MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 1265/2022
DECAD-2022-1265-APN-JGM - Estructura organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-105647579-APN-DNDO#JGM, los Decretos
Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios,
las Decisiones Administrativas Nros. 267 del 2 de marzo de 2018 y sus
modificatorias y 1428 del 7 de agosto de 2020 y la Resolución del
MINISTERIO DE CULTURA Nº 440 del 16 de abril de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación y
los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los
organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos la COMISIÓN
NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES como organismo
desconcentrado de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE
CULTURA.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1428/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
CULTURA.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE CULTURA Nº 440/21 se asignó a
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES de la
citada Cartera la administración, gestión de programación y operación
del espacio denominado “Centro Cultural Borges”.
Que por razones de gestión resulta necesario modificar la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada
Jurisdicción, como así también incorporar y homologar diversos cargos
en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que, asimismo, corresponde dotar a la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE
BIBLIOTECAS POPULARES, organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, de una estructura
organizativa que le permita el cumplimiento de los Objetivos asignados.
Que, por otra parte, mediante la Decisión Administrativa N° 267/18 se
constituyó el Gabinete de las Autoridades Superiores allí previstas y
se determinó el modo de retribuir mediante el uso de Unidades
Retributivas al personal allí detallado.
Que resulta conveniente incluir en el régimen dispuesto por la citada
decisión administrativa a diversas autoridades superiores de la
referida Comisión Nacional, como así también del TEATRO NACIONAL
CERVANTES y del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, ambos organismos
descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL
DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su
competencia.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE CULTURA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL
y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438/92 y sus modificatorios).
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.-
(Artículo derogado por art. 15 del Decreto N° 862/2024 B.O. 30/9/2024.)
ARTÍCULO 2º.-
(Artículo derogado por art. 15 del Decreto N° 862/2024 B.O. 30/9/2024.)
ARTÍCULO 3º.-
(Artículo derogado por art. 15 del Decreto N° 862/2024 B.O. 30/9/2024.)
ARTÍCULO 4º.-
(Artículo derogado por art. 15 del Decreto N° 862/2024 B.O. 30/9/2024.)
ARTÍCULO 5º.-
(Artículo derogado por art. 15 del Decreto N° 862/2024 B.O. 30/9/2024.)
ARTÍCULO 6º.-
(Artículo derogado por art. 15 del Decreto N° 862/2024 B.O. 30/9/2024.)
ARTÍCULO 7º.-
(Artículo derogado por art. 15 del Decreto N° 862/2024 B.O. 30/9/2024.)
ARTÍCULO 8º.- Incorpóranse al Anexo I del artículo 1º de la Decisión
Administrativa Nº 267 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorias las
siguientes autoridades superiores:
-Presidente o Presidenta de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE
BIBLIOTECAS POPULARES, organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA,
-Director o Directora del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA y
-Director Ejecutivo o Directora Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DEL
TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO
DE CULTURA.
ARTÍCULO 9º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 72 –
MINISTERIO DE CULTURA y a las Entidades 113 –TEATRO NACIONAL CERVANTES-
y 117 -INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO- en lo relativo al artículo 8º de
la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/12/2022 N° 103499/22 v. 21/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)