JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA
Resolución 19/2022
RESOL-2022-19-APN-SIP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022
VISTO el Expediente EX-2022-139251728-APN-SSSYPD#JGM, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), la Ley
Argentina Digital Nº 27.078, y sus modificaciones, el Decreto Nro. 50
de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Argentina Digital N° 27.078, se declaró de interés
público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones (TIC), las Telecomunicaciones y sus recursos asociados,
estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes, con
el objeto de posibilitar el acceso de la totalidad de los habitantes de
la República Argentina a los servicios de la información y las
comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con
los más altos parámetros de calidad.
Que, asimismo, se reconoció a las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones como un factor preponderante en la independencia
tecnológica y productiva de nuestra Nación, por un lado, y por el otro
la existencia de un derecho humano a las comunicaciones y a las
telecomunicaciones, que el Estado debe promover como planificador,
incentivando la función social que dichas tecnologías poseen para el
pueblo.
Que conforme la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por
Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), le corresponde al Jefe de
Gabinete de Ministros “…Entender en el diseño y ejecución de políticas
relativas al empleo público, a la innovación de gestión, a la
modernización de la Administración Pública Nacional, al régimen de
compras y contrataciones, a las tecnologías de la información, las
telecomunicaciones, los servicios de comunicación audiovisual y los
servicios postales” entre otras.
Que, por su parte, mediante el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se
aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo los objetivos
de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA y sus Subsecretarías
dependientes.
Que esta SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA tiene entre sus objetivos
“Entender en el diseño de las políticas que promuevan la apertura e
innovación y el gobierno digital, como principios de diseño aplicables
al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional”;
“Intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre
tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros
sistemas electrónicos de tratamiento de información de la
Administración Pública Nacional”; “Colaborar con las provincias,
municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en sus procesos de
innovación administrativa y tecnológica, coordinando las acciones
específicas de las Entidades y Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO
NACIONAL”; “Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y
mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática
y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública
Nacional”; “Entender en la elaboración y en la ejecución de la política
en materia de telecomunicaciones e intervenir en la elaboración de las
estructuras arancelarias en materia de comunicaciones”; y “Entender en
la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como
herramientas de información y conocimiento, como asimismo en la
coordinación con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
las empresas y los organismos de su dependencia, en relación a la
optimización del uso de las facilidades y redes existentes”, entre
otras.
Por su parte, en fecha 16 de septiembre de 2020 el Poder Ejecutivo
Nacional ha presentado el “PLAN CONECTAR 2020-2023”, que tiene como
principal objetivo potenciar la universalización del acceso a los
servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones y a las
conexiones de banda ancha de última generación.
Que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA planifica y lleva a cabo
políticas tendientes a reducir la brecha digital, que propician el
desarrollo de las telecomunicaciones y las tecnologías de la
información y las comunicaciones en su dimensión social, facilitando el
acceso de los ciudadanos que viven en localidades que no cuentan con
pleno acceso a estos servicios.
Que según el Índice Federal de Inequidad Territorial (IFIT), construido
por el Observatorio Municipal, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
RELACIONES MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR existen Gobiernos
Locales que actualmente no disponen de cobertura de internet, o cuentan
con una conexión deficitaria y que pertenecen al grupo con mayores
déficits territoriales.
Que, en atención a ello, resulta evidente la necesidad de integrar,
articular, promover y apoyar esfuerzos tendientes a la mejora de la
conectividad como estrategia para mejorar la calidad de vida de todos
los habitantes de la Nación Argentina.
Que la utilización de tecnologías digitales se ha tornado indispensable
en el ámbito público, tanto en lo referido a la gestión interna en
todos los niveles de gobierno como en lo relacionado a los servicios
que se prestan a la sociedad.
Que, en atención a lo expuesto resulta necesario desarrollar acciones
para impulsar la incorporación de nuevas tecnologías aplicadas a la
innovación de la gestión administrativa en pos de la transformación
digital para los Estados Provinciales, Municipales y Locales.
Que, en ese sentido, se propicia la creación del Programa “MI PUEBLO
CONECTADO”, que tendrá como ejes principales la cobertura de internet
satelital en puntos abiertos y cerrados, la adquisición de bienes
tecnológicos, la oferta de servicios digitales y el desarrollo de
capacitaciones.
Que, a los fines de cumplir con los objetivos del referido Programa, la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA impulsará la celebración de convenios
y contratos necesarios para su cumplimiento, en el marco de su
competencia. Que el servicio jurídico permanente de la SUBSECRETARÍA
LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE INNOVACIÓN PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Créase el Programa “MI PUEBLO CONECTADO” en la órbita de
esta SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, de conformidad con los
lineamientos contenidos en el Anexo I (IF-2022-140040397-APN-SIP#JGM)
que a todos los efectos forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndese a la Subsecretaría de Servicios y País
Digital el seguimiento de la implementación del Programa en lo que
refiere a la instalación de las antenas y provisión de servicios
digitales, con facultad de dictar las normas complementarias que se
requieran.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndese a la Subsecretaría de Telecomunicaciones y
Conectividad el seguimiento de la implementación del Programa en cuanto
a la transferencia de fondos para la adquisición de equipamiento
tecnológico, con facultad de dictar las normas complementarias que se
requieran.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Micaela Sánchez Malcolm
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/12/2022 N° 107299/22 v. 30/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
PROGRAMA “MI PUEBLO CONECTADO”
INTRODUCCIÓN
El Programa busca promover el acceso universal a la conectividad y a
las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento;
propiciar la reducción de inequidades a nivel territorial y fomentar la
capacitación y formación de recursos humanos para otorgar las
herramientas acordes a los requerimientos del nuevo paradigma
tecnológico, en coordinación con las provincias, los gobiernos locales
y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
El acceso a la conectividad es la condición necesaria para el
desarrollo humano en el siglo XXI, por ser el acceso a las
comunicaciones globales, a nuevas formas de las culturas y el
entretenimiento, como por habilitar el acceso al conocimiento, a los
nuevos modos de educación y aprendizaje y las nuevas dimensiones del
desarrollo económico.
El presente Programa fomenta el desarrollo local, empoderando a las
comunidades y los actores productivos, interviniendo especialmente para
reducir la brecha digital, a lo largo y a lo ancho de la República
Argentina.
1. OBJETIVOS
El PROGRAMA tiene por objetivo primordial brindar conectividad
satelital y bienes tecnológicos, así como ofrecer recursos digitales y
capacitaciones a localidades de la Argentina que no cuentan con ningún
tipo de conexión a internet o que poseen conexión con calidad
deficitaria.
2. EJES DEL PROGRAMA.
El PROGRAMA se implementará sobre cuatro ejes principales:
1) CONECTIVIDAD SATELITAL.
La SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA proveerá a través de la empresa
ARSAT internet satelital de banda ancha en puntos abiertos y cerrados
consistente en:
- Instalación de un Access Point para ser utilizado en forma pública (en área abierta).
- Instalación de antenas VSAT para interiores.
- Plan de servicios de internet de banda ancha con al menos 30 Mbps de
bajada, 3 de subida, con un consumo de 100 GB de tráfico. y por un
mínimo de 12 meses.
2) ADQUISICIÓN DE BIENES TECNOLÓGICOS:
Transferencias dinerarias a las jurisdicciones para la adquisición de equipamiento informático.
3) SERVICIOS DIGITALES:
La SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA pondrá a disposición de los
beneficiarios servicios digitales tendientes a favorecer la
transformación digital de los gobiernos locales, tanto para la
administración digital interna como de cara a la ciudadanía:
4) CAPACITACIONES:
La SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA proveerá de recursos para la
realización de capacitaciones orientadas al mejor aprovechamiento de
los recursos técnicos y digitales que se provean.
3. Implementación.
La SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA o quién esta designase al efecto
celebrarán los convenios y contratos necesarios para el cumplimiento
del Programa.
Los Convenios podrán prever la elaboración por parte de cada
jurisdicción de un plan de fortalecimiento de atención a la ciudadanía
a partir de la utilización de la conectividad y los recursos
informáticos y digitales otorgados en el marco del Programa.
IF-2022-1400403 97-APN-SIP#JGM