INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1721/2022
RESOL-2022-1721-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-138458418- -APN-SGRRHH#INCAA del
Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley
N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de
fecha 20 de agosto de 2002, N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus
modificatorias, N° 1032 de fecha 03 de agosto de 2009 y sus
modificatorias, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, N° 367 de fecha 04
de junio de 2021, N° 183 de fecha 12 de abril de 2022 y N° 426 de fecha
21 de julio de 2022, la Resolución Conjunta N°
RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM de fecha 20 de mayo de 2022; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1032 de fecha 3 de agosto de 2009 se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional,
homologado por el Decreto Nº 214/2006.
Que el Capítulo VIII del referido Convenio Colectivo Sectorial
establece en su artículo 26 que “el ingreso a la Carrera, la promoción
a un nivel escalafonario superior y el acceso a la titularidad del
ejercicio de un cargo con función ejecutiva o de jefatura se realizará
mediante la sustanciación del correspondiente proceso de selección
organizado bajo la modalidad de concurso de antecedentes y oposición,
pudiéndose prever modalidades de curso concurso específicamente
organizadas para tal efecto”.
Que con el propósito de establecer un régimen acorde a las actuales
circunstancias, el cual contemple las nuevas herramientas digitales y
tecnológicas en aras de garantizar un proceso mucho más ágil y
transparente, por Resolución Conjunta N° RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM se
aprobó el “Reglamento de Selección de Personal para el INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES”.
Que dicho Reglamento establece en su Artículo 84, como otro tipo de
convocatoria, excepcional a las previstas en el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial INCAA (Dto. 1032/2009), la CONVOCATORIA INTERNA,
conforme lo acordado por Acta de la Comisión Negociadora del INSTITUTO
homologada por Decreto N° 367/2021.
Que por Comunicación Oficial N° NO-2022-93213357-APN-SGRRHH#INCAA el
INSTITUTO notificó a las áreas de competencia el inicio del proceso de
selección para la cobertura de cargos vacantes por la modalidad de
convocatoria mencionada precedentemente, conforme relevamientos
efectuados sobre la dotación del Organismo y necesidades operativas.
Que por Comunicaciones N° NO-2022-119832836-APN-VICE#INCAA y N°
NO-2022-138429520-APN-GG#INCAA se dio debida intervención a la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, en lo que refiere a los perfiles de los cargos cuya
cobertura se propicia, en cumplimiento del Artículo 8° del Reglamento
de Selección, quien se ha expedido conforme consta en
IF-2022-138039140-APN-SGRRHH#INCAA.
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto resolutivo que dé inicio a este proceso de selección.
Que la presente medida encuadra en la excepción prevista en el artículo 2° inciso g) del Decreto N° 426/2002.
Que según lo previsto en el ARTÍCULO 89 del Anexo del Reglamento
aprobado por la Resolución conjunta citada, “para asegurar la debida
economía de los procedimientos, en los procesos de selección que se
realicen mediante Convocatoria Interna, se procederá a la constitución
de un único Comité de Selección, conforme con lo establecido en los
artículos 12, 13, 14 y 15 de la presente reglamentación, el que se
abocará a la totalidad de las vacantes asignadas mediante dicho tipo de
convocatoria”.
Que a tales efectos, resulta necesario efectuar la designación de
los/as Integrantes del Comité de Selección, conforme normativa de
aplicación.
Que la GERENCIA GENERAL, la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y la
SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN han tomado la
intervención previa de competencia para el dictado de esta Resolución.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por la Ley N°
17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536 de fecha
20 de agosto de 2002 y su modificatorio, y N° 90/2020 y N° 183/2022.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iniciar el Proceso de Selección para la cobertura de los
CIEN (100) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente del
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, detallados en ANEXO
N° IF-2022-138656382-APN-GG#INCAA, el que a todos los efectos forma
parte integrante e inseparable del presente acto, los que se
considerarán incorporados al Nomenclador clasificador de puestos y
funciones de trabajo del INCAA, mediante el Régimen de Selección
establecido en el Capítulo VIII del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial INCAA, homologado por Decreto N° 1032/2009, y aprobado por
Resolución Conjunta N° RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM.
ARTÍCULO 2°.- El Proceso de Selección mencionado precedentemente será
realizado mediante CONVOCATORIA INTERNA, conforme Artículo 84 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA (Dto. 1032/2009) y del
Reglamento aprobado por Resolución Conjunta N°
RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM.
ARTÍCULO 3°.- Establecer como requisito general de admisión a la
Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes
mencionados en el Artículo 1° del presente acto, una experiencia
laboral acreditable como personal, según artículos 8° y 9° de la Ley N°
25.164, igual o superior a TRES (3) años en la Administración Pública
Nacional, y que el personal se desempeñe actualmente en el INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 4°.- El requisito de los TRES (3) años de antigüedad en la
Administración Pública Nacional establecido precedentemente no será
aplicable a las personas con discapacidad que se postulen a los cargos
que se encuentran bajo el régimen de reserva de puestos de trabajo en
los términos previstos en el Artículo 8° de la Ley N° 22.431.
ARTÍCULO 5°.- Designar como Integrantes del Comité de Selección para la
cobertura de los cargos mencionados en el Artículo 1° de la presente,
conforme Artículos 12 y 89 del Reglamento aprobado por Resolución
Conjunta N° RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM, a las personas que se detallan
seguidamente, las cuales poseen la experiencia e idoneidad requerida a
tales efectos:
-Por la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización:
Titular: Giselle Soledad COURONNE (DNI 30.276.460)
Suplente: Sandra Daniela CASTRO (DNI 27.094.808)
-Por la Presidencia:
Titular: Yolanda Griselda MAIDANA (DNI 16.887.187)
Suplente: Juan Laureano Fabián LANDABURU (DNI 14.027.218)
-Experto Externo:
Titular: Gustavo Ignacio MORATO (DNI 11.594.585)
Suplente: Carlos Maximiliano ANTONIETTA (DNI 26.198.778)
ARTÍCULO 6°.- Designar como Coordinadora Concursal Titular a la agente
del INSTITUTO Cecilia DI SANZO (DNI 27.635.611), y como su alterna a
Estefanía Lara CATTANEO (DNI 33.004.180), ambas de la SUBGERENCIA DE
RECUSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del INCAA.
ARTÍCULO 7°- Con intervención de las entidades sindicales actuantes en
el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES,
procédase a aprobar las correspondientes BASES para el llamado al
proceso de selección por Convocatoria Interna de los cargos mencionados
en el Artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 8°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolas Daniel Batlle
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/12/2022 N° 106572/22 v. 29/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)