ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE OPERACIONES GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
Disposición 18/2022
DI-2022-18-E-AFIP-DIOPGC#SDGOIGC
Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2022
VISTO la DI-2021-1-E-AFIP-SDGOIGC#DGIMPO y la DI-2021-3-E-AFIP-SDGOIGC#DGIMPO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las disposiciones mencionadas se estableció el Régimen de
Reemplazos ante ausencia o impedimento del titular de las Direcciones,
Departamentos y Divisiones dependientes de la Subdirección General de
Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.
Que atendiendo a ello y por razones funcionales, se requiere modificar
el Régimen de Reemplazos vigente para los casos de ausencia por
licencia o impedimento del Departamento Gestión de Cobro, la División
Recursos del Departamento Legal Grandes Contribuyentes Nacionales, la
División Fiscalización de Devoluciones del Departamento Devoluciones y
Trámites, y las Divisiones Determinaciones de Oficio A y B del
Departamento Técnico Grandes Contribuyentes Nacionales, dependientes de
esta Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Disposiciones
DI-7-E/2018-AFIP del 05/01/2018 y DI-57-E/2022-AFIP del 01/04/2022,
procede disponer en consecuencia.
Por ello,
LA DIRECTORA (INT.) DE LA DIRECCIÓN DE OPERACIONES GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Régimen de Reemplazos para los casos de ausencia o impedimento, conforme el siguiente detalle:
DEPARTAMENTO GESTION DE COBRO
1er. Reemplazo: División Recaudación de Personas Jurídicas
2do. Reemplazo: División Cobranzas Judiciales y Sumarios
3er. Reemplazo: División Recaudación de Personas Humanas
DIVISIÓN RECURSOS
1er. Reemplazo: Sección Recursos Tributarios N°1 (*)
2do. Reemplazo: Sección Recursos Tributarios N°2 (*)
DIVISIÓN FISCALIZACIÓN DE DEVOLUCIONES
1er. Reemplazo: EQUIPO C (*)
2do. Reemplazo: EQUIPO D (*)
3er. Reemplazo: EQUIPO B (*)
DIVISIÓN DETERMINACIONES DE OFICIO A
1° Reemplazo: División Determinaciones de Oficio B
2° Reemplazo: Sección Determinaciones 1 (*)
DIVISIÓN DETERMINACIONES DE OFICIO B
1° Reemplazo: División Determinaciones de Oficio A
2° Reemplazo: Sección Determinaciones 4 (*)
(*) Corresponde al ejercicio de Juez Administrativo.
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Disposición N° 9/2023
de la Dirección de Operaciones Grandes Constribuyentes Nacionales B.O.
15/06/2023 se deja sin efecto solamente en referencia a las áreas
mencionadas en el artículo 1°.)
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Disposición N° 8/2023
de la Dirección de Operaciones Grandes Constribuyentes Nacionales B.O.
07/06/2023 se deja sin efecto solamente en referencia a las áreas
mencionadas en el artículo 1° de la presente)
ARTICULO 2°.- Déjese sin efecto la DI-2021-1-E-AFIP-SDGOIGC#DGIMPO y
DI-2021-3-E-AFIP-SDGOIGC#DGIMPO respectivamente, solamente en su parte
referida a las áreas mencionadas en el ARTÍCULO 1°.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Carolina Ines Lacaze
e. 22/12/2022 N° 103981/22 v. 22/12/2022