIONES:

1. Promover, en el marco de su competencia, la realización de proyectos público-privados, en sectores estratégicos de alto impacto, desarrollando capacidades científico-tecnológicas y plataformas tecnológicas regionales que incorporen valor agregado al sector productivo.

2. Elaborar planes de difusión de las convocatorias de presentación de proyectos, para cada uno de los sectores, generando las condiciones que permitan la distribución de los recursos contribuyendo al desarrollo armónico a nivel nacional, en el ámbito de su competencia.

3. Efectuar la coordinación entre los instrumentos de financiamiento que se establecieron para los Fondos Sectoriales con el resto de los vigentes en la Agencia y con otras instituciones sectoriales de la REPÚBLICA ARGENTINA.

4. Implementar proyectos estratégicos de innovación que den respuesta a demandas concretas del sector productivo y la sociedad.

5. Potenciar la transferencia tecnológica desde los centros de investigación y desarrollo al sector productivo mediante la creación de empresas de base tecnológica intensivas en conocimiento.

6. Promover, en el marco de su competencia y en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional, programas de formación de recursos humanos para aumentar su capacidad de contribuir de manera eficiente a la innovación productiva y social.

7. Implementar acciones tendientes a dinamizar el sistema nacional de innovación, favoreciendo la vinculación y transferencia tecnológica al sector productivo.

8. Establecer la admisibilidad de las solicitudes de financiamiento presentadas en torno a los instrumentos promocionales que administra, como así también intervenir en el ámbito de su competencia específica, en las reclamaciones administrativas contra los actos administrativos que en su ámbito suscriba.

9. Difundir la labor del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC) en ámbitos académicos, educativos y empresariales, entre otros.

DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL (DIGFEL)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las acciones vinculadas a la planificación, programación, formulación, implementación, supervisión, monitoreo y evaluación de programas y proyectos con financiamiento de organismos financieros internacionales de crédito y del Tesoro Nacional, como así también, a la ejecución de proyectos de participación público-privada que correspondan a las áreas de incumbencia del Organismo, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional.

ACCIONES:

1. Dirigir la planificación, programación y formulación de programas y proyectos con financiamiento externo y del Tesoro Nacional, y proyectos de participación público-privada, en correspondencia con los objetivos de política sectorial y en coordinación con los demás organismos con competencia en la materia.

2. Realizar las gestiones necesarias tendientes a la priorización de programas y proyectos con financiamiento externo y del Tesoro Nacional.

3. Coordinar los aspectos relacionados con la gestión y ejecución operativa de los programas con financiamiento externo y del Tesoro Nacional y proyectos de participación público-privada, articulando con las áreas sustantivas del Organismo durante todo el ciclo de los proyectos, en un marco de interacción y comunicación continua.

4. Entender en la administración, gestión financiera-contable y presupuestaria y organización y reclutamiento de los recursos humanos de los proyectos con financiamiento externo o proyectos de participación público-privada, garantizando el cumplimiento de los compromisos contractuales y el marco legal de aplicación.

5. Coordinar con las áreas sustantivas las acciones necesarias para velar por el cumplimiento de los requisitos ambientales y sociales para la preparación, aprobación y ejecución de los programas y proyectos de acuerdo con las normativas aplicables.

6. Participar en las actividades de apoyo legal y administrativo y procedimientos de adquisiciones y contrataciones de los programas y proyectos respectivos, velando por el cumplimiento de las normas, políticas y requerimientos de los organismos internacionales de crédito.

7. Monitorear y evaluar la ejecución de los programas y proyectos para de verificar el cumplimiento de los compromisos asumidos, implementando al efecto, flujos de información periódica.

8. Desarrollar, diseñar, implementar y operar un sistema integrado de seguimiento y evaluación de resultados e impactos de la ejecución de los programas y proyectos con financiamiento externo, que contemple los procesos involucrados, así como las reprogramaciones que se puedan requerir, articulando su actividad con las áreas competentes del Organismo.

9. Impulsar la integración y homogeneidad de los procesos en un marco de transparencia, economía y eficiencia en la utilización de los recursos que se destinan a la administración de los programas y proyectos, orientado a la mejora del control interno.

10. Canalizar el flujo de información con los organismos nacionales e internacionales vinculados con la ejecución de programas y proyectos con financiamiento externo y proyectos de participación público-privada en la órbita del Organismo.

DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN (DNDyEIP)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar y ejecutar programas e instrumentos de promoción, conforme los criterios, mecanismos y pautas establecidas por el Directorio del Organismo y en función de los lineamientos estratégicos de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Implementar y monitorear los mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas de los proyectos financiados a través de los distintos fondos que integran el Organismo, elaborando propuestas tendientes a mejorar la eficiencia en la asignación de estos.

ACCIONES:

1. Diseñar e implementar los instrumentos de financiación y promoción, según el origen de los préstamos vigentes, atendiendo los objetivos planteados por los indicadores de gestión y ejecución provenientes de las políticas de la Jurisdicción, como así también de los organismos de financiamiento.

2. Coordinar acciones con las diferentes áreas del Organismo, para la elaboración del Plan Operativo Anual y del Plan Estratégico del Organismo.

3. Participar en el diagnóstico y evaluación de los resultados e impacto de los instrumentos de promoción que organiza y administra el Organismo a través de los Fondos.

4. Realizar el seguimiento de los proyectos financiados por el FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO, el FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTIFICA Y TECNOLÓGICA y el FONDO ARGENTINO SECTORIAL, en el ámbito de su competencia, cualquiera sea su fuente de financiamiento.

5. Colaborar con el diseño e implementación de programas en el marco de acciones con organismos bilaterales y multilaterales de crédito, en coordinación con la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL.

6. Confeccionar y administrar un sistema de información basado en indicadores, propiciando el cumplimiento de las metas y otros instrumentos de control de ejecución.

7. Participar en la elaboración de propuestas de instrumentos de promoción y sus modificaciones, así como de reglamentaciones específicas que requiera el Organismo.

8. Sistematizar la información de las diferentes áreas del Organismo para la realización del control de gestión de su misión promocional y ponderación de los resultados, como así también desarrollar proyectos destinados a la mejora continua de la gestión administrativa del Organismo.

9. Coordinar transversalmente con las distintas áreas del Organismo, en el diseño y armado de un plan anual de monitoreo de los proyectos y programas ejecutados por el Organismo.

10. Planificar y coordinar las acciones de monitoreo, a través de la recopilación de las bases de datos de proyectos de los diferentes fondos del Organismo, para asegurar el control de la ejecución de los fondos fiduciarios conforme las normativas legales y específicas establecidas por la Administración Pública Nacional y los organismos multilaterales de crédito.

11. Efectuar la asistencia técnica y participar en las reuniones con auditores externos del Organismo, como así también en las evaluaciones de desempeño de los Programas de Innovación Tecnológica financiados por los organismos multilaterales de crédito.

COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN DE CALIDAD Y REPORTES

ACCIONES:

1. Colaborar con la Dirección Nacional en la administración de un sistema de información basado en indicadores, propiciando el cumplimiento de las metas y otros instrumentos de control de ejecución.

2. Consolidar y analizar permanentemente la información de gestión realizando acciones de monitoreo de las iniciativas que la integran.

3. Elaborar reportes y memorias institucionales, informes periódicos e informes especiales ad hoc sobre las iniciativas del Organismo.

4. Elaborar, en el marco de su competencia, informes de avance según los estándares de los organismos financiadores y participar del monitoreo del progreso físico de los programas con financiamiento externo, en coordinación con las áreas competentes del Organismo.

5. Consolidar y elaborar reportes correspondientes a los planes operativos anuales, y los programas con financiamiento externo, coordinar y compilar los reportes en los tiempos y formas convenidos.

6. Diseñar y ejecutar análisis temáticos y sectoriales, evaluar resultados e impacto de las iniciativas del Organismo, realizando estudios y relevamientos o proponiendo la contratación de evaluadores externos cuando se requiera.

7. Colaborar en la elaboración de documentos de formulación, diseño y planificación de programas.

8. Colaborar con las áreas del Organismo para mejorar el manejo y la disponibilidad de la información relevante, garantizar la evaluabilidad de las iniciativas y complementar acciones de difusión y de articulación institucional, entre otras.

9. Asistir técnicamente en los procesos de aseguramiento de la calidad implementados en el Organismo, mediante la definición, medición y seguimiento de indicadores de desempeño.

10. Colaborar en la mejora de los procesos de gestión, su sistematización, registro, seguimiento y documentación y asesorar en relación con los temas de su competencia.

UNIDAD DE GESTIÓN SOCIO AMBIENTAL DE LA AGENCIA (UGSA)

Esta Unidad, dependiente de la Dirección Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción (DNDYEIP), fue creada mediante Resolución de Directorio N° 041 del año 2006 y tiene por finalidad promover la sustentabilidad ambiental y asegurar el cumplimiento de la normativa socioambiental y de las regulaciones en materia de salud y seguridad laboral en el marco de los programas de promoción de la ciencia y la tecnología implementados por la Agencia I+D+i.

Las funciones de la UGSA en el marco del Programa son las siguientes:

1. Implementar las acciones y medidas específicas de la gestión ambiental y social establecidas en el Marco de Gestión Ambiental y Social, el Plan de Participación de Partes Interesadas, y el Plan Nacional de Participación de Pueblos Indígenas elaborados para el Programa, en acuerdo con los compromisos establecidos en el Plan de Compromiso Ambiental y Social el cual forma parte del acuerdo de préstamo.

2. Asegurar el cumplimiento del marco legal ambiental y social vigente, y los estándares sociales y ambientales del Banco Mundial aplicables.

3. Revisar, solicitar modificaciones -en caso necesario- y aprobar los Planes de Gestión Ambiental y Social u otro instrumento de gestión ambiental y social que se aplique a los proyectos.

4. Apoyar, en caso de ser necesario, el desarrollo y/o la adaptación del Sistema de Gestión Ambiental y Social (SGAS) de Intermediarios Financieros; y supervisar su aplicación.

5. Realizar auditorías socioambientales a los proyectos priorizados a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos ambientales y sociales establecidos;

6. Reportar cualquier Incidente Ambiental, Social y de Salud y Seguridad Ocupacional, a más tardar 48 horas después de conocer el incidente.

7. Atender las consultas y/o reclamos que se realicen vinculados a la gestión ambiental y social del Programa.

8. Elaborar un reporte semestral del desempeño ambiental, social, de salud y seguridad del Programa.

I.9 De los Comités

- COMITÉ DIRECTIVO DEL PROYECTO

Estará compuesto por los miembros del Directorio de la Agencia I+D+i y será encabezado por su presidente.

Sus tareas serán las de orientación estratégica y supervisión del Programa, garantizando que se cumplan sus objetivos. Tendrán a cargo las adjudicaciones de los proyectos una vez obtenida la no objeción del Banco, cuando corresponda.

Sus responsabilidades incluirán la aprobación de las bases de las convocatorias, la designación de los miembros de los Comités de Selección de Proyectos, los resultados de las evaluaciones, designación de los miembros del Equipo Asesoramiento Técnico Legal y todo otro requerimiento de la Unidad Ejecutora del Programa. Asimismo, proporcionará orientación estratégica y supervisión para en la ejecución de los componentes 1 y 3, así como de los fondos del componente 2.

COMITÉS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS

Estarán compuesto por miembros destacados del ambiente científico y tecnológico seleccionados por el Directorio de la Agencia I+D+i.

Sus tareas serán las de colaborar con los Directores del FONTAR y el FONARSEC en todas las cuestiones relacionadas con la selección y ejecución de los proyectos financiados en el marco del Programa.

Sus responsabilidades incluirán todo otro requerimiento de la Unidad Ejecutora del programa en sus aspectos técnicos y fiduciarios.

PROYECTOS Y ACTIVIDADES A SER FINANCIADOS

COMPONENTE 1 - FOMENTAR EL CRECIMIENTO DEL SECTOR PRIVADO IMPULSADO POR LA INNOVACIÓN

I) Subcomponente 1.1 - Consorcios Público-Privados - Apoyo a proyectos asociativos para la innovación productiva

El objetivo específico de este subcomponente será apoyar actividades de I+D+i de alta envergadura en sectores estratégicos para generar, adaptar y transferir conocimiento con un alto impacto en el sector productivo de bienes y servicios, fomentando las vinculaciones privadas y público-privadas en la investigación.

La herramienta será utilizada para apoyar el desarrollo de capacidades de generación e incorporación de innovación tecnológica en sectores estratégicos de la economía y la sociedad argentina, a través del financiamiento de proyectos de alto impacto que permitan dar respuesta a problemas relevantes en diversos sectores.

Las líneas temáticas sobre las que se aplicarán los recursos serán definidas a partir de la identificación de necesidades estratégicas para la Nación en coordinación con otras dependencias del Estado Nacional de competencia y/o a partir de necesidades estratégicas identificadas por la Agencia I+D+i.

II) Subcomponente 1.2 - PYMES orientadas al crecimiento - Apoyo para la digitalización, el desarrollo, la transferencia y la adopción de tecnología.

Este subcomponente promoverá la innovación en empresas orientadas al crecimiento mediante el apoyo a la digitalización, la adopción y desarrollo de tecnología y la transferencia tecnológica dentro de tres grupos de PYMES con diversos grados de capacidad tecnológica.

La primera ventana estará dirigida a micro y pequeñas empresas con el fin de mejorar las capacidades digitales. Los aportes consistirán en hasta US$ 3.000 para actividades de diagnóstico y hasta US$ 10.000 para servicios de implementación.

La segunda ventana se focalizará en PYMES, priorizando aquellas de tamaño medio, con el fin de mejorar la competitividad mediante la adopción de tecnologías, transferencia tecnológica y la generación o potenciación de las capacidades de I+D. Los aportes consistirán en hasta US$ 300.000 para esta ventana.

La tercera ventana está enfocada en empresas de base científico-tecnológica y emprendedores con experiencia previa en desarrollo de nuevos productos y/o inserción en nuevos mercados.

III) Subcomponente 1.3 - Emprendedores y redes: apoyo al emprendimiento temprano y al desarrollo del ecosistema de innovación

Este subcomponente centrará el apoyo en tres canales: (i) subsidios a organizaciones especializadas en apoyo emprendedor (ESOs), (ii) subsidios a empresas emergentes, (iii) espacios físicos para el desarrollo de la innovación juvenil digital. La Agencia I+D+i cuenta con los programas EMPRETECNO y TECNOTECAS para administrar estos apoyos.

COMPONENTE 2 - APOYO A LA CREACION O FORTALECIMIENTO DE EMPRESAS DE BASE TECNOLOGICA Y CADENAS DE VALOR

Capital de Riesgo

El objetivo de este Componente es promover el espíritu empresarial y los ecosistemas de financiamiento de la innovación, para atraer financiamiento privado adicional y desarrollar habilidades en el financiamiento de capital en etapas tempranas. Este componente brindará apoyo específico para fortalecer los mecanismos de financiación liderados por el sector privado para emprendimientos impulsados por la innovación.

COMPONENTE 3 - FORTALECIMIENTO DE INSTITUCIONES DEL ECOSISTEMA EMPRENDEDOR Y MEJORAMIENTO DE POLITICAS PUBLICAS

El objetivo de este componente es fortalecer el marco institucional y las políticas para la promoción de la investigación, el desarrollo tecnológico, y la innovación (I+D+i). Este componente tendrá un foco especial en remover barreras regulatorias y mejorar la infraestructura para el desarrollo de nuevos productos y procesos.

I) Subcomponente 3.1 - Entes Regulatorios

Este subcomponente está orientado a fortalecer la red de soporte a emprendedores y empresas innovadoras, en relación con sus políticas y capacidades para brindar productos y servicios vinculados a la validación, certificación y regulación de desarrollos basados en ciencia y tecnología. El fin principal será dotar a los organismos, instituciones, empresas y otras entidades públicas y privadas, de las herramientas para potenciar sus formatos, capacidades tecnológicas, procesos e instalaciones de forma de ampliar y mejorar capacidades que impactan en la llegada al mercado de nuevos productos, procesos y servicios innovadores.

II) Subcomponente 3.2 - Infraestructura institucional y de investigación

Este subcomponente está orientado a fortalecer la capacidad innovadora de las organizaciones relacionadas con sus políticas, la certificación y regulación de desarrollos basados en ciencia y tecnología. El fin principal será dotar a los organismos e instituciones de herramientas para potenciar sus formatos, procesos e instalaciones en relación con la intervención que requiere habilitar nuevas firmas y llevar nuevos productos, procesos y servicios innovadores al mercado.

GESTIÓN, EVALUACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO

En este apartado están contempladas todas las acciones destinadas a la gestión, evaluación e implementación del proyecto, incluyendo los gastos de administración y de auditoría. De manera genérica esta sección financiará:

1. Gastos de coordinación, gerencia y evaluación

2. Administración, control interno y auditoría

3. Preparación e implementación de proyectos destinados al cumplimiento de compromisos medio ambientales

4. Cualquier otra evaluación de resultados o impacto

5. Actividades de implementación y supervisión del proyecto.

ADQUISICIONES

I.10 Marco legal y Procedimientos de Adquisiciones

Las relaciones jurídicas entre el Banco y el prestatario se regirán por el Convenio de Préstamo.

La Agencia I+D+i será el Organismo Ejecutor del Programa de Innovación para el Crecimiento Inteligente, debiéndose ajustar a las condiciones establecidas por el Convenio de Préstamo y a las disposiciones de este Reglamento Operativo.

Todos los Bienes, Obras, Servicios de no Consultoría y Servicios de Consultoría serán adquiridos de acuerdo con las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión” del Banco Mundial, cuarta edición de fecha noviembre de 2020 (Normas de contrataciones) y a lo acordado en la estrategia de Adquisiciones del Proyecto.

Si existiera algún conflicto entre lo dispuesto en el presente Reglamento Operativo, y el Convenio de Préstamo BIRF N° 9434-AR, las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión” o la Estrategia de Adquisiciones del Proyecto, prevalecerá lo dispuesto en el Convenio de Préstamo y en las mencionadas Regulaciones y Estrategia.

En ningún caso existirá relación jurídica entre los proveedores, contratistas y/o consultores con el Banco.

Los procedimientos de contratación y adjudicación que se ejecuten en el marco del Programa serán revisados y aprobados por el Banco Mundial de acuerdo con las reglas que se mencionan en este Capítulo para cada tipo y monto de Subproyecto.

Para llevar a cabo la ejecución de obras, las adquisiciones de bienes y la contratación de servicios de firmas consultoras u otros, a ser ejecutados en el marco del Programa, se emplearán los documentos de licitación acordados con el Banco.

Por cada Subproyecto que se financiará con el Préstamo, la Agencia I+D+i y el Banco acordarán, en el Plan de Adquisiciones, los diferentes métodos de adquisición o de selección de consultores y los plazos estimados de ejecución, sobre la base de los umbrales establecidos en este Reglamento.

Los derechos y obligaciones de la Agencia I+D+i, de los Beneficiarios y de los contratistas de obras, proveedores de bienes y prestadores de servicios de consultoría, se regirán por los contratos firmados entre ellos.

Los gastos que no se realicen de acuerdo con los procedimientos convenidos no serán financiados por este Programa, pudiendo cancelarse la porción correspondiente a dichos gastos y a aplicar las medidas establecidas en el Convenio de Préstamo y en los Convenios de Préstamos Subsidiarios.

I.11 Plan de Adquisiciones

I.11.1 Definición y objetivos

El Plan de Adquisiciones contiene la lista de las obras, los bienes y servicios de consultoría y no consultoría a adquirir o contratar en el marco del proyecto. El objetivo de ese documento es establecer el tipo de adquisición y los procedimientos para su contratación. El plan ha de incluir lo siguiente:

■ La agrupación de contratos y métodos de contratación para obras, bienes y servicios, así como una selección de consultores, incluyendo estimaciones de costos en dólares por paquete y método, las fechas de inicio y la duración de las actividades estimadas.

■ Un cronograma para cada categoría (obras, bienes y servicios de consultoría y de no consultoría), citando hitos en el proceso de adquisición con fechas estimadas.

La Agencia I+D+i empleará el Sistema STEP (por sus siglas en inglés) para la elaboración, actualización y solicitud de aprobación del Plan de Adquisiciones de acuerdo con las instrucciones del Banco. El Plan de Adquisiciones para los contratos ejecutados por la Agencia se debe aprobar mediante el mencionado Sistema (STEP). Para el caso de los Subproyectos aprobados el Plan de Adquisiciones debe estar publicado en el portal de Internet de la Agencia I+D+i (www.agencia.mincyt.gob.ar) y deberá ser actualizado en forma periódica.

I.11.2 Periodicidad de presentación al banco y requerimiento de revisión previa

El Plan de Adquisiciones será actualizado por lo menos en forma semestral o bien como fuere necesario para la implementación del Programa. Dicha actualización cubrirá como mínimo los siguientes 18 meses de implementación. No se deberán iniciar procesos de contratos que no se encuentren en el Plan de Adquisiciones aprobado.

I.12 Ejecución de las Adquisiciones

La Unidad Ejecutora será quien realice, en forma centralizada, los procesos de adquisiciones correspondientes a Administración y Evaluación con apoyo de especialistas técnicos de los diferentes Fondos y Unidades de apoyo que de ella dependen. Será la responsable de informar al Banco sobre todos los aspectos del Programa y en particular sobre las adquisiciones que se realicen a nivel central o descentralizado.

Las adquisiciones de los Componentes 1 y 3 serán realizadas en forma descentralizada por los subejecutores (beneficiarios) del Programa y bajo la supervisión y apoyo de la Agencia I+D+i para verificar y garantizar el cumplimiento de las Regulaciones del Banco.

Los beneficiarios de los subproyectos detallarán todas las adquisiciones que se efectuarán a lo largo del Programa y la Agencia elaborará planillas de Excel con la información de los procesos. Estas planillas serán utilizadas para todas las adquisiciones, con independencia del Fondo de la Agencia I+D+i, a través del cual sean implementadas y serán publicadas en su página WEB con una referencia a la misma en STEP bajo la línea de Transferencias.

I.13 Métodos de Adquisición

I.13.1 Métodos de Adquisiciones aplicables a la Agencia I+D+i según Categoría y Costo

En el cuadro siguiente se indican los métodos aplicables para cada tipo de contratación llevada a cabo por la Agencia I+D+i:


I.13.2 Métodos de Adquisiciones para Beneficiarios Públicos según Categoría y Costo

En el cuadro siguiente se indican los métodos aplicables para cada tipo de contratación llevada a cabo en el marco de los subproyectos:


I.13.3 Métodos Particulares de Adquisición de Bienes, Obras y Servicios de no Consultoría

I.13.3.1 Solicitud de Ofertas (SDO)

La SDO es un método competitivo con el que se invita a presentar Ofertas. Debe utilizarse cuando, debido a la índole de los Bienes, las Obras o los Servicios de No-Consultoría que habrán de suministrarse, el Prestatario puede especificar requisitos detallados a los que los Licitantes deben responder en sus Ofertas.

Las adquisiciones que se realizan con esta modalidad conllevan un proceso de una sola etapa. Por lo general, para las SDO se utilizan criterios de calificación (requisitos mínimos normalmente evaluados como pasa/no pasa) y no se emplean criterios de evaluación con puntajes.

No se impedirá el acceso a firmas extranjeras que deseen participar, si cumplen los requisitos de elegibilidad.

I.13.3.2 Solicitud de Cotizaciones (SDC)

La SDC es un método competitivo que se basa en la comparación de cotizaciones de precios de distintas empresas. Este método puede resultar más eficiente que las modalidades más complejas cuando es necesario adquirir cantidades limitadas de Bienes o Servicios de No- Consultoría ya disponibles en el mercado, o productos básicos con especificaciones estándar, o cuando se necesita contratar Obras civiles sencillas y de bajo valor.

I.13.3.3 Selección Directa

Por motivos de adecuación, optimización de la relación calidad-precio y proporción, podría ser necesario utilizar la Selección Directa, que consiste en ponerse en contacto y negociar con una sola empresa. Este método de selección puede ser conveniente cuando haya solo una empresa que puede satisfacer los requerimientos o se justifique utilizar una compañía de preferencia.

La Selección Directa puede resultar adecuada en las siguientes circunstancias:

A continuación, se resumen dichos requisitos:

a) Un contrato existente (incluso un contrato no financiado originalmente por el Banco) para la adquisición de Bienes o la contratación de Obras o Servicios de No- Consultoría, adjudicado mediante procedimientos aceptables para el Banco, puede extenderse para abarcar Bienes, Obras o Servicios de No-Consultoría adicionales de naturaleza similar, siempre que:

i. se lo justifique;

ii. no pueda obtenerse ventaja alguna mediante un proceso competitivo;

iii. los precios correspondientes al contrato extendido sean razonables.

b) Hay un requisito justificable de volver a trabajar con una empresa que ha concluido anteriormente un contrato (dentro de los 12 meses precedentes) con el Prestatario para ejecutar un contrato similar. En la justificación deberá mostrarse lo siguiente:

i. que la empresa se desempeñó satisfactoriamente en el contrato anterior;

ii. que no puede obtenerse ventaja alguna mediante un proceso competitivo;

iii. que los precios para la contratación directa son razonables;

c) Las adquisiciones son de muy bajo valor y bajo riesgo, tal como se acordó en el Plan de Adquisiciones.

d) El caso es excepcional, por ejemplo, responde a Situaciones de Emergencia.

e) La estandarización de Bienes que deben ser compatibles con otros Bienes ya existentes puede justificar que se efectúen compras adicionales al proveedor original, si ya se han analizado de manera satisfactoria para el Banco las ventajas y desventajas de recurrir a otra marca o fuente de equipamiento.

f) Los equipos necesarios son propios de una única fuente y solo pueden obtenerse de ella.

g) La adquisición de ciertos Bienes de una empresa en particular es esencial para lograr el desempeño requerido o para preservar la garantía funcional de un equipo, un elemento de Planta o una instalación.

h) Los Bienes, las Obras o los Servicios de No-Consultoría suministrados en el país del Prestatario por una empresa estatal, una universidad, un centro o institución de investigación del país del Prestatario son de naturaleza única y excepcional, según se define en el Párrafo 3.23 c.

i) Selección Directa de organismos de las Naciones Unidas de conformidad con lo dispuesto en los Párrafos 6.47 y 6.48.

En todos los casos de Selección Directa, el Prestatario deberá verificar lo siguiente:

a) que los precios sean razonables y coherentes con los valores de mercado de elementos similares;

b) que los Bienes, las Obras o los Servicios de No-Consultoría requeridos no se dividan en paquetes de adquisiciones más pequeños para evitar procesos competitivos.

I.13.4 Métodos Particulares de Adquisición de Servicios de Consultoría

I.13.4.1 Selección Basada en Calidad y Costo (SBCC)

La SBCC es un proceso competitivo en el que participan firmas consultoras ya preseleccionadas e incluidas en una Lista Corta y en el cual, para elegir la firma ganadora, se tienen en cuenta la calidad de la Propuesta y el costo de los servicios. En el documento de SDP se deberá especificar el puntaje mínimo que deberán obtener las Propuestas Técnicas. El peso relativo que se conceda a la calidad y el costo dependerá de las características del trabajo. La Propuesta Más Conveniente será aquella que, además de cumplir con los requisitos del documento de Solicitud de Propuestas y considerarse técnicamente calificada, haya obtenido el puntaje combinado (calidad y costo) más alto.

I.13.4.2 Selección Basada en Calidad (SBC)

En la SBC, se analiza la calidad de la Propuesta sin emplear el costo como criterio de evaluación. Si en la SDP se convoca a presentar tanto Propuestas Técnicas como financieras, solo se abrirá la parte financiera de la empresa que haya obtenido la calificación técnica más alta, que se analizará para determinar la Propuesta Más Conveniente. No obstante, si en el documento de SDP solo se convoca a presentar Propuestas Técnicas, se invitará a la firma consultora que haya obtenido el puntaje técnico más alto a presentar su Propuesta Financiera para iniciar las negociaciones.

La SBC es el método de selección adecuado para los siguientes tipos de trabajos:

a) trabajos complejos o altamente especializados para los cuales es difícil definir términos de referencia precisos y determinar los insumos que se requerirán de la firma, y para los cuales el Prestatario espera que las firmas consultoras presenten Propuestas innovadoras;

b) trabajos de alto impacto en las etapas posteriores;

c) trabajos que pueden llevarse a cabo de modos muy diferentes, motivo por el cual las Propuestas no serán comparables.

I.13.4.3 Selección basada en el Menor Costo (SBMC)

De modo similar a la SBCC, la SBMC es un proceso competitivo en el que participan firmas consultoras ya preseleccionadas e incluidas en una Lista Corta, y en el cual para elegir la firma ganadora se tienen en cuenta la calidad de la Propuesta y el costo de los servicios. Este método de selección es por lo general adecuado para trabajos estándar o rutinarios (como el diseño de ingeniería de obras sencillas), para los cuales ya existen prácticas y parámetros bien establecidos.

En el documento de SDP se especifica el puntaje mínimo que deben obtener las Propuestas Técnicas. La Propuesta Más Conveniente será la que haya obtenido un puntaje técnico superior al mínimo y muestre el costo evaluado más bajo.

I.13.4.4 Selección Basada en las Calificaciones de los Consultores (SCC)

El Prestatario solicitará que se presenten Expresiones de Interés (EdI), para lo cual deberá adjuntar los términos de referencia a la Solicitud de Expresiones de Interés (SEI). Se pedirá a por lo menos tres firmas idóneas que brinden información acerca de su experiencia y calificaciones pertinentes. Del conjunto de firmas que hayan presentado EdI, el Prestatario seleccionará a la que muestre mejores calificaciones y experiencia pertinente y la invitará a presentar sus Propuestas técnica y financiera para iniciar las negociaciones. No es obligatorio dar a publicidad las SEI.

La SCC es el método de selección adecuado para trabajos de poca envergadura o Situaciones de Emergencia en las que no se justifica preparar y evaluar Propuestas competitivas.

I.13.4.5 Selección Directa (SD)

Las contrataciones de firmas consultoras o consultores individuales con base a una Sola Fuente (Selección Directa) sólo se utilizará en casos excepcionales. La justificación de este método de selección se examinará de acuerdo con lo establecido en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión (párrafos 7.13 al 7.15 para el caso de firmas consultoras).

Los contratos podrán ser adjudicados a las firmas consultoras y/o a consultores individuales bajo esa modalidad de selección, en los siguientes casos:

1) Para firmas consultoras. La selección directa de firmas consultoras se utilizará en casos excepcionales. La selección directa puede resultar adecuada en las siguientes circunstancias:

a) un contrato de Servicios de Consultoría ya existente, incluso un contrato originalmente no financiado por el Banco, pero adjudicado mediante procedimientos aceptables para el Banco, puede extenderse para abarcar otros Servicios de Consultoría similares, siempre que se lo justifique adecuadamente, no pueda obtenerse ventaja alguna mediante un proceso competitivo y los precios sean razonables;

b) en las tareas que representan la prolongación natural de un trabajo anterior realizado por una Consultora en los últimos 12 meses, puede ser preferible proseguir con la Consultora inicial y no convocar a un nuevo proceso competitivo, en vista de la continuidad del enfoque técnico, la experiencia adquirida y el mantenimiento de la misma responsabilidad profesional, siempre que el desempeño de dicha Consultora en el trabajo anterior haya sido satisfactorio;

c) hay un requisito justificable de volver a trabajar con una firma consultora que ha concertado anteriormente un contrato con el Prestatario para ofrecer Servicios de Consultoría similares. En la justificación debe mostrarse que la firma se desempeñó satisfactoriamente en el contrato anterior, que no puede obtenerse ninguna ventaja con la competencia y que los precios son razonables;

d) las adquisiciones son de muy bajo valor y bajo riesgo, tal como se acordó en el Plan de Adquisiciones;

e) en casos excepcionales, por ejemplo, en respuesta a Situaciones de Emergencia;

f) solo una firma está calificada o una firma posee experiencia excepcionalmente valiosa para el trabajo;

g) los Servicios de Consultoría suministrados en el país del Prestatario por una empresa estatal, una universidad, un centro o institución de investigación del país del Prestatario son de naturaleza única y excepcional, según se define en el párrafo 3.323

c) de las Regulaciones de Adquisiciones.

h) la Selección Directa de Organismos de las Naciones Unidas de conformidad con lo dispuesto en los Párrafos 7.27 y 7.28 de las Regulaciones de Adquisiciones.

2) Para consultores individuales. Se podrá recurrir a la Selección Directa de Consultores Individuales, con la debida justificación, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) las tareas son una continuación de un trabajo anterior realizado por el Consultor Individual después de haber sido seleccionado de manera competitiva;

b) los trabajos tienen una duración prevista de menos de seis meses;

c) en una situación de emergencia; o

d) un Consultor Individual tiene experiencia y calificaciones pertinentes excepcionalmente valiosas para el trabajo.

I.13.4.6 Consultores Individuales

Los servicios para tareas que cumplan con los requisitos establecidos en el punto 7.34 de las Regulaciones de Adquisiciones, es decir, que a) no requieren un equipo de expertos;, b) no requieren apoyo profesional adicional de la oficina central; y c) la experiencia y las calificaciones de la persona son un requisito primordial, podrán ser adquiridos en el marco de contratos adjudicados a consultores individuales de conformidad con las disposiciones de los puntos 7.35 a 7.38 de las Regulaciones de Adquisiciones, mediante la evaluación de las calificaciones y la experiencia pertinente de los Consultores Individuales que hayan expresado interés en respuesta a la solicitud o la invitación.

I.13.5 Métodos de Adquisiciones para Beneficiarios Privados según Categoría y Costo

Los procedimientos de adquisiciones a ser ejecutados por los beneficiarios de los subproyectos del Sector Privado se basan en el mecanismo de selección de Prácticas Comerciales, de acuerdo con el párrafo 6.46 de las Regulaciones de Adquisiciones. Teniendo en cuenta las características de estos beneficiarios, se considera que el uso de mecanismos bien establecidos en el sector privado para la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios de consultoría y de no consultoría es el mecanismo de selección que mejor se ajusta a sus necesidades, capacidades y actividad comercial habitual.

Los Principios Básicos de Adquisiciones del Banco (valor por el dinero, economía, integridad, hecho a medida, eficiencia, transparencia y equidad) constituyen el parámetro para determinar la aceptabilidad de las prácticas comerciales.

Estos principios deberán incluir lo siguiente:

a) cumplimento de los requisitos de elegibilidad del Banco, de acuerdo con los párrafos 3.21 a 3.24 de las Regulaciones de Adquisiciones;

b) evitar situaciones de conflicto de interés en la adjudicación de contratos, de conformidad con los párrafos 3.14 a 3.17 de las Regulaciones de Adquisiciones (por ejemplo, contratar a empresas afiliadas o empresas que sean de propiedad de miembros de la familia);

c) cumplimento con lo establecido en las “Normas para la Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción” del Banco, en los procesos de adquisiciones y durante la ejecución de los contratos;

d) acuerdo por parte de los beneficiarios respecto a la supervisión de la Agencia I+D+i en los procesos de adquisiciones, a fin de asegurar el cumplimiento de los procedimientos y prácticas comerciales aceptadas;

e) ningún contrato podrá ser adjudicado a firmas o individuos sancionado por el Banco;

f) incluir una cláusula en los contratos por la cual se permita que el Banco inspecciones las cuentas, archivos, y cualquier otra documentación relativa al proceso de adquisición, selección y/o ejecución del contrato, y a ser auditados por auditores designados por el Banco, si así fuese requerido.

En el ANEXO VIII se describen los procedimientos específicos de acuerdo con el tipo y monto.

I.14 Examen por parte del banco de los procesos de adquisiciones

A continuación, se mencionan los casos donde procede la revisión previa del Banco, tanto para los contratos ejecutados por la Agencia I+D+i como en los contratos ejecutados en el marco de los subproyectos.

Todos los otros contratos estarán sujetos a Examen Posterior por parte del Banco y toda la documentación estará a disposición del Banco para su revisión cuando éste lo requiera. El Banco realizará misiones de supervisión ex post de contratos con una frecuencia anual o cuando lo considere necesario. No obstante ello, toda la documentación estará a disposición del Banco para su revisión cuando éste la requiera.

En lo que respecta a la revisión posterior por parte del Banco, la Agencia I+D+i conservará en los archivos del Programa, la siguiente documentación: (i) un ejemplar auténtico del contrato (o su copia fiel), (ii) el análisis de las ofertas, (iii) la recomendación de adjudicación, (iv) el contrato suscripto y (v) cualquier otra información que el Banco razonablemente solicite, y se la enviará al Banco sólo a requerimiento de éste. La revisión de este tipo de contratos por parte del Banco se realizará una vez por año o cuando lo estime conveniente.

I.14.1.1 Contratos ejecutados por Agencia I+D+i


Selección Directa. Para los casos de contratos bajo el método de Selección Directa de cualquiera de las categorías de adquisiciones, la Agencia debe obtener la No Objeción del Banco para aplicar dicho método, adjuntando las justificaciones respectivas al momento de solicitar la No Objeción al Plan de Adquisiciones (incluyendo la justificación en el Plan). En estos casos, independientemente del monto, para todos los contratos bajo Selección Directa, el Gerente de Proyecto (TTL) podrá requerir una revisión técnica, que no concluirá con un formulario 384.

Asimismo, aquellos contratos de monto estimado igual o mayor a los indicados en el cuadro precedente estarán sujetos a revisión previa del Banco no solo en cuanto a la justificación para autorizar el método sino también en el resto de las instancias del proceso de contratación.

I.14.1.2 Contratos ejecutados en el marco de los Subproyectos

Los contratos llevados a cabo por los subproyectos (a excepción de aquellos cuyo mecanismo de selección hubieran sido las Prácticas Comerciales) serán revisados previamente por el Banco de acuerdo a los umbrales indicados en el cuadro I.12.1.1.

La siguiente categoría se agrega a las ya indicadas en I.12.1.1


Selección Directa. Para los contratos bajo el método de Selección Directa de cualquiera de las categorías de adquisiciones, los subproyectos deberán obtener la No Objeción de la Agencia para aplicar dicho método, adjuntando las justificaciones respectivas al momento de solicitar la No Objeción al Plan de Adquisiciones. En estos casos, independientemente del monto, para todos los contratos bajo Selección Directa, el Gerente de Proyecto (TTL) podrá requerir una revisión técnica, que no concluirá con un formulario 384.

Asimismo, aquellos contratos de monto estimado igual o mayor a los indicados en el cuadro

I.12.1.1 estarán sujetos a revisión previa del Banco no solo en cuanto a la justificación para autorizar el método sino también en el resto de las instancias del proceso de contratación.

I.14.1.3 Examen por parte de la Agencia I+D+i de las decisiones de adquisiciones de procesos no sometidos a revisión previa del Banco

Cuando las adquisiciones y contrataciones sean realizadas por la Agencia I+D+i, la misma confeccionará todos los documentos con carácter previo a los concursos o llamados a licitación y todos los contratos que de ellos se deriven.

Cuando las adquisiciones sean realizadas por beneficiarios de subproyectos del Sector Público, la Agencia I+D+i revisará todos los documentos con carácter previo y otorgará una no objeción en las siguientes etapas:

Bienes, obras y servicios de no Consultoría:

• No Objeción a los Documentos de Licitación (pliego)

• No Objeción al Informe de Evaluación de ofertas/cotizaciones (Preadjudicación)

Servicios de Consultoría:

• No Objeción de TDR y llamado de solicitud de Expresiones de Interés

• No Objeción de Lista Corta

• No Objeción al documento de Solicitud de Propuestas

• No Objeción al Informe de Evaluación Técnica y Financiera y modelo de Contrato (adjuntar Acta de Negociaciones)

Consultores Individuales:

• No Objeción a los TDR

• No Objeción al Informe de Evaluación

En el caso de las adquisiciones que sean ejecutadas por beneficiarios de subproyectos del Sector Privado, Agencia I+D+i revisará todos los documentos con carácter previo y otorgará una no objeción en las siguientes etapas:

Obras, bienes y servicios de no Consultoría:

• No Objeción a las Especificaciones Técnicas y al Informe de Evaluación y Recomendación

Servicios de Consultoría (firmas) y Consultores Individuales:

• No Objeción de los TDR y del Informe de Evaluación y Recomendación

PROCEDIMIENTOS DE DESEMBOLSOS DE FONDOS DEL PRÉSTAMO

I.15 Introducción

El presente título tiene por objeto establecer las modalidades y lineamientos para los desembolsos de los recursos del financiamiento del “Programa de Innovación para el Crecimiento Inteligente”.

Se considerarán las siguientes categorías de gastos a ser atendidos con fondos del Programa:

• Sectores Estratégicos a través de consorcios Público-Privados

• Fortalecimiento de empresas

• EBTs en marcha

• Tecnotecas

• Empretecno

• Capital de Riesgo

• Ecosistema emprendedor

• Entes Regulatorios/Laboratorios Público-Privados

• Administración, Evaluación y Auditoría

I.16 Modalidades de retiro y utilización de fondos del Préstamo

El desembolso de los fondos del Préstamo a la DIGFEL se procesará de conformidad con los procedimientos del Banco estipulados en el Convenio Legal y en la Carta de Desembolso e Información Financiera (DFIL). Los fondos se desembolsarán con respecto a los gastos elegibles incurridos o por incurrir en el marco del Programa y se desembolsarán de acuerdo con los porcentajes de financiación acordados. El Programa informará sobre el uso de los Adelantos y procesará las solicitudes de Reembolso, a través de Solicitudes de Retiro (WA) respaldadas por las EP. Los pagos directos serán documentados por Registros.

I.17 Flujograma del movimiento de fondos

A continuación, se presentan flujogramas de movimiento de fondos y pagos.


Límite máximo o techo para anticipo de fondos a las Cuentas Designadas - Disponibilidad de Fondos

Este método permite el desembolso anticipado de fondos de la cuenta del Préstamo, para ser depositados en la “Cuenta Designada” con el objeto de agilizar la tramitación de pagos.

El monto del Límite máximo o techo para anticipo de fondos a la Cuenta Designada será de hasta cuarenta millones de dólares estadounidenses (US$ 40.000.000).. El anticipo inicial para constituir el Límite máximo o techo para anticipo de fondos a la Cuenta Designada se hará utilizando una solicitud de retiro de fondos a través de los sistemas correspondientes. Se podrán realizar anticipos parciales en las primeras etapas de ejecución del Programa hasta que se alcance un nivel de ejecución acorde con el Límite máximo o techo para anticipo de fondos a la Cuenta Designada.

La Agencia I+D+i solicitará la reposición del límite máximo o techo para anticipo de fondos a la Cuenta Designada de acuerdo con la planificación financiera, en tanto y en cuanto se hayan acumulado gastos realizados cuya suma supere el mínimo establecido para solicitudes de retiro de fondos especificado en la carta de desembolso.

I.18 Documentación Justificativa de Pagos

Cuando el Prestatario realice pagos según las modalidades a.1, deberá acreditar el mismo para su correspondiente rendición posterior al BIRF con la siguiente documentación:


Cuando el Prestatario realice pagos según la modalidad b, utilizando la “Cuenta Préstamo”, deberá acreditar la pertinencia de este acompañando la Solicitud de Pago Directo con la siguiente documentación:


I.19 Estructura de las cuentas del Programa

La administración financiera del Préstamo BIRF N° 9434-AR se efectuará por medio de las cuentas definidas dentro del Plan de Cuenta Contables, y que se detallan a continuación:

La administración financiera del Préstamo BIRF N° 9434-AR se efectuará por medio de las cuentas que se detallan a continuación:

■ “Cuenta Préstamo” del Banco Mundial, cuyo movimiento de fondos se producirá por solicitud de la Señora Directora de la Dirección General de Proyectos con Financiamiento Externo y Local, del Director Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción y del Presidente de la Agencia I+D+i, firmadas de a dos en forma indistinta.

■ Cuenta Designada: Cuenta a la Vista Especial en Dólares del Banco Nación Argentina, a la cual se transfieren los fondos depositados en la cuenta mencionada precedentemente.

■ Cuenta Operativa: Cuenta Corriente en Pesos del Banco de la Nación Argentina, administrada por la Dirección General de Financiamiento Externo y Local y a la cual se transfieren los fondos provenientes de la “Cuenta Designada” en la medida que los gastos elegibles por el financiamiento sean exigibles para el pago.

Los datos de identificación correspondientes a la Cuenta Designada en Dólares y la Cuenta Corriente en Pesos del Banco de la Nación Argentina serán informados al BIRF mediante nota suscripta por la Agencia I+D+i.

I.20 Plazos

El plazo de ejecución del Programa será de 6 años desde el 30 de agosto de 2022.

La fecha de cierre del préstamo será el 30 de agosto de 2028 o fecha posterior que se establezca con acuerdo del Banco.

ASPECTOS SOCIALES Y AMBIENTALES

Las directrices, pautas y procedimientos en materia ambiental, social, de salud y de seguridad que deberán ser observados e implementados durante el Programa estarán a cargo de la Unidad de Gestión Socio Ambiental de la Agencia (UGSA).

En cuanto resulte pertinente y necesario, la UGSA articulará acciones con las áreas sustantivas de la Agencia responsables de los instrumentos de financiamiento, así como con otras áreas relevantes de la Agencia I+D+i (tales como la CECYR, UPI, entre otras) para asegurar el cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco del Programa.

El equipo de trabajo de la UGSA actualmente en funciones y que se mantendrá durante toda la implementación del Programa, cuenta con personal calificado incluyendo los siguientes perfiles/especialidades: (i) Especialista en Salud y Seguridad; (ii) Especialista(s) en Ingeniería Ambiental; (iii) Abogado Especialista en Legislación Ambiental; (iv) Especialista en Gestión Ambiental y Social.

I.21 Compromisos Ambientales y Sociales del Programa

Los principales impactos ambientales y sociales del Programa son positivos, ya que el mismo busca crear más y mejores empleos, fomentando el crecimiento sostenible a partir de la innovación, la valoración del rol de las mujeres y los grupos vulnerables, creando oportunidades bajo un nuevo paradigma sostenible, inclusivo y ambientalmente responsable. Es importante señalar que los componentes del Programa no contemplan actividades a gran escala ni extractivistas, ni grandes obras de infraestructura, por lo que no se esperan eventos potenciales de contaminación y/o degradación ambiental significativos. Los riesgos e impactos ambientales adversos identificados son de alcance puntual y localizado; y no está previsto que alguna actividad del proyecto genere impactos sociales adversos.

El Marco Ambiental y Social del BM establece un conjunto de estándares ambientales y sociales que definen los requisitos a cumplir respecto a la identificación y evaluación de riesgos e impactos ambientales y sociales asociados a los proyectos respaldados por el BM. El objetivo es identificar y evaluar de manera temprana, oportuna, proporcional y continua los riesgos e impactos ambientales y sociales adversos relacionados con los proyectos financiados por el BM, durante todo su ciclo de vida. El presente Programa debe cumplir con los Estándares Ambientales y Sociales del Banco Mundial, considerados relevantes. Los mismos rigen en todo el ciclo del Programa, y establecen los objetivos y requisitos para evitar, minimizar, reducir y mitigar riesgos e impactos.

La clasificación de riesgo ambiental y Social1 (A&S) del Programa se considera moderada según los criterios del MAS del BM, debido a la naturaleza y la magnitud de los posibles riesgos e impactos que se desprenden de los componentes y actividades previstas en el mismo. De acuerdo con la evaluación ambiental y social realizada, se han identificado como relevantes en relación al Programa los siguientes Estándares Ambientales y Sociales (EAS) del Banco Mundial: EAS 1 Evaluación y Gestión de Riesgos e Impactos Ambientales y Sociales; EAS 2 Trabajo y Condiciones Laborales; EAS 3 Eficiencia en el Uso de los Recursos y Prevención y Gestión de la Contaminación; EAS 4 Salud y seguridad de la comunidad; EAS 7 Pueblos Indígenas/Comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas de África Subsahariana; EAS 9 Intermediarios Financieros; y EAS 10 Participación de las Partes Interesadas y Divulgación de información. En dicha evaluación se identificaron y caracterizaron beneficiarias/os, riesgos y potenciales impactos, grupos que podrían verse vulnerados en su acceso a los beneficios de Programa, y se definieron las medidas y planes de acción correspondientes.

Los compromisos asumidos respecto a la gestión ambiental y social se resumen en el Plan de Compromisos Ambientales y Sociales (PCAS), el cual forma parte del acuerdo legal de préstamo. Asimismo, se elaboraron los siguientes instrumentos ambientales y sociales, que regulan las previsiones de gestión para todo el ciclo de los sub-proyectos, desde la preparación de las bases de las convocatorias, admisión de propuestas, adjudicación, implementación y cierre:

i) Marco de Gestión Ambiental y Social (MGAS), el cual constituye un Instrumento guía para la gestión ambiental y social del Programa, en el cual se identifican los riesgos y potenciales impactos ambientales y sociales adversos asociados a las actividades del Programa, y se establecen las directrices, pautas y procedimientos para prevenirlos o mitigarlos. El mismo es proporcional a los riesgos e impactos esperables para el Programa; contempla la participación de las partes interesadas y un plan de participación específico para pueblos indígenas; la difusión de información adecuada; y lineamientos para el seguimiento del desempeño ambiental y social del Programa, y la elaboración de los informes correspondientes.

ii) Plan de Participación de Partes Interesadas (PPPI), en el cual se identifican y analizan las partes que pueden tener interés en el Programa y se describen los procesos de participación y consulta de acuerdo con el EAS 10 del BM.

iii) Plan Nacional de Participación de Población Indígena (PNPPI), que expresa las acciones planeadas para incluir y facilitar el acceso de la población indígena a los beneficios del programa en condiciones de equidad, de acuerdo con el EAS 7 del BM.

Todos los documentos ambientales y sociales del Programa se encuentran publicados en el sitio web de la Agencia2 .

En ningún caso se apoyarán propuestas o subproyectos que tengan potencial de generar impactos significativos en la salud y seguridad de los participantes y la comunidad, así como en hábitats naturales, en sitios históricos o de valor patrimonial/cultural (tangible e intangible), sobre los pueblos indígenas y comunidades campesinas. La Lista de Exclusión (Anexo XI) determina el conjunto de actividades y/o intervenciones y/o actividades que no serán financiadas por el Programa debido a sus características propias y/o potenciales riesgos ambientales y sociales significativos.

Con respecto al COMPONENTE 2 - Apoyo a la Creación o Fortalecimiento de Empresas de Base Tecnológica y Cadenas de Valor, de acuerdo con el EAS9 los Administradores de Fondos deberán gestionar y hacer el seguimiento de los riesgos e impactos ambientales y sociales de su cartera y de sus sub-proyectos, según corresponda a la naturaleza del financiamiento intermediado. Los procedimientos y responsabilidades de la UGSA incluyen preparar los requisitos ambientales y sociales para los términos de referencia de las Convocatorias para la selección de los Administradores de Fondo; la verificación de dichos requisitos durante la evaluación de las propuestas; y la supervisión durante su operación. Los Administradores de Fondos deberán desarrollar o adaptar un Sistema de Gestión Ambiental y Social (SGAS) y contar con capacidad organizativa y competencias para su implementación, con roles y responsabilidades claramente definidos y procesos para identificar, evaluar, gestionar y monitorear los riesgos e impactos ambientales y sociales con el fin de asegurar que los subproyectos financiados a través del Fondo se desarrollen en cumplimiento con la normativa aplicable y los EAS del BM, bajo supervición de la UGSA. No se financiarán actividades y/o inversiones determinadas en la Lista de Exclusión (Anexo XI).

Asimismo, se ha establecido un Mecanismo de Atención de Quejas y Reclamos para el Programa con el fin de recibir y gestionar adecuadamente consultas, inquietudes y reclamos que pudieran surgir de las partes interesadas, y facilitar su tratamiento y resolución, en especial aquellos que tengan relación con el desempeño ambiental y social de la Agencia. El mismo, que se describe en el siguiente apartado, será revisado en base al proceso de consultas del MGAS y el PPPI mencionados arriba. La versión final será definida y publicada como parte de ambos documentos, y los datos relativos a la misma serán publicados no más allá de los 90 días luego de la efectividad del Programa.

Por último, en línea con el EAS 2, se implementarán y adoptarán los Procedimientos de Gestión de Mano de Obra (PGMO) para personas que trabajan en el marco del Programa, a fin de promover y garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, el trato justo, la no discriminación y la igualdad de oportunidades. El mismo, que incluirá disposiciones sobre condiciones de trabajo, gestión de relaciones con los trabajadores, salud y seguridad en el trabajo, código de conducta, trabajo forzoso, trabajo infantil, y mecanismos de atención de inquietudes y reclamos sobre condiciones laborales; será finalizado no más allá de los 60 días luego de la efectividad del Programa.

Todos los documentos comprometidos, una vez finalizados y aprobados por el Banco, serán publicados en la página web de la Agencia.

Mecanismo de Atención de Quejas y Reclamos

El mecanismo de atención de quejas y reclamos tiene por objetivo de recibir y gestionar adecuadamente los pedidos de información, consultas, inquietudes y reclamos de las partes interesadas que surjan, y facilitar su tratamiento y resolución, en especial aquellos que tengan relación con el desempeño ambiental y social del Programa.

Además de los canales tradicionales de comunicación de la Agencia (postal, mail, teléfono), se cuenta con un canal de comunicación que puede ser utilizado por cualquier persona o entidad para realizar consultas, reclamos o sugerencias acerca de los programas y actividades de la Institución denominado Agencia Escucha: https://www.argentina.gob.ar/ciencia/agencia/agencia-escucha.

El mismo tiene por objetivo de recibir y gestionar adecuadamente los pedidos de información, consultas, inquietudes y reclamos de las partes interesadas, y facilitar su tratamiento y resolución; asegurando que los reclamos y consultas sean recibidos, gestionados y tratados prontamente por el área correspondiente. El usuario deja su consulta o reclamo en el formulario del sistema, y le llega automáticamente a su casilla una confirmación de recepción con un número de gestión. El sistema cuenta con una plataforma de gestión, mediante la cual el ticket generado (al ser una consulta específica) será derivado por el Gestor del Canal al área correspondiente para su resolución (UGSA). El gestor del canal controla y monitorea el mismo, asegurando su tratamiento y respuesta. Además, el sistema permite recibir retroalimentación de la persona que realizó la consulta o reclamo, a través de una encuesta de satisfacción que se envía en forma automática por correo electrónico a través del mismo sistema. Este proceso genera un repositorio de respuestas para preguntas frecuentes, y las sugerencias recibidas se toman en consideración en el proceso de mejora continua de la Agencia.

En el sitio web de la Agencia, en el apartado de Agencia Escucha, se indicará que se van a responder cuestiones relacionadas con el Programa; y en la sección del sitio web de la Agencia en donde se divulgue la información vinculada con el Programa se incorporará el enlace de Agencia Escucha para un fácil acceso.

En resumen, podrán recibirse consultas, quejas, reclamos, a través de los siguientes medios:

EN LÍNEA: Sitio web de Agencia https://www.argentina.gob.ar/ciencia/agencia/agencia-escucha CORREO ELECTRÓNICO: ugsa@mincyt.gob.ar

TEMAS VINCULADOS A GÉNERO: genero-agencia@mincyt.gob.ar TELEFÓNICAMENTE: 011-4899-5300. Interno 1319.

CARTA O NOTA ENTREGADA EN MANO: Polo Científico Tecnológico - Mesa de Entradas Agencia. Godoy Cruz 2370, CABA.

La Agencia además brinda la posibilidad de consultar o reclamar de forma anónima, a través del correo electrónico o dejando un sobre en mesa de entradas.

I.22 Seguimiento y Monitoreo de la Gestión Ambiental y Social del Programa

La UGSA elaborará y presentará al Banco informes regulares con los resultados del seguimiento ambiental y social del Programa. Los contenidos mínimos del Informe serán los siguientes:

1. Arreglos institucionales para el seguimiento socio ambiental.

2. Estado general de implementación del Plan de Compromiso Ambiental y Social (PCAS).

3. Estado de elaboración y ejecución de los instrumentos ambientales y sociales.

4. Actividades de participación de las partes interesadas.

5. Resumen de Incidentes Ambientales, Sociales y de Salud y Seguridad Ocupacional.

6. Resumen de la Gestión de Quejas y Reclamos del Programa.

7. Resumen de la Gestión de Quejas y Reclamos laborales.

8. Conclusiones y recomendaciones.

Los informes serán presentados durante toda la implementación del Programa cada seis meses, a los 45 días del fin de cada semestre calendario, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de Préstamo. En el ANEXO IX se presenta un modelo de Informe Semestral de la Gestión Ambiental y Social del Programa.

Además, tal como se establece en el PCAS, se notificará al Banco y sin demora cualquier incidente relacionado con el Programa y que tenga o pueda tener un efecto adverso significativo sobre el ambiente, las comunidades, el público y/o los trabajadores y trabajadoras. Estos se reportarán al Banco dentro de las 48 horas de tomado conocimiento del hecho, y en los informes semestrales se incluirán todos los incidentes que hubieran ocurrido en el período de acuerdo con lo establecido en la “Guía para el Prestatario - Respuesta ante Incidentes Ambientales, Sociales y de Salud y Seguridad Ocupacional para Proyectos de Inversión Financiados por el Banco Mundial3”

De conformidad con lo establecido entre la Agencia y el Banco, el Plan de Compromiso Ambiental y Social podrá ser revisado si es necesario, durante la implementación del Programa, para reflejar la gestión adaptativa de los cambios de este, las circunstancias imprevistas que pudieran surgir, y/o en respuesta al desempeño del Programa. En tales circunstancias, la Agencia y el Banco podrán actualizar el PCAS para reflejar estos cambios a través de un intercambio de cartas firmado entre el Banco y el Presidente de la Agencia. En este caso, la Agencia divulgará con prontitud el PCAS actualizado, y/o cualquier otro instrumento ambiental y social actualizado.

3 https://www.argentina.gob.ar/ciencia/agencia/normativas

SEGUIMIENTO, MONITOREO Y EVALUACIÓN

I.22.1 Informe semestral de progreso

La Agencia, a través de la Coordinación de Evaluación de Calidad y Reportes (CECYR), tendrá a su cargo la responsabilidad de efectuar el monitoreo y la evaluación de la ejecución del Programa. El monitoreo comprende el desarrollo de las actividades que permitan comprobar los avances de las acciones realizadas en el marco del programa, para dar cumplimiento con las metas e indicadores establecidos en la matriz de resultados, identificar las posibles desviaciones en la ejecución y sus causas, y la elaboración de alternativas para incorporar eventuales ajustes en la implementación de las actividades y/o diseño de estas.

El monitoreo de la implementación y resultados del Programa estará basado en:

• El estado de ejecución física de los distintos subcomponentes.

• El estado de cumplimiento de los indicadores comprendidos en la Matriz de Resultados del Programa.

• La verificación del cumplimiento de las cláusulas contractuales pertinentes.

• Apreciaciones sobre el contexto que pudieran afectar el desarrollo del Programa.

• En caso de ser necesario, las eventuales propuestas correctivas que se adoptarán para garantizar el oportuno alcance de los objetivos del Programa.

• El seguimiento de las actividades vinculadas al cumplimiento de los compromisos ambientales y sociales

• El estado de la ejecución financiera de acuerdo con el detalle que se describe en el punto siguiente.

De acuerdo con lo establecido en el contrato de préstamo, la CECYR preparará y entregará un informe semestral de progreso, que será presentado al Banco 45 días después de finalizado cada semestre calendario.

Estos informes semestrales contendrán las actividades comprendidas en cada semestre calendario, e informarán sobre el grado de cumplimiento de los objetivos del Programa y de las principales condiciones acordadas para su desarrollo, así como el avance registrado en los indicadores de la Matriz de Resultados del Programa.

Asimismo, se incluirá en los reportes información acerca del desempeño en materia ambiental, social, de salud y seguridad del Programa, conteniendo como mínimo: i) la implementación de las acciones previstas en el Plan de Compromisos Ambientales y Sociales; ii) el estado de la elaboración y ejecución de los documentos ambientales y sociales; iii) las actividades de participación de las partes interesadas y el funcionamiento de los mecanismos de atención de quejas y reclamos; iv) un resumen de incidentes ambientales, sociales, y de salud y seguridad ocupacional.

En el ANEXO X Matriz de Resultados del Programa se presentan los indicadores de objetivo de desarrollo, indicadores intermedios e indicadores transversales acordados con el Banco para el seguimiento y monitoreo. El monitoreo a través de esta matriz incluye el relevamiento de aquellos proyectos apoyados por el Programa cuyas actividades contribuyan con medidas de adaptación y/o mitigación del cambio climático, y contempla desagregaciones por género en sus principales indicadores. Por otra parte, en el ANEXO IX Modelo de Informe de la Gestión Ambiental y Social del Programa se detallan los contenidos mínimos del informe sobre el desempeño en materia ambiental, social, de salud y seguridad, que será elaborado por la UGSA e incorporado al informe semestral de progreso.

I.22.2 Información Financiera incluida en los Informes Semestrales de Progreso

La información sobre la ejecución financiera y el seguimiento del Plan de Adquisiciones (ANEXO VII) del Programa serán incorporados en el Informe Semestral de Progreso.

Los Estados Financieros básicos del Programa son los siguientes:

• Ingresos-Egresos por categoría (ANEXO I)

• Estado de Usos de Fondos por Componente (ANEXO II)

• Estado de Solicitudes de Desembolsos (ANEXO III)

• Estado de las Cuentas Designadas (ANEXO IV)

• Análisis de Fondos (ANEXO V)

SEGUNDA PARTE - ASPECTOS PARTICULARES DE LOS COMPONENTES

COMPONENTE 1. FOMENTAR EL CRECIMIENTO DEL SECTOR PRIVADO IMPULSADO POR LA INNOVACIÓN

I.23 Subcomponente 1.1 - Consorcios Público-Privados - Apoyo a proyectos asociativos para la innovación productiva

I.23.1 Descripción y objetivo

El objetivo específico del componente será apoyar actividades de I+D+i de alta envergadura en sectores estratégicos; para generar, adaptar y transferir conocimiento con un alto impacto en el sector productivo de bienes y servicios, fomentando las vinculaciones privadas y público- privadas en la investigación.

La herramienta será utilizada para apoyar el desarrollo de capacidades de generación e incorporación de innovación tecnológica en sectores estratégicos de la economía y la sociedad argentina, a través del financiamiento de proyectos de alto impacto que permitan dar respuesta a problemas relevantes en diversos sectores.

Las líneas temáticas sobre las que se aplicarán los recursos serán definidas a partir de la identificación de necesidades estratégicas para la Nación en coordinación con otras dependencias del Estado Nacional de competencia y/o a partir de necesidades estratégicas identificadas por la Agencia I+D+i, entre las que se encuentran (i) Energía limpia y mitigación/adaptación al cambio climático, (ii) Agricultura y alimentación sostenibles, (iii) Ciencia y tecnología, (iv) Ciudades e infraestructura resiliente, y (v) Economía digital.

I.23.2 Naturaleza del beneficio

El beneficio consistirá en aportes no reembolsables (ANR) de hasta U$S 2.000.000- que se ejecutarán en el marco de los llamados implementados por la Agencia I+D+i.

A través del financiamiento se busca lograr la generación de innovaciones y de capacidades para innovar que son críticas para el desarrollo de los sectores estratégicos identificados.

Se financiarán proyectos que se caractericen por su potencial impacto en el sector en que se ejecuten, por tratarse de un desarrollo tecnológico que ya ha pasado la fase más temprana de investigación. Deberán ser exclusivamente de investigación aplicada, desarrollo tecnológico y/o transferencia y difusión de tecnologías.

I.23.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Las Propuestas de proyecto podrán tener como beneficiarios a Instituciones públicas y/o privadas dedicadas a actividades de desarrollo científico-tecnológico y de innovación, empresas nacionales y/u otros actores de sistema científico tecnológico y productivo. Las bases de los llamados definirán las modalidades particulares de presentación y los beneficiarios elegibles.

Se considerará al menos una empresa privada (o varias empresas) como copatrocinadora de los consorcios.

En todos los casos, las iniciativas que se apoyen deberán resultar en productos, procesos y/o incremento de capacidades que atenderán la resolución de problemas concretos y con demandantes potenciales identificados.

Asimismo, deberán contar con capacidad técnica, de gestión y administrativa suficiente para ejecutar el proyecto y demostrar las posibilidades reales de aportar recursos de contraparte necesarios.

Las Propuestas de Proyecto que pasen a la fase de ejecución deberán cumplir con determinados criterios de elegibilidad. El no cumplimiento de cualquiera de ellos será causal para no continuar con el proceso.

En términos generales, para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la Agencia I+D+i;

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la Agencia I+D+i contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad tecnológica del solicitante;

• Cumplir con los requisitos que propongan las bases de cada llamado;

• Cumplir con el Marco de Gestión Ambiental y Social del Programa, y con toda norma de protección ambiental y de bioseguridad establecidas por las instituciones oficiales correspondientes, tanto en su desarrollo como en el producto o proceso final derivado del proyecto;

• Todos los financiamientos solicitados deberán ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante).

• Las actividades y/o intervenciones determinadas en la Lista de Exclusión (Anexo XI) no serán financiadas por el Programa.

En todos los casos las empresas solicitantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.

I.23.4 Evaluación

La Agencia I+D+i instrumentará cada llamado mediante convocatorias públicas y/o ventanillas permanentes y publicará los requisitos, procedimientos a cumplir y los estándares mínimos de calidad a satisfacer para la presentación y aprobación de los proyectos.

Las Bases del llamado deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por el/los solicitantes/s y una explicación del mecanismo a aplicar para la adjudicación de los proyectos.

Las mismas serán publicadas en la web de la Agencia I+D+i y serán difundidas a potenciales beneficiarios.

Para que un proyecto pueda ser evaluado, deberá satisfacer requisitos mínimos formales de Admisibilidad, lo cuales serán detallados en las bases de cada llamado.

Una vez admitido se procederá a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica, económica y financiera de la solicitud y del beneficiario.

Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica-económica por parte de especialistas idóneos. Los criterios de evaluación de cada llamado serán definidos en sus respectivas bases atendiendo a las particularidades de la necesidad estratégica identificada.

Los proyectos adjudicados serán aprobados por el Directorio de la Agencia I+D+i, luego de lo cual, se iniciarán las gestiones para la firma de los contratos y ejecución de los proyectos.

I.23.5 Uso de los recursos y elegibilidad de los gastos.

Los recursos del subcomponente se utilizarán para financiar gastos aceptables, relacionados con proyectos elegibles.

El siguiente listado determina en forma indicativa los tipos de gastos que podrán declararse elegibles en el marco de los proyectos aprobados:

1) Equipamiento.

2) Materiales e insumos.

3) Adquisición de licencias.

4) Consultorías.

5) Servicios de no consultoría.

6) Contratación de expertos.

7) Viajes y viáticos.

8) Construcción de obra civil, instalaciones específicas o remodelaciones.

9) Contratación de recursos humanos adicionales.

10) Gastos de administración

I.23.6 Mecanismos de ejecución

El subcomponente será ejecutado por el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC) en el ámbito de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación; los fondos serán administrados por la DIGFEL. Las citadas oficinas disponen de la estructura orgánica necesaria para la correcta implementación del Componente.

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de pago directo a proveedor y/o contratistas, reembolso de pago hecho por el beneficiario y/o anticipos para gastos menores, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de los procedimientos correspondientes. Los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de los aportes de contrapartida comprometidos y tener aprobado por el FONARSEC el informe técnico de avance.

El FONARSEC, la DIGFEL y la DNDyEIP supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades.

En el supuesto de registrarse irregularidades, la AGENCIA I+D+I tendrá la posibilidad de dar por cancelado el proyecto.

I.23.7 Aportes de contraparte

El FONARSEC determinará el porcentaje a exigir como aporte de contraparte para las empresas e instituciones beneficiarias que no podrá ser inferior al 20%, calculado como porcentaje del monto total del proyecto, en las bases de cada convocatoria.

I.23.8 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación

La Agencia I+D+i implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del subcomponente que incluirá, al menos, los siguientes elementos:

1) Informes periódicos de resultados de proyectos;

2) Indicadores de desempeño de los aspectos principales del Programa.

La Agencia I+D+i podrá requerir a los beneficiarios la documentación e información necesaria para la implementación del sistema.

I.23.9 Derechos de Propiedad

El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la ejecución del subprograma, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto en contrario.

Nota: El Banco revisará, en forma previa, la primera convocatoria de beneficiarios que se ejecute dentro del presente subcomponente. En este caso se deberá remitir al Banco las bases del llamado antes de proceder a la publicación del mismo.

I.24 Subcomponente 1.2 - PYMES orientadas al crecimiento - Apoyo para la digitalización, el desarrollo, la transferencia y la adopción de tecnología.

Este subcomponente promoverá la innovación en empresas orientadas al crecimiento mediante el apoyo a la digitalización, la adopción y desarrollo de tecnología y la transferencia tecnológica dentro de tres grupos de PYMES con diversos grados de capacidad tecnológica.

La primera ventana estará dirigida a micro y pequeñas empresas con el fin de mejorar las capacidades digitales.

La segunda ventana se focalizará en PYMES, priorizando aquellas de tamaño medio, con el fin de mejorar la competitividad mediante la adopción de tecnologías, transferencia tecnológica y la generación o potenciación de las capacidades de I+D.

La tercera ventana está enfocada en empresas de base científico-tecnológica y emprendedores con experiencia previa en desarrollo de nuevos productos y/o inserción en nuevos mercados. Dentro de este subcomponente se incluirán proyectos enfocados especialmente en adaptación y mitigación de impacto relacionados con el cambio climático.

ANR-TEC

I.24.1 Descripción y objetivo

Este Subcomponente tiene como propósito específico, apoyar mediante Aportes No Reembolsables (ANR), proyectos presentados por PyMES que tengan como meta la creación o fortalecimiento de una unidad de I+D en empresas. Entiéndase al fortalecimiento como la consolidación de unidades de I+D que existen en forma incipiente en las empresas, mediante la incorporación de profesionales con perfil de investigación, equipamiento especializado, materiales e insumos para investigación y adecuaciones edilicias.

Se denomina Aportes No Reembolsables (ANR) a las subvenciones no reintegrables de hasta dólares trescientos mil (US$ 300.000.-) por proyecto, en los casos que corresponda, que se ejecutarán en el marco de las Convocatorias ANR implementadas por la Agencia I+D+i.

Estos recursos deberán ser aplicados a la financiación de Gastos Aceptables correspondientes a Proyectos Elegibles bajo el presente subcomponente.

I.24.2 Naturaleza del beneficio

En el caso de las empresas de la primera ventana, micro y pequeñas, el financiamiento del componente ANR consistirá en una subvención no reintegrable cuyo monto será como mínimo del 80% del Costo Total del Proyecto. La beneficiaria deberá aportar hasta el 20% del Costo Total del Proyecto. Estos porcentajes mencionados, serán definidos en función de promover una mayor participación e inclusión de grupos o colectivos vulnerables.

En el caso de las empresas de la segunda ventana, el financiamiento del componente ANR consistirá en una subvención no reintegrable cuyo monto será de hasta el 80% del Costo Total del Proyecto. La empresa beneficiaria deberá aportar no menos del 20% del Costo Total del Proyecto.

Las empresas beneficiarias de ANR en las condiciones definidas en el presente Reglamento no podrán percibir otras subvenciones no reintegrables para el mismo Proyecto. El plazo de ejecución del Proyecto no podrá ser superior a los 6 meses.

I.24.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Se consideran elegibles todas las empresas PyMES y cooperativas, productoras de bienes y servicios, existentes en el mercado, o aquellas nuevas que surjan en virtud de una base tecnológica competitiva que, a criterio de la Agencia I+D+i, cuenten con capacidad técnica, administrativa y económica suficiente para ejecutar el proyecto, con capacidad de gestión para materializarlo, con aptitud comercial para colocar el producto o servicio en el mercado y con capacidad financiera para proporcionar los recursos de contraparte.

En términos generales, para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la Agencia I+D+i;

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la Agencia I+D+i, contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad tecnológica del solicitante;

• Cumplir con los requisitos planteados en la Guía de Formulación de Proyectos para ANR's particularmente en lo referido a la evaluación técnica y eco nómica del proyecto presentado;

• Cumplir con las normas de protección ambiental y de bioseguridad establecidas por las instituciones oficiales correspondientes, tanto en su desarrollo como en el producto o proceso final derivado de la investigación;

• Todos los financiamientos solicitados deberán ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante), las fechas de ejecución de las labores comprendidas en el proyecto respectivo, así como las proyecciones de los montos y oportunidad de los desembolsos requeridos para implementar el proyecto indicando, en cada caso, las fuentes de los fondos.

En todos los casos las empresas solicitantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.

I.24.4 Uso de los recursos

Los recursos del Componente se utilizarán para financiar Gastos Aceptables, relacionados con Proyectos Elegibles.

El siguiente listado determina en forma indicativa los gastos que podrán declararse elegibles en el marco de los proyectos aprobados:

1. Personal de dirección, investigación y de apoyo técnico, que resulte incremental debido a la ejecución del Proyecto. Se aceptarán gastos en personal propio de la empresa solo para ser imputado a los gastos de contraparte. En el caso de empresas unipersonales, podrá valorizarse por hasta un 15% del monto de aporte de la empresa el trabajo de dirección del titular de la empresa, siempre que el mismo acredite competencia para realizarlo.

2. Equipamiento imprescindible requerido para la ejecución del proyecto;

3. Construcción de instalaciones específicas o remodelaciones esenciales para el desarrollo del proyecto, no pudiendo superar las mismas el 20% del costo total.

4. Capacitación y reentrenamiento de recursos humanos relacionadas con las actividades del proyecto;

5. Adquisición de licencias de tecnología necesarias como parte del desarrollo tecnológico a realizar;

6. Insumos y/o materiales necesarios para la construcción de prototipos, plantas piloto o puesta a punto;

7. Costo del Pliego de las Bases, sólo como contraparte

Los recursos del financiamiento se desembolsarán bajo la modalidad de reembolso de pago hecho, pago directo a proveedor o contratista o anticipo financiero.

Los siguientes gastos no serán considerados Gastos Aceptables para su financiamiento con recursos del Componente:

1. Gastos generales y de administración de los Beneficiarios;

2. Reestructuración de deudas, pagos de dividendos o recuperaciones de capital ya invertidos;

3. Transferencias de activos: adquisición de acciones, participaciones en el capital social, otros valores mobiliarios, etc.

4. Pago de cesantías;

5. Gastos recurrentes;

6. Inversiones en Capital de Trabajo, excepto Capital de Trabajo permanente vinculado a la ejecución de los Proyectos. Se entiende por Capital de Trabajo permanente el asociado a las inversiones realizadas con recursos del Componente;

7. Compras de inmuebles;

8. Valores imputados de inversiones ya realizadas; y

9. Contribuciones en especie.

I.24.5 Evaluación de los proyectos

Las Bases de la Convocatoria deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por el solicitante y una explicación del mecanismo a aplicar para la adjudicación de los proyectos.

Para que un proyecto pueda ser ingresado al sistema de evaluación, deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran los criterios de Admisibilidad.

Una vez admitido se procederá a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica y económica de la solicitud y la viabilidad financiera del beneficiario.

Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica-económica, y a su vez se analizará la capacidad financiera del solicitante para llevar adelante la ejecución del proyecto.

Las propuestas contendrán la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica y económica de la propuesta y viabilidad financiera del solicitante. La evaluación de las solicitudes estará basada en:

1- Evaluación de la factibilidad y calidad tecnológica del proyecto

Esta etapa estará a cargo de evaluadores idóneos que deberán tomar en cuenta los siguientes aspectos:

1.1. Encuadramiento de los proyectos en relación con los objetivos del componente ANR.

1.2. Probabilidad de ejecución exitosa, desde el punto de vista de su consistencia interna, de la adecuada dotación de recursos y de las condiciones externas a las que su éxito está supeditado.

1.3. Claridad de los objetivos.

1.4. Precisión en la definición de las etapas y tareas.

1.5. Racionalidad del cronograma y de la secuencia entre etapas.

1.6. Elegibilidad y racionalidad del presupuesto.

1.7. Creatividad y originalidad de la propuesta.

2- Evaluación de la capacidad técnica de la Unidad Ejecutora

A los efectos de la evaluación de la aptitud técnica de la Unidad Ejecutora para la realización del proyecto, se evaluará:

2.1. Antecedentes de la Unidad Ejecutora.

2.2. Composición del personal involucrado en el proyecto.

2.3. Equipamiento e infraestructura que se afectará a la ejecución del proyecto.

3- Evaluación de la capacidad económica, financiera y gerencial de la empresa

Se evaluará la capacidad del solicitante para llevar a cabo el proyecto, desde el punto de vista gerencial y financiero.

La evaluación incluye un análisis de la capacidad de la empresa para aportar la contraparte de acuerdo con el cronograma de requerimientos financieros estipulado en el proyecto.

4- Evaluación económica del proyecto

Se analizará la viabilidad económica del proyecto. Esta evaluación tomará en cuenta, entre otros, los siguientes factores:

4.1. Razonabilidad económica de los resultados del proyecto y su impacto en la empresa.

4.2. Desde el punto de vista económico

4.3. Sobre el empleo permanente

4.4. Sobre el nivel de facturación

4.5. Sobre el nivel de las exportaciones

4.6. Sobre el nivel de sustitución de importaciones

En el caso que el total de los proyectos aprobados en las tres fases mencionadas superara el monto de beneficios a asignar, se procederá a seleccionar los proyectos de acuerdo con el puntaje que alcancen, en función de criterios de selección a definir en cada llamado a Convocatoria. A modo de ejemplo, podrá priorizarse el grado innovativo del proyecto, la vinculación tecnológica de la empresa con instituciones nacionales públicas o privadas de investigación y desarrollo acreditadas. Finalmente, en caso de que fuera necesario dirimir situaciones de empate, se priorizarán los proyectos que soliciten menor porcentaje de subsidio con relación al presupuesto total del proyecto.

I.24.6 Mecanismo de ejecución

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de pago directo a proveedor o reembolso de pago hecho o anticipo financiero, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de los procedimientos correspondientes. Los desembolsos se realizarán de acuerdo con el cronograma que forma parte del proyecto aprobado y previa verificación de los desembolsos de la contraparte indicados en el cronograma de gastos.

El FONTAR, la DIGFEL y la DNDyEIP supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades.

I.24.7 De los derechos de propiedad y restricciones

Los bienes adquiridos y los logros alcanzados mediante la subvención serán propiedad de la empresa.

Nota: El Banco revisará, en forma previa, la primera convocatoria de beneficiarios que se ejecute dentro del presente subcomponente. En este caso se deberá remitir al Banco las bases del llamado antes de proceder a la publicación del mismo.

I.25 EBTs en marcha

I.25.1 Descripción y Objetivo

Este subcomponente está orientado a promover el desarrollo de empresas de base tecnológica. Se promueve un abordaje activo que permita articular todas las actividades, desde la detección de nuevas ideas o proyectos, para colaborar con el fortalecimiento de empresas de base tecnológicas ya existentes.

I.25.2 Naturaleza del beneficio

El beneficio consistirá en aportes no reembolsables (ANR) de hasta U$S 300.000 que se ejecutarán en el marco de los llamados implementados por la Agencia I+D+i.

El financiamiento estará orientado al desarrollo y fortalecimiento de capacidades nacionales en sectores de alta demanda y rápido crecimiento, fomentando proyectos que traduzcan resultados de investigaciones de laboratorio en el desarrollo de nuevos productos, procesos y/o servicios de base científico-tecnológica.

Apoyará todas las actividades necesarias que surjan de los distintos estadios por los que pasen los proyectos, desde la detección de las ideas u oportunidades, salida al mercado, comercialización, expansión comercial y acceso a nuevos mercados nacionales, regionales, internacionales, generar planes para la atracción de financiamiento de capital de riesgo y otros inversionistas, mejorar las habilidades empresariales, incrementar las ventas y la generación de empleo, reducir gastos y costos productivos haciendo a las nuevas empresas más eficientes y competitivas, etc.

I.25.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Se considerarán elegibles las Empresas Nacionales productoras de bienes y servicios, que traduzcan resultados de investigaciones de laboratorio en el desarrollo de nuevos productos, procesos y/o servicios de base científico-tecnológica. Deberá tratarse de empresas de reciente creación, con capacidad técnica, de gestión y administrativa suficiente para ejecutar el proyecto y demostrar las posibilidades reales de aportar recursos de contraparte necesarios.

Las modalidades de presentación y requisitos serán establecidas en las bases de los respectivos llamados.

En términos generales, para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la Agencia I+D+i;

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la Agencia I+D+i contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad tecnológica del solicitante;

• Cumplir con los requisitos que propongan las bases de cada llamado;

• Cumplir con las normas de protección ambiental y de bioseguridad establecidas por las instituciones oficiales correspondientes, tanto en su desarrollo como en el producto o proceso final derivado de la investigación;

• Todos los financiamientos solicitados deberán ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante).

En todos los casos las empresas solicitantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.

I.25.4 Evaluación

La Agencia I+D+i instrumentará el llamado mediante convocatorias públicas y/o ventanillas permanentes y publicará los requisitos, procedimientos a cumplir y los estándares mínimos de calidad a satisfacer para la presentación y aprobación de los proyectos.

Las Bases del llamado deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por el solicitante y una explicación del mecanismo a aplicar para la adjudicación de los proyectos. Las bases serán publicadas en la web de la Agencia I+D+i y serán difundidas a potenciales beneficiarios.

Para que un proyecto pueda ser evaluado, deberá satisfacer requisitos mínimos formales de admisibilidad, lo cuales serán detallados en las bases de cada llamado. Una vez admitido, se procederá a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica, económica y financiera de la solicitud y del beneficiario.

Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica-económica por parte de especialistas idóneos.

Los proyectos adjudicados serán aprobados por el Directorio de la Agencia I+D+i, luego de lo cual, se iniciarán las gestiones para la firma de los contratos y ejecución de los proyectos.

I.25.5 Uso de los recursos y elegibilidad de los gastos.

Los recursos del subcomponente se utilizarán para financiar gastos aceptables, relacionados con proyectos elegibles.

El siguiente listado determina en forma indicativa los tipos de gastos que podrán declararse elegibles en el marco de los proyectos aprobados:

1) Equipamiento.

2) Materiales e insumos.

3) Adquisición de licencias.

4) Consultorías.

5) Servicios de no consultoría.

6) Contratación de expertos.

7) Viajes y viáticos.

8) Construcción de instalaciones específicas o remodelaciones.

9) Contratación de recursos humanos adicionales.

I.25.6 Mecanismos de ejecución

El subcomponente será ejecutado por el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC) en el ámbito de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación; los fondos serán administrados por la DIGFEL. Las citadas oficinas disponen de la estructura orgánica necesaria para la correcta implementación del Componente.

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de pago directo a proveedor y/o contratistas, reembolso de pago hecho por el beneficiario y/o anticipos para gastos menores, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de los procedimientos correspondientes.

El FONARSEC, la DIGFEL y la DNDyEIP supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades.

I.25.7 Aportes de contraparte

El FONARSEC determinará el porcentaje a exigir como aporte de contraparte para las empresas e instituciones beneficiarias que no podrá ser inferior al 20% en las bases de cada convocatoria.

I.25.8 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación

La Agencia I+D+i implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del subcomponente que incluirá, al menos, los siguientes elementos:

1) Informes periódicos de resultados de proyectos;

2) Indicadores de desempeño de los aspectos principales del Programa.

La Agencia I+D+i podrá requerir a los beneficiarios la documentación e información necesaria para la implementación del sistema.

I.25.9 Derechos de Propiedad

El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la ejecución del subprograma, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto en contrario.

Nota: El Banco revisará, en forma previa, la primera convocatoria de beneficiarios que se ejecute dentro del presente subcomponente. En este caso se deberá remitir al Banco las bases del llamado antes de proceder a la publicación del mismo.

I.26 Subcomponente 1.3 - Emprendedores y redes: apoyo al emprendimiento temprano y al desarrollo del ecosistema de innovación

Este subcomponente centrará el apoyo en tres canales: (i) subsidios a organizaciones especializadas en apoyo emprendedor (ESOs), (ii) subsidios a empresas emergentes, (iii) espacios físicos para el desarrollo de la innovación juvenil digital. La Agencia I+D+i cuenta con los programas EMPRETECNO y TECNOTECAS para administrar estos apoyos.

TECNOTECAS

1.26.1 Descripción y Objetivo

Este subcomponente está orientado a impulsar y apoyar la puesta en marcha y sustentabilidad de tecnotecas, en el marco del Programa Tecnotecas para la Innovación Popular Argentina (TIPAR), de la Agencia I+D+i. Los beneficiarios del subcomponente serán municipios de la Argentina.

El programa TIPAR tiene como objetivo principal la construcción de un dispositivo institucional para el reconocimiento, la formación y la articulación productiva de saberes digitales. Propone la creación de una red de tecnotecas: espacios físicos para el desarrollo de la innovación juvenil digital y popular. Las tecnotecas están organizadas alrededor de proyectos de innovación y aprendizaje que, bajo la lógica problema-solución, operan en los entornos locales. Las actividades de las tecnotecas están centradas en las juventudes, pero se realizan actividades complementarias para otros actores de la comunidad.

1.26.2 Naturaleza del beneficio

El beneficio consta de aportes no reembolsables (ANR) destinados al emplazamiento e incubación de una tecnoteca. El beneficio prevé un monto global total por tecnoteca de hasta U$S 3.000.000 que deberá destinarse a financiar pequeñas construcciones o remodelaciones edilicias, compras de equipamiento y actividades de asistencia técnica que garanticen los trayectos formativos y los proyectos de innovación y aprendizaje alrededor de los cuales tales trayectos se estructuran.

Se prevé que los proyectos se estructuren en tres etapas.

La primera etapa, denominada Emplazamiento, tiene como objetivo realizar las obras civiles, instalaciones específicas o remodelaciones adecuaciones edilicias y equipar la tecnoteca de acuerdo con el proyecto presentado y aprobado. La segunda etapa, denominada Incubación, tiene como objeto poner en funcionamiento los trayectos formativos articulados alrededor de proyectos de innovación y aprendizaje. La tercera etapa, denominada Consolidación, se enfoca en el monitoreo y seguimiento de actividades que garanticen la consecución de los objetivos del Proyecto.

1.26.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

1.27.3.1 De los solicitantes

Se consideran elegibles aquellos Municipios de la Argentina preseleccionados que, a criterio de la Agencia I+D+i cuenten con capacidad legal, administrativa y financiera para realizar actividades destinadas a cumplir con los objetivos del programa.

1.27.3.2 De las solicitudes

Las modalidades de presentación y requisitos serán establecidas en las bases de los respectivos llamados.

En términos generales, para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la Agencia I+D+i, contribuyan al desarrollo y/o aumento de las capacidades de innovación digital juvenil y popular y a su inserción en el medio socioproductivo.

• Ajustarse a un plan de trabajo en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante), las fechas de ejecución de las labores comprendidas en el proyecto respectivo, así como las proyecciones de los montos y oportunidad de los desembolsos requeridos para implementar el proyecto indicando, en cada caso, las fuentes de los fondos.

• Para elaborar dicho plan de trabajo se espera que se presente información, al menos de los siguientes ejes:

o Coordinación ejecutiva o Inmueble y edificación requerida o Propuesta de equipamiento técnico y mobiliario a adquirir.

o Modelo de Funcionamiento operativo de la Tecnoteca.

o Información relativa a los recursos humanos a cargo de los Trayectos formativos y los proyectos de innovación y aprendizaje.

o Propuesta de los trayectos y proyectos más adecuados para la tecnoteca en función del medio socioproductivo.

o Información demográfica, productiva y relativa a las políticas públicas del municipio. o Aspectos presupuestarios.

o Plan de acción previo a la apertura de la tecnoteca

1.26.4 Evaluación

La Agencia I+D+i instrumentará cada llamado mediante convocatorias públicas y/o ventanillas permanentes y publicará los requisitos, procedimientos a cumplir y los estándares mínimos de calidad a satisfacer para la presentación y aprobación de los proyectos.

Para que un proyecto pueda ser evaluado, deberá satisfacer requisitos mínimos formales de Admisibilidad, los cuales serán detallados en las bases de cada llamado.

En los casos en los que se cumplan los requisitos de elegibilidad del solicitante y la solicitud, una Comisión Evaluadora evaluará los Proyectos en base a criterios publicados en la convocatoria y emitirá un dictamen con una recomendación de aprobación o rechazo que será elevado al Directorio de la Agencia I+D+i para su tratamiento y resolución.

1.26.5 Uso de los recursos y elegibilidad de los gastos

El uso de los recursos tiene como finalidad adecuar las instalaciones edilicias provistas por el beneficiario, financiar el equipamiento requerido para el óptimo funcionamiento de la tecnoteca y mediante asistencia técnica garantizar los trayectos formativos articulados alrededor de proyectos de innovación y aprendizaje durante el periodo establecido en la etapa de incubación.

El siguiente listado determina en forma indicativa los tipos de gastos que podrán declararse elegibles en el marco de los proyectos aprobados:

1. Obras civiles, instalaciones específicas o remodelaciones.

2. Equipamiento técnico y mobiliario.

3. Materiales e insumos.

4. Adquisición de licencias.

5. Servicios de consultoría.

6. Servicios de no consultoría.

7. Contratación de expertos.

8. Viajes y viáticos.

9. Contratación de recursos humanos adicionales.

10. Capacitación y reentrenamiento de recursos humanos relacionadas con las actividades del proyecto.

11. Asistencia técnica relativa al diseño, implementación y seguimiento del programa.

12. Fortalecimiento institucional.

13. Proyectos de innovación y aprendizaje

No se prevén límites porcentuales sobre el total del beneficio para ninguno de los gastos elegibles. Sin embargo, el beneficiario debe garantizar que los aspectos edilicios, del equipamiento, así como los proyectos de innovación y aprendizaje se encuentren completamente financiados por el mismo beneficiario o por el beneficio.

En el caso de que el Proyecto resulte adjudicado, los gastos elegibles serán reconocidos a partir de la fecha de aprobación por parte del Directorio de la Agencia I+D+i del Proyecto respectivo.

1.26.6 Mecanismo de ejecución.

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de pago directo a proveedor y/o contratistas, reembolso de pago hecho por el beneficiario y/o anticipos en los casos explícitamente habilitados previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de los procedimientos correspondientes.

El FONTAR, la DIGFEL y la DNDyEIP supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades. En el supuesto de registrarse irregularidades, la AGENCIA I+D+I podrá rescindir el contrato.

Entre otros mecanismos de selección listados en las "Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión” (cuarta edición, noviembre de 2020) del Banco Mundial, este subcomponente podrá utilizar los siguientes: Desarrollo impulsado por la comunidad (6.52), Administración directa (6.54, 6.55), Contratistas que prestan servicios (6.56).

1.26.7 Obligaciones del beneficiario

El beneficiario deberá proveer al menos y durante toda la duración del proyecto el usufructo del inmueble en donde se constituirá la tecnoteca y los servicios relativos a su funcionamiento.

Una vez finalizada la etapa de incubación, en el período de consolidación el beneficiario debe garantizar el financiamiento de todos los costos necesarios para asegurar el normal funcionamiento de la tecnoteca de manera ininterrumpida, de acuerdo con el proyecto aprobado de la tecnoteca.

1.26.8 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del Subcomponente TIPAR

La Agencia I+D+i implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del subcomponente que incluirá, al menos, los siguientes elementos:

1. Informes periódicos de resultados de proyectos.

2. Indicadores de desempeño de los aspectos principales del Programa (reconocimiento, formación, articulación productiva, valores).

La Agencia I+D+i podrá requerir a los beneficiarios la documentación e información necesaria para la implementación del sistema.

En la etapa de consolidación el FONTAR, a través del Programa TIPAR dará seguimiento técnico a determinadas métricas e indicadores a fin de establecer el impacto generado en el proyecto.

I.26.9 Derechos de Propiedad

I.27. 9.1 Propiedad de los bienes adquiridos con fondos del proyecto

Los bienes adquiridos con el beneficio provisto serán de propiedad del beneficiario sujeto al cumplimiento del contrato que vincula a las partes.

I.27.9.2 Propiedad de los activos intangibles generados durante el funcionamiento del proyecto

La titularidad de los activos intangibles (incluyendo invenciones, marcas, textos, datos, software, producciones audiovisuales entre otros) será de los inventores o autores y de la Agencia I+D+i. La Agencia I+D+i cede los derechos de explotación a los titulares, pero requiere del reconocimiento del derecho moral en toda publicación de la obra o invención.

Nota: El Banco revisará, en forma previa, la primera convocatoria de beneficiarios que se ejecute dentro del presente subcomponente. En este caso se deberá remitir al Banco las bases del llamado antes de proceder a la publicación del mismo.

I.27 EMPRETECNO

I.27.1 Descripción y Objetivo

Este subcomponente está orientado a estimular el flujo de nuevas ideas de negocios provenientes del sistema nacional de innovación de manera de ampliar significativamente el portfolio de proyectos tecnológicos susceptibles de transformarse en la base de una nueva EBTs. Se promueve un abordaje activo que permita articular todas las actividades, desde la detección de nuevas ideas o proyectos, hasta la puesta en valor de estos mediante la constitución de una empresa de base tecnológica.

El subcomponente, además, contempla el fomento a organizaciones especializadas en apoyo emprendedor (ESOs), de forma que puedan mejorar la calidad y el tipo de servicios que ofrecen, para estimular y fortalecer la red y los espacios que incuban y aceleran el crecimiento de las empresas de base científico-tecnológica nacientes.

I.27.2 Naturaleza del beneficio

El beneficio consistirá en aportes no reembolsables (ANR) de hasta U$S 200.000 para start¬ups y de hasta U$S 150.000 para ESOs, que se ejecutarán en el marco de los llamados implementados por la Agencia I+D+i.

El financiamiento estará orientado a las actividades relacionadas con el desarrollo de aquellas ideas y proyectos que conduzcan a la creación de una nueva EBT y tendrá la forma de subsidios no reintegrables.

Se apoyarán todas las actividades necesarias que surjan de los distintos estadios por los que pasen los proyectos, desde la detección de las ideas u oportunidades, hasta la conformación de una EBT y su lanzamiento al mercado.

Se apoyarán iniciativas de ESOs para fortalecer su oferta de servicios de incubación y aceleración de las empresas de base científico-tecnológica nacientes.

I.27.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Se considerarán elegibles todas las Instituciones públicas y/o privadas dedicadas a actividades de desarrollo científico-tecnológico y de innovación y Empresas Nacionales productoras de bienes y servicios, así como ESOs, entre las que se encuentran, incubadoras, aceleradoras, unidades de soporte y gestión de negocios del sector público (dentro de universidades e instituciones públicas de investigación). Las bases de los llamados definirán las modalidades particulares de presentación (individuales, asociativas, otras) y la cantidad y tipo de solicitantes.

Deberán contar con capacidad técnica, de gestión y administrativa suficiente para ejecutar el proyecto y demostrar las posibilidades reales de aportar recursos de contraparte necesarios.

En términos generales, para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la Agencia I+D+i;

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la Agencia I+D+i contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad tecnológica del solicitante;

• Cumplir con los requisitos que propongan las bases de cada llamado;

• Cumplir con las normas de protección ambiental y de bioseguridad establecidas por las instituciones oficiales correspondientes, tanto en su desarrollo como en el producto o proceso final derivado de la investigación;

• Todos los financiamientos solicitados deberán ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante).

En todos los casos las empresas solicitantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.

I.27.4 Evaluación

La Agencia I+D+i instrumentará el llamado mediante convocatorias públicas y/o ventanillas permanentes y publicará los requisitos, procedimientos a cumplir y los estándares mínimos de calidad a satisfacer para la presentación y aprobación de los proyectos.

Las Bases del llamado deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por el/los solicitantes/s y una explicación del mecanismo a aplicar para la adjudicación de los proyectos. Las bases serán publicadas en la web de la Agencia I+D+i y serán difundidas a potenciales beneficiarios.

Para que un proyecto pueda ser evaluado, deberá satisfacer requisitos mínimos formales de admisibilidad, lo cuales serán detallados en las bases de cada llamado. Una vez admitido, se procederá a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica, económica y financiera de la solicitud y del beneficiario.

Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica-económica por parte de especialistas idóneos.

Los proyectos adjudicados serán aprobados por el Directorio de la Agencia I+D+i, luego de lo cual, se iniciarán las gestiones para la firma de los contratos y ejecución de estos.

I.27.5 Uso de los recursos y elegibilidad de los gastos.

Los recursos del subcomponente se utilizarán para financiar gastos aceptables, relacionados con proyectos elegibles.

El siguiente listado determina en forma indicativa los tipos de gastos que podrán declararse elegibles en el marco de los proyectos aprobados:

1) Equipamiento.

2) Materiales e insumos.

3) Adquisición de licencias.

4) Consultorías.

5) Servicios de no consultoría.

6) Contratación de expertos.

7) Viajes y viáticos.

8) Construcción de instalaciones específicas o remodelaciones.

9) Contratación de recursos humanos adicionales.

10) Gastos de administración

I.27.6 Mecanismos de ejecución

El subcomponente será ejecutado por el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC) en el ámbito de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación; los fondos serán administrados por la DIGFEL. Las citadas oficinas disponen de la estructura orgánica necesaria para la correcta implementación del Componente.

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de pago directo a proveedor y/o contratistas, reembolso de pago hecho por el beneficiario y/o anticipos para gastos menores, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de los procedimientos correspondientes.

El FONARSEC, la DIGFEL y la DNDyEIP supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades.

En el supuesto de registrarse irregularidades, la AGENCIA I+D+I tendrá la posibilidad de dar por cancelado el proyecto.

I.27.7 Aportes de contraparte

El FONARSEC determinará el porcentaje a exigir como aporte de contraparte para las empresas e instituciones beneficiarias que no podrá ser inferior al 20% en las bases de cada convocatoria.

I.27.8 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación

La Agencia I+D+i implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del subcomponente que incluirá, al menos, los siguientes elementos:

1) Informes periódicos de resultados de proyectos;

2) Indicadores de desempeño de los aspectos principales del Programa.

La Agencia I+D+i podrá requerir a los beneficiarios la documentación e información necesaria para la implementación del sistema.

I.27.9 Derechos de Propiedad

El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la ejecución del subprograma, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto en contrario.

Nota: El Banco revisará, en forma previa, la primera convocatoria de beneficiarios que se ejecute dentro del presente subcomponente. En este caso se deberá remitir al Banco las bases del llamado antes de proceder a la publicación del mismo.

COMPONENTE 2. APOYO A LA CREACION Y FORTALECIMIENTO DE EMPRESAS DE BASE TECNOLOGICA Y CADENAS DE VALOR

I.28 Capital de Riesgo.

1.28.1 Descripción y Objetivos

El Componente 2 brindará apoyo específico para fortalecer los mecanismos de financiación liderados por el sector privado para emprendimientos impulsados por la innovación. El objetivo de este Componente es promover el espíritu empresarial y los ecosistemas de financiamiento de la innovación, para atraer financiamiento privado adicional y desarrollar habilidades en el financiamiento de capital en etapas tempranas.

Para ello, la Agencia I+D+i co-invertirá junto con el sector privado (intermediarios financieros e inversores socios) en fondos gerenciados por entidades con experiencia específica y conocimiento del mercado local, a través de los cuales se invertirá en Start-ups y empresas innovadoras a través de dos ventanillas especializadas: (i) capital semilla y etapas tempranas de crecimiento en Start up y Cluster Regionales; (ii) capital de crecimiento estratégico impulsado por la innovación, con énfasis en el impacto en la diversificación de las exportaciones así como en la sustentabilidad ambiental.

Los recursos de la Agencia I+D+i se invertirán, a través de fondos de inversión de capital de riesgo, en empresas constituidas o que se constituyan con un aporte de capital inicial que tenga como objetivo principal el desarrollo de una idea surgida del ámbito de la ciencia y la tecnología y que busque desarrollarse como un proyecto empresarial que pueda derivar en uno o varios productos o servicios.

La Agencia I+D+i no tendrá ningún tipo de participación en la administración de la empresa que recibe la inversión.

1.28.2 Naturaleza del beneficio

Las inversiones de la Agencia I+D+i en cada uno de los fondos se realizarán en carácter de aporte no reintegrable, e incluirán:

a) la participación en las inversiones realizadas por el Fondo —en la medida que se cumplan con los parámetros y requisitos con respecto a las inversiones elegibles— en una proporción no mayor a 1/3 de cada una de ellas, apalancando la inversión privada que no será menor a 2/3;

b) el financiamiento de los costos operativos incrementales de administración durante el lapso del contrato a realizar, sujeto al cumplimiento de los planes operativos anuales y demás condiciones acordadas según los requerimientos específicos de los términos de referencia y la propuesta del oferente.

Los eventuales beneficios derivados de las inversiones realizadas por los fondos con fuente en el aporte de la Agencia, una vez logrados los objetivos de consolidación de las empresas apoyadas, deberán ser aplicados en inversiones con similares características.

1.28.3 Criterios de elegibilidad y selección de Administradores de Fondos

1.28.3.1 Proceso de selección de Administradores de Fondos. Términos generales de la convocatoria

La Agencia I+D+i realizará una o más convocatorias a lo largo de la ejecución del Programa, para seleccionar instituciones con experiencia específica y conocimiento del mercado local de inversores y de start ups, a efectos de asociarse en la operación de fondos de capital de riesgo para promover la creación o crecimiento de empresas de base tecnológica. En la etapa inicial se prevé asociarse con instituciones que administran fondos existentes de capital de riesgo, a efectos de facilitar el aprendizaje institucional y acelerar la ejecución del componente. En etapas subsiguientes, y en base a la experiencia realizada, se analizará la conveniencia y modalidad de constitución de un Fondo de Capital de Riesgo comandado por la Agencia I+D+i orientado particularmente a promover la aplicación de los desarrollos cie ntífico- tecnológicos en el sector productivo.

Sin perjuicio de los requerimientos de información y formalización de acuerdos legales como asimismo del cumplimiento de las condiciones sociales y ambientales que se definirán e incluirán en cada convocatoria en línea con la sección 8.6.2 del MGAS, capitalizando periódicamente los aprendizajes en este tipo de operación, los pedidos de propuesta - que serán enviados en consulta previa al Banco para su no objeción- incluirán como mínimo información sobre los siguientes aspectos:

a) Experiencia de la entidad en la administración de recursos de capital de riesgo, selección, incubación y aceleración de empresas de base tecnológica, apoyo a la consolidación, crecimiento y administración de las EBTs (Building Company), en Argentina durante los últimos 10 años. Otra experiencia regional e internacional relevante.

b) Objetivos y metas (en cantidad y tipo de emprendimientos y monto de inversiones a ejecutar).

c) Enfoque metodológico y plan de trabajo plurianual para las actividades de promoción, identificación e inversión.

d) Alineación de las inversiones a las prioridades de política pública establecidas por la Agencia I+D+i, las que serán presentadas como parte de la documentación de la convocatoria y actualizadas periódicamente.

e) Organización Institucional del Fondo. Socios previstos. Arreglos institucionales.

f) Organización Operativa del Fondo. Modalidad de integración y funcionamiento del Comité Asesor de Inversiones y del Comité Operativo de Inversiones en un todo de acuerdo con los requerimientos de este Reglamento Operativo.

g) Plan Operativo Anual de Inversiones. Listado de inversiones identificadas previstas (no menor al 25% del monto de inversiones previsto a comprometer durante el primer año). Proyecciones financieras. El objetivo de esta condición es favorecer la selección de entidades que cuenten con una cartera potencial que permita avanzar rápidamente en la ejecución de los recursos.

h) Equipo profesional de la entidad. Perfiles y dedicación. Personal incremental a incorporar. Políticas, procedimientos y capacidades previstas para asegurar que la gestión cumplirá y hará cumplir la normativa social y ambiental acordada entre la Agencia I+D+i y el Banco.

i) Previsión de costos incrementales a cubrir con recursos del subsidio, la que no podrá superar el 4% del monto de los desembolsos de la Agencia I+D+i para integrar las inversiones de capital.

j) Plan de Monitoreo: Estructura prevista de los reportes generales incluyendo la evaluación de alcance de Objetivos y metas, y por inversión.

k) Capacidades de evaluación previa de riesgos y planes de mitigación social y ambiental de los emprendimientos donde se prevé aplicar recursos, y el monitoreo subsiguiente.

1.28.3.2 Evaluación y selección

a) Las convocatorias incluirán la ponderación específica de cada uno de los criterios de evaluación en la calificación, incluyendo puntajes mínimos para cada uno de dichos criterios. El diseño de las mismas será realizado por un equipo especializado de Asesoramiento Técnico y Legal (ATL) a contratar por parte de la Agencia I+D+i, cuyos Términos de Referencia serán sometidos a consideración del Banco, y que se espera evolucione hacia la constitución de una unidad específica de apoyo técnico y legal en la gestión permanente de la Agencia I+D+i.

b) La formalización de los acuerdos con una entidad, podrá estar condicionada a la resolución previa de observaciones de tipo legal, fiduciario, técnico o de cualquier otra naturaleza, los que tendrán un plazo máximo para su resolución.

1.28.3.3 Instrumentos de financiamiento - Gastos elegibles

Los recursos de subsidio se aplicarán a:

a) Inversiones en capital de empresas, aplicable a todos los gastos relacionados con las etapas tempranas de las empresas de base tecnológica.

b) Costos operativos incrementales para la operación del fondo (recursos humanos, viajes y viáticos, capacitaciones a emprendedores, actividades de vinculación, otros costos operativos). La propuesta a presentar identificará y justificará la aplicación de recursos en los rubros solicitados, los que deberán tener una perspectiva de decrecimiento de uso del subsidio a lo largo del tiempo, tendiendo al autofinanciamiento hacia el fin del período contractual.

1.28.3.4 Aportes privados al Fondo

La contraparte privada del Fondo aportará no menos de los dos tercios del capital accionario, mientras que la Agencia I+D+i integrará hasta la tercera parte de los fondos pari passu con el aporte privado.

La Administración del Fondo deberá aportar la infraestructura, equipamiento e instrumentos de gestión (i.e. software, entre otros elementos) necesarios para la gestión estratégica y operacional, lo que formará parte de la propuesta, y -luego de negociados los términos del contrato específico- determinado en el acuerdo legal de constitución del Fondo

1.28.3.5 Ejecución financiera de los recursos del Préstamo

A efectos de la ejecución financiera del Programa, los recursos desembolsados por la Agencia a los diferentes Fondos serán considerados como gasto ejecutado.

1.28.3.6 Ejecución del Componente

I.28.3.6.1 Organización para la ejecución del Componente

a) La Agencia creará una Unidad Específica de Asesoramiento Técnico y Legal (ATL), la que tendrá responsabilidad principal en la preparación de las convocatorias para seleccionar los administradores de fondos a satisfacción del Banco, participar en la evaluación de las propuestas, preparar la documentación legal necesaria para la contratación (incluyendo las condiciones previas requeridas para la firma del contrato), y toda otra cuestión referida a la participación de la Agencia en los distintos fondos.

b) Arreglos de implementación

Los estatutos, procedimientos de evaluación y ejecución técnica y financiera, y todo otro elemento relevante del funcionamiento del Fondo deberán ser aceptables para la Agencia y el Banco.

La constitución del Fondo incluirá un “Acuerdo de Participación” entre la Agencia y la Administradora del Fondo bajo términos y condiciones aceptables para el Banco, incluyendo, entre otros elementos:

• La estructura financiera del Fondo

• Los roles de la Administración

• Los costos de administración elegibles

• Los gastos elegibles para ser financiados por el Fondo

• Los criterios de elegibilidad de las inversiones

• Los mecanismos para asignar los recursos

• La modalidad de aplicación de recursos a través de inversiones de capital en las empresas (Equity Investments)

Los procedimientos para efectivizar los desembolsos hacia terceros beneficiarios, y la integración de las inversiones por parte de la Agencia y de los socios inversores, la auditoría y la emisión de informes en relación con las operaciones elegibles

La obligación de la Administración de realizar su tarea con el debido compromiso y eficiencia, cumpliendo con estándares adecuados en los aspectos económicos, financieros, gerenciales, ambientales y sociales aplicables, incluyendo el desarrollo o adaptación de un Sistema de Gestión Ambiental y Social (SGAS) con el fin de asegurar que los proyectos financiados a través del Fondo se desarrollen en cumplimiento con la normativa aplicable y los EAS del BM. Se deberán incluir todos los aspectos aplicables al proyecto de las Guías Anti-Corrupción del Banco.

La obligación de realizar una auditoría financiera anual de acuerdo con los estándares del Banco

Habilitar que la Agencia y el Banco inspecciones las actividades, documentos o registros de actividad del Fondo.

Obligación de monitorear y fiscalizar las inversiones realizadas por el fondo para asegurar que cada emprendimiento en el cual se ha invertido tiene un adecuado sistema de gestión financiera, y habilita a la Agencia, al Banco y al Administrador para inspeccionar la operación, como asimismo todos los registros y documentos pertinentes, prepara y presenta estados financieros auditados anuales de acuerdo con las normas aplicables que reflejen adecuadamente sus operaciones, recursos y gastos, y que cumple con los requisitos sociales y ambientales, y preparar y proporcionar toda la información que la Agencia, el Banco y/o el Administrador solicite razonablemente.

I.28.3.6.2 Dirección Estratégica y Dirección Operativa de cada Fondo

Los arreglos para la gobernanza de los Fondos en los que la Agencia aporte recursos serán determinados en la convocatoria, y especificados en cada contrato que se realice con la entidad a cargo de su administración. Sin perjuicio de ello, se prevén los siguientes lineamientos generales:

a) Comité Asesor de Inversiones:

Será el encargado de la dirección estratégica y de dictar todos los lineamientos que deben considerar los Administradores de Fondos en la identificación y selección de oportunidades de inversión, como asimismo los parámetros y requisitos para determinar la elegibilidad de dichas inversiones. Este comité también se encargará de monitorear el cumplimiento de lo pactado en cada uno de los acuerdos legales que se firmen con los distintos Fondos. Estará integrado por representantes de la Agencia I+D+i, de los respectivos Administradores de Fondos y eventualmente de otros inversionistas.

b) Comité Operacional de Inversiones:

Será el encargado en cada Administradora del Fondo de determinar y ejecutar las inversiones bajo los parámetros y requisitos dictados por el Comité Asesor de Inversiones a efectos de verificar que la evaluación de la cada inversión a realizar haya cumplido con los estándares criterios y procedimientos aceptables para el Banco, incluyendo su alineación con los objetivos del Programa y una adecuada evaluación de factibilidad técnica, económica, financiera y en un todo compatible con los estándares sociales y ambientales del Banco. Sus miembros incluirán al Administrador del Fondo y principales profesionales integrantes de la Administración del Fondo de las áreas jurídica y fiduciaria. El Comité de Asesor de Inversiones monitoreará que el Comité Operacional de Inversiones cumpla con los parámetros y requisitos establecidos y podrá recomendar a la Agencia la puesta en marcha de medidas para asegurar el cumplimiento de los roles del Fondo en el marco del Acuerdo Legal formalizado.

I.28.3.6.3 Actas de asignación de recursos

En aquellos casos en los cuales se otorgue un financiamiento, en el acta de la reunión respectiva se deberán reflejar, entre otros aspectos relevantes, los siguientes elementos:

a) Descripción del proyecto y el Financiamiento a otorgar, identificando fortalezas y debilidades.

b) Evaluación de los integrantes del equipo emprendedor.

c) Evaluación de la calidad, factibilidad, viabilidad técnica y económica de la solicitud.

d) Calificación del riesgo socio-ambiental y verificación de criterios de elegibilidad Socio-Ambiental.

e) Descripción del avance tecnológico por el cual se otorga el financiamiento.

f) Flujo de fondos del proyecto.

g) Monto de capital a aportar, estrategias de cogestión en el emprendimiento financiado, plazo de la inversión, estructura legal del aporte y estrategia de salida.

I.28.3.6.4 Procedimientos para la presentación de proyectos ante los Fondos

Los fondos podrán invertir en empresas constituidas, o integrar el capital inicial de una empresa a constituirse.

Empresas constituidas:

Podrán ser beneficiarios del financiamiento del Fondo las empresas productoras de bienes y servicios constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio de la República Argentina. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes de la República Argentina que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes.

Sin perjuicio de los requerimientos adicionales determinados por el Fondo una vez constituido, las solicitudes por parte de las empresas de base tecnológica interesadas en obtener el financiamiento del Fondo deberán incluir como mínimo:

a) Descripción ejecutiva de la empresa, grado de avance del proyecto y composición societaria.

b) Plan de negocios del emprendimiento.

c) Aspectos vinculados a la tecnología desarrollada, su grado de inserción en la empresa, unidad ejecutora e investigadores asociados.

d) Descripción del estatus jurídico de la tecnología que sustenta el proyecto.

e) Documentación de la empresa, incluyendo estatuto, acta de designación de autoridades y Estados Contables aprobados.

f) Toda otra información necesaria.

Para el otorgamiento de financiamientos, el Fondo incluirá -entre otras- las siguientes pautas que deberán ser integradas en la reglamentación que desarrolle:

1) Todos los financiamientos, sus cuotas, gastos y otros conceptos se calcularán y harán efectivos en moneda de curso legal.

2) Son condiciones para ser adjudicatario de un financiamiento:

a. No tener obligaciones ni deudas pendientes con el Fondo o haberlas incluido en un plan de regularización o pago activo y vigente.

b. No tener deudas fiscales y/o previsionales con el Estado Nacional o poseer Certificado Fiscal para Contratar con el Estado.

c. No ostentar, los solicitantes de recursos al fondo para el financiamiento de un proyecto, o sus accionistas, gerentes o Directores en el caso de personas jurídicas, relación de parentesco con miembros de los Comités de dirección estratégica u operativa del Fondo

d. Contar con una calificación positiva de riesgo crediticio, de acuerdo a la central de informes del BCRA.

e. No estar concursado o inhabilitado.

f. Ser una empresa radicada en la República Argentina

g. Cumplimentar la documentación que se le solicite.

3) El Fondo, en acuerdo con la Agencia I+D+i, fijará los montos máximos a asignarse a una empresa, pudiendo la misma empresa presentar más de un proyecto, siempre y cuando la sumatoria de los aportes solicitados no exceda este monto..

4) Para todos los efectos judiciales en las obligaciones que se constituyan a favor del Fondo, las partes deberán someterse a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En caso de llegarse a juicio ejecutivo, estarán a cargo del Deudor, además de los intereses que por mora se hayan devengado, todos los honorarios y gastos del juicio y de cualquier otra naturaleza que por su incumplimiento se le hubiere ocasionado al Fondo.

5) El Financiamiento deberá ponerse a disposición del solicitante dentro del plazo que se establezca, una vez aprobado y notificado por el Comité Operacional de Inversiones, en línea con los parámetros de elegibilidad de las inversiones determinados por el Comité Asesor de Inversiones, del cual la Agencia es miembro, previo cumplimiento de los requisitos formales y una vez suscriptos los instrumentos que lo efectivicen.

6) El Comité Operacional de Inversiones del Fondo determinará los plazos y la forma de aporte y de recupero de los mismos. Los gastos de sellado del contrato se abonarán en partes iguales, pudiendo descontarse del desembolso la parte correspondiente a la empresa.

7) Todo financiamiento desistido después de la aprobación del mismo originará un cargo deudor único en concepto de restitución de gastos administrativos.

8) Es facultad del Comité Operacional de Inversiones del Fondo requerir cualquier información que considere pertinente. Si en virtud de ella o de cualquier otra circunstancia se verificara que el solicitante no reúne los requisitos necesarios o no son suficientes las condiciones de responsabilidad, se podrá denegar el financiamiento solicitado.

9) El Fondo podrá exigir la cancelación del saldo de su inversión cuando se constatare la inexactitud de las manifestaciones del emprendedor o de la documentación aportada, que hubieran servido de base al acuerdo de la operación.

10) Se considerarán las solicitudes por riguroso orden de prelación, teniendo en cuenta para ello el cumplimiento de todos los requisitos del financiamiento, a efectos de disponer las partidas asignadas para cada fecha. El Comité Operacional de Inversiones del Fondo podrá alterar el orden en casos fundados.

Constitución de nuevas Empresas

El Fondo podrá integrar el capital inicial de nuevas Empresas de Base Tecnológica, incluyendo aquellos emprendimientos que recibieron apoyo por parte de la Agencia I+D+i a través de otros instrumentos.

Los requerimientos para la presentación de proyectos referidos a la descripción y evaluación técnica, económica, financiera y socio-ambiental de los desarrollos tecnológicos y los planes de negocio incluirán los mismos aspectos que aquellos de las empresas.

La evaluación de la factibilidad legal y económica de constituir una empresa apta para recibir recursos de capital por parte del Fondo se realizará en base a propuestas de documentación legal y proyecciones económicas y financieras de los emprendedores sobre cada uno de los aspectos relevantes, como mínimo aquellos señalados más arriba para empresas constituidas.

La asignación de recursos podrá realizarse incluyendo condiciones previas al desembolso, a efectos de evitar riesgos fiduciarios.

I.28.3.6.5 Procedimientos de desembolsos, pagos

Los desembolsos de recursos por parte del Fondo a los beneficiarios se realizarán en todos los casos en función del avance de las inversiones, y de modo pari-passu entre las fuentes de financiamiento de los aportes de capital.

I.28.3.6.6 Derechos de Propiedad

Los derechos de propiedad de las innovaciones desarrolladas con los recursos de capital aportados por los Fondos serán objeto de un tratamiento particular en cada contrato de inversión.

I.28.3.6.7 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del Componente

El Comité Operacional de Inversiones confeccionará anualmente Estados Contables detallados sobre la actividad del Fondo y una Memoria Descriptiva de las actividades realizadas y la situación del entorno económico y sectorial de la actividad de Capital Riesgo.

Estos elementos abarcarán el período comprendido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre de cada año, ambas fechas inclusive. El primer ejercicio incluirá el período irregular comprendido entre la fecha de constitución del Fondo y el 31 de diciembre siguiente. En caso de liquidación del Fondo el último ejercicio incluirá el período irregular comprendido entre el primero de enero y la fecha de liquidación del Fondo, deberá incorporar un Balance de Liquidación en el que se identifiquen los resultados obtenidos en cada uno de los proyectos financiados y determine el resultado final y la devolución de los fondos según la prelación establecida.

Toda la documentación será tratada en un Plenario del Comité Operacional de Inversiones, en el cual participen todos sus miembros, y una vez aprobada será elevada con Dictamen y Opinión adjuntos, al Comité Asesor de Inversiones, quien deberá tratarlos también en reunión Plenaria.

Los Estados Contables y la Memoria Descriptiva, al igual que la Liquidación Final, serán elevados a la Agencia I+D+i dentro de los 10 días de tratados en el Comité Asesor del Fondo, adjuntando copia de los Dictámenes y Opiniones vertidas en los plenarios de ambos Comités.

Informe anual de la Agencia I+D+i al Banco

La Dirección Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción, a través de la Coordinación de Evaluación de Calidad y Reportes (CECYR) de la Agencia I+D+i, , informará semestralmente sobre la ejecución del Componente.

Dicho informe incluirá, entre otros aspectos:

a) El estado en materia de proceso de selección y posterior firma de contratos para la constitución de los Fondos.

b) El estado de ejecución de gastos e inversiones por fondo, y previsiones.

c) Estado de cumplimiento del Plan Operativo Anual de cada fondo

d) Síntesis de las inversiones realizadas. Estado de ejecución del Plan de Trabajo de cada una de las empresas apoyadas (en base a la información provista por cada fondo, y eventuales inspecciones y/o requerimientos de información emitidos desde la Agencia)

e) Síntesis de los principales acuerdos y orientaciones emitidas por el Consejo Asesor de Inversiones hacia los distintos Fondos.

COMPONENTE 3. FORTALECIMIENTO DE INSTITUCIONES DEL ECOSISTEMA EMPRENDEDOR Y MEJORAMIENTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS

El objetivo de este componente es fortalecer el marco institucional y las políticas para la promoción de la investigación, el desarrollo tecnológico, y la innovación (I+D+i). Este componente tendrá un foco especial en remover barreras regulatorias y mejorar la infraestructura para el desarrollo de nuevos productos y procesos. Este componente también contemplará los requisitos financieros para una implementación efectiva y monitoreo del Programa de Innovación para el Crecimiento Inteligente (PINCRI) a través de los tres componentes.

I.29 Subcomponente 3.1 - Entes Regulatorios

1.29.1 Descripción y Objetivo

Este subcomponente está orientado a fortalecer la capacidad innovadora de las organizaciones relacionadas con sus políticas, la certificación y regulación de desarrollos basados en ciencia y tecnología. El fin principal será dotar a los organismos e instituciones de herramientas para potenciar sus formatos, procesos e instalaciones en relación con la intervención que requiere llevar nuevos productos, procesos y servicios innovadores al mercado.

Los proyectos se encuadrarán y serán monitoreados conforme al diseño estratégico del Plan Argentina Innovadora 2030.

1.29.2 Naturaleza del beneficio

El beneficio consistirá en aportes no reembolsables (ANR) de hasta U$S 2.000.000 que se ejecutarán en el marco de los llamados implementados por la Agencia I+D+i.

El financiamiento estará orientado a las actividades tendientes a perfeccionar, agilizar y desarrollar las normativas, dispositivos, procesos, capacidades, y canales institucionales necesarios para garantizar e impulsar la pronta llegada al mercado de nuevos productos, procesos y servicios desarrollados por empresas innovadoras.

1.29.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Se considerarán elegibles las instituciones públicas y organismos descentralizados del Estado dedicados a actividades de certificación, registro y regulación de productos, procesos y servicios derivados de procesos innovadores. La presentación podrá ser realizada de manera individual o bajo modalidad asociativa entre instituciones públicas y organismos descentralizados del Estado.

Deberán contar con capacidad técnica, de gestión y administrativa suficiente para ejecutar el proyecto y demostrar las posibilidades reales de aportar recursos de contraparte necesarios.

En términos generales, para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la Agencia I+D+i;

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la Agencia I+D+i contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad del solicitante;

• Cumplir con los requisitos que propongan las bases de cada convocatoria;

• Cumplir con las normas de protección ambiental y de bioseguridad establecidas por las instituciones oficiales correspondientes, en todo el ciclo del proyecto;

• Todos los financiamientos solicitados deberán ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante).

1.29.4 Evaluación

La Agencia I+D+i establecerá y publicará los requisitos, procedimientos a cumplir y los estándares mínimos de calidad a satisfacer para la presentación y aprobación de los proyectos. Las Bases de la Convocatoria deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por el solicitante y una explicación del mecanismo a aplicar para la adjudicación de los proyectos.

Para que un proyecto pueda ser ingresado al sistema de evaluación, deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran los criterios de Admisibilidad.

Una vez admitido se procederá a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica y viabilidad económica de la solicitud.

Los proyectos adjudicados serán aprobados por el Directorio de la Agencia I+D+i, luego de lo cual, se iniciarán las gestiones para la firma de los contratos y ejecución de los proyectos.

1.29.5 Uso de los recursos y elegibilidad de los gastos.

Los recursos del subcomponente se utilizarán para financiar gastos aceptables, relacionados con proyectos elegibles.

El siguiente listado determina en forma indicativa los tipos de gastos que podrán declararse elegibles en el marco de los proyectos aprobados:

1) Equipamiento.

2) Materiales e insumos.

3) Adquisición de licencias.

4) Consultorías.

5) Servicios de no consultoría.

6) Contratación de expertos.

7) Viajes y viáticos.

8) Construcción de obra civil, instalaciones específicas o remodelaciones.

9) Contratación de recursos humanos adicionales.

10) Gastos de administración

1.29.6 Mecanismos de ejecución

El subcomponente será ejecutado por el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC) en el ámbito de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación; los fondos serán administrados por la DIGFEL. Las citadas oficinas disponen de la estructura orgánica necesaria para la correcta implementación del Componente.

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de pago directo a proveedor y/o contratistas, reembolso de pago hecho por el beneficiario y/o anticipos para gastos menores, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de los procedimientos correspondientes.

El FONARSEC, la DIGFEL y la DNDyEIP supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades.

I.29.7 Aportes de contraparte

El FONARSEC determinará el porcentaje a exigir como aporte de contraparte para las empresas e instituciones beneficiarias que no podrá ser inferior al 20% en las bases de cada convocatoria.

I.29.8 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación

La Agencia I+D+i implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del subcomponente que incluirá, al menos, los siguientes elementos:

1) Informes periódicos de resultados de proyectos;

2) Indicadores de desempeño de los aspectos principales del Programa.

La Agencia I+D+i podrá requerir a los beneficiarios la documentación e información necesaria para la implementación del sistema.

I.29.9 Derechos de Propiedad

El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la ejecución del subprograma, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto en contrario.

Nota: El Banco revisará, en forma previa, la primera convocatoria de beneficiarios que se ejecute dentro del presente subcomponente. En este caso se deberá remitir al Banco las bases del llamado antes de proceder a la publicación del mismo.

I.30 Subcomponente 3.2 - Infraestructura institucional y de investigación

1.3.1. Ecosistema Emprendedor

1.30.1 Descripción y objetivo

Este subcomponente está orientado a fortalecer la red de soporte a emprendedores y empresas innovadoras, en relación con sus políticas y capacidades para brindar productos y servicios vinculados a la validación, certificación y regulación de desarrollos basados en ciencia y tecnología, incluyendo marcos innovadores en entornos controlados. El fin principal será dotar a los organismos, instituciones, empresas y otras entidades públicas y privadas, de las herramientas para potenciar sus formatos, capacidades tecnológicas, procesos e instalaciones de forma de ampliar y mejorar capacidades que impactan en la llegada al mercado de nuevos productos, procesos y servicios innovadores, así como facilitar y agilizar el registro y habilitación de empresas a nivel nacional y subnacional.

1.30.2 Naturaleza del beneficio

El beneficio consistirá en aportes no reembolsables (ANR) de entre U$S 200.000 y hasta U$S 4.000.000 que se ejecutarán en el marco de los llamados implementados por la Agencia I+D+i.

El financiamiento estará orientado a las actividades tendientes a ampliar y mejorar capacidades en términos de oferta, calidad, ajuste a normativas nacionales e internacionales, así como efectividad, eficiencia, mejora en costos y plazos, de centros e instituciones que ofrecen servicios tecnológicos, capacitaciones y entrenamientos a empresas, para garantizar e impulsar la pronta llegada al mercado de nuevos productos, procesos y servicios innovadores.

I.30.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Se considerarán elegibles organismos, instituciones, empresas y otras entidades públicas y privadas, que ofrezcan servicios de validación, ensayo, certificación, registro y regulación de desarrollos innovadores. La presentación podrá ser realizada de manera individual o bajo modalidad asociativa. Las bases de los llamados definirán las modalidades particulares de presentación y los beneficiarios elegibles.

Deberán contar con capacidad técnica, de gestión y administrativa suficiente para ejecutar el proyecto y demostrar las posibilidades reales de aportar recursos de contraparte necesarios.

En términos generales, para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la Agencia I+D+i;

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la Agencia I+D+i contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad del solicitante;

• Cumplir con los requisitos que propongan las bases de cada convocatoria;

• Cumplir con las normas de protección ambiental y de bioseguridad establecidas por las instituciones oficiales correspondientes, en todo el ciclo del proyecto;

• Todos los financiamientos solicitados deberán ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante).

Los beneficiarios de carácter privado deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.

I.30.4 Evaluación

La Agencia I+D+i instrumentará cada llamado mediante convocatorias públicas y/o ventanillas permanentes y publicará los requisitos, procedimientos a cumplir y los estándares mínimos de calidad a satisfacer para la presentación y aprobación de los proyectos.

Las Bases del llamado deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por el/los solicitantes/s y una explicación del mecanismo a aplicar para la adjudicación de los proyectos. Las mismas serán publicadas en la web de la Agencia I+D+i y serán difundidas a potenciales beneficiarios.

Para que un proyecto pueda ser evaluado, deberá satisfacer requisitos mínimos formales de Admisibilidad, lo cuales serán detallados en las bases de cada llamado.

Una vez admitido se procederá a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica, económica y financiera de la solicitud y del beneficiario.

Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica-económica por parte de especialistas idóneos. Los criterios de evaluación de cada llamado serán definidos en sus respectivas bases atendiendo a las particularidades de la necesidad estratégica identificada.

Los proyectos adjudicados serán aprobados por el Directorio de la Agencia I+D+i, luego de lo cual, se iniciarán las gestiones para la firma de los contratos y ejecución de los proyectos.

I.30.5 Uso de los recursos y elegibilidad de los gastos.

Los recursos del subcomponente se utilizarán para financiar gastos aceptables, relacionados con proyectos elegibles.

El siguiente listado determina en forma indicativa los tipos de gastos que podrán declararse elegibles en el marco de los proyectos aprobados:

1) Equipamiento.

2) Materiales e insumos.

3) Adquisición de licencias.

4) Consultorías.

5) Servicios de no consultoría.

6) Contratación de expertos.

7) Viajes y viáticos.

8) Construcción de obra civil, instalaciones específicas o remodelaciones.

9) Contratación de recursos humanos adicionales.

10) Gastos de administración

I.30.6 Mecanismos de ejecución

El subcomponente será ejecutado por el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC) y el Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), en el ámbito de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación; los fondos serán administrados por la DIGFEL. Las citadas oficinas disponen de la estructura orgánica necesaria para la correcta implementación del Componente.

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de pago directo a proveedor y/o contratistas o reembolso de pago hecho por el beneficiario o anticipos financieros, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de los procedimientos correspondientes.

El FONARSEC, el FONTAR, la DIGFEL y la DNDyEIP supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades.

1.30.7 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación

La Agencia I+D+i implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del subcomponente que incluirá, al menos, los siguientes elementos:

1) Informes periódicos de resultados de proyectos;

2) Indicadores de desempeño de los aspectos principales del Programa.

La Agencia I+D+i podrá requerir a los beneficiarios la documentación e información necesaria para la implementación del sistema.

1.30.8 Derechos de Propiedad

El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la ejecución del subprograma, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto en contrario.

Nota: El Banco revisará, en forma previa, la primera convocatoria de beneficiarios que se ejecute dentro del presente subcomponente. En este caso se deberá remitir al Banco las bases del llamado antes de proceder a la publicación del mismo.


REGLAMENTO OPERATIVO

ANEXOS

ANEXO I - Ingresos - Egresos por categorías


ANEXO II - Estado de Usos de Fondos por Componente



ANEXO III - Estado de Solicitudes de Desembolsos



ANEXO IV - Estado de la Cuenta Designada



ANEXO V - Análisis de Fondos



ANEXO VI - Plan de Cuentas



ANEXO VII - Plan de Adquisiciones



ANEXO VIII - Métodos de adquisiciones que se ajustan a las Practicas del Sector Privado

METODOS DE ADQUISICIONES QUE SE AJUSTAN A LAS PRÁCTICAS DEL SECTOR PRIVADO

Introducción

Los organismos ejecutores del sector privado utilizarán los procedimientos detallados a continuación con el fin de asegurar el cumplimiento de los principios de Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial de Julio 2016, revisadas en Noviembre 2020 sobre Prácticas Comerciales.

A. Métodos de adquisiciones y contrataciones

1.1. En todos los procesos de adquisiciones y contrataciones del sector privado aplican las Regulaciones del Banco sobre el uso apropiado de los fondos, la elegibilidad de bienes obras, y servicios, así como las que se refieren a la aplicación de las reglas de economía y eficiencia.

1.2. La tabla siguiente muestra en forma resumida los métodos de adquisiciones por tipo de adquisición, que deberán usarse en este tipo de operaciones:


B. Adquisición de bienes y servicios distintos de consultoría

1.3. Monto menor a U$S 5.000 - Contratación Simple. Se podrá utilizar el método de contratación simple para la adquisición de bienes o servicios de menor cuantía cuyo valor individual no supere los U$S 5.000. Para estas adquisiciones no será necesario presentar ninguna cotización a la Agencia I+D+i. El uso de este método no puede ser resultado del fraccionamiento de una adquisición en paquetes.

1.4. Monto de U$S 5.000 hasta U$S 100.000 - Comparación de precios con DDJJ del Representante del Beneficiario acerca de los proveedores consultados. En el caso de adquisiciones con un costo estimado de U$S 5.000 hasta U$S 100.000, se debe presentar una declaración jurada con los proveedores consultados (un mínimo de 3), seleccionando la oferta más económica que cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas. En caso de no poder obtener un mínimo de 3 cotizaciones por tratarse de bienes o servicios muy específicos o por la naturaleza del mercado esta situación se debe justificar debidamente en la DDJJ y solo aplicará en casos excepcionales que deberán ser revisados y aprobados por la Agencia I+D+i. .

1.5. Monto de U$S 100.000 hasta U$S 1.500.000 - Comparación de precios con 3 presupuestos. En el caso de adquisiciones con un costo estimado de U$S 100.000 hasta U$S 1.500.000, se debe obtener un mínimo de tres cotizaciones, de distintos proveedores seleccionando la oferta más económica que cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas. Las cotizaciones pueden presentarse por carta o medios electrónicos. En todo caso, debe quedar documentado de forma fehaciente el procedimiento utilizado. En caso de no poder obtener un mínimo de 3 cotizaciones por tratarse de bienes o servicios muy específicos o por la naturaleza del mercado esta situación se debe justificar debidamente y solo aplicará en casos excepcionales que deberán ser revisados y aprobados por la Agencia I+D+i .

C. Contratación de Obras

1.6. Monto menor a U$S 10.000 - Contratación Simple. Se podrá utilizar el método de contratación simple para la contratación de obras menores cuyo valor individual no supere los U$S 10.000. Para estas contrataciones no será necesario presentar ninguna cotización a la Agencia I+D+i o. El uso de este método no puede ser resultado del fraccionamiento de una contratación en paquetes.

1.7. Monto de U$S 10.000 hasta U$S 150.000 - Comparación de precios con DDJJ de los proveedores consultados. En el caso de contrataciones con un costo estimado de U$S 10.000 hasta U$S 150.000, se debe presentar una declaración jurada con los proveedores consultados, seleccionando la oferta más económica que cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas. En caso de no poder obtener un mínimo de 3 cotizaciones por tratarse de obras muy específicas o por la naturaleza del mercado esta situación se debe justificar debidamente en la DDJJ y solo aplicará en casos excepcionales que deberán ser revisados y aprobados por la Agencia I+D+i..

1.8. Monto de U$S 150.000 hasta U$S 1.500.000 - Comparación de precios con 3 presupuestos. En el caso de contrataciones con un costo estimado de U$S 150.000 hasta U$S 1.500.000, se debe obtener un mínimo de tres cotizaciones, de distintos proveedores seleccionando la oferta más económica que cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas. Las cotizaciones pueden presentarse por carta o medios electrónicos. En todo caso, debe quedar documentado de forma fehaciente el procedimiento utilizado. En caso de no poder obtener un mínimo de 3 cotizaciones por tratarse de obras muy específicas o por la naturaleza del mercado esta situación se debe justificar debidamente y solo aplicará en casos excepcionales que deberán ser revisados y aprobados por la Agencia I+D+i

D. Contratación de consultores individuales

1.9. Contratación de consultores por un monto menor a U$S 30.000 - Contratación Simple. Se podrá utilizar el método de contratación simple para la contratación de consultores individuales cuyo monto no supere el valor de U$S 30.000. El uso de este método no puede ser resultado del fraccionamiento de los servicios de consultoría requeridos. A modo de ejemplo estas consultorías incluyen: conferencistas, disertantes, evaluadores, encuestadores, pequeñas asistencias técnicas que requieren conocimiento local, profesionales o técnicos para la agencia ejecutora, entre otros.

1.10. Contratación de consultores individuales por un monto mayor a U$S 30.000- Selección basada en la comparación de calificaciones. Esta modalidad requiere comparar las calificaciones para realizar el trabajo de, al menos, tres candidatos con base en sus hojas de vida. Los consultores no necesitan presentar propuestas, aunque de estimarse conveniente se les puede solicitar y detallar en la carta de invitación el criterio de calificación y evaluación a utilizar. Las personas consideradas en la comparación de calificaciones deben cumplir con las calificaciones mínimas pertinentes y los que se seleccionen para ser contratados deben ser los mejor calificados y capaces de realizar el trabajo. La capacidad de los consultores se juzgará sobre la base de sus antecedentes académicos, su experiencia y, si corresponde, su conocimiento de las condiciones locales.

E. Contratación de Servicios de Firmas de Consultoría

1.11. Contratación de firmas de consultorías por un monto menor a U$S 30.000 - Contratación Simple. Se podrá utilizar el método de contratación simple para la contratación de firmas o servicios de consultores cuyo monto no supere el valor de U$S 30.000. El uso de este método no puede ser resultado del fraccionamiento de un servicio de consultoría.

1.12. Contratación de firmas de consultorías por un monto mayor a U$S 30.000 - Comparación de precios con 3 cotizaciones. En el caso de contrataciones de firmas consultoras con un costo estimado mayor a U$S 30.000, se debe obtener un mínimo de tres cotizaciones, de distintos consultores seleccionando la más económica que cumpla con la totalidad de los Términos de Referencia requeridos. Las cotizaciones pueden presentarse por carta o medios electrónicos. En todo caso, debe quedar documentado de forma fehaciente el procedimiento utilizado. En caso de no poder obtener un mínimo de 3 cotizaciones por tratarse de servicios muy específicos o por la naturaleza del mercado esta situación se debe justificar debidamente y solo aplicará en casos excepcionales que deberán ser revisados y aprobados por la Agencia I+D+i o el Banco Mundial.



(*) Declaro que el monto se encuentra actualizado a la fecha y contiene todos los impuestos correspondientes.

Se adjunta:

Especificación técnica de cada ítem solicitado.

Presupuesto de cada ítem solicitado

En el caso de Obras cómputo, presupuesto y lista de cantidades

Informe técnico/económico u otra información equivalente

Se deja constancia que además del proveedor seleccionado se han solicitado cotizaciones a distintos proveedores, según el siguiente detalle, los cuales pueden ser contactados por el Banco o la auditoría:


Todas las empresas consultadas y las ofertas recibidas cumplen con las especificaciones técnicas y se procedió a seleccionar el presupuesto de menor precio.

Atentamente.

Firma y Aclaración

ANEXO IX - Modelo de Informe de la Gestión Ambiental y Social del Programa

Fecha de elaboración:

Período:

1. Introducción

2. Arreglos Institucionales para el seguimiento socio ambiental

Profesionales socio-ambientales UGSA


3. Estado General de implementación del Plan de Compromiso Ambiental y Social (PCAS)

Estado de cumplimiento de cada acción del PCAS.


4. Estado de elaboración y ejecución de los instrumentos ambientales y sociales:


5. Actividades de participación de las partes interesadas

Resumen de actividades realizadas en el período y sus resultados

6. Resumen de Incidentes Ambientales, Sociales y de Salud y Seguridad Ocupacional

Ejemplo:


7. Resumen de la Gestión de Quejas y Reclamos recibidos por el Programa.

Ejemplo:


8. Resumen de la Gestión de Quejas y Reclamos laborales.

9. Conclusiones y Recomendaciones

10. Anexos

En caso de corresponder, se incluyen Reportes de accidentes graves y/o serios que hayan sido notificados al Banco; Registros de quejas y reclamos.

ANEXO X - Matriz de Resultados

Indicadores del PDO:





Indicadores de resultados intermedios:



Indicadores trasversales:


ANEXO XI: Lista de exclusión de intervenciones y actividades

A continuación, se presenta la Lista de actividades y/o intervenciones que quedan excluidas para la consideración de financiamiento debido a sus características propias y/o potenciales riesgos ambientales y sociales significativos:

1. Producción o actividades que supongan formas de trabajo forzoso, peligrosas o en régimen de explotación, trabajo infantil y trabajo infantil peligroso, o prácticas discriminatorias o que impidan a los empleados ejercer libremente su derecho de asociación y negociación colectiva.

2. Operaciones forestales comerciales en bosques nativos de Categoría I (rojo) según la Ley Nacional N° 26.331 de presupuestos mínimos de protección ambiental de Bosques Nativos y Ordenamiento Territorial Provincial: sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse. Son los que deben permanecer como bosques para siempre.

3. Afectación de bosques nativos categoría I (rojo) y categoría II (amarillo), según la Ley Nacional N° 26.331 de presupuestos mínimos de protección ambiental de Bosques Nativos y Ordenamiento Territorial Provincial.

4. Producción o comercialización de productos de madera u otros productos forestales procedentes de bosques sin el correspondiente plan de manejo sostenible autorizado por la autoridad competente.

5. Proyectos que exigirían la remoción de zonas forestales naturales no degradadas. Actividades de tala de bosques que implican un cambio de uso de suelo de áreas forestales a cualquier otro uso no son susceptibles de financiamiento.

6. Actividades que comprometan la integridad de áreas declaradas legalmente como áreas protegidas (ello incluye los sistemas de conservación de áreas nacionales, provinciales y municipales), que no se encuentren enmarcadas dentro de la zonificación y planes de gestión correspondientes, y que no cuenten con la aprobación de la autoridad (de las autoridades) competente(s)

7. Propuestas que generen potencial impacto crítico significativo a hábitats naturales.

8. Cambio de uso del suelo de entornos naturales.

9. Introducción de especies exóticas/invasoras en entornos naturales.

10. Proyectos que impliquen o promuevan el desplazamiento físico y/o económico, o reasentamiento involuntario de poblaciones, comunidades, o infraestructura social.

11. Proyectos que promuevan la separación forzosa o pérdida del apego colectivo a hábitats geográficamente definidos o territorios ancestrales de pueblos indígenas y/o comunidades nativas.

12. Producción o actividades que impliquen riesgos, tengan o puedan tener un impacto negativo en tierras pertenecientes a pueblos indígenas o reclamadas por parte de estos, o bajo proceso de adjudicación; sin un debido y documentado proceso que certifique el consentimiento previo, libre e informado de dichos pueblos.

13. Afectación negativa de áreas de patrimonio cultural físico e intangible, incluyendo potenciales afectaciones a la propiedad intelectual comunitaria de los pueblos indígenas.

14. Actividades que involucren la introducción de organismos genéticamente modificados sin contar con los estudios técnicos y las autorizaciones de ingreso al país por la autoridad competente según la normativa vigente.

15. Comercialización o uso de especies de flora y fauna silvestres amenazadas o reguladas por la CITES o productos derivados de ellas.

16. Propuestas con potencial de generar impactos significativos a la salud de forma muy crítica.

17. Proyectos que involucren o promuevan la producción, comercialización, almacenamiento, transporte y/o venta de sustancias ilegales o no permitidas por la legislación argentina o suscrita en acuerdos internacionales como algunos productos farmacéuticos, agroq uímicos no permitidos, sustancias que agoten la capa de ozono, bifenilos policlorados, amianto, etc.

18. Proyectos que incluyan el uso (o promuevan el uso) de productos zoo y fitosanitarios prohibidos por la legislación nacional o que estén clasificados como clase IA o IB por la OMS.

19. Producción, comercialización, almacenamiento o transporte de volúmenes importantes de productos químicos peligrosos, o uso de productos químicos peligrosos a escala comercial.

20. Comercio transfronterizo de desechos o productos de desecho, excepto los residuos no peligrosos para reciclaje.

21. Propuestas de investigación y desarrollo tecnológico que contemplen la manipulación de patógenos de alto riesgo biológico.
                                               
1 2016, Marco Ambiental y Social del Banco Mundial, Banco Mundial, Washington, DC.

2 https://www.argentina.gob.ar/ciencia/agencia/normativas

3 https://www.argentina.gob.ar/ciencia/agencia/normativas

4 El beneficiario puede en todos los casos optar por comparar ofertas a través de una comparación de precios buscando mayores economías a través de consultas informales y/o solicitar cotizaciones que no requieren ser acreditadas ante la Agencia I+D+i pero que deben cotar en sus propios registros.

5 El beneficiario puede en todos los casos optar por comparar ofertas a través de una comparación de precios buscando mayores economías, a través de consultas informales y/o solicitar cotizaciones que no requieren ser acreditadas ante la Agencia I+D+i pero que deben constar en sus propios registros.


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