MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 870/2022
RESOL-2022-870-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2022
VISTO el Expediente EX-2022-113597489- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27
de septiembre de 2019, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N°
549 del 19 de agosto de 2022.
CONSIDERANDO:
Que, ante la FISCALÍA Nº 2 (ex U.F.T. Nº 1 – homicidios /femicidios)
del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE RÍO NEGRO, a cargo del Doctor Martin
Augusto PEZZETTA, tramita el Legajo Nº MPF-CI-02885-2022, caratulado
“UFT 1 S/ INVESTIGACIÓN FEMICIDIO (MARÍA AGUSTINA FERNANDEZ BARREIRO)”.
Que, el titular de la mencionada FISCALÍA mediante oficio de fecha 21
de octubre de 2022, solicitó a la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN
CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de este Ministerio, se ofrezca una
recompensa, destinada a aquellas personas que, brinden datos útiles que
permitan lograr la aprehensión del autor del hecho ocurrido el día 2 de
julio de 2022, entre las 19:30 y 20:00 horas, en el complejo ubicado en
calle Confluencia Nº 1301, de la ciudad de Cipolletti Provincia de RÍO
NEGRO, en el que resultara como víctima María Agustina, FERNANDEZ
BARREIRO.
Que, el deceso de la joven María Agustina FERNANDEZ BARREIRO, fue el
día 5 de julio de 2022, producto de múltiples lesiones, en ocasión
probablemente de un robo a la vivienda perteneciente a un amigo y en la
que se encontraba en ese momento, hecho ocurrido el día 2 de julio de
2022, en el complejo ubicado en calle Confluencia Nº 1301, de la ciudad
de Cipolletti Provincia de RÍO NEGRO.
Que, al día de la fecha no se ha podido individualizar al autor del
hecho mencionado, y que es probable que haya abandonado la ciudad, y
que pese a haber irradiado a todas las Unidades y Organismos
provinciales al día de la fecha los resultados se han tornado
infructuosos. Asimismo, menciona que considera que la difusión masiva a
nivel nacional, sea dirigida a todas aquellas que puedan aportar datos
sobre el probable autor a la causa, y que coadyuven por otra parte, a
individualizar a la persona cuyo identikit resulta de vital interés
pues podría aportar información vital en la investigación.
Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de
2022 el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS
ORDENADA POR LA JUSTICIA pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE
RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este Organismo.
Que, han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que, la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y sus
modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000),
destinada a aquellas personas que, brinden datos útiles que permitan
lograr la aprehensión del autor del hecho ocurrido el día 2 de julio de
2022, entre las 19:30 y 20:00 horas en el complejo ubicado en calle
Confluencia Nº 1301, de la ciudad de Cipolletti Provincia de RÍO NEGRO,
en el que resultara como víctima María Agustina, FERNANDEZ BARREIRO.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y
MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso
rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como
(IF-2022-129340143-APN-DRPJ#MSG) correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/12/2022 N° 104930/22 v. 26/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)