INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
Resolución 406/2022
Posadas, Misiones, 22/12/2022
VISTO: las disposiciones de la Ley 25.564, el Decreto Reglamentario Nº 1.240/02, y las Resoluciones 57/2008 y 16/2017, y;
CONSIDERANDO:
QUE, por Resolución 16/2017 se estableció que los titulares de Plantas
inscriptas en el Registro de Plantas de la Actividad Yerbatera, deberán
presentar al INYM hasta el día 31/07/2017, la CONSTANCIA DE APROBACION
DE BALANZA emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
(INTI), pudiendo ser cumplimentada esta exigencia por parte del
operador vinculado a la misma.
QUE, dicha Resolución ha determinado que aquellas plantas que no
contaren con balanza, deberán informar la balanza en la que se efectúa
el pesaje, a efectos de que desde este Instituto se verifique su
aprobación correspondiente.
QUE, la exigencia respecto a las básculas aprobadas ha sido prorrogada
en distintas oportunidades dado el alto grado de titulares de plantas
que tuvieron diversos inconvenientes, generando a su vez problemas en
los operadores vinculados a las mismas.
QUE, por Resolución 324/2020 se aprobó la contratación de la empresa
que desarrollará la Aplicación Web de trazabilidad de la yerba mate,
siendo un recurso de base tecnológica que permite un fácil, inmediato y
seguro registro de las operaciones, y que cumple con las necesidades
particulares de la actividad yerbatera, el cual se encuentra en etapa
de prueba y constituye un requisito previo para la implementación de
las nuevas metodologías de control de operaciones con yerba mate.
QUE, analizada dicha circunstancia en reunión de Subcomisión de
Fiscalización de fecha 13/12/2022, se sugirió la determinación de una
prórroga por dos (2) años de la exigibilidad de los certificados de
básculas por parte del INYM, sin perjuicio del correcto control de las
balanzas por parte del Organismo de contralor correspondiente.
QUE, el Área Legales del INYM ha tomado intervención.
QUE, el INYM se encuentra facultado para disponer las medidas y
acciones necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto
Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se
dicten relacionadas con los objetivos del INYM, según se desprende de
lo dispuesto en los Art. 4 y 5 de la Ley 25.564.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: PORROGASE hasta el día 31 de Diciembre de 2.024 la
presentación de la CONSTANCIA DE APROBACION DE BALANZA emitida por el
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) por parte de los
operadores obligados, conforme lo establecido por Resolución 16/2017.
ARTICULO 2º: REGÍSTRESE. Publíquese por UN (1) día en el Boletín
Oficial. Tomen conocimiento las Áreas de competencia. Cumplido,
ARCHÍVESE.
Nelson Omar Dalcolmo - Juan Jose Szychowski – Herminda Maria Gabur -
Joaquín Comas – Marcelo German Horrisberger – Jonas Erix Petterson –
Claudia Marcelo Hacklander - Danis Koch - Alejandro Raúl Lucero –
Alfredo Denis Bochert – Sixto Ricardo Maciel
e. 30/12/2022 N° 107049/22 v. 30/12/2022