ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 2219/2022
RESOL-2022-2219-APN-ENACOM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2022
VISTO el EX-2021-18855308-APN-SDYME#ENACOM, la Ley N° 27.078; el
Decreto N° 265/2015; las Resoluciones ENACOM N° 2.642/2016, N°
721/2020, N° 448/2021, N° 670/2021, N° 684/2021, N° 973/2021, N°
1.718/2021, N° 2.036/2021, N° 1.452/2022 y N° 2.183/2022, los
IF-2021-31090100-APN-DNFYD#ENACOM e IF-2022-125771551-
APN-DNFYD#ENACOM, el IF-2022-126407095-APN-DNFYD#ENACOM, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de
2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, Organismo autárquico
y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 26.522
y Nº 27.078, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las
funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que la Ley N° 27.078, en su Artículo 18, dispone que el Estado Nacional
garantiza el Servicio Universal entendido como el conjunto de servicios
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs) que debe
prestarse a todos los habitantes de la Nación, asegurando su acceso en
condiciones de calidad, asequibilidad y a precios justos y razonables,
con independencia de su localización geográfica, ingreso o capacidades.
Que, asimismo, la citada norma establece, en sus Artículos 20 y 24, que
el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Autoridad de Aplicación,
define la política pública a implementar para alcanzar el objetivo del
Servicio Universal, diseñando los distintos programas para el
cumplimiento de las obligaciones y el acceso a los derechos previstos
en el mismo, pudiendo establecer categorías a tal efecto.
Que, a tales fines, por medio del Artículo 21 de la mencionada Ley se
crea el Fondo Fiduciario del Servicio Universal, determinando que la
Autoridad de Aplicación dictará el reglamento de administración del
fondo y las reglas para su control y auditoría.
Que el Artículo 25 de la Ley Nº 27.078 estable que “los fondos del
Servicio Universal se aplicarán por medio de programas específicos,
donde es la Autoridad de Aplicación quien definirá su contenido y los
mecanismos de adjudicación correspondientes pudiendo encomendar la
ejecución de estos planes directamente a entidades incluidas en el
Artículo 8, inciso b), de la ley 24.156, o, cumpliendo con los
mecanismos de selección que correspondan, respetando los principios de
publicidad y concurrencia, a otras entidades.”.
Que mediante la Resolución ENACOM N° 721/2020 se sustituyó el
Reglamento General del Servicio Universal aprobado por la Resolución
ENACOM N° 2.642/2016 y sus modificatorias.
Que a través de la Resolución ENACOM N° 448/2021 se creó el Programa
“CONECTANDO CON VOS”, el cual tiene como objetivo posibilitar a las
destinatarias y los destinatarios el acceso a equipamiento que
contribuya a la inserción, integración y desarrollo social mediante el
uso de TICs.
Que los fines de la ejecución del Programa “CONECTANDO CON VOS”,
mediante la citada Resolución se destinó la suma de PESOS TRES MIL
QUINIENTOS MILLONES ($3.500.000.000.-) del Fondo Fiduciario del
Servicio Universal.
Que, mediante la Resolución ENACOM N° 670/2021 se aprobó y adjudicó el
proceso de compras “LICITACIÓN PÚBLICA 454-0005-LPU21” para la
adquisición de CIENTO CUARENTA MIL (140.000) tablets con Sistema
Operativo Android. Asimismo, por Resolución ENACOM N° 1.750/2021 se
aprobó la ampliación del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) de la Orden
de Compra para la adquisición de CUARENTA Y NUEVE MIL (49.000) tablets
con Sistema Operativo Android, adquiriéndose, en consecuencia, la
cantidad total de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL (189.000) tablets para la
concreción de la primera etapa del Programa “CONECTANDO CON VOS”.
Que a través de las Resoluciones ENACOM N° 684/2021 y N° 973/2021,
mediante el “PROGRAMA COMPLEMENTARIO CONECTANDO CON VOS - ENTREGA DE
EQUIPAMIENTO TIC EN EL MARCO DE LA LEY N° 25.603”, se ampliaron los
alcances del Programa “CONECTANDO CON VOS”, destinando dispositivos
electrónicos de comunicación puestos a disposición por la SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN POLÍTICA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, a los beneficiarios del citado Programa “CONECTANDO CON VOS”,
ello en el marco de la Ley N° 25.603 sobre Servicios Aduaneros.
Que mediante la Resolución ENACOM N° 1.718/2021 se ampliaron los fondos
destinados a la ejecución del Programa “CONECTANDO CON VOS”, en la suma
de hasta PESOS UN MIL MILLONES ($ 1.000.000.000).
Que, posteriormente, la Resolución ENACOM N° 2.036/2021 amplió los
destinatarios del programa “CONECTANDO CON VOS”, incorporando a jóvenes
de entre QUINCE (15) y VEINTICINCO (25) años de edad, que se encuentren
comprendidos en algunos de los supuestos de: a) Jóvenes incluidos en
programas Nacionales, Provinciales o Municipales de apoyo educativo,
revinculación educativa, ya sea en el nivel medio, escuela para
adultos, terciaria, universitaria u otra de gestión estatal; b) Jóvenes
inscriptos en escuelas de formación laboral o de cursos de capacitación
laboral y/o de oficios acreditados ante el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; c) Jóvenes beneficiarios de los Programas de
promoción de empleo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL; d) Jóvenes que participen de proyectos culturales, deportivos,
sociales, entre otros, impulsados por el Gobierno Nacional, los
Gobiernos Provinciales y/o Municipales.
Que, por otro lado, mediante la Resolución ENACOM N° 1.452/2022 se
destinó la cantidad de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO (1448)
dispositivos electrónicos (tablets) del total previsto para el Programa
“CONECTANDO CON VOS”, a fin de ser entregados a los destinatarios que
hayan finalizado y aprobado el curso de formación dictado en el marco
del “PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA INSTALACIÓN DE
REDES”.
Que, en igual sentido, la Resolución ENACOM N° 2.183/2022 aprobó el
Convenio a celebrarse entre este ENACOM y la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE
SALTA (UCASAL), destinando la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS
(236) dispositivos electrónicos (tablets) del total previsto para el
Programa “CONECTANDO CON VOS”, a fin de ser entregados a los
destinatarios que hayan finalizado y aprobado el curso de formación
dictado en el marco del “PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
PARA INSTALACIÓN DE REDES”.
Que conforme informa la DIRECCIÓN NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO
mediante IF-2022-125771551-APN-DNFYD#ENACOM, de las CIENTO OCHENTA Y
NUEVE MIL (189.000) tablets adquiridas al día de la fecha se han
entregado la cantidad de CIENTO DOS MIL TRESCIENTAS DOS (102.302) a los
beneficiarios del Programa. Respecto a la capacidad de entrega, destaca
que en el último bimestre se han entregado VEINTISIETE MIL QUINIENTOS
SESENTA Y TRES (27.563) dispositivos; a razón de TRECE MIL SETECIENTOS
OCHENTA Y UNO (13.781) promedio por mes.
Que en ese sentido, la Dirección mencionada indica que a los efectos de
instrumentar la entrega de los dispositivos, se propició la suscripción
de convenios con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, las
jurisdicciones provinciales, municipales, asociaciones civiles, redes
comunitarias y demás entidades intermedias con presencia territorial en
barrios populares. A tal fin, se han suscripto convenios con los
distintos actores pasibles del programa, en los que se encuentran
comprometidos -al día de la fecha- CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS
OCHENTA Y SEIS (52.386) dispositivos, que aún continúan en proceso de
entrega. Asimismo, se están tramitando una gran cantidad de convenios
con entidades y jurisdicciones intermedias.
Que la mencionada Dirección también señala que, con la efectiva entrega
de los dispositivos a lo largo de todo el país, se ha logrado que hoy
más de CIENTO DOS MIL (102.000) ciudadanos y ciudadanas tengan acceso
al uso de las TICs, contribuyendo esto a su inserción y desarrollo
social, laboral y educativo. En este sentido, agrega que el
otorgamiento de los mencionados dispositivos coadyuvan a materializar
las políticas públicas llevadas adelante en relación la reducción de la
brecha digital.
Que en dicho marco, indica que la finalidad de esta política pública es
incluir a los ciudadanos que, como producto de la desigualdad, no
cuentan con acceso a un dispositivo que les permita insertarse y
desarrollarse en todos los ámbitos de su vida, considerando la
importancia de las TICs y su trascendencia al atravesar todos los
aspectos de la cotidianeidad de las personas. Y que el Programa está
destinado a beneficiar a aquellas personas que perciban pensiones,
jubilaciones y planes sociales; así como a estudiantes de escuelas
primarias y secundarias y adultas y adultos mayores, con la finalidad
de reducir la brecha digital y así alentar la formación de una
ciudadanía digital activa.
Que asimismo advierte que este ENACOM continúa ampliando derechos y
consolidando el compromiso del Estado Nacional de llegar con políticas
públicas concretas a toda la Argentina; y que es por ello que se
considera el Programa “CONECTANDO CON VOS” como una política pública de
Estado a largo plazo, que trascienda a las gestiones de administración
gubernamental con el objetivo de posibilitar al universo aludido el
acceso a equipamiento que contribuya a la inserción, integración y
desarrollo social mediante el uso de TICs.
Que con el fin de lograr los objetivos y finalidades descriptos,
teniendo en cuenta el universo total destinatario de la política
pública, la cantidad de dispositivos distribuidos a la fecha, la
cantidad de dispositivos comprometidos en los Convenios, así como en el
“PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA INSTALACIÓN DE
REDES”, el universo de Convenios en vías de tramitación y la alta
capacidad de entrega de ENACOM, es que tal Dirección concluye que
resulta indispensable avanzar con la iniciativa de manera continuada,
siendo para ello indispensable ampliar la cantidad de dispositivos a
adquirir, garantizando la continuidad del Programa.
Que en tal sentido, y conforme surge del
IF-2022-125771551-APN-DNFYD#ENACOM, se propicia implementar una segunda
etapa del Programa “CONECTANDO CON VOS”, ampliando la cantidad de
dispositivos originariamente asignados al mismo, en la cantidad CIENTO
CUARENTA MIL (140.000), los que serán adquiridos mediante los
procedimientos de compra pertinentes, financiados con partidas del
Fondo Fiduciario del Servicio Universal, pudiendo ampliarse la cantidad
destinada hasta un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) en función del
desarrollo del Programa, es decir, totalizando en consecuencia la
cantidad máxima de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL (189.000) tabletas.
Que mediante NO-2022-125852245-APN-DNFYD#ENACOM, se requirió la
intervención de la Dirección General de Sistemas Informáticos y la
Dirección General de Administración, a fin de que en base a sus
competencias se expida la primera de las nombradas respecto de “estimar
el costo unitario aproximado para la adquisición de hasta 189.000
tabletas”, y la segunda para que informe: “… el monto global a la fecha
de los desembolsos efectuados en el marco del Programa y el saldo
disponible del mismo considerando que el monto total es de $
4.500.000.000 (Res. ENACOM 448/2021 y Res. ENACOM 1718/2021)”.
Asimismo, se solicitó a esta última que “…con posterioridad a la
intervención de la DGSI, se solicita colaboración a fin de prever el
monto estimado necesario para la ampliación solicitada considerando los
conceptos expuestos en el punto b) del apartado IV del informe
adjunto.”.
Que la Dirección General de Sistemas Informáticos, mediante
NO-2022-125875843-APN-DGSI#ENACOM, indicó que: “…considerando los
valores de la licitación anterior, así como los valores de mercado
actuales de los dispositivos con mejoras tecnológicas, se estima que el
monto unitario final por cada Tablet será de aproximadamente DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS TREINTA (USD 230), lo que hace un total
estimado para la cantidad de 189.000 dispositivos de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL (USD
43.470.000) equivalentes a la fecha a PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS
MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($7.400.767.500).”.
Que por su parte, la Dirección Nacional de Administración, mediante
NO-2022-125904961-APN-DGA#ENACOM, señaló que: “…de conformidad con la
información mensual proporcionada por el Fiduciario - que en función de
los aportes mensuales de los licenciatarios, los fondos disponibles,
las inversiones, sus rendimientos y el flujo de desembolsos mensual de
los Proyectos en ejecución, se cuenta a la fecha con fondos suficientes
en el Fondo Fiduciario del Servicio Universal a fin de proceder a la
ampliación del Programa “PROGRAMA CONECTANDO CON VOS” por un monto de
PESOS SIETE MIL QUINIENTOS MILLONES ($7.500.000.000)”.
Que, por otra parte, dado que el Artículo VI del Programa prevé un
plazo de duración de DOS (2) años, a contar desde su publicación en el
Boletín Oficial la cual tuvo lugar el 22 de abril de 2021, así como
también teniendo en cuenta la ampliación de la cantidad de
dispositivos, y considerando la ejecución de la política pública a
mediano y largo plazo, es que también se entiende indispensable
prorrogar el plazo de duración del Programa por DOS (2) años a partir
de la finalización del período original.
Que adicionalmente, en función del estado de avance del Programa,
considerando la ampliación del mismo que por la presente se propicia y
teniendo en cuenta su proyección a largo plazo, también se entiende
necesario impulsar una auditoría del proceso que comprenda las
diferentes etapas del mismo, entre ellas los sistemas implementados
para la entrega de las tablets y para los controles, analizando el
procedimiento implementado con el fin de evaluar y, de ser necesario,
reforzar los controles internos y externos del mismo.
Que, en razón de ser una auditoría del proceso implementado,
considerando la gran cantidad de tablets distribuidas, así como la
extensión en el tiempo de la política pública, se considera razonable
que el período a auditar comprenda un plazo de DOCE (12) meses como
muestra representativa del proceso y tal Dirección propone que sea
efectuada por una Universidad Nacional con experiencia en la materia y
presencia territorial en todo el país.
Que ha tomado la intervención pertinente la DIRECCIÓN NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO.
Que ha tomado la intervención pertinente la DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS.
Que ha tomado la intervención pertinente la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado
la debida intervención, en su carácter de servicio permanente de
asesoramiento jurídico de este Organismo.
Que el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador
General de Asuntos Técnicos han tomado la intervención correspondiente,
conforme lo establecido en el Acta N° 56 del Directorio del ENTE
NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 30 de enero de 2020.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el DNU N° 267/15; la Resolución ENACOM N° 721/2020; las Actas Nº 1
de fecha 5 de enero de 2016, N° 56 de fecha 30 de enero de 2020 y N° 59
de fecha 30 de abril de 2020 del Directorio del ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 83, de fecha 25 de
noviembre, de 2022.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Amplíase la cantidad de dispositivos (tablets) asignados
en el Punto “IV.- IMPLEMENTACIÓN” del “PROGRAMA CONECTANDO CON VOS”
(IF-2021-31090100-APN-DNFYD#ENACOM), aprobado mediante la Resolución
ENACOM N° 448/2021 y sus modificatorias, destinando la cantidad de
CIENTO CUARENTA MIL (140.000) dispositivos (tablets), los que serán
adquiridos mediante los procedimientos de compra pertinentes,
financiados con partidas del Fondo Fiduciario del Servicio Universal,
pudiendo ampliarse la cantidad destinada hasta un TREINTA Y CINCO POR
CIENTO (35%) en función del desarrollo del Programa.
ARTÍCULO 2°.- Destínase a los fines de la ejecución del Programa
ampliado en el Artículo 1° de la presente, la suma de hasta PESOS SIETE
MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 7.500.000.000) del Fondo Fiduciario del
Servicio Universal previsto en la Ley N° 27.078.
ARTÍCULO 3°.- Establézcase que el monto destinado por el Artículo 2° de
la presente podrá afectarse una vez que se hayan agotado en su
totalidad las sumas previstas originalmente en el Artículo 5° de la
Resolución ENACOM N° 448/2021 y en el Artículo 1° de la Resolución
ENACOM N° 1.718/2021.
ARTÍCULO 4°.- Autorízase el impulso de una auditoría del proceso a
llevarse a cabo por una Universidad Nacional con experiencia en la
materia y presencia territorial en todo el país, lo cual comprenderá un
plazo de doce (12) meses como muestra representativa del mismo, y a sus
diferentes etapas, entre ellas, los sistemas implementados para la
entrega de las tablets y para los controles, analizando el
procedimiento implementado, con el fin de evaluar y, de ser necesario,
reforzar los controles internos y externos del mismo.
ARTÍCULO 5°.- Delégase en el Presidente del Directorio de este ENTE
NACIONAL DE COMUNICACIONES la suscripción de los Convenios que resulten
pertinentes para la implementación y ejecución del Programa aprobado
por la Resolución ENACOM N° 448/2021 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 6°.- Delégase en el Presidente del Directorio de este ENTE
NACIONAL DE COMUNICACIONES la facultad de efectuar los procesos de
compra pertinentes, financiados con partidas del Fondo Fiduciario del
Servicio Universal, para la adquisición de los dispositivos detallados
en Artículo 1°.
ARTÍCULO 7°.- Prorrógase el plazo de duración del “PROGRAMA CONECTANDO
CON VOS” por DOS (2) años a partir de la finalización del período
original previsto en el punto “VI.- PLAZO DE DURACIÓN” del
IF-2021-31090100-APN-DNFYD#ENACOM.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese.-
Claudio Julio Ambrosini
e. 30/11/2022 N° 97648/22 v. 30/11/2022