INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1677/2022
RESOL-2022-1677-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2022
VISTO el EX-2022-125141966- -APN-SGE#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, Nº
90 de fecha 20 de enero de 2020 y N° 183 de fecha 12 de abril de 2022,
las Resoluciones INCAA N° 1477-E de fecha 24 de noviembre de 2017, y Nº
107-E de fecha 28 de enero de 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, tiene como
objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad
cinematográfica en todo el territorio nacional.
Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien
jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución
Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad
cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y
audiovisuales.
Que la Resolución INCAA N° 1477-E/2017 y sus modificatorias se aprobó
el Reglamento para el otorgamiento de subsidios a películas
documentales de largometraje cuyo soporte de filmación fuera digital.
Que la cantidad y calidad de producciones documentales realizadas bajo
esta modalidad de fomento ha sido y sigue siendo significativa, y es
por ello que es intención del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, promover, fomentar y fortalecer este tipo de
producciones, en particular en la etapa de su exhibición en salas de
cine, que, por lo general, es un tema complejo para sus realizadores.
Que se considera oportuno establecer un Programa de Estreno para los
documentales digitales, que hayan recibido subsidio por parte del INCAA
para su Producción y/o Postproducción conforme Resolución INCAA
N°1477-E/2017 y sus modificatorias, de manera de garantizar la llegada
al público, a través de salas de cine de la red Espacios INCAA y de
manera complementaria su difusión por la señal de televisión denominada
CINE.AR TV y en la Plataforma de video a demanda (VOD) denominada
CINE.AR PLAY y/u otras pantallas a cargo del Instituto, en la semana
subsiguiente del estreno en las Salas de la Red de Espacios INCAA.
Que asimismo la implementación del programa Estreno de Documentales
Digitales se llevara a cabo con una perspectiva Federal, ampliando así
la difusión del cine documental, como así también los niveles de
audiencias de este tipo de producciones.
Que las Gerencias de Exhibición y Audiencias, la Gerencia General y la
Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la debida intervención al
respecto.
Que la facultad para la aprobación de esta resolución se encuentra
comprendida en Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los
Decretos Nº 1536/2002, Nº 90/2020 y Nº 183/2022.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE A CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Implementar a partir de la fecha de la presente
Resolución el Programa ESTRENO DE DOCUMENTALES DIGITALES, administrado
por la Gerencia de Exhibición y Audiencias del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 2°. - Las películas que adhieran al programa serán programadas
en por lo menos UNA (1) función, en una sala del Complejo GAUMONT, y
salas de la Red Espacios INCAA.
ARTÍCULO 3°. - Quedan facultados/as a solicitar el acceso al programa
reglamentado por la presente, los/as realizadores/as presentantes ante
el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de los documentales
digitales que cumplan con los siguientes requisitos: a) haber sido
realizados con subsidio otorgado de conformidad con lo establecido en
la Resolución INCAA N° 1477-E/2017, y modificatorias; b) que no hayan
sido exhibidas públicamente en salas cinematográficas, excepto en
festivales nacionales o internacionales, como así tampoco hayan sido
exhibidas en la Plataforma de video a demanda (VOD) denominada CINE.AR
PLAY y/o en la señal de televisión denominada CINE.AR TV u otras
pantallas; c) que no se encuentren vigentes los derechos de antena a
favor del Instituto.
ARTÍCULO 4°. - La Gerencia de Exhibición y Audiencias, a través de la
Subgerencia de Exhibición, tendrá a su cargo la programación de las
películas, en por lo menos, tres (3) salas de la red de Espacios INCAA.
Las fechas de programación y salas serán definidas exclusivamente, en
función de la disponibilidad y serán confirmadas de manera fehaciente y
con una anticipación mínima de QUINCE (15) días, para posibilitar una
adecuada promoción del estreno. En función de la disponibilidad de la
señal de televisión denominada CINE.AR TV o en el que en el futuro lo
reemplace y la plataforma de video a demanda (VOD) denominada CINE.AR
PLAY o en el que en el futuro lo reemplace, la Subgerencia de
exhibición podrá disponer de la programación de la película en UNA (1)
única pasada en el canal y/o hasta un máximo de UNA (1) semana en la
plataforma.
ARTÍCULO 5°.- Aprobar el ANEXO I, identificado con
IF-2022-135751837-APN-GEYA#INCAA y ANEXO II, identificado con
IF-2022-135754012-APN-GEYA#INCAA, que forman parte integrante del
presente acto.
ARTÍCULO 6°.- La solicitud para integrar el Programa ESTRENO DE
DOCUMENTALES DIGITALES deberá ser iniciada por los/as realizador/a
integral de contenidos audiovisuales de las películas documentales de
largometraje cuyo soporte de filmación fuera digital y que cumplan los
requisitos establecidos en el Artículo 3° de la presente Resolución a
través de la plataforma INCAA EN LINEA, acompañando la solicitud según
el modelo obrante como Anexo I, que forma parte integrante de la
presente Resolución y cuya suscripción implicará la aceptación de la
totalidad de las condiciones de la presente.
ARTÍCULO 7°.- Los/as realizadores/as integrales de contenidos
audiovisuales que opten por participar en el Programa deberán presentar
los materiales detallados en el Anexo II que forma parte integrante de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 8°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Nicolas Daniel Batlle
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/12/2022 N° 104771/22 v. 26/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)