MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 860/2022
RESOL-2022-860-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-111186219-APN-SE#MEC, las Leyes Nros.
17.319 y 24.076, el Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020, y
su modificatorio Decreto N° 730 de fecha 3 de noviembre de 2022, la
Resolución N° 770 de fecha 11 de noviembre de 2022 de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020, y su
modificatorio Decreto N° 730 de fecha 11 de noviembre de 2022, se
aprobó el “PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE
HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA
SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE
PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028”.
Que a fin de dar cumplimiento a la instrucción recibida por el Decreto
Nº 892/20, y su modificatorio Decreto N° 730/22, esta Secretaría
instrumentó, a través de la Resolución N° 770 de fecha 11 de noviembre
de 2022, un procedimiento de oferta y competencia de precios a los
efectos de adjudicar volúmenes uniformes de gas natural provenientes de
todas las cuencas productivas del país, así como a la celebración de
contratos directos entre las empresas productoras y distribuidoras, por
un lado, y entre las primeras y la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), por el otro.
Que, a tales efectos, esta Secretaría convocó a un Concurso Público
Nacional para promover, por un lado, a) la extensión de los compromisos
asumidos por los adjudicatarios en la Cuenca Neuquina en el marco de:
i. los procedimientos realizados para el Concurso Público Nacional
“RONDA #1 –CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA
PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO–ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA
2020-2024”, convocado mediante la Resolución N° 317 de fecha 20 de
noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA y adjudicado mediante la Resolución N° 391 de fecha 15 de
diciembre de 2020, modificada por Resolución N° 447 de fecha 29 de
diciembre de 2020, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y ii. los procedimientos realizados para el Concurso Público
Nacional “RONDA #3 – CONCURSO PÚBLICO NACIONAL – PLAN DE PROMOCIÓN DE
LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA
2020-2024”, convocado mediante la Resolución N° 984 de fecha 19 de
octubre de 2021 y adjudicado mediante la Resolución N° 1.091 de fecha
10 de noviembre de 2021, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA; b) la adjudicación de los siguientes volúmenes
de gas natural en la cuenca Neuquina: i. “Gas Plano Julio”: hasta ONCE
MILLONES DE METROS CÚBICOS (11.000.000 m3) por día para el período
comprendido entre el 1° de julio de 2023 y el 31 de diciembre de 2028,
ambos inclusive; ii. “Gas Plano Enero”: hasta TRES MILLONES DE METROS
CÚBICOS (3.000.000 m3) por día para el período comprendido entre el 1°
de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2028, ambos inclusive; iii.
“Gas de Pico 2024”: hasta SIETE MILLONES DE METROS CÚBICOS (7.000.000
m3) por día para los períodos comprendidos entre el 1° de mayo y el 30
de septiembre, ambos inclusive, de los años 2024 a 2028, ambos
inclusive; iv. “Gas de Pico 2025”: hasta SIETE MILLONES DE METROS
CÚBICOS (7.000.000 m3) por día para los períodos comprendidos entre el
1° de mayo y el 30 de septiembre, ambos inclusive, de los años 2025 a
2028, ambos inclusive; en los términos del Pliego de Bases y
Condiciones que como Anexo I (IF-2022-121954346-APN-SSH#MEC) forma
parte integrante de la citada resolución.
Que asimismo se convocó mediante el Artículo 2° de la Resolución N°
770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA con el objeto de promover: a) la
extensión de los compromisos asumidos por aquellos adjudicatarios que
realizaron ofertas en las Provincias del CHUBUT y SANTA CRUZ en el
marco de los procedimientos realizados para el Concurso Público
Nacional “RONDA #1 –CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA
PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO–ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA
2020-2024”, convocado mediante la Resolución N° 317/20 de la SECRETARÍA
DE ENERGÍA y adjudicado mediante la Resolución N° 391/20, modificada
por Resolución N° 447/20, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, y b) la
presentación de proyectos de Gas Incremental en las Cuencas Austral y
Noroeste, bajo la figura de Plan de Actividad Incremental, conforme la
definición del Punto 4.26 del Anexo del Decreto N° 892/20, sustituido
por el Decreto N° 730/22; en los términos del Pliego de Bases y
Condiciones que como Anexo II (IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC) forma
parte integrante de la resolución citada.
Que el 14 de diciembre de 2022 se llevó a cabo el acto de apertura de
ofertas en los términos de la resolución precitada, habiéndose recibido
un total de TRECE (13) ofertas por parte de los siguientes oferentes:
1) MOBIL ARGENTINA S.A., 2) COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A., 3)
PAN AMERICAN ENERGY SL SUCURSAL ARGENTINA (Ronda 4), 4) PAN AMERICAN
ENERGY SL SUCURSAL ARGENTINA (Ronda 5), 5) PETROBRAS OPERACIONES S.A.,
6) WINTERSHALL DEA ARGENTINA S.A., 7) PLUSPETROL S.A., 8) YPF S.A., 9)
VISTA ENERGY ARGENTINA S.A.U., 10) TECPETROL S.A, 11) TOTAL AUSTRAL
S.A., 12) PAMPA ENERGÍA S.A., y 13) SHELL ARGENTINA S.A.
Que es necesario precisar que ONCE (11) de las ofertas presentadas
corresponden al Concurso convocado por el Artículo 1° de la Resolución
N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en el marco del Pliego de Bases
y Condiciones, Anexo I “CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y
POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL
AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE
IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS
CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 - RONDA 4 – CUENCA
NEUQUINA” (IF-2022-121954346-APN-SSH#MEC), forma parte integrante de la
citada resolución.
Que las DOS (2) ofertas restantes se encuadran en el Concurso convocado
por el Artículo 2° de la Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones, Anexo II
“CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA
PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS
EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL
SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS
2023-2028 - RONDA 5 – CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE”
(IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC), que forma parte integrante de la
citada resolución.
Que, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 16 de ambos
Pliegos de Bases y Condiciones referidos y aprobados por los Artículos
1° y 2° de la Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, la
Comisión Evaluadora elevó los Dictámenes Nros.
IF-2022-136371873-APN-SSH#MEC y IF-2022-136382485-APN-SSH#MEC, por
medio de los cuales se evaluaron las ofertas recibidas y se efectuaron
las correspondientes recomendaciones de adjudicación, aplicando el
criterio previsto en los referidos Pliegos.
Que, por otra parte, en el marco de la convocatoria establecida por el
Inciso b) del Artículo 2° de la Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA
DE ENERGÍA, el día 29 de noviembre de 2022 las empresas COMPAÑÍA
GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A. Y CGC ENERGÍA S.A.U. (en adelante “CGC”),
presentaron un Plan de Actividad Incremental, en los términos del
Pliego de Bases y Condiciones del Anexo II “CONCURSO PÚBLICO NACIONAL -
PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE
HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA
SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE
PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 - RONDA 5 –
CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE” (IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC) que integra
la mencionada Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
Que conforme el Artículo 16.1.2 del Pliego de Bases y Condiciones
citado en el considerando precedente, la Comisión Evaluadora elevó el
dictamen N° IF-2022-136620682-APN-SSH#MEC, en el que se evaluó la
oferta presentada y se efectuó la correspondiente recomendación de
adjudicación, aplicando el criterio previsto en el referido Pliego.
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo de
adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el Punto 2 del
Artículo 17 de los Pliegos.
Que por otra parte, y a la luz de la correcta implementación del “PLAN
DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS,
EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE
IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS
CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028”, corresponde aprobar y
readecuar algunas pautas contractuales que resultan atinadas para la
debida instrumentación del mencionada Plan, en un todo de acuerdo con
las facultades conferidas a esta Secretaría por imperio de los
Artículos 2° y 4° del Decreto N° 892/20, modificado por el Decreto N°
730/22.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios y los Artículos 2°, 3° y 4° del
Decreto N° 892/20 y su modificatorio.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado para el Concurso
Público Nacional convocado a través del Artículo 1° de la Resolución N°
770 de fecha 11 de noviembre de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el procedimiento realizado para el Concurso
Público Nacional convocado a través del Artículo 2° de la Resolución N°
770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
ARTÍCULO 3°.- Adjudícanse los volúmenes de gas natural en el marco de
los concursos públicos realizados a través de los Artículos 1° y 2°
Inciso a) de la Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA,
conforme al detalle que surge de los Anexos I
(IF-2022-136629696-APN-SSH#MEC) y II (IF-2022-136629734- APN-SSH#MEC),
que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Adjudícanse los volúmenes de gas natural en el marco del
Concurso Público Nacional realizado a través del inciso b) del Artículo
2° de la Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, conforme al
detalle que surge del Anexo III (IF-2022-136631194-APN-SSH#MEC), que
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Apruébase el Modelo de Contrato que deberán suscribir las
empresas COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A. y CGC ENERGÍA S.A.U. con
la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO S.A.
(CAMMESA), en el marco de la adjudicación realizada a través del
Artículo 4° de la presente resolución, y que como Anexo IV
(IF-2022-136631107-APN-SSH#MEC) forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- Establécese que el contrato cuyo modelo fue aprobado por
el Artículo 5° de la presente resolución deberá encontrarse suscripto y
vigente con anterioridad al 1° de enero de 2023.
ARTÍCULO 7°.- Apruébanse los precios del gas natural en el Punto de
Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) correspondientes a los
volúmenes adjudicados que se detallan en los cuadros 1 y 4 del Anexo I
(IF-2022- 136629696-APN-SSH#MEC) y en los cuadros 1 tanto de los Anexos
II (IF-2022-136629734-APN-SSH#MEC) y III
(IF-2022-136631194-APN-SSH#MEC), que forman parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 8°.- Derógase el Artículo 4° de la Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
ARTÍCULO 9°.- Sustitúyese el Artículo 5° de la Resolución N° 770/22 de
la SECRETARÍA DE ENERGÍA por el siguiente: “ARTÍCULO 5°.- Apruébase el
Modelo de Contrato que deberán suscribir las empresas adjudicatarias,
en el marco de la convocatoria definida por los Artículos 1°, Inciso a)
y 2°, Inciso a) de la presente resolución, y las licenciatarias de
distribución y/o subdistribuidoras, que como Anexo IV
(IF-2022-136631072-APN-SSH#MEC) forma parte integrante de la presente
medida”.
ARTÍCULO 10.- Notifíquese a los oferentes de los Concursos Públicos
Nacionales convocados a través de los Artículos 1° y 2° de la
Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, de conformidad con lo
dispuesto por el Artículo 39 y siguientes del Reglamento de
Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017.
ARTÍCULO 11.- Notifíquese a las Distribuidoras y Subdistribuidoras que
hayan adherido al “PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN
FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS
EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL
SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS
2023-2028”, establecido en el Decreto N° 730 de fecha 3 de noviembre de
2022, en los términos del Artículo 3° de la Resolución N° 770/22 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA y a CAMMESA.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Flavia Gabriela Royón
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/12/2022 N° 104737/22 v. 23/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)