SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 71/2022
RESOL-2022-71-APN-SRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2022
VISTO el Expediente EX-2022-132568276-APN-SRH#SRT, las Leyes N° 20.744
(t.o. 1976), N° 24.557 -sus modificatorias y complementarias-, la
Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N°
4 de fecha 11 de enero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que el día 13 de septiembre de 1995 se sancionó la Ley N° 24.557 sobre
Riesgos del Trabajo, hecho que constituyó un punto de inflexión
cultural en la sociedad, en tanto se pasó de un sistema reactivo,
meramente resarcitorio, a uno basado en la prevención del riesgo como
bandera, una apuesta por un sistema de seguridad social con fundamento
en el reconocimiento del trabajo como fuente de dignidad personal de
los trabajadores, en línea con el criterio de la ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.) y receptando el derecho
constitucional a la salud y seguridad de los trabajadores preceptuado
en el artículo 14 bis de la CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA.
Que desde sus orígenes esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
(S.R.T.) ha llevado adelante la misión que le ha impuesto la Ley N°
24.557 proveyendo normativa a tales fines y controlando su
cumplimiento, toda vez que el conocimiento y el cumplimiento de la
normativa en higiene y seguridad es indispensable para lograr lugares
de trabajo sanos y seguros.
Que el Sistema de Riesgos del Trabajo ha mostrado una evolución
positiva, reflejada en diversos indicadores, tales como la disminución
de cantidad de muertes y mayor cantidad de trabajadores cubiertos,
logros que fueron el fruto de una política de Estado que se ha
mantenido a través del tiempo y del trabajo de la S.R.T. en su conjunto.
Que en ese contexto, resulta oportuno se establezca el día 13 de
septiembre como “Día de la implementación del Sistema de Riesgos del
Trabajo en la REPÚBLICA ARGENTINA”, en conmemoración de la sanción de
la Ley N° 24.557 y en reconocimiento a la labor primordial que cumplen
los empleados de esta S.R.T. dentro del Sistema, y se determine la
fecha citada como día no laborable.
Que este Organismo, creado como entidad autárquica en jurisdicción del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.) tiene
entre sus funciones, la gestión de su régimen interno de Recursos
Humanos, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley N° 24.557.
Que en tal sentido, el artículo 38, apartado 3 de la Ley N° 24.557
estipula que el personal dependiente de la S.R.T. se encuentra
alcanzado por la legislación laboral común.
Que conforme lo determina el artículo 165 de la Ley N° 20.744 de
Contrato de Trabajo (t.o. 1976), se considerarán feriados nacionales y
días no laborables los establecidos en el régimen legal que los regule.
Que el artículo 167 de la referida Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo
(t.o. 1976) establece que, en los días no laborables, el trabajo será
optativo para el empleador.
Que los artículos 64 y 65 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) otorgan al
empleador facultades suficientes para disponer las medidas necesarias
tendientes a organizar la prestación del trabajo.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de esta S.R.T. ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por los artículos 64 y 65 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y los
artículos 36, apartado 1, inciso e) y 38, apartado 3 de la Ley N°
24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase el día 13 de septiembre como el “Día de la
implementación del Sistema de Riesgos del Trabajo en la REPÚBLICA
ARGENTINA”, en conmemoración a la fecha de sanción de la Ley N° 24.557.
ARTÍCULO 2°.- Establécese el 13 de septiembre de cada año como día no
laborable para los empleados de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (S.R.T.).
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Enrique Alberto Cossio
e. 19/12/2022 N° 103008/22 v. 19/12/2022