INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 150/2022
RESOL-2022-150-APN-INASE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2022
VISTO el Expediente EX-2022-35084349--APN-DRV#INASE del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que no se ha realizado el pago de arancel anual en el Registro Nacional
de la Propiedad de Cultivares de las creaciones fitogenéticas de soja
(Glycine max (L.) Merr.) de denominaciones DALIA 700, DALIA 740, DALIA
750, DALIA 620, DALIA 780, DALIA 680, DALIA 710, DALIA 490 y DALIA 610;
y de las creaciones fitogenéticas de trigo pan (Triticum aestivum L.)
de denominaciones FLORIPAN 100, FLORIPAN 300 y FLORIPAN 200, conforme
lo establecido por el Artículo Nº 30 inciso e) de la Ley de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 y el Artículo Nº 36 inciso e) del
Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la
Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.
Que habiéndose efectuado el reclamo fehaciente de pago y transcurrido
el plazo establecido, no se ha obtenido respuesta del titular.
Que en este sentido, la Dirección de Registro de Variedades del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, en virtud
de lo establecido en los Artículos 8° y 9º del Decreto Nº 2.817 de
fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárese la caducidad del Título de Propiedad de las
creaciones fitogenéticas de soja (Glycine max (L.) Merr.) de
denominaciones DALIA 700, DALIA 740, DALIA 750, DALIA 620, DALIA 780,
DALIA 680, DALIA 710, DALIA 490 y DALIA 610; y de las creaciones
fitogenéticas de trigo pan (Triticum aestivum L.) de denominaciones
FLORIPAN 100, FLORIPAN 300 y FLORIPAN 200, pasando a ser de uso público.
ARTÍCULO 2°.- Publíquese, notifíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro del Boletín Oficial y archívese.
Silvana Babbitt
e. 26/12/2022 N° 104533/22 v. 26/12/2022