COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Disposición 4/2022
Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2022
VISTO:
El decreto de necesidad y urgencia N° 842-2022 dictado por el Poder
Ejecutivo Nacional por el cual se declara feriado nacional el día 20 de
diciembre de 2022 con el fin de que el pueblo argentino pueda festejar
y compartir con la SELECCIÓN MASCULINA ARGENTINA DE FÚTBOL el título de
Campeones Mundiales de Fútbol obtenido en la “Copa Mundial de la FIFA
CATAR 2022”, y la Resolución General N° 15/2021 que establece para el
período fiscal 2022, las fechas de vencimiento para la presentación
mensual de la declaración jurada –Formularios CM03 y CM04– y pago del
impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes
comprendidos en el Convenio Multilateral; y,
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 15/2021 establece en su artículo 3° que de
fijarse un nuevo feriado nacional o día no laborable que coincidiere
con alguna fecha de vencimiento de las previstas en el anexo a que
refiere el artículo 1°, el mismo operará el día hábil inmediato
siguiente, y que en tal caso, también se correrán sucesivamente las
subsiguientes fechas de vencimiento de ese mes.
Que ante ello y haber recibido diferentes consultas respecto a los
vencimientos que operan en el día de la fecha, resulta conveniente
ratificar lo establecido en el párrafo precedente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar el vencimiento para la presentación de la
declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de noviembre
del período fiscal 2022 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -
Convenio Multilateral con terminación de N° de CUIT (dígito
verificador) 8 a 9, el cual operará el día 21/12/2022.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones
adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias
de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese.
Luis María Capellano
e. 22/12/2022 N° 103897/22 v. 22/12/2022