MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 2067/2022
RESOL-2022-2067-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-126074175-APN-DNSA#MDS,
y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias
establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al
Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a
sus competencias, en todo lo inherente a la política social orientada a
la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo
humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el
desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más
vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las
niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la
protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones
comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el
hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al cumplimiento de
los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y
los convenios multinacionales, en materia de su competencia
Que mediante la RESOL-2020-8-APN-MDS, se creó el PLAN NACIONAL
“ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE”, cuyo objetivo general es el de garantizar
la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias
argentinas, con especial atención en los sectores de mayor
vulnerabilidad económica y social, conforme los lineamientos generales
y componentes establecidos en su ANEXO identificado como
IF-2020-01699794- APN-SSAJI#MSYDS.
Que por RESOL-2021-1549-APN-MDS se modificó la denominación establecida
en el punto V – A.1. del Anexo identificado como
IF-2020-01699794-APN-SSAJI#MSYDS de la Resolución RESOL-2020-8-APN-MDS,
que creara el PLAN NACIONAL “ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE”, por la
siguiente: “V. COMPONENTES. A. SEGURIDAD ALIMENTARIA. 1. PRESTACIÓN
ALIMENTAR”.
Que por la mencionada resolución se aprobaron los nuevos LINEAMIENTOS
OPERATIVOS inherentes al Componente A. SEGURIDAD ALIMENTARIA – 1.
Prestación ALIMENTAR, identificados como documento
IF-2021-101683926-APN-SISO#MDS.
Que en el apartado 5) de dichos lineamientos
(IF-2021-101683926-APN-SISO#MDS), se establecieron tres categorías de
la prestación en relación a sus titulares, fijándose el monto
correspondiente a cada una de ellas.
Que es vocación del ESTADO NACIONAL continuar garantizando el acceso a
una alimentación variada y saludable de las niñas y niños, y por ello
corresponde modificar los montos establecidos para cada categoría en el
apartado 5) de los LINEAMIENTOS OPERATIVOS inherentes al COMPONENTE A
-SEGURIDAD ALIMENTARIA – PRESTACIÓN ALIMENTAR, del PLAN NACIONAL
“ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE”, aprobados por RESOL-2021-1549-APN-MDS y
su modificatoria RESOL-2022-371-APN#MDS, de acuerdo a los lineamientos
mencionados.
Que la DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE POLITÍCA ALIMENTARIA
y la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA propician el dictado
de la presente medida.
Que la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, en su carácter de Unidad de
Aplicación del mencionado componente y la SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA, han intervenido en el marco de sus competencias.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorias y complementarias y el Decreto N° 689 del 12 de octubre
de 2022.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Modifícanse los montos establecidos en el apartado 5) de
los LINEAMIENTOS OPERATIVOS inherentes al COMPONENTE A -SEGURIDAD
ALIMENTARIA – PRESTACIÓN ALIMENTAR, del PLAN NACIONAL “ARGENTINA CONTRA
EL HAMBRE”, que como Anexo IF-2021-101683926-APN-SISO#MDS, fueron
aprobados por RESOL-2021-1549-APN-MDS y modificados por RESOL-2022-371-
APN#MDS, de acuerdo con el siguiente detalle:
Categoría | Importe | Tipo | Criterios de focalización |
1 | $12.500 | A | Padres o madres con un hijo/a de 0 a 14 años inclusive |
B |
Mujeres embarazadas (a partir del tercer mes) |
C |
Padres o madres con un hijo/a con discapacidad, sin límite de edad |
2 | $19.000 | A | Padres o madres con 2 hijos/as que cumplan con los criterios de focalización (A y/o C) de la Categoría 1 |
B
|
Mujeres embarazadas (a partir del tercer mes) con un hijo/a que
cumpla con un criterio de focalización (A o C) de la Categoría 1 |
3 | $25.000 | A | Padres o madres con 3 hijos/as que cumplan con los criterios de focalización (A y/o C) de la Categoría 1 |
B
|
Mujeres embarazadas (a partir del tercer mes) con al menos dos
hijos/as que cumplan con los criterios de focalización (A y/o C) de la
Categoría 1 |
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victoria Tolosa Paz
e. 28/11/2022 N° 96673/22 v. 28/11/2022