SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
Resolución 229/2022
RESOL-2022-229-APN-SCYP
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2022
VISTO el EX-2022-88524921- -APN-DRRHHYCP#SCYP, la Ley de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 N° 27.591,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y sus
modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios,
195 del 28 de febrero de 2020 y su modificatorio, 328 del 31 de marzo
de 2020, 882 del 23 de diciembre de 2021, 426 de fecha 21 de julio de
2022, la Resolución N° 53 del 27 de mayo de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto Nº 882 del 23 de diciembre de 2021 se estableció que
las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir a
partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el
artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156.
Que por el Decreto N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018 y sus
modificatorios se facultó a las/los Ministras/os, Secretarias/os de la
Presidencia de la Nación, Secretarias/os de Gobierno en sus respectivos
ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados a
prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran
dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que, asimismo, mediante el Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020,
se autorizó a las/los Ministras/os, Secretarias/os de la Presidencia de
la Nación y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, a
prorrogar –por ciento ochenta (180) días- las designaciones
transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, con el fin
de asegurar el normal desenvolvimiento de las distintas Jurisdicciones
y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, durante
el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el decreto 260
del 12 de marzo de 2020.
Que mediante los actos administrativos que se detallan en el Anexo que
como IF-2022-90939721-APNDGA# SCYP forma parte integrante de la
presente medida, se asignaron los cargos, con carácter transitorio y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles de los funcionarios
allí consignados.
Que, mediante Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaria y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, mediante el Decreto N° 195 del 28 de febrero de 2020 y su
modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo
nivel operativo de la citada Secretaría.
Que razones operativas justifican prorrogar las designaciones
transitorias de los agentes mencionados, por un nuevo plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 53 del 27 de mayo de 2021.
Que, a través del Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales
mediante el Acta Acuerdo y su Anexo del 05 de septiembre de 2008.
Que las personas propuestas deben ser exceptuadas del cumplimiento de
los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de
diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Que las presentes prorrogas de designación se encuentran alcanzadas por
lo dispuesto en el inciso d) del artículo 2° del Decreto N° 426 de
fecha 21 de julio de 2022, donde se exceptúa las prórrogas de
designaciones transitorias y de contratos.
Que mediante NO-2022-88065629-APN-DPCYF#SCYP se ha certificado la
existencia de crédito presupuestario necesario a fin de atender el
gasto resultante de las prórrogas alcanzadas por la presente medida.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud a las atribuciones para
prorrogar las aludidas designaciones, la titular de la SECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, resulta
competente para el dictado del acto administrativo en curso de
conformidad con lo previsto en el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 y
sus modificatorios y el artículo 1° del Decreto N° 328/20.
Por ello,
LA SECRETARIA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Danse por prorrogadas las designaciones transitorias de
los agentes que se detallan en el anexo que como
IF-2022-90939721-APN-DGA#SCYP, forma parte integrante de la presente
medida, a partir de las fechas allí detalladas y por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en los cargos y niveles allí
consignados, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado
por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por el
Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, autorizándose el
correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del referido Convenio,
y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento.
ARTÍCULO 2°. - Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de
conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y
VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N°
2098/08 sus modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas consignadas
en el anexo que como IF-2022-90939721-APN-DGA#SCYP forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto de la Jurisdicción 20-17 SAF 368 SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
de la JEFATURA DE GABIENTE DE MINISTROS, conforme lo dispuesto en el
artículo 2° del Decreto N° 328 del 31 de marzo de 2020.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese”.
Gabriela Carla Cerruti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/12/2022 N° 98351/22 v. 02/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)