e. 30/12/2022 N° 107426/22 v. 30/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1°
de la Resolución
N° 5/2024
de la Secretaría de Transporte B.O. 06/02/2024. Vigencia: a partir de
la CERO (0) hora del día de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina)
ESCALA TARIFARIA APLICABLE AL
TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE CARÁCTER URBANO Y
SUBURBANO DE JURISDICCIÓN NACIONAL.
Cuadro I - Cuadro Tarifario aplicable
a partir de la hora CERO (0) del día de su publicación en el Boletín
Oficial de la República Argentina, para DF y SGI (en $/pasajero)
Nota 1: La Tarifa con Atributo Social tendrá un descuento del CINCUENTA
Y CINCO POR CIENTO (55%) respecto del tarifario con SUBE nominalizada.
Nota 2: Los valores tarifarios corresponden a los montos máximos
proyectados, pudiendo los mismos fluctuar en menos.
Cuadro II - Cuadro Tarifario aplicable
a partir de la hora CERO (0) del día de su publicación en el Boletín
Oficial de la República Argentina, para SGII (en $/pasajero).
Nota 1: Para los servicios SGII, los importes finales que resulten de
aplicar la base tarifaria del cuadro precedente, se redondearán por
exceso en un múltiplo de $ 0,10 y dos dígitos.
Nota 2: Para los servicios expresos, se efectuará un recargo de hasta
un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las tarifas consignadas y se
redondearán por exceso en un múltiplo de $ 0,10 y dos dígitos.
Nota 3: Para los expresos por autopistas, se efectuará un recargo de
hasta un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%), y se redondearán por exceso
en un múltiplo de $ 0,10 y dos dígitos.
Nota 4: La Tarifa con Atributo Social tendrá un descuento del CINCUENTA
Y CINCO POR CIENTO (55%) respecto del tarifario con SUBE nominalizada.
Nota 5: Los valores tarifarios corresponden a los montos máximos
proyectados, pudiendo los mismos fluctuar en menos.
IF-2024-11849442-APN-ST#MINF
ANEXO
II
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 2/2024 de la Secretaría de Transporte B.O. 6/5/2024. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ESCALA TARIFARIA APLICABLE AL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS FERROVIARIO DE JURISDICCIÓN NACIONAL
- SERVICIOS METROPOLITANOS -
IF-2024-45455447-APN-ST#MEC
ANEXO
III
(Anexo sustituido por art. 2° de la Resolución N° 2/2024 de la Secretaría de Transporte B.O. 6/5/2024. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ESCALA TARIFARIA APLICABLE AL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS FERROVIARIO DE JURISDICCIÓN NACIONAL
- SERVICIOS LOCALES EXTENDIDOS -
IF-2024-45456622-APN-ST#MEC
ANEXO
IV
ESCALA TARIFARIA APLICABLE AL
TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS FERROVIARIO DE JURISDICCIÓN NACIONAL
-SERVICIOS INTERURBANOS REGIONALES-.
Cuadro Tarifario aplicable a partir
del 1° de enero de 2023.
IF-2022-140261880-APN-SECGT#MTR
ANEXO V
(Anexo derogado por art. 4° de la Resolución N° 2/2024 de la Secretaría de Transporte B.O. 6/5/2024. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ANEXO
VI
(Anexo derogado por art. 5° de la Resolución N° 2/2024 de la Secretaría de Transporte B.O. 6/5/2024. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ANEXO
VII
(Anexo derogado por art. 6° de la Resolución N° 2/2024 de la Secretaría de Transporte B.O. 6/5/2024. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ANEXO
VIII
(Anexo derogado por art. 7° de la Resolución N° 2/2024 de la Secretaría de Transporte B.O. 6/5/2024. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ANEXO
IX
(Anexo derogado por art. 8° de la Resolución N° 2/2024 de la Secretaría de Transporte B.O. 6/5/2024. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
Antecedentes Normativos
- Nota Infoleg: Ver Resolución
N° 14/2024 de la Secretaría de
Transporte B.O. 20/2/2024 por la cual se aprueba la actualización
tarifaria, en los términos del
artículo 11 de la presente Resolución, con las modificaciones
introducidas
por la Resolución
N° 5/2024
de la Secretaría de Transporte.
Vigencia: a partir de la
hora CERO (0) del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la República Argentina;
- Artículo 2° sustituido por art. 2° de
la Resolución
N° 5/2024
de la Secretaría de Transporte B.O. 06/02/2024. Vigencia: a partir de
la CERO (0) hora del día de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina;
-
Anexo II sustituido por art. 2° de la Resolución
N° 5/2024
de la Secretaría de Transporte B.O. 06/02/2024. Vigencia: a partir de
la CERO (0) hora del día de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina.